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Montalvo dice bancas no han sido excluidas

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La aprobación en el Senado de la República de la reforma de la ley 72-02 sobre lavado de activos ha generado diversas reacciones en los sectores económicos del país.

Santo Domingo.- El ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, consideró ayer que el Senado de la  República no incluyó las bancas de apuestas y de lotería en la Ley de Lavado de Activos como nuevos sujetos obligados, debido a  que el estándar del Grupo Acción Financiera Internacional (GAFI)  establece solo a los casinos y en caso de que sus clientes hagan operaciones superiores a US$3,000.

“Por esta razón, ni en la ley anterior ni en la nueva ley están como sujetos obligados las bancas de apuestas  y de loterías”, aclaró el funcionario.

Montalvo aclaró que las bancas de apuestas y juegos de lotería no han sido excluidas del ámbito de aplicación de la ley,  y explicó  que  toda persona física y jurídica, sin importar el sector al que pertenezca, puede ser perseguida y condenada penalmente en caso de incurrir en delitos precedentes o lavado de activos.

“El banquero de apuestas o lotería que se dedique a blanquear dinero sucio, en la ley actual y en la nueva, puede ser sometido por lavado de activos”, enfatizó.

No obstante,  dijo que cuando un propietario o ejecutivo de una banca de apuestas hace algún tipo de operación bancaria o inmobiliaria se le debe realizar una debida diligencia ampliada -como indican las recomendaciones del GAFI- debido al riesgo vinculado al alto movimiento de efectivo a sus actividades.

Los sujetos obligados son las empresas que deben implementar estándares de conocimiento de sus clientes para evitar que los mismos los utilicen como mecanismo para lavar activos provenientes de operaciones ilícitas. Además de casinos, la nueva lista de sujetos obligados incluye agentes inmobiliarios, firmas constructoras, fiduciarias, entre otras. Esta lista de sujetos obligados está alineada con los requerimientos del Grupo Acción Financiera Internacional en su recomendación 22 de sus nuevos estándares.

 “Esto no es una lista cerrada, en todo caso. Se pueden incluir otras entidades como sujetos obligados por resolución del Comité Nacional Contra el Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo, luego de estudios sectoriales de riesgos y previa consulta pública”, explicó Montalvo.

 El funcionario indicó que “la inclusión o no de un tipo de un sector como sujeto obligado depende de la actividad de sus clientes. Es decir, se determina en cuanto al tipo y monto de las transacciones de los clientes, no del negocio en sí.

Dijo que si en el futuro se determina que los clientes de un sector están realizando transacciones de alto monto y poca transparencia, el Comité Nacional Contra el Lavado de Activos podrá incluirlos como sujetos obligados”.

Montalvo dijo que las modificaciones propuestas a la ley se han realizado siguiendo los estándares y recomendaciones del GAFI y en el marco de la evaluación que se realizará al país este año, tanto por Foro Global como por GAFILAT. Consideró que la nueva ley antilavado representa un gran avance en la lucha contra el crimen  y la impunidad, y dijo que con la iniciativa  aumentan las infracciones precedentes, incluyendo los delitos cometidos por funcionarios en el ejercicio de sus funciones, la falsificación y adulteración de medicamentos o los delitos fiscales y medioambientales.

Prisión mínima
La nueva ley también incrementa significativamente las penas y sanciones, aumentando el tiempo mínimo de prisión a 10 años, para algunas conductas que tipifican el lavado de activos, y a 200 salarios mínimos las multas, duplicando los montos actuales. “Esta nueva ley nos permitirá ser más efectivos en la persecución de delitos que lesionan el patrimonio público y los bienes colectivos, que el Estado debe tutelar”, sostuvo el funcionario.

 Montalvo manifestó que uno de los avances importantes es la eliminación de las acciones al portador y que “se da plazo para empresas inactivas a regularizar su estatus, evitando así que se utilicen para actividades de lavado de activos, ocultando el beneficiario final de esas acciones o cuotas sociales”.

