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MP dice que logró la condena de 21 funcionarios vinculados a casos de corrupción en 2017
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8 años agoon
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LA REDACCIÓNLa Procuraduría General de la República indicó que las condenas corresponden a los casos del Ministerio de Hacienda, SEMMA, PRA, OISOE, alcaldías de San Francisco de Macorís y San Cristóbal, así como a las juntas distritales de Cabarete y La Bija, en Cotuí.
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Ministerio Público dijo que en 2017 logró la condena de 21 funcionarios, empleados y personas vinculadas a casos de corrupción con penas de hasta ocho años de prisión y el pago de multas por montos que superan los RD$100 millones.
Señaló que entre los sometidos se encuentran funcionarios y exfuncionarios ”de altísimo rango” y resaltó que no importó ni el gobierno ni el partido político para la persecución judicial desde esa entidad.
La institución indicó que las sentencias condenatorias fueron emitidas en diferentes tribunales del país por los delitos de desfalco contra el Estado, prevaricación, coalición de funcionarios y asociación de malhechores.
Según dijo el Procurador General de la República, Jean Rodríguez, seguirán duplicando los esfuerzos en interés de lograr una mejor administración de los fondos públicos, fomentar el establecimiento de una cultura de transparencia y fortalecer cada vez más la lucha contra la corrupción en el país, esperando que el Poder Judicial haga también su parte.
A través de un comunicado, la Procuraduría General de la República indicó que las condenas fueron impuestas luego que el equipo de fiscales adscritos a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) demostrara la comisión de los hechos imputados que constituyen una violación a la Constitución, el Código Penal Dominicano, la Ley No. 6200 del Ejercicio de la Ingeniería y la Arquitectura, y la antigua Ley No. 72-02 sobre Lavado de Activos.
Una de las condenas que señala la institución, fue la impuesta por el Tribunal Colegiado de San Cristóbal en contra del exalcalde de esa provincia, Raúl Mondesí Avelino, quien fue sentenciado a 8 años de prisión y al pago de una multa de RD$60 millones de pesos y la inhabilitación por 10 años para ocupar cargos públicos.
Precisó que junto a Mondesí el Ministerio Público también logró que fueran sentenciados el exsecretario de dicha alcaldía, Bienvenido Araujo Japa, y el extesorero Jesús Antonio Ferreira, quienes fueron condenados a 7 y 6 años de reclusión, el pago cada uno de una multa de RD$20 millones y la inhabilitación por 6 años y 7 años para ocupar cargos públicos, respectivamente.
La institución señaló que por igual, tras acoger la petición del Ministerio Público, el Segundo Tribunal Colegiado de la provincia de Santo Domingo dictó una sentencia condenatoria de 5 años de prisión en contra del exalcalde de San Francisco de Macorís, Félix Manuel Rodríguez Gullón, en tanto que el ex encargado de nómina, Jerson Neris Lizardo Pérez, fue condenado a 8 años de reclusión.
Indicó que la Tercera Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ratificó la condena de 3 años de prisión y el pago de una multa de RD$500 mil en contra de los encartados en el caso del Seguro Médico para Maestros (SEMMA) Marcelino Rijo Guzmán, Eddy Leonardo Terrero Fermín y Bélgica Olga Díaz Moreno.
Con relación al caso del Programa de Reducción de Apagones (PRA), indicó que la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ratificó una condena de 3 años de prisión y el pago de una multa de RD$500 mil en contra del exdirector de esa entidad, Marcos Lara Lorenzo, y de 2 años de prisión y el pago de una multa de RD$250 mil en contra de Sauris Rodríguez Sánchez y Juan Portalatín Castillo.
En otra decisión, la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Puerto Plata condenó a los exdirectores de la Junta Distrital de Cabarete, Gabriel Antonio Mora Ramírez y Eddy Ramón Morfe, quienes fueron sentenciados a 2 años de reclusión menor y al pago de una multa equivalente a los valores desfalcados, ascendentes a RD$831,226.00 y RD$910,297.00 a favor del Estado dominicano.
Mencionó que ese tribunal revocará una decisión del Tribunal Colegiado de Puerto Plata mediante la cual los imputados habían sido descargados de los delitos de prevaricación y desfalco.
El MP indicó que la Cámara Penal de la Corte de Apelación de La Vega ratificó una condena de 3 años de reclusión en contra del exalcalde de la Junta Distrital de La Bija, de Cotuí, Jesús Jiménez Castro.
De igual manera, precisó que contra el exdirector y la exsubdirectora del Departamento de Pensiones y Jubilaciones del Ministerio de Hacienda, Sergio Tulio Suncar Liriano e Isabel María Soto Santana, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia ratificó una decisión del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que lo condena a 7 años de prisión e igualmente condena al empleado de esa entidad Ángel José Castro a 5 años de reclusión.
