Santo Domingo, R.D.-Las pruebas presentadas durante el juicio permitieron demostrar que el pelotero de Grandes Ligas Wander Franco sostuvo una relacion de naturaleza sexual con una adolescente, conducta que configuró el delito de abuso sexual y psicologico previsto en el articulo 396, literales B y C, de la Ley 136-03, según el Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Puerto Plata.
En la sentencia, los jueces reconocen que la adolescente negó durante una entrevista en cámara Gesell haber mantenido una relación afectiva o sexual con Franco, pero sostienen que esa versión quedó desvirtuada por un conjunto de pruebas directas e indirectas que corroboraron la acusación presentada por el Ministerio Público.
«Ha quedado demostrado con certeza la ocurrencia del abuso sexual y psicológico atribuido a Wander Samuel Franco Aybar«, establece el fallo de la sala integrada por el juez presidente José Antonio Núñez y las juezas Yenny Martínez y Prairie Ruiz, dado a conocer de manera íntegra este martes.
El tribunal fundamentó su decisión en el acta de denuncia, el informe de entrevista psicológica forense, el certificado médico legal ginecológico, los testimonios de las psicólogas que entrevistaron a la menor durante la investigación, mensajes de texto, fotografías extraídas de dispositivos electrónicos y las transferencias bancarias realizadas por la madre del jugador a favor de Martha Vanessa Chevalier Almonte, progenitora de la adolescente.
Los magistrados consideraron que la existencia de esos pagos resultaría «totalmente absurdo» si nunca hubiese existido un vínculo íntimo entre Franco y la menor.
Asimismo, valoraron las declaraciones que la adolescente ofreció a dos psicólogas distintas durante la investigación, las cuales, según la sentencia, resultaron coincidentes en aspectos esenciales y encontraron respaldo en otros elementos probatorios.
«Existen indicios plurales, serios, graves, precisos, concordantes y convergentes, que le permiten concluir al tribunal más allá de toda duda razonable la participación de Wander Samuel Franco Aybar como autor de abuso sexual y psicológico», señala la decisión.
La sentencia sostiene además que Franco actuó con pleno conocimiento de que la ley prohíbe las relaciones sexuales entre un adulto y una persona menor de edad cuando existe una diferencia superior a cinco años.
«Confiado en su condición de figura pública, asumió erradamente que dicha posición le permitiría ignorar la norma penal sin enfrentar consecuencias jurídicas«, expresan los jueces.
El tribunal concluyó que el jugador inició una relación sexual con la adolescente consciente de su minoría de edad y que, aunque la relación era conocida y permitida por la madre de la menor, ello no lo eximía de la obligación legal de abstenerse de participar en ella.
El perdón judicial
Pese a declararlo culpable, el tribunal decidió eximir a Franco de cumplir una pena de prisión mediante la aplicación del perdón judicial contemplado en el artículo 346 del Código Procesal Penal.
Los jueces entendieron que existían circunstancias extraordinarias de atenuación, entre ellas que la pena prevista para el delito no supera los diez años de prisión y que el pelotero también fue víctima de extorsión por parte de la madre de la adolescente.
En uno de los apartados más llamativos de la sentencia, el tribunal afirma que Franco fue «una presa seleccionada con desmedida avidez», al pasar de pretendiente de la menor a proveedor de significantivas sumas dedinero para la también imputada Martha Vanessa Chevalier Almonte.
«Se han apreciado circunstancias inusuales en la comisión de la infracción cometida por el acusado Wander Samuel Franco Aybar, toda vez que en su condición de autor del abuso sexual y psicológico… por el hecho de haber tenido una relación sentimental y sexual con una persona en minoría de edad; pero a la vez, este acusado ha sido objeto de extorsión de parte de la madre de la menor de edad», argumentaron los jueces.
Según los magistrados, la relación sentimental inició en diciembre de 2022 y apenas semanas después comenzaron las transferencias económicas a favor de la madre de la adolescente. La sentencia destaca la coincidencia temporal entre esos encuentros y la entrega de dinero.
Los jueces también valoraron la juventud del pelotero al momento de los hechos, las consecuencias sociales, personales y profesionales derivadas del proceso judicial, así como las declaraciones de la propia adolescente, quien manifestó que Franco le proporcionaba apoyo económico para sus estudios.
La decisión sostiene además que la menor describió la relación como «consensuada» y que el acusado no representó una amenaza para ella, circunstancias que el tribunal tomó en cuenta para considerar que los fines reeducativos de la pena podían alcanzarse sin necesidad de imponer una condena privativa de libertad.
Martha Vanessa Chevalier fue condenada a 10 años por lavado de activos.
De denunciante a imputada
Respecto a Martha Vanessa Chevalier Almonte, el tribunal concluyó que exigió y recibiódinero a cambio de guardar silencio sobre la relación entre su hija y el pelotero.
La sentencia destaca la demora en la presentación de la denuncia, las conversaciones extraídas de teléfonos celulares y los mensajes enviados a través de intermediarios mediante los cuales reclamaba dinero y realizaba advertencias dirigidas a Franco.
«Ha quedado evidenciado que esta exigió y recibió sumas de dinero a cambio de su silencio con relación a la relación sentimental de su hija», indica el fallo.
