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MP dice que logró la condena de 21 funcionarios vinculados a casos de corrupción en 2017

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La Procuraduría General de la República indicó que las condenas corresponden a los casos del Ministerio de Hacienda, SEMMA, PRA, OISOE, alcaldías de San Francisco de Macorís y San Cristóbal, así como a las juntas distritales de Cabarete y La Bija, en Cotuí.

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Ministerio Público dijo que en 2017 logró la condena de 21 funcionarios, empleados y personas vinculadas a casos de corrupción con penas de hasta ocho años de prisión y el pago de multas por montos que superan los RD$100 millones.

Señaló que entre los sometidos se encuentran funcionarios y exfuncionarios ”de altísimo rango” y resaltó que no importó ni el gobierno ni el partido político para la persecución judicial desde esa entidad.

La institución indicó que las sentencias condenatorias fueron emitidas en diferentes tribunales del país por los delitos de desfalco contra el Estado, prevaricación, coalición de funcionarios y asociación de malhechores.

Según dijo el Procurador General de la República, Jean Rodríguez, seguirán duplicando los esfuerzos en interés de lograr una mejor administración de los fondos públicos, fomentar el establecimiento de una cultura de transparencia y fortalecer cada vez más la lucha contra la corrupción en el país, esperando que el Poder Judicial haga también su parte.

A través de un comunicado, la Procuraduría General de la República indicó que las condenas fueron impuestas luego que el equipo de fiscales adscritos a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) demostrara la comisión de los hechos imputados que constituyen una violación a la Constitución, el Código Penal Dominicano, la Ley No. 6200 del Ejercicio de la Ingeniería y la Arquitectura, y la antigua Ley No. 72-02 sobre Lavado de Activos.

Una de las condenas que señala la institución, fue la impuesta por el Tribunal Colegiado de San Cristóbal en contra del exalcalde de esa provincia, Raúl Mondesí Avelino, quien fue sentenciado a 8 años de prisión y al pago de una multa de RD$60 millones de pesos y la inhabilitación por 10 años para ocupar cargos públicos.

Precisó que junto a Mondesí el Ministerio Público también logró que fueran sentenciados el exsecretario de dicha alcaldía, Bienvenido Araujo Japa, y el extesorero Jesús Antonio Ferreira, quienes fueron condenados a 7 y 6 años de reclusión, el pago cada uno de una multa de RD$20 millones y la inhabilitación por 6 años y 7 años para ocupar cargos públicos, respectivamente.

La institución señaló que por igual, tras acoger la petición del Ministerio Público, el Segundo Tribunal Colegiado de la provincia de Santo Domingo dictó una sentencia condenatoria de 5 años de prisión en contra del exalcalde de San Francisco de Macorís, Félix Manuel Rodríguez Gullón, en tanto que el ex encargado de nómina, Jerson Neris Lizardo Pérez, fue condenado a 8 años de reclusión.

Indicó que la Tercera Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ratificó la condena de 3 años de prisión y el pago de una multa de RD$500 mil en contra de los encartados en el caso del Seguro Médico para Maestros (SEMMA) Marcelino Rijo Guzmán, Eddy Leonardo Terrero Fermín y Bélgica Olga Díaz Moreno.

Con relación al caso del Programa de Reducción de Apagones (PRA), indicó que la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ratificó una condena de 3 años de prisión y el pago de una multa de RD$500 mil en contra del exdirector de esa entidad, Marcos Lara Lorenzo, y de 2 años de prisión y el pago de una multa de RD$250 mil en contra de Sauris Rodríguez Sánchez y Juan Portalatín Castillo.

En otra decisión, la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Puerto Plata condenó a los exdirectores de la Junta Distrital de Cabarete, Gabriel Antonio Mora Ramírez y Eddy Ramón Morfe, quienes fueron sentenciados a 2 años de reclusión menor y al pago de una multa equivalente a los valores desfalcados, ascendentes a RD$831,226.00 y RD$910,297.00 a favor del Estado dominicano.

Mencionó que ese tribunal revocará una decisión del Tribunal Colegiado de Puerto Plata mediante la cual los imputados habían sido descargados de los delitos de prevaricación y desfalco.

El MP indicó que la Cámara Penal de la Corte de Apelación de La Vega ratificó una condena de 3 años de reclusión en contra del exalcalde de la Junta Distrital de La Bija, de Cotuí, Jesús Jiménez Castro.

De igual manera, precisó que contra el exdirector y la exsubdirectora del Departamento de Pensiones y Jubilaciones del Ministerio de Hacienda, Sergio Tulio Suncar Liriano e Isabel María Soto Santana, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia ratificó una decisión del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que lo condena a 7 años de prisión e igualmente condena al empleado de esa entidad Ángel José Castro a 5 años de reclusión.

La dirección de comunicación y prensa de la Procuraduría General, indicó que la institución también obtuvo sentencias condenatorias en contra del exdirector del Departamento de Edificaciones Escolares de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE) y del excoordinador de la Dirección Técnica de esa entidad, Alejandro Isidoro De Los Santos y Joel Soriano Fabián, quienes fueron condenados por el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional a seis y cinco años de prisión, respectivamente.