La dirección de comunicación y prensa de la Procuraduría General, indicó que la institución también obtuvo sentencias condenatorias en contra del exdirector del Departamento de Edificaciones Escolares de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE) y del excoordinador de la Dirección Técnica de esa entidad, Alejandro Isidoro De Los Santos y Joel Soriano Fabián, quienes fueron condenados por el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional a seis y cinco años de prisión, respectivamente.
En torno a ese mismo caso de OISOE, detalló que el tribunal también condenó a 5 años de reclusión a los imputados Ernesto Romero y el abogado Julio Rafael Pérez Alejo, éste último quien fue identificado como “El hombre del maletín” o “El hombre de los anillos”, y que aunque no laboraba para esa entidad, tenía a cargo la entrega del dinero prestado a contratistas para el avance de la construcción de las obras.
Casos en letargo fueron reabiertos con ”resultados favorables”
En un comunicado en el que hace un recurdo de lo que califican como ”resultados favorables”, también señalan que se reabrieron casos que se encontraban en un letargo a varios años de haberse iniciado el proceso judicial.
Citaron las citadas condenas de 3 y 2 años de prisión y el pago de multas impuestas a solicitud del Ministerio Público en contra de los encartados en el caso del Programa de Reducción de Apagones (PRA).
Igualmente, expresaron que tras varios años de haberse iniciado una investigación contra el exdirector del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), Héctor Rodríguez Pimentel y otras seis personas involucradas de la malversación de RD$1,500 millones y US$56,479,038.41 de esa institución, el Ministerio Público logró que se dictara apertura a juicio en su contra.
Junto a Rodríguez Pimentel también fueron enviados a juicio de fondo por su vinculación al caso, Príamo Méndez Cuesta, Manuel De La Cruz Martínez, José́ Antonio Pérez Jiménez, Fior D’ Aliza del Carmen Ares Salazar, Víctor Hugo Batista Linares y Teodoro Ruiz.
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Tribunal rechaza devolver algunos bienes a exjefe de seguridad de Edenorte imputado en red de sobornos
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11 horas agoon
julio 1, 2026
Santo Domingo, R.D.-Fue rechazado parcialmente el pedido del exjefe de seguridad de la distribuidora de electricidad Edenorte por el Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Naciona, quien está acusado de formar parte de una red de cobro de sobornos que afectó a las EDE, Inaipi y Senasa, la cual estaba integrada por militares y un civil.
Según el Ministerio Público, la magistrada Yanibet Rivas denegó, en parte, la solicitud de Bolívar Nicolás Fernández Espinal, exdirector de la Dirección de Seguridad Física de Edenorte, de que se ordenara la entrega de los bienes que le fueron retenidos mediante allanamiento.
«La jueza consideró que esos efectos podrían ser solicitados en decomiso posteriormente, que ella no estaba en las condiciones de poder fallar la devolución y rechazaba el recurso del imputado Bolívar Nicolás Fernández Espinal«, explicó la fiscal Rosa María Pichardo, representante del órgano acusador.
Tampoco se citó los efectos que la magistrada rechazó ordenar que se le entregara.
Al civil Fernández Espinal se le imputa formar parte de la red de corrupción que impactó negativamente instituciones como el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa) y las empresas distribuidoras de electricidad EdeNorte, EdeEste y EdeSur.
Además de Fernández Espinal, el órgano persecutor señala al mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, los coroneles Andrés Pacheco Varela, Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández y Elías Camaño Pérez, así como al coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar.
Asimismo, al primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el coronel de la Policía Nacional Ramón Quezada Ortiz, y al empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González.
De acuerdo con la imputación que hacen los fiscales, los acusados cobraron más de 100 millones de pesos en sobornos al empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González, propietario de la empresa Servicio Nacional de Seguridad Privada (Senase) y quien «guisó» desde el 2012 con «jugosos contratos» en las mencionadas entidades públicas.
Los imputados enfrentan cargos por soborno, asociación de malhechores, estafa contra el Estado y lavado de activos.
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Condena a teniente coronel por homicidio fue anulada por el Tribunal Constitucional.
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11 horas agoon
julio 1, 2026
Santo Domingo, R.D.-Fue acogido el recurso de revision constiticional del Tribunal Constitucional (TC) interpuesto por el teniente coronel de la Policía Nacional Emilio Corcino Galván mediante el cual la alta corte anuló la sentencia que confirmaba su condena de dos años de prisión por la muerte de un taxista en el 2018 en Hato Mayor.
La alta corte, mediante sentencia TC/0457/26, tomó la decisión tras constatar que el proceso penal excedió los límites de tiempo establecidos por la ley sin una justificación válida, vulnerando el derecho fundamental al debido proceso y al plazo razonable.
En ese sentido, dejó sin efecto la sentencia, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, y ordenó que el caso sea remitido nuevamente a esa instancia para que lo conozca, respetando el criterio sobre el derecho al plazo razonable.
