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Acto de tortura o barbarie deben ser calificados los ataques con ácido del diablo.

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Miriam Germán Brito, procuradora general de la República, instruyó a todos los fiscales del país para que en los casos de agresión a personas con sustancias corrosivas, como la denominada ácido del diablo, otorguen al delito la calificación jurídica de acto de tortura o barbarie y soliciten contra los involucrados la pena máxima establecida en la ley.

“Se instruye que, al presentar acusación en los casos de agresión a una persona con sustancia corrosiva, se otorgue la calificación jurídica de acto de tortura o barbarie, tipificado en los artículos del 303 al 304 del Código Penal Dominicano, incluyendo todas las circunstancias agravantes que concurran, según fuera el caso”, destaca la instrucción dirigida a los miembros del Ministerio Público.

El Código Penal Dominicano establece penas desde los 10 años de prisión hasta 30 años en los casos de tortura o barbarie contra niños o adolescentes, contra personas vulnerables debido a su edad, a una enfermedad, invalidez, deficiencia o discapacidad física o psíquica, o a un estado de gravidez conocido por el autor del delito.

La instrucción general precisa que los sometimientos sobre los hechos que involucren sustancias corrosivas deben aplicarse sin perjuicio de la inclusión de cualquier otra calificación jurídica que corresponda.

La procuradora general cita los criterios que deberán regir las actuaciones de los miembros del Ministerio Público en todo el territorio nacional, en la investigación y persecución de hechos ilícitos que involucren las referidas sustancias.

La magistrada Germán Brito ordena solicitar la pena máxima aplicable, conforme la calificación jurídica otorgada a los hechos. “Cualquier acuerdo con el imputado o solicitud de una pena menor deberá ser debidamente justificado por el fiscal actuante y autorizado por el superior inmediato, quien lo informará a la Dirección General de Persecución”, indicó.

En los casos de reincidencia, ordenó que se aporten elementos de prueba que acrediten esta circunstancia y que se solicite la pena que corresponda conforme a la escala establecida en el artículo 56 del Código Penal Dominicano. “Lo anterior, sin perjuicio de la inclusión adicional de cualquier otra calificación jurídica que corresponda”, señala la disposición.

“Esta instrucción es de aplicación obligatoria, inmediata y general. Sin embargo, en aquellos casos excepcionales en que corresponda apartarse de lo aquí enunciado, o en los casos en que existan lagunas, se deberá siempre solicitar la autorización previa al fiscal titular, quien, a su vez, deberá enviar un informe de las acciones emprendidas a la Dirección General de Persecución del Ministerio Público”, expresa Germán Brito en la comunicación dirigida a los miembros de la institución.

La disposición señala que debido a la gravedad y aumento de casos de víctimas de quemaduras con la sustancia conocida como ácido del diablo, existe la necesidad de establecer directrices que orienten el proceder de los fiscales con el fin de alcanzar uniformidad de criterios de actuación en la investigación y persecución de esos casos.

Destaca en uno de sus considerandos que las sustancias corrosivas son aquellas que, mediante su acción química, producen daños cuando contactan con los tejidos vivos, entendiéndose por daño: dolor, enfermedad, padecimiento o lesiones que provoquen discapacidad, incapacidad, desfiguración, mutilación o desmembramiento de cualquier órgano corporal o de cualquiera de las partes de una persona.

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Defensa de sargento enviada a prisión por muerte de su hija llama a abordar la salud mental con empatía

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Santo Domingo, R.D.-El 20 por ciento de la poblacion en la República Dominicana padece algún tipo de trastorno emocional o psiquiátrico, cuyo ejemplo al respecto  es el caso de la sargento mayor de la Policía Nacional, Glenny Tellería Alberto, quien desde el año 2022 padece de depresión y otros padecimientos psiquiátricos.

Así lo manifestó el jurista Jean Carlos Martínez, abogado de la sargento mayor enviada a prisión al pabellón psiquiátrico del Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Mujeres, en San Cristóbal.

El abogado indicó que su representada se encontraba en tratamiento bajo el cuidado permanente y la supervisión de su familia. Sin embargo, desafortunadamente ocurrió la tragedia en la que resultó muerta la menor de 10 años de edad.

“En el caso de nuestra representada, estaba bajo cuidado médico y en el seno de su familia. Con este lamentable hecho que ha ocurrido, lo que queremos es que el tema se enfoque de una manera humana, sin morbo. Lo que hay es un dolor grande en una familia y en el seno de la sociedad”, afirmó el togado.

Medida de coerción a la sargento de la Policía

El hecho ocurrió en el sector Manoguayabo, municipio Santo Domingo Oeste.

La magistrada ordenó que la imputada cumpla la medida en el pabellón de psiquiatría de Najayo Mujeres, luego de que el Ministerio Público le imputara el delito de homicidio voluntario.

La decisión se sustentó, entre otros elementos, en un examen médico que establece que la imputada padece esquizofrenia. Además, familiares de la imputada manifestaron que fue diagnosticada con esa enfermedad hace aproximadamente dos años, según consta en la solicitud de medida de coerción presentada por el órgano persecutor.

En la solicitud de medida de coerción del Ministerio Público, establece que el pasado 18 de julio, alrededor de la 1:30 de la tarde, la imputada, quien ostenta el rango de sargento mayor de la Policía Nacional, tomó una pulidora eléctrica de mano dentro de la habitación donde se encontraba su hija de 10 años. Posteriormente, conectó la herramienta, se colocó sobre la menor y presuntamente le ocasionó una herida cortante en el cuello.

