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Procuraduría solicitará que violadores toque de queda recojan basura en calles

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SANTO DOMINGO.– Los fiscales han sido instruidos por la  procurador general de la República para que inicien los procesos judiciales correspondientes en los casos de personas que cometan acciones que constituyan una violacion a las leyes vinculantes al toque de queda dispuesto por el Poder Ejecutivo para contrarrestar el coronavirus.

Jean Alain Rodriguez, procurador general de la República, indicó que podrían ser procesados los que incurran en delitos de rebelión, que incluyen los actos de resistencia o violencia ejercidas contra los empleados y funcionarios públicos, sus agentes y delegados en el ejercicio de sus funciones, como es el caso de los policías. 

Asimismo, serán multadas aquellas personas que hayan violado los horarios de toque de queda establecidos durante el período de emergencia nacional, y también prestar trabajo de utilidad pública o interés comunitario en una institución estatal u organización sin fines de lucro, fuera de sus horarios habituales de trabajo remunerado, debiendo colaborar sobre todo con la recogida de la basura en coordinación con los ayuntamientos de cada demarcación.  

Al dar la instrucción a los fiscales, el procurador general de la República indicó que el objetivo es cuidar a la ciudadanía, y salvar sus vidas, por lo que hizo un llamado a la población de respetar las medidas establecidas por las autoridades y a respetar a la Policía Nacional, institución que ha estado realizando un trabajo loable para salvar vidas en estos momentos, donde necesitamos que todos cumplamos con nuestro deber ciudadano de quedarnos en casa.

La institución informó mediante un comunicado de prensa, que el procurador general instruyó a los miembros del Ministerio Público ordenar a los agentes de la Policía Nacional de sus respectivas jurisdicciones para que en los casos que consideren de gravedad, relativos a violaciones a las leyes, presenten ante el Ministerio Público, sin demora y sin falta, a todas aquellas personas que sean arrestadas por violación a dichas normativas, a fin de que las mismas sean procesadas judicialmente, de forma digital o remota, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 224 del Código Procesal Penal.

Un comunicado de prensa a través del cual se ofreció la información, destaca que la Ley Orgánica núm. 21-18 sobre Regulación de los Estados de Excepción contemplados por la Constitución de la República Dominicana, de fecha 25 de mayo de 2018, establece en su artículo 32 que el incumplimiento o resistencia a las órdenes de las autoridades competentes en los estados de excepción será sancionado de acuerdo con las disposiciones de las leyes vigentes.

De igual manera, indica que el artículo 209 del Código Penal de la República Dominicana estipula que “Los actos de rebelión se clasifican, según las circunstancias que los acompañen, crimen o delito de rebelión. Hay rebelión, en el acometimiento, resistencia, violencia o vías de hecho, ejercidas contra los empleados y funcionarios públicos, sus agentes, delegados, o encargados, sean cuales fueren su grado y la clase a que pertenezcan, cuando obren en el ejercicio de sus funciones, y sea cual fuere la función pública que ejerzan”.

Para la ejecución de los procesos, en los casos más graves y reincidentes, los fiscales deberán utilizar los medios idóneos y expeditos establecidos por el Código Procesal Penal para procesar a los imputados, tales como el procedimiento por contravenciones del artículo 354 o el procedimiento penal abreviado por acuerdo pleno del artículo 363, solicitando al juez competente, y la imposición de las multas indicadas en la ley a aquellas personas que hayan violado los horarios de toque de queda establecidos durante el período de emergencia nacional.

Asimismo, en caso de verificar que el pago de una multa constituiría una imposibilidad para el imputado o de forma paralela segun la gravedad, deberán solicitar al juez competente la suspensión condicional del procedimiento, solicitando como regla de cumplimiento la establecida en el artículo 41.6 del Código Procesal Penal, que establece “prestar trabajo de utilidad pública o interés comunitario en una institución estatal u organización sin fines de lucro, fuera de sus horarios habituales de trabajo remunerado”.