El TC constató que, entre la medida de coerción dictada el 10 de agosto de 2018 y la sentencia irrevocable de la Suprema Corte, el 31 de octubre de 2023, transcurrieron cinco años y dos meses, superando el límite legal.
Aunque la Segunda Sala había reconocido ese exceso, justificó el rechazo de la extinción señalando que el proceso transitó por «fases procesales normales»: aplazamientos por citación de testigos, arrestos de testigos incomparecientes, traslados del imputado e incluso una pausa por COVID-19, sin que constituyeran demoras «injustificadas e irracionales».
El TC consideró que esa motivación fue insuficiente, que la Suprema no llevó a cabo un análisis lo bastante minucioso para precisar qué actuaciones concretas explicaban el exceso de tiempo ni cuáles eran atribuibles a la defensa.
El TC, citando su propia jurisprudencia, recordó que las razones para retrasar un proceso deben ser justificadas de forma clara para evitar una violación al plazo razonable, que es una parte fundamental del debido proceso.
Según el expediente, los hechos ocurrieron la noche del 3 de agosto de 2018, cuando Corcino Galván, entonces subcomandante de la dotación policial de Hato Mayor, dio muerte de dos disparos a José Silvestre Pacheco, un taxista de 24 años, a quien ordenó detenerse frente a la sucursal del Banco de Reservas.
Por estos hechos, el Tribunal Colegiado de Hato Mayor declaró culpable a Corcino Galván de homicidio involuntario (artículo 319 del Código Penal) y lo condenó a dos años de prisión más una indemnización de RD$3,000,000 a favor de los querellantes.
La Corte de Apelación de San Pedro de Macorís confirmó la condena; aunque los querellantes posteriormente desistieron de la parte civil, la Segunda Sala de la Suprema rechazó finalmente el recurso de casación de la defensa.
La defensa de Corcino Galván sostuvo durante todo el proceso que el oficial actuó en legítima defensa de un tercero, el motociclista que estaba siendo arrastrado, y cuestionó que los tribunales le exigieran haber agotado medidas alternativas, como disparar al aire o a una llanta, sin precisar en qué reglamento se basaba esa exigencia.
Alegó además que la Suprema desnaturalizó los hechos al calificar su actuación como negligente pese a que se encontraba en pleno ejercicio de sus funciones.
La Segunda Sala, sin embargo, avaló el criterio de los tribunales de fondo, considerando que la reacción del oficial fue desproporcionada al optar directamente por el medio más letal sin agotar alternativas menos lesivas, y que, conforme a la Ley 590-16 sobre uso de armas por agentes policiales, la manipulación del arma reglamentaria solo procede ante peligro inminente y ausencia de otros medios para repeler la agresión.
El TC no entró a reexaminar este punto de fondo por tratarse de una valoración de hechos y pruebas que escapa a su competencia.
El argumento que sí resultó determinante para el TC fue el relativo al plazo razonable. La defensa había solicitado la extinción del proceso por vencimiento de los términos, invocando el artículo 148 del Código Procesal Penal, modificado por la Ley 10-15, que fija en cuatro años la duración máxima de cualquier proceso, con una prórroga excepcional de doce meses en caso de sentencia condenatoria para la tramitación de recursos.
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Nueve temblores de tierra se registran este miérciles en la RD.
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11 horas agoon
julio 1, 2026
Santo Domingo, R.D.-El Centro Nacional de Sismologia de la Universidad Autonoma de Santo Domingo (UASD) informó que un total de nueve temblores de tierra se han registrado en el territorio nacional este miércoles.
El primer sismo se reportó a las 12:04 de la medianoche, con una magnitud de 2.5 a 13.5 kilómetros al oeste de Isla Catalina, Mar Caribe. El segundo, a las 2:13 de la madrugada tuvo una magnitud de 2.4 a 3.6 kilómetros sur-sureste de San Pedro de Macorís.
La tendencia se mantuvo en horas de la tarde, pues a las 12:04 del mediodía un sismo de 3.5 fue reportado por el Centro Nacional de Sismología de la Universidad Autónoma de Santo Domingo al suroeste de la Isla Saona.
Además, ocurrieron otros sismos al este de Guayubin, Montecristi con una magnitud de 2.8, y al este-noreste de Los Hidalgos, Puerto Plata, con magnitud de 2.2 y 36.6 kilómetros de profundidad.
El pasado viernes 26 de junio, a las 12:06 del mediodía un temblor de tierra de 5.1 sacudió República Dominicana, lo que generó momentos de pánico la una población.
El hecho provocó que las instituciones públicas activaran los protocolos de lugar y evacuaran las oficinas, donde fueron encendidas alarmas para que el personal paralizara sus labores y se dirigiera a las afueras como medida de precaución.