En torno a ese mismo caso de OISOE, detalló que el tribunal también condenó a 5 años de reclusión a los imputados Ernesto Romero y el abogado Julio Rafael Pérez Alejo, éste último quien fue identificado como “El hombre del maletín” o “El hombre de los anillos”, y que aunque no laboraba para esa entidad, tenía a cargo la entrega del dinero prestado a contratistas para el avance de la construcción de las obras.

Casos en letargo fueron reabiertos con ”resultados favorables”

En un comunicado en el que hace un recurdo de lo que califican como ”resultados favorables”, también señalan que se reabrieron casos que se encontraban en un letargo a varios años de haberse iniciado el proceso judicial.

Citaron las citadas condenas de 3 y 2 años de prisión y el pago de multas impuestas a solicitud del Ministerio Público en contra de los encartados en el caso del Programa de Reducción de Apagones (PRA).

Igualmente, expresaron que tras varios años de haberse iniciado una investigación contra el exdirector del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), Héctor Rodríguez Pimentel y otras seis personas involucradas de la malversación de RD$1,500 millones y US$56,479,038.41 de esa institución, el Ministerio Público logró que se dictara apertura a juicio en su contra.

Junto a Rodríguez Pimentel también fueron enviados a juicio de fondo por su vinculación al caso, Príamo Méndez Cuesta, Manuel De La Cruz Martínez, José́ Antonio Pérez Jiménez, Fior D’ Aliza del Carmen Ares Salazar, Víctor Hugo Batista Linares y Teodoro Ruiz.

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Después de castigo mediante arancel de Estados Unidos RD no aceptará productos y bienes elaborados mediante “trabajo forzoso”

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Santo Domingo, R.D.-El Gobierno dominicano dispuso la prohibición de la importación hacia al territorio nacional de mercancías, productos y bienes producidos, fabricados, extraídos, procesados o elaborados, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso, incluyendo aquellas mercancías respecto de las cuales exista evidencia razonable de que en alguna fase de su cadena de suministro se ha producido la distorsión, cuya decision se produce tras el pais ser sancionado mediante arancel por la administracion del presidente Donald Trump.

La disposición gubernamental busca establecer las disposiciones administrativas necesarias para la prevención, identificación, verificación y prohibición de la importación de mercancías, productos y bienes producidos, fabricados, extraídos, procesados o elaborados, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso, con el fin de proteger los derechos humanos, preservar la integridad del comercio internacional y garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por la República Dominicana.

La medida, contenida en el decreto 502-26, será aplicada a toda mercancía, producto o bien destinado a ser importado al territorio aduanero del país sobre el cual existan indicios razonables de que ha sido producido, fabricado, extraído, procesado o elaborado, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso, independientemente de su país de origen o procedencia.

La medida se toma apenas horas después de que la Administración del presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, anunciara nuevos aranceles de entre el 10 % y el 12,5 % a las importaciones procedentes de República Dominicana y otros 59 países y economías, justificándose en una investigación sobre «esfuerzos insuficientes para combatir el trabajo forzoso».

En su artículo siete, el decreto señala que para la identificación de casos productos creados total o parcialmente, mediante trabajo forzoso se tomará en consideración información proveniente de fuentes nacionales o internacionales, tanto públicas como privadas incluyendo importadores, exportadores, operadores económicos, asociaciones empresariales u otros actores del sector privado.

Cuando existan indicios razonables, la Dirección General de Aduanas solicitará al Ministerio de Trabajo que, dentro del ámbito de sus competencias, elabore el informe técnico correspondiente. Luego se realizará una evaluación técnica correspondiente para determinar si existen elementos suficientes para concluir que la mercancía sí tuvo incidencias, durante su creación del trabajo forzoso.

El Ministerio de Hacienda y Economía, la Dirección General de Aduanas y las demás instituciones competentes podrán adoptar dentro del ámbito de las atribuciones que les confieren las leyes, las normas generales, medidas administrativas, operativas y técnicas necesarias para la ejecución del presente decreto, siempre que dichas medidas no impliquen la creación de nuevas obligaciones, restricciones o prohibiciones distintas de las previstas en el ordenamiento jurídico vigente, ni alteren el contenido esencial de los derechos reconocidos por las leyes.

Se define como trabajo forzoso todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente, de conformidad con la definición contenida en el Convenio núm. 29 de la OIT, ratificado por la República Dominicana mediante la Résolución núm. 4505, del 21 de julio de 1956, y de conformidad con los estándares internacionales aplicables en materia de derechos humanos y erradicación del trabajo forzoso.

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Será el 6 de agosto lectura de fallo sobre acusado de ataque mortal en Naco

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Santo Domingo, R.D.-Fue pospuesto para el 6 de agosto por la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional la decisión de si envía a juicio de fondo a Jean Andrés Pumarol Fernández, acusado de protagonizar un violento ataque con arma blanca en el ensanche Naco, hecho en el que falleció una mujer y varias personas resultaron heridos.

