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MP dice que logró la condena de 21 funcionarios vinculados a casos de corrupción en 2017

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La Procuraduría General de la República indicó que las condenas corresponden a los casos del Ministerio de Hacienda, SEMMA, PRA, OISOE, alcaldías de San Francisco de Macorís y San Cristóbal, así como a las juntas distritales de Cabarete y La Bija, en Cotuí.

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Ministerio Público dijo que en 2017 logró la condena de 21 funcionarios, empleados y personas vinculadas a casos de corrupción con penas de hasta ocho años de prisión y el pago de multas por montos que superan los RD$100 millones.

Señaló que entre los sometidos se encuentran funcionarios y exfuncionarios ”de altísimo rango” y resaltó que no importó ni el gobierno ni el partido político para la persecución judicial desde esa entidad.

La institución indicó que las sentencias condenatorias fueron emitidas en diferentes tribunales del país por los delitos de desfalco contra el Estado, prevaricación, coalición de funcionarios y asociación de malhechores.

Según dijo el Procurador General de la República, Jean Rodríguez, seguirán duplicando los esfuerzos en interés de lograr una mejor administración de los fondos públicos, fomentar el establecimiento de una cultura de transparencia y fortalecer cada vez más la lucha contra la corrupción en el país, esperando que el Poder Judicial haga también su parte.

A través de un comunicado, la Procuraduría General de la República indicó que las condenas fueron impuestas luego que el equipo de fiscales adscritos a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) demostrara la comisión de los hechos imputados que constituyen una violación a la Constitución, el Código Penal Dominicano, la Ley No. 6200 del Ejercicio de la Ingeniería y la Arquitectura, y la antigua Ley No. 72-02 sobre Lavado de Activos.

Una de las condenas que señala la institución, fue la impuesta por el Tribunal Colegiado de San Cristóbal en contra del exalcalde de esa provincia, Raúl Mondesí Avelino, quien fue sentenciado a 8 años de prisión y al pago de una multa de RD$60 millones de pesos y la inhabilitación por 10 años para ocupar cargos públicos.

Precisó que junto a Mondesí el Ministerio Público también logró que fueran sentenciados el exsecretario de dicha alcaldía, Bienvenido Araujo Japa, y el extesorero Jesús Antonio Ferreira, quienes fueron condenados a 7 y 6 años de reclusión, el pago cada uno de una multa de RD$20 millones y la inhabilitación por 6 años y 7 años para ocupar cargos públicos, respectivamente.

La institución señaló que por igual, tras acoger la petición del Ministerio Público, el Segundo Tribunal Colegiado de la provincia de Santo Domingo dictó una sentencia condenatoria de 5 años de prisión en contra del exalcalde de San Francisco de Macorís, Félix Manuel Rodríguez Gullón, en tanto que el ex encargado de nómina, Jerson Neris Lizardo Pérez, fue condenado a 8 años de reclusión.

Indicó que la Tercera Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ratificó la condena de 3 años de prisión y el pago de una multa de RD$500 mil en contra de los encartados en el caso del Seguro Médico para Maestros (SEMMA) Marcelino Rijo Guzmán, Eddy Leonardo Terrero Fermín y Bélgica Olga Díaz Moreno.

Con relación al caso del Programa de Reducción de Apagones (PRA), indicó que la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ratificó una condena de 3 años de prisión y el pago de una multa de RD$500 mil en contra del exdirector de esa entidad, Marcos Lara Lorenzo, y de 2 años de prisión y el pago de una multa de RD$250 mil en contra de Sauris Rodríguez Sánchez y Juan Portalatín Castillo.

En otra decisión, la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Puerto Plata condenó a los exdirectores de la Junta Distrital de Cabarete, Gabriel Antonio Mora Ramírez y Eddy Ramón Morfe, quienes fueron sentenciados a 2 años de reclusión menor y al pago de una multa equivalente a los valores desfalcados, ascendentes a RD$831,226.00 y RD$910,297.00 a favor del Estado dominicano.

Mencionó que ese tribunal revocará una decisión del Tribunal Colegiado de Puerto Plata mediante la cual los imputados habían sido descargados de los delitos de prevaricación y desfalco.

El MP indicó que la Cámara Penal de la Corte de Apelación de La Vega ratificó una condena de 3 años de reclusión en contra del exalcalde de la Junta Distrital de La Bija, de Cotuí, Jesús Jiménez Castro.

De igual manera, precisó que contra el exdirector y la exsubdirectora del Departamento de Pensiones y Jubilaciones del Ministerio de Hacienda, Sergio Tulio Suncar Liriano e Isabel María Soto Santana, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia ratificó una decisión del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que lo condena a 7 años de prisión e igualmente condena al empleado de esa entidad Ángel José Castro a 5 años de reclusión.

La dirección de comunicación y prensa de la Procuraduría General, indicó que la institución también obtuvo sentencias condenatorias en contra del exdirector del Departamento de Edificaciones Escolares de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE) y del excoordinador de la Dirección Técnica de esa entidad, Alejandro Isidoro De Los Santos y Joel Soriano Fabián, quienes fueron condenados por el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional a seis y cinco años de prisión, respectivamente.

En torno a ese mismo caso de OISOE, detalló que el tribunal también condenó a 5 años de reclusión a los imputados Ernesto Romero y el abogado Julio Rafael Pérez Alejo, éste último quien fue identificado como “El hombre del maletín” o “El hombre de los anillos”, y que aunque no laboraba para esa entidad, tenía a cargo la entrega del dinero prestado a contratistas para el avance de la construcción de las obras.

Casos en letargo fueron reabiertos con ”resultados favorables”

En un comunicado en el que hace un recurdo de lo que califican como ”resultados favorables”, también señalan que se reabrieron casos que se encontraban en un letargo a varios años de haberse iniciado el proceso judicial.

Citaron las citadas condenas de 3 y 2 años de prisión y el pago de multas impuestas a solicitud del Ministerio Público en contra de los encartados en el caso del Programa de Reducción de Apagones (PRA).

Igualmente, expresaron que tras varios años de haberse iniciado una investigación contra el exdirector del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), Héctor Rodríguez Pimentel y otras seis personas involucradas de la malversación de RD$1,500 millones y US$56,479,038.41 de esa institución, el Ministerio Público logró que se dictara apertura a juicio en su contra.

Junto a Rodríguez Pimentel también fueron enviados a juicio de fondo por su vinculación al caso, Príamo Méndez Cuesta, Manuel De La Cruz Martínez, José́ Antonio Pérez Jiménez, Fior D’ Aliza del Carmen Ares Salazar, Víctor Hugo Batista Linares y Teodoro Ruiz.

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Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.

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Por Elba García

El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.

El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.

Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.

La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.

Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.

Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.

Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.

El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una  nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales,  morales, económicos y políticos,  lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con  el ordenamiento actual.

Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.

Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.

Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también  de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron  su llegada al poder en  que en  la República Dominicana se consolidaba un  partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.

Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.

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Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos

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Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.

La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.

De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.

El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.

Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).

Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.

Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.

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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.

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Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por  el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de  Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.

El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.

Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.

La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.

Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.

El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.

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