Otras opiniones
El experto en el tema de lavado de activos, Ricardo Rojas León, en su participación en un programa radial, negó que la exclusión de las bancas, loterías y juegos de azar de la Ley de Lavado haya sido producto de la influencia de legisladores, y coincidió con el ministro Montalvo al afirmar que la autoridad internacional en esta materia no contempla a este tipo de entidades en la normativa, sino sólo a los casinos de juego.

Aún así, el especialista explicó que las bancas de apuestas no están exentas de ser alcanzadas por la ley, y como una medida encaminada a esto refirió que la DGII está trabajando para formalizarlas y fortalecer sus programas de inspección que incluyen los datos relativos a los beneficiarios finales y los fondos. “Yo no puedo poner en la ley a un sector que no está en el estándar porque me lo van a incluir en la evaluación”. Indicó que ya se han comenzado a hacer reuniones con los consorcios y que las mismas pueden ser incluidas en algún momento vía reglamentaria. “Una de las menciones de la ley es el Comité Nacional Contra el Lavado de Activos que puede designar nuevos sujetos obligados”.

 Explicó que también se excluyó del proyecto a zonas francas y empresas aduaneras, porque incluirla ahora agravaba la evaluación que realiza el CAFI al país.

NG Cortiñas: ley tiene vicios inconstitucionales

El economista Haivanjoe NG Cortiñas aseguró en un artículo que el proyecto de ley sobre lavado tiene vicios de inconstitucionalidad, ya que busca restringir el uso del dinero en efectivo. Aseguró que aprobar la iniciativa sería un reconocimiento a la incapacidad para afrondar debidamente el tema de la corrupción por la vía del lavado.

Recordó que el uso del dinero es el medio de pago fundamental y que las actividades legales se regulan para el bien común; pero no se deben restringir, menos aún prohibir, pues sería una admisión encubierta del fracaso.

Indicó que si se quiere disponer de un dispositivo legal más exigente respecto al tema de la corrupción, vía lavado, debe auscultarse aún más por el lado del origen de los fondos y ser más riguroso en términos de penalidades para los sujetos obligados que no realicen la debida diligencia.

Idecoop valora la ley
El director del Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (Idecoop), Julio Maríñez, valoró como positivo el proyecto y manifestó que aunque está de acuerdo debe ser revisado por los legisladores, “yo lo veo positivo pero hay que adecuarla, que la revisen bien los congresistas, para que realmente sea un instrumento eficiente”, indicó.

La información la dio a conocer en una rueda de prensa donde se firmó un acuerdo de cooperación interinstitucional entre la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y el Idecoop que busca prevenir el lavado de activos dentro de las cooperativas y reducir el nivel de vulnerabilidad del sector.

MODIFICAR PARA ELEVAR TRIBUTOS
Pelegrín Castillo advirtió que solo será posible subir la presión tributaria después de reducir la presión de los elevados precios oligopólicos y monopólicos que es parte importante de la carga real que aplasta a la mayoría de las empresas y personas y frena el desarrollo de la República Dominicana.

El vicepresidente de la Fuerza Nacional Progresista advirtió,  además, que no es correcto pretender emplear las modificaciones a la Ley de Lavado cómo instrumento de recaudación tributaria sin antes hacer una profunda reforma integral y racional del gasto y los tributos, de la gestión de las deudas y de los activos.

“ Resulta desafortunado que en medio de la presente crisis general del Estado y de la economía, los actores políticos y empresariales sigan tomando el rábano por las hojas, evadiendo ir a las raíces de los problemas estructurales que confrontamos. Seguir poniendo parches o apelando a fórmulas mostrencas solo agravará los problemas de un Estado gestionado por un sistema político que lo torna inoperante y cada vez más oneroso para la sociedad”, enfatizó Castillo.

