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Montalvo dice bancas no han sido excluidas

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La aprobación en el Senado de la República de la reforma de la ley 72-02 sobre lavado de activos ha generado diversas reacciones en los sectores económicos del país.

Santo Domingo.- El ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, consideró ayer que el Senado de la  República no incluyó las bancas de apuestas y de lotería en la Ley de Lavado de Activos como nuevos sujetos obligados, debido a  que el estándar del Grupo Acción Financiera Internacional (GAFI)  establece solo a los casinos y en caso de que sus clientes hagan operaciones superiores a US$3,000.

“Por esta razón, ni en la ley anterior ni en la nueva ley están como sujetos obligados las bancas de apuestas  y de loterías”, aclaró el funcionario.

Montalvo aclaró que las bancas de apuestas y juegos de lotería no han sido excluidas del ámbito de aplicación de la ley,  y explicó  que  toda persona física y jurídica, sin importar el sector al que pertenezca, puede ser perseguida y condenada penalmente en caso de incurrir en delitos precedentes o lavado de activos.

“El banquero de apuestas o lotería que se dedique a blanquear dinero sucio, en la ley actual y en la nueva, puede ser sometido por lavado de activos”, enfatizó.

No obstante,  dijo que cuando un propietario o ejecutivo de una banca de apuestas hace algún tipo de operación bancaria o inmobiliaria se le debe realizar una debida diligencia ampliada -como indican las recomendaciones del GAFI- debido al riesgo vinculado al alto movimiento de efectivo a sus actividades.

Los sujetos obligados son las empresas que deben implementar estándares de conocimiento de sus clientes para evitar que los mismos los utilicen como mecanismo para lavar activos provenientes de operaciones ilícitas. Además de casinos, la nueva lista de sujetos obligados incluye agentes inmobiliarios, firmas constructoras, fiduciarias, entre otras. Esta lista de sujetos obligados está alineada con los requerimientos del Grupo Acción Financiera Internacional en su recomendación 22 de sus nuevos estándares.

 “Esto no es una lista cerrada, en todo caso. Se pueden incluir otras entidades como sujetos obligados por resolución del Comité Nacional Contra el Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo, luego de estudios sectoriales de riesgos y previa consulta pública”, explicó Montalvo.

 El funcionario indicó que “la inclusión o no de un tipo de un sector como sujeto obligado depende de la actividad de sus clientes. Es decir, se determina en cuanto al tipo y monto de las transacciones de los clientes, no del negocio en sí.

Dijo que si en el futuro se determina que los clientes de un sector están realizando transacciones de alto monto y poca transparencia, el Comité Nacional Contra el Lavado de Activos podrá incluirlos como sujetos obligados”.

Montalvo dijo que las modificaciones propuestas a la ley se han realizado siguiendo los estándares y recomendaciones del GAFI y en el marco de la evaluación que se realizará al país este año, tanto por Foro Global como por GAFILAT. Consideró que la nueva ley antilavado representa un gran avance en la lucha contra el crimen  y la impunidad, y dijo que con la iniciativa  aumentan las infracciones precedentes, incluyendo los delitos cometidos por funcionarios en el ejercicio de sus funciones, la falsificación y adulteración de medicamentos o los delitos fiscales y medioambientales.

Prisión mínima
La nueva ley también incrementa significativamente las penas y sanciones, aumentando el tiempo mínimo de prisión a 10 años, para algunas conductas que tipifican el lavado de activos, y a 200 salarios mínimos las multas, duplicando los montos actuales. “Esta nueva ley nos permitirá ser más efectivos en la persecución de delitos que lesionan el patrimonio público y los bienes colectivos, que el Estado debe tutelar”, sostuvo el funcionario.

 Montalvo manifestó que uno de los avances importantes es la eliminación de las acciones al portador y que “se da plazo para empresas inactivas a regularizar su estatus, evitando así que se utilicen para actividades de lavado de activos, ocultando el beneficiario final de esas acciones o cuotas sociales”.

Otras opiniones
El experto en el tema de lavado de activos, Ricardo Rojas León, en su participación en un programa radial, negó que la exclusión de las bancas, loterías y juegos de azar de la Ley de Lavado haya sido producto de la influencia de legisladores, y coincidió con el ministro Montalvo al afirmar que la autoridad internacional en esta materia no contempla a este tipo de entidades en la normativa, sino sólo a los casinos de juego.

