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MP dice que logró la condena de 21 funcionarios vinculados a casos de corrupción en 2017
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8 años agoon
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LA REDACCIÓNLa Procuraduría General de la República indicó que las condenas corresponden a los casos del Ministerio de Hacienda, SEMMA, PRA, OISOE, alcaldías de San Francisco de Macorís y San Cristóbal, así como a las juntas distritales de Cabarete y La Bija, en Cotuí.
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Ministerio Público dijo que en 2017 logró la condena de 21 funcionarios, empleados y personas vinculadas a casos de corrupción con penas de hasta ocho años de prisión y el pago de multas por montos que superan los RD$100 millones.
Señaló que entre los sometidos se encuentran funcionarios y exfuncionarios ”de altísimo rango” y resaltó que no importó ni el gobierno ni el partido político para la persecución judicial desde esa entidad.
La institución indicó que las sentencias condenatorias fueron emitidas en diferentes tribunales del país por los delitos de desfalco contra el Estado, prevaricación, coalición de funcionarios y asociación de malhechores.
Según dijo el Procurador General de la República, Jean Rodríguez, seguirán duplicando los esfuerzos en interés de lograr una mejor administración de los fondos públicos, fomentar el establecimiento de una cultura de transparencia y fortalecer cada vez más la lucha contra la corrupción en el país, esperando que el Poder Judicial haga también su parte.
A través de un comunicado, la Procuraduría General de la República indicó que las condenas fueron impuestas luego que el equipo de fiscales adscritos a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) demostrara la comisión de los hechos imputados que constituyen una violación a la Constitución, el Código Penal Dominicano, la Ley No. 6200 del Ejercicio de la Ingeniería y la Arquitectura, y la antigua Ley No. 72-02 sobre Lavado de Activos.
Una de las condenas que señala la institución, fue la impuesta por el Tribunal Colegiado de San Cristóbal en contra del exalcalde de esa provincia, Raúl Mondesí Avelino, quien fue sentenciado a 8 años de prisión y al pago de una multa de RD$60 millones de pesos y la inhabilitación por 10 años para ocupar cargos públicos.
Precisó que junto a Mondesí el Ministerio Público también logró que fueran sentenciados el exsecretario de dicha alcaldía, Bienvenido Araujo Japa, y el extesorero Jesús Antonio Ferreira, quienes fueron condenados a 7 y 6 años de reclusión, el pago cada uno de una multa de RD$20 millones y la inhabilitación por 6 años y 7 años para ocupar cargos públicos, respectivamente.
La institución señaló que por igual, tras acoger la petición del Ministerio Público, el Segundo Tribunal Colegiado de la provincia de Santo Domingo dictó una sentencia condenatoria de 5 años de prisión en contra del exalcalde de San Francisco de Macorís, Félix Manuel Rodríguez Gullón, en tanto que el ex encargado de nómina, Jerson Neris Lizardo Pérez, fue condenado a 8 años de reclusión.
Indicó que la Tercera Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ratificó la condena de 3 años de prisión y el pago de una multa de RD$500 mil en contra de los encartados en el caso del Seguro Médico para Maestros (SEMMA) Marcelino Rijo Guzmán, Eddy Leonardo Terrero Fermín y Bélgica Olga Díaz Moreno.
Con relación al caso del Programa de Reducción de Apagones (PRA), indicó que la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ratificó una condena de 3 años de prisión y el pago de una multa de RD$500 mil en contra del exdirector de esa entidad, Marcos Lara Lorenzo, y de 2 años de prisión y el pago de una multa de RD$250 mil en contra de Sauris Rodríguez Sánchez y Juan Portalatín Castillo.
En otra decisión, la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Puerto Plata condenó a los exdirectores de la Junta Distrital de Cabarete, Gabriel Antonio Mora Ramírez y Eddy Ramón Morfe, quienes fueron sentenciados a 2 años de reclusión menor y al pago de una multa equivalente a los valores desfalcados, ascendentes a RD$831,226.00 y RD$910,297.00 a favor del Estado dominicano.
Mencionó que ese tribunal revocará una decisión del Tribunal Colegiado de Puerto Plata mediante la cual los imputados habían sido descargados de los delitos de prevaricación y desfalco.
El MP indicó que la Cámara Penal de la Corte de Apelación de La Vega ratificó una condena de 3 años de reclusión en contra del exalcalde de la Junta Distrital de La Bija, de Cotuí, Jesús Jiménez Castro.
De igual manera, precisó que contra el exdirector y la exsubdirectora del Departamento de Pensiones y Jubilaciones del Ministerio de Hacienda, Sergio Tulio Suncar Liriano e Isabel María Soto Santana, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia ratificó una decisión del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que lo condena a 7 años de prisión e igualmente condena al empleado de esa entidad Ángel José Castro a 5 años de reclusión.
La dirección de comunicación y prensa de la Procuraduría General, indicó que la institución también obtuvo sentencias condenatorias en contra del exdirector del Departamento de Edificaciones Escolares de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE) y del excoordinador de la Dirección Técnica de esa entidad, Alejandro Isidoro De Los Santos y Joel Soriano Fabián, quienes fueron condenados por el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional a seis y cinco años de prisión, respectivamente.
En torno a ese mismo caso de OISOE, detalló que el tribunal también condenó a 5 años de reclusión a los imputados Ernesto Romero y el abogado Julio Rafael Pérez Alejo, éste último quien fue identificado como “El hombre del maletín” o “El hombre de los anillos”, y que aunque no laboraba para esa entidad, tenía a cargo la entrega del dinero prestado a contratistas para el avance de la construcción de las obras.
Casos en letargo fueron reabiertos con ”resultados favorables”
En un comunicado en el que hace un recurdo de lo que califican como ”resultados favorables”, también señalan que se reabrieron casos que se encontraban en un letargo a varios años de haberse iniciado el proceso judicial.
Citaron las citadas condenas de 3 y 2 años de prisión y el pago de multas impuestas a solicitud del Ministerio Público en contra de los encartados en el caso del Programa de Reducción de Apagones (PRA).
Igualmente, expresaron que tras varios años de haberse iniciado una investigación contra el exdirector del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), Héctor Rodríguez Pimentel y otras seis personas involucradas de la malversación de RD$1,500 millones y US$56,479,038.41 de esa institución, el Ministerio Público logró que se dictara apertura a juicio en su contra.
Junto a Rodríguez Pimentel también fueron enviados a juicio de fondo por su vinculación al caso, Príamo Méndez Cuesta, Manuel De La Cruz Martínez, José́ Antonio Pérez Jiménez, Fior D’ Aliza del Carmen Ares Salazar, Víctor Hugo Batista Linares y Teodoro Ruiz.
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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.
Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.
Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.
Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.
La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.
Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.
Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.
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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.
Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».
«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
Derechos de Franasyl
La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.
En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.
La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.
- Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.
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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.
El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.
La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.
La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.
El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.
Ejecución del peritaje
Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.
La CD modificó el artículo 48 de la pieza
Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.