El ex legislador y ex ministro explicó que la discusión fundamental que debe tenerse en las presentes circunstancias es la cómo lograr que la economía dominicana sea más libre, abierta y competitividad, superando la peligrosa tendencia a la concentraciones en manos de unos pocos grupos poderosos en todas las áreas estratégicas.

listindiario.com

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Obispos se reunen con Abinader en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

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Santo Domingo. – La Conferencia del Episcopado Dominicano (CED) en el marco de su 64ª Asamblea Plenaria, recibió este viernes la visita del presidente de la República, Luis Abinader, en un encuentro celebrado en la Casa Arquidiocesana María de la Altagracia, donde se abordaron distintos temas de interés nacional.

Durante su intervención, el mandatario destacó la importancia de mantener un diálogo permanente con la Iglesia católica, señalando que estos espacios permiten conocer de primera mano las necesidades de las diócesis y socializar las medidas adoptadas por el Gobierno.

“Siempre es bueno tener el contacto con los obispos, escuchar las necesidades de sus diócesis y también explicarles los grandes temas nacionales”, expresó.

Abinader se reúne con obispos en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

El jefe de Estado agregó que estos encuentros se han convertido en una práctica habitual de su gestión, como parte de la relación de cooperación con la jerarquía eclesiástica.

El presidente fue recibido por la nueva directiva de la CED para el período 2026-2029, encabezada por el obispo de San Francisco de Macorís, Ramón Alfredo de la Cruz Baldera, quien asumió la presidencia de la institución.

Abinader se reúne con obispos en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

También participaron el arzobispo coadjutor de Santo Domingo, Carlos Tomás Morel Diplán, en calidad de vicepresidente, y el obispo auxiliar de Santo Domingo, José Amable Durán Tineo, como secretario general.

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Garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa”.

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Santo Domingo, R.D.-Una garantia economica impone el Tribunal del Distrito Judicial de San Cristóbal de RD$200,000, impedimento de salida del país y presentación periódica al Ministerio Público contra el imputado Elvis Manuel Santos Alcántara (Onguito Wa), acusado de porte ilegal de armas de fuego, tras acoger de forma parcial la solicitud del Ministerio Público.

La decisión judicial se produce luego de que el procesado fuera arrestado en flagrante delito el pasado 21 de junio, cuando agentes de la Policía Nacional realizaban labores de patrullaje en la carretera Sánchez Vieja, en San Cristóbal.

Durante el operativo, el imputado se desplazaba en un vehículo Honda CR-V, color negro, junto a otra persona, y al ser registrado se le ocupó una pistola Glock, calibre 9 mm, con 17 cápsulas, sin documentación legal.

Imponen garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa” por porte ilegal de arma
Imponen garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa” por porte ilegal de arma

La magistrada Chadalis E. Rosario Melenciano, jueza suplente del Tercer Juzgado de la Instrucción y de la Oficina Judicial de Atención Permanente, ordenó además que el imputado deberá presentarse los días 29 de cada mes durante seis meses ante el Ministerio Público, como parte de las medidas impuestas.

Asimismo, el tribunal dispuso la notificación a la Dirección General de Migración (DGM) para garantizar el impedimento de salida del país, mientras que el Primer Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal fue designado como tribunal de control del caso.

El Ministerio Público, representado por las fiscales Belkis Tejeda e Ingris Maribel Guerrero Polanco, había solicitado prisión preventiva por tres meses; sin embargo, el tribunal optó por medidas no privativas de libertad, al considerar parcialmente la solicitud.

El órgano acusador también obtuvo un plazo de seis meses para presentar el requerimiento conclusivo del proceso.

De acuerdo con el expediente, Santos Alcántara ya había sido condenado previamente mediante la Sentencia Penal núm. 523-2025-SSEN-00015 por violaciones a la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, lo que fue recordado por el Ministerio Público durante la audiencia.

Con esta decisión, el caso sigue bajo investigación judicial mientras el imputado permanece bajo estrictas condiciones de control.

El uso, porte y tenencia ilegal de armas de fuego constituye uno de los delitos más vigilados por las autoridades judiciales y de seguridad en la República Dominicana, debido al impacto que tiene en la criminalidad, la seguridad ciudadana y la violencia urbana.

«En el país, este tipo de infracciones está regulado por la legislación penal vigente y por normativas específicas que establecen los requisitos para la adquisición, registro y porte legal de armas».