En ese momento, el hermano de la imputada, Glenny Telleria Alberto, al escuchar los gritos de la niña, entró a la habitación y encontró a su hermana presuntamente hiriendo a la menor con la pulidora eléctrica. De inmediato, la apartó, cargó a la niña en sus brazos y le reclamó: «¡Glenny, por qué hiciste eso!».

Acto seguido, trasladó a la menor al Centro Médico Divina Misericordia, donde llegó sin signos vitales. De acuerdo con el acta de levantamiento del cadáver, la causa de la muerte fue una herida cortante en el cuello compatible con una lesión ocasionada por una pulidora eléctrica.

Tras el hecho, la imputada fue trasladada bajo custodia policial al Hospital Universitario Docente Central de las Fuerzas Armadas, donde permaneció ingresada hasta este martes. Luego de recibir el alta médica, fue conducida al tribunal, alrededor de las 2:27 de la tarde de este martes, para el conocimiento de la solicitud de medida de coerción.

La niña falleció mientras recibía atenciones médicas en un centro de salud de esa jurisdicción.

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La economía dominicana está muy presionada por el alza del petróleo.

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SANTO DOMINGO.– Un incremento su produjo este martes en los precios internacionales del petróleo como consecuencia de las persistentes tensiones geopolíticas en Oriente Medio y los riesgos para el suministro mundial de crudo, un escenario que mantiene bajo presión a economías altamente dependientes de las importaciones energéticas, como la República Dominicana.

En la jornada, el barril de West Texas Intermediate (WTI) se cotizó en torno a US$84.34, mientras que el Brent, referencia para gran parte del mercado internacional, alcanzó US$91.01 por barril, su nivel más alto en varias semanas.

El comportamiento del mercado responde a la incertidumbre generada por la situación en el Mar Rojo y Oriente Medio, donde los riesgos para las rutas de transporte de hidrocarburos han incrementado la volatilidad de los precios. La Agencia Internacional de la Energía (AIE) advirtió que una prolongación de estas tensiones podría afectar el suministro global y provocar nuevas alzas del crudo.

Para la República Dominicana, que importa la totalidad del petróleo que consume, el encarecimiento del crudo representa un desafío para la estabilidad de los precios internos de los combustibles, el costo del transporte, la generación eléctrica y la inflación.

En los últimos meses, el Gobierno ha recurrido a subsidios y ajustes focalizados para mitigar el impacto de las variaciones internacionales sobre los consumidores, una política que también incrementa la presión sobre las finanzas públicas cuando los precios del petróleo permanecen elevados.

Analistas consideran que, si el barril de petróleo continúa por encima de los 90 dólares durante un período prolongado, podrían aumentar los costos de producción y distribución de bienes y servicios, afectando el crecimiento económico y el poder adquisitivo de los hogares.

Las autoridades dominicanas mantienen un seguimiento permanente de la evolución del mercado energético internacional para evaluar su impacto sobre la economía nacional y definir las medidas necesarias para reducir los efectos de la volatilidad en los precios de los combustibles.

of-am

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Sargento acusada de matar a su hija fue enviada al área de psiquiatría de Najayo.

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Santo Domingo, R.D.-Tres meses de prisión preventiva impuso el Juzgado de Atención Permanente de Santo Domingo Oeste contra la sargento mayor Glenny Tellería Alberto, acusada de causarle la muerte a su hija de 10 años con una pulidora eléctrica, en un hecho ocurrido el pasado sábado 18 de julio en el sector Batey Bienvenido, Manoguayabo.

La jueza Cecilia Toribio dispuso que la imputada cumpla la medida en el área de psiquiatría del Centro de Corrección y Rehabilitación de Najayo-Mujeres, en San Cristóbal, con el fin de que reciba atención médica especializada.

La decisión fue tomada luego de que el tribunal acogiera la solicitud de los fiscales de la Unidad de Procesamiento de Casos y de Delitos contra las Personas de Santo Domingo Oeste, quienes pidieron prisión preventiva como medida de coerción.

El abogado de la defensa, Yan Carlos Martínez, informó que su representada recibía tratamiento psiquiátrico y supervisión familiar desde 2022, y que se encontraba bajo medicación al momento del hecho.

El defensor pidió comprensión ante lo que calificó como una tragedia familiar y social, y llamó a la ciudadanía a prestar mayor atención a la salud mental.

Valoró además que el tribunal haya dispuesto que la mujer permanezca en un centro con atención médica especializada durante el proceso.

El hermano de la acusada, Tony Alexander Eusebio Rodríguez Alberto, quien presenció parte de los hechos, relató que al escuchar gritos entró a la habitación y encontró a la mujer sobre la cama agrediendo a la niña, por lo que intervino y trasladó a la menor al Centro Médico Divina Misericordia de Manoguayabo, donde fue recibida sin signos vitales.

Agentes de la Policía Nacional arrestaron posteriormente a la mujer en flagrancia, mientras que el Ministerio Público calificó provisionalmente el hecho como una violación a los artículos 295 y 304 del Código Penal dominicano.

Entre las pruebas recolectadas por la Policía Científica figuran la pulidora eléctrica utilizada, el acta de levantamiento de cadáver emitida por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) y testimonios de familiares y agentes actuantes.

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