El tribunal, presidido por la magistrada Isis Muñiz tomó la decisión al considerar que la resolución todavía no está lista. En ese sentido ordenó a la secretaria del tribunal la notificación de la decisión, al Ministerio Público, representado por la procuradora de Corte Dulce Luciano, a la defensa del imputado, doctor Richard Martínez y al abogado Miguel Valerio, quien representa a los familiares de la víctima.

La corte de alzada deberá evaluar los argumentos de las partes tras la polémica decisión emitida el pasado 17 de marzo por el juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional. El tribunal tendrá que determinar si ratifica ese dictamen o si, por el contrario, acoge los recursos de la parte acusadora para revocarlo.

Deiby Timoteo Peguero dictó un auto de «no ha lugar» a favor de Pumarol Fernández, tras considerar que el imputado no se encontraba en condiciones de salud mental aptas para enfrentar un juicio de fondo por los hechos que se le imputan.

La decisión fue adoptada tras evaluar los documentos depositados por la defensa, entre ellos un informe médico del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), que establece que el imputado sufrió un brote psicótico al momento de los hechos debido a que padece esquizofrenia paranoide.

Tras la notificación oficial del fallo, tanto el órgano persecutor como el abogado Miguel Valerio quien ostenta la representación legal de los familiares de la señora Ivonne Handal Abugabir, de 70 años, fallecida en el incidente apelaron la decisión. El recurso fue sometido dentro del plazo de 20 días hábiles que establece el artículo 309 del Código Procesal Penal.

La tragedia ocurrió en julio de 2025 en el ensanche Naco, donde Jean Andrés Pumarol Fernández atacó a varias personas con un arma blanca.

El incidente dejó como saldo fatal el deceso de la señora Ivonne Handal Abugabir. Asimismo, resultaron con heridas de gravedad Guillermo Pumarol padre del agresor, la cuidadora Teresa Fabián Heredia y los vecinos Francisco Tezano, Griselda Ozuna y Victoria Heredia.

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Jean Alain debe continuar juicio tras tribunal rechazar oposición.

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Santo Domingo, R.D.-La continuación del juicio por presunta corrupcion administrativa en contra del ex procurador general Jean Alain Rodriguez y compartes deberá continuar  tras el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazar un recurso de oposicion presentado por la barra de la defensa.

Como solicitó el Ministerio Público, representado por el procurador adjunto Wilson Camacho, titular de la Dirección General de Persecución, el tribunal declaró inadmisible el recurso contra la decisión que rechazó la mayoría de los incidentes planteados por las defensas.

La audiencia estaba convocada para la mañana, pero las juezas la reprogramaron para la tarde.

Camacho recordó que Rodríguez «se ha mantenido buscando la forma de huir al conocimiento del proceso y al conocimiento de las pruebas».

«La razón fundamental por la que Jean Alain huye al conocimiento de este proceso es porque él sabe que será asediado por las pruebas que tiene el Ministerio Público en la medida en que las mismas se produzcan en el tribunal», agregó.

El tribunal, integrado por las juezas Claribel Nivar, Clara Castillo y Yissell Soto, dio a conocer el fallo e inmediatamente dispuso que el Ministerio Público presentara su discurso de apertura.

Sin embargo, una de las barras de la defensa pidió aplazar la audiencia alegando un mal de salud de su defendido, solicitud que fue rechazada por las juezas al acoger el argumento del Ministerio Público de que faltaba un documento que avalara dicha condición.

El tribunal volvió a ordenar la continuación, pero la defensa de Rodríguez Sánchez volvió a presentar la solicitud de extinción de la acción penal.

Posteriormente, las juezas escucharon a Rodríguez Sánchez y dispusieron el aplazamiento de la audiencia para el próximo lunes 27 de julio, a las 9:00 de la mañana, donde será escuchada su defensa.

En respuesta a la solicitud del Ministerio Público, el pasado 6 de julio los jueces declararon inadmisibles la mayoría de los incidentes planteados por las defensas, que procuraban la nulidad del juicio, y ordenaron la continuación del proceso para el 22 de julio.

El expediente acusatorio establece que Rodríguez malversó más de 6,000 millones de pesos mediante procesos fraudulentos entre 2016 y 2020, años en que se desempeñó como procurador general.

Además de Rodríguez, figuran Jhonatan Loander Medina Reyes, Alfredo Alexander Solano Augusto, Jhonatan Joel Rodríguez Imbert, Javier Alejandro Forteza Ibarra, Rafael Antonio Mercedes Marte, Miguel José Moya y Braulio Michael Batista Barias.

También son procesados Alejandro Martín Rosa Llanes, Ramón Lucrecio Burgos, Isis Tapia, Félix Antonio Rosario Labrada, Francis Ramírez Moreno, Rolando Rafael Sebelén Torres, César Nicolás Rizik Pimentel y José Luis Liriano Adames.

Los imputados enfrentan cargos por presuntos delitos de corrupción, incluyendo soborno, desfalco, estafa contra el Estado y lavado de activos.

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