  • En los últimos años, el Ministerio Público y la Policía Nacional han intensificado los operativos de prevención y persecución del porte ilegal de armas, especialmente en zonas urbanas y carreteras donde se registran mayores incidencias de delitos flagrantes.
  • Estos operativos suelen incluir patrullajes, requisas selectivas y controles de vehículos, con el objetivo de reducir la circulación de armas no registradas.

El sistema judicial dominicano contempla medidas de coerción que pueden ser privativas o no privativas de libertad, dependiendo de la gravedad del hecho, los antecedentes del imputado y el riesgo procesal.

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Prisión preventiva solicitan para falso odontólogo tras causar graves lesiones en La Vega

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Santo Domingo, R.D.-La imposición de prision preventiva como medida de coercion contra un acusado de ejercer la odontología solicitará el Ministerio Público  en las próximas horas la imposición  contra un hombre acusado de ejercer la odontología sin exequátur en La Vega en un caso de presunto intrusismo profesional que dejó a una paciente con lesiones permanentes en el rostro y daños neurológicos severos.

El imputado, identificado como Franklin José Almánzar Escarramán, de 51 años, habría realizado procedimientos odontológicos de alta complejidad sin la debida autorización legal en el consultorio de su hermano, ubicado en el Centro Médico V Centenario, en la provincia de La Vega.

Su hermano, William Radhamés Almánzar Escarramán, también fue arrestado por su presunta complicidad en los hechos, ambos tras entregarse a las autoridades policiales en cumplimiento de una orden judicial.

Instrumentos odontológicos en un consultorio, vinculados al caso de un falso odontólogo acusado de causar lesiones
Instrumentos dentales en un consultorio, en el contexto de la solicitud de prisión preventiva contra un falso odontólogo.

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público, la víctima acudió el pasado 17 de enero a recibir atención odontológica y fue evaluada en el consultorio de los imputados, donde se le indicó la extracción de cuatro terceros molares mediante un procedimiento quirúrgico.

Según el expediente, durante la intervención, el imputado habría aplicado anestesia y posteriormente realizado maniobras violentas con instrumentos odontológicos, incluyendo golpes en la zona afectada, sin lograr completar la extracción tras varias horas de intento.

La paciente posteriormente presentó dolor intenso, inflamación facial y complicaciones severas, lo que la llevó a buscar atención médica especializada, donde se determinó la existencia de daños permanentes en su salud bucal, incluyendo nervios atrofiados, edema facial, trismo, parestesia mandibular y otras lesiones complejas.

La procuradora de corte de La Vega, Aura Luz García Martínez, explicó que el Ministerio Público procederá a solicitar la medida de coerción garantizando el debido proceso.

“Vamos a presentar la solicitud de medida de coerción ante la autoridad competente, garantizando el debido proceso y los derechos fundamentales de los imputados”, afirmó.

Las autoridades indicaron que el imputado principal ejercía la odontología sin exequátur, según certificación del Ministerio de Salud Pública, lo que constituye una violación a la Ley General de Salud 42-01 y la normativa que regula el ejercicio profesional odontológico.

  • El órgano persecutor también sostiene que la actuación de los hermanos Almánzar Escarramán pudo haber tenido consecuencias aún más graves
  • Incluso la muerte de la paciente, debido a la naturaleza del procedimiento realizado sin habilitación legal.

El caso ha sido calificado provisionalmente como violación a varios artículos del Código Penal dominicano y de la legislación sanitaria vigente, mientras el tribunal evalúa la solicitud de medida de coerción presentada por el Ministerio Público.

El ejercicio de la odontología y otras profesiones de la salud en la República Dominicana está regulado por un marco legal que exige la obtención de un exequátur y la debida habilitación profesional, con el objetivo de garantizar la seguridad de los pacientes y la calidad de los servicios médicos.

Estas disposiciones forman parte de las políticas sanitarias orientadas a prevenir el intrusismo profesional, una práctica que consiste en ejercer una profesión sin la autorización correspondiente.

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