El comunicado destaca que el toque de queda de 5:00 de la tarde a 6:00 de la mañana en el país, establecido mediante el Decreto 134-20 del Poder Ejecutivo, tiene como objetivo primordial, garantizar la salud de la población de la República Dominicana, siguiendo los criterios dictados por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

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Hombres que robaban alimentos fueron apresados por Policía Nacional.

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Santo Domingo. – Este jueves la Policía Nacional informó que detuvo cuatro hombres involucrados en el robo de fundas con alimentos de primera necesidad, sustraídos de varios camiones que transitaban por la avenida del Puerto del Distrito Nacional.

El cuerpo del orden dijo que los detenidos son Aaron Ezequiel Cabrera, de 36 años; Breilin José Vizcaíno Capellán, de 18; Ángel Reguillo Emiliano, de 26, y Miyel Ambiórix Morillo, de 27, todos residentes en la citada demarcación.

Según la entidad, la detención fue realizada por agentes de la Dirección Central de Investigación (Dicrim), quienes actuaron de manera inmediata tras dar seguimiento a los responsables, identificados a través de un video que se hizo viral en redes sociales y medios de comunicación.

Los cuatro apresados serán puestos a disposición del Ministerio Público para los fines legales correspondientes.

La Policía Nacional reafirma su compromiso de actuar con prontitud frente a hechos delictivos y garantizar la seguridad ciudadana.

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Presidente de la República solicita al Congreso agilizar modificación de ley de Compras y Contrataciones.

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Santo Domingo, R.D.- Luis Abinader solicitó este jueves al Congreso Nacional agilizar la aprobación del proyecto que modificaría la ley de Compras y Contrataciones, la cual tiene el objetivo de establecer sanciones más severas contra la corrupción y fortalecer el marco regulador de las contrataciones del Estado.

Esta normativa, que fue propuesta por la exsenadora y ministra de Interior y Policía, Faride Raful, derogará la Ley 340-60, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, que data del 2006.

El director de Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel, destacó que una de las tareas fundamentes de esta nueva ley es devolver el sistema de consecuencias, que fue eliminado en el mismo año que fue aprobada.

El mandatario y Pimentel hablaron del tema al encabezar el acto en el que se anunció que República Dominicana fue escogida por primera vez como sede de la Conferencia Internacional Anticorrupción (IACC), la cual se llevará a cabo en el 2026.

Prohibiciones que propone proyecto de ley

  • El artículo 25 prohíbe a los exfuncionarios gestionar o representar intereses privados y particulares ante la institución a la que prestaron sus servicios, o ante las instituciones que les sean subordinadas, durante los 12 meses siguientes a la fecha de su salida del cargo.
  • También castiga con uno a tres años de prisión a los que incurran en falsedad en las declaraciones juradas requeridas para registrarse como proveedor del Estado o para participar de un procedimiento de contratación.
  • Además, sanciona con dos a cinco años de prisión y hasta multa de 50 salarios mínimos a los servidores del Estado que, en ejercicio de sus funciones intervengan en la tramitación, aprobación o celebración de un contrato, de manera dolosa, en violación al régimen de inhabilidades y prohibiciones previsto en la presente ley.
  • El proyecto establece que, cada institución contratante deberá contar con un apartado integrado a su portal institucional en donde se agrupen las informaciones y documentaciones relativas a su actividad contractual, con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a estas.
  • Establece que los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta 30 % del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de la ley.

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No habrán elecciones extraordinarias en La Vega

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Santo Domingo, R.D.-Las solicitudes de convocatoria de elecciones extraordinarias en La Vega fueron rechazadas este jueves por la Junta Central Electoral (JCE).

El órgano indicó que no tiene competencia legal para convocar a elecciones extraordinarias en el municipio, pese al vacío que se generó hace tres meses con la renuncia del alcalde Kelvin Cruz y la vicealcaldesa Amparo Custodio.

En sus motivaciones, la JCE acotó que la Ley 20-23, de Régimen Electoral, solo la faculta a convocar elecciones extraordinarias cuando se anulan las anteriores, aspecto que no ocurrió en este