Aún así, el especialista explicó que las bancas de apuestas no están exentas de ser alcanzadas por la ley, y como una medida encaminada a esto refirió que la DGII está trabajando para formalizarlas y fortalecer sus programas de inspección que incluyen los datos relativos a los beneficiarios finales y los fondos. “Yo no puedo poner en la ley a un sector que no está en el estándar porque me lo van a incluir en la evaluación”. Indicó que ya se han comenzado a hacer reuniones con los consorcios y que las mismas pueden ser incluidas en algún momento vía reglamentaria. “Una de las menciones de la ley es el Comité Nacional Contra el Lavado de Activos que puede designar nuevos sujetos obligados”.

 Explicó que también se excluyó del proyecto a zonas francas y empresas aduaneras, porque incluirla ahora agravaba la evaluación que realiza el CAFI al país.

NG Cortiñas: ley tiene vicios inconstitucionales

El economista Haivanjoe NG Cortiñas aseguró en un artículo que el proyecto de ley sobre lavado tiene vicios de inconstitucionalidad, ya que busca restringir el uso del dinero en efectivo. Aseguró que aprobar la iniciativa sería un reconocimiento a la incapacidad para afrondar debidamente el tema de la corrupción por la vía del lavado.

Recordó que el uso del dinero es el medio de pago fundamental y que las actividades legales se regulan para el bien común; pero no se deben restringir, menos aún prohibir, pues sería una admisión encubierta del fracaso.

Indicó que si se quiere disponer de un dispositivo legal más exigente respecto al tema de la corrupción, vía lavado, debe auscultarse aún más por el lado del origen de los fondos y ser más riguroso en términos de penalidades para los sujetos obligados que no realicen la debida diligencia.

Idecoop valora la ley
El director del Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (Idecoop), Julio Maríñez, valoró como positivo el proyecto y manifestó que aunque está de acuerdo debe ser revisado por los legisladores, “yo lo veo positivo pero hay que adecuarla, que la revisen bien los congresistas, para que realmente sea un instrumento eficiente”, indicó.

La información la dio a conocer en una rueda de prensa donde se firmó un acuerdo de cooperación interinstitucional entre la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y el Idecoop que busca prevenir el lavado de activos dentro de las cooperativas y reducir el nivel de vulnerabilidad del sector.

MODIFICAR PARA ELEVAR TRIBUTOS
Pelegrín Castillo advirtió que solo será posible subir la presión tributaria después de reducir la presión de los elevados precios oligopólicos y monopólicos que es parte importante de la carga real que aplasta a la mayoría de las empresas y personas y frena el desarrollo de la República Dominicana.

El vicepresidente de la Fuerza Nacional Progresista advirtió,  además, que no es correcto pretender emplear las modificaciones a la Ley de Lavado cómo instrumento de recaudación tributaria sin antes hacer una profunda reforma integral y racional del gasto y los tributos, de la gestión de las deudas y de los activos.

“ Resulta desafortunado que en medio de la presente crisis general del Estado y de la economía, los actores políticos y empresariales sigan tomando el rábano por las hojas, evadiendo ir a las raíces de los problemas estructurales que confrontamos. Seguir poniendo parches o apelando a fórmulas mostrencas solo agravará los problemas de un Estado gestionado por un sistema político que lo torna inoperante y cada vez más oneroso para la sociedad”, enfatizó Castillo.

El ex legislador y ex ministro explicó que la discusión fundamental que debe tenerse en las presentes circunstancias es la cómo lograr que la economía dominicana sea más libre, abierta y competitividad, superando la peligrosa tendencia a la concentraciones en manos de unos pocos grupos poderosos en todas las áreas estratégicas.

listindiario.com

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Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.

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Por Elba García

El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.

El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.

Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.

La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.

Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.

Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.

Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.

El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una  nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales,  morales, económicos y políticos,  lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con  el ordenamiento actual.

Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.

Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.

Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también  de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron  su llegada al poder en  que en  la República Dominicana se consolidaba un  partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.

Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.

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Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos

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Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.

La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.

De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.

El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.

Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).

Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.

Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.

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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.

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Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por  el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de  Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.

El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.

Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.

La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.

Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.

El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.

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