Los jueces señalaron que las pruebas no permitieron configurar el delito de explotación sexual comercial de la adolescente, como sostenía inicialmente la acusación, sino una conducta de chantaje y extorsión destinada a obtener beneficios económicos.
El tribunal estableció que Chevalier mantuvo una actitud pasiva frente a la relación mientras recibía transferencias y otras entregas de dinero, utilizando incluso intermediarios para transmitir reclamos y advertencias al jugador.
Además, concluyó que la adquisición de bienes muebles e inmuebles y el manejo de importantes sumas de dinero en efectivo sin una justificación económica lícita permitieron acreditar el delito de lavado de activos.
La sentencia afirma que la acusada, «por su avaricia desmedida, pasó de denunciante a imputada«.
Sin posibilidad de perdón judicial
A diferencia de Franco, los jueces determinaron que Chevalier Almonte no podía beneficiarse del perdón judicial debido a que fue declarada culpable de lavado de activos, infracción castigada con penas de entre 10 y 20 años de prisión.
El tribunal también tomó en consideración que actuó voluntariamente, que se lucró económicamente de la situación de su hija y que le ocasionó un grave daño psicológico.
«Su comportamiento ha ocasionado un daño grave a su hija menor de edad, ha lesionado su integridad psicológica, atacando directamente su desarrollo«, concluye la sentencia.
Por esas razones, el tribunal le impuso una condena de diez años de prisión y el pago de una multa equivalente a 25 salarios mínimos, al tratarse de la pena mínima prevista para el delito más grave retenido en su contra.
Santo Domingo.- Una cierta preocupacion en la sociedad civil ha creado la renuncia de la jueza María Garabito a postularse para mantener su cargo en la Suprema Corte de Justicia, lo que a pesar de que abre una tercera plaza para un nuevo aspirante, pero que causa mucha atencion el poco interes de someterse a la evaluación en el Consejo Nacional de la Magistratura.
Que ya sumen tres los jueces que decidieron salir del Poder Judicial genera preocupación entre representantes de la sociedad civil.
Desde Participación Ciudadana se cuestionan las razones de las decisiones del presidente de la Suprema Corte, Luis Henry Molina, y las juezas Nancy Salcedo y María Garabito, aunque otras organizaciones consideran que solo es el cierre de una larga carrera judicial.
Asimismo, el presidente del Senado, como miembro del Consejo, aseguró que las decisiones de los magistrados de la alta corte son únicamente por motivos personales.
Con el retiro voluntario de Garabito, la magistrada marca el cierre de una destacada trayectoria de más de 38 años dedicada a la administración de justicia.
Ahora el Consejo Nacional de la Magistratura deberá cubrir tres vacantes, además de desarrollar el proceso de evaluación de los demás jueces.
Fue revocado este jueves por la Segunda Sala de la Corte Penal el auto de no ha lugar que favoreció a Jean André Pumarol Fernández, por lo que enfrentará un juicio de fondo por el ataque con arma blanca a sus vecinos y en cuya agresión falleció una mujer de 70 años.
Los jueces del tribunal de segundo grado, presidido por Ysis Muñiz Almonte e integrado por Teófilo Andújar y Luis Jiménez, también dictaron prisión preventiva de tres meses a Pumarol Fernández, a ser cumplida en el centro de Anamuya, en Higüey.
El magistrado Andújar emitió un fallo observado, que quiere decir que está de acuerdo con la decisión, pero no con la motivación.
El procesado no se encontraba en audiencia, como el pasado 23 de julio, cuando se aplazó la decisión de la corte.
El fallo deja sin efecto el emitido por el juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, quien rechazó enviar a juicio de fondo al acusado, al argumentar el magistrado que al momento de herir de gravedad a las víctimas este estaba bajo un cuadro sicótico.
Pumarol atacó a las víctimas el miércoles 23 de julio de 2025, alrededor de las 4:00 de la tarde, en el Condominio Naco Dorado IV, agresión que dejó como resultado la muerte de Yolanda Handal Abugabir, de 70 años, dentro de su apartamento, al cual el victimario tocó y se le abrió la puerta.
También causó lesiones al menos cinco personas, entre ellas a su padre, y a la doméstica de la víctima.
Santo Dpmingo, R.D.-El primer sustituto del presidente de la Suprema Corte de Justicia, Luis Henry Molina, el juez Manuel Herrera Carbuccia, presentó su renuncia como magistrado de esa alta corte.
La decisión fue comunicada mediante una carta dirigida al mandatarioLuis Abinader, en su calidad de presidente del Consejo Nacional de la Magistratura. Con esta dimisión, ya suman cuatro los jueces que han declinado participar en el proceso de evaluación establecida por la ley para determinar su continuación o remoción de la alta corte.
Herrera Carbuccia, quien finaliza un ciclo de 14 años en el Poder Judicial, expresa en su misiva recibida este miércoles por la Secretaría del CNM.
Entre el lunes y ayer comunicaron también su decisión a no continuar en la alta corte el actual presidente Luis Henry Molina, Nancy Salcedo y María Garabito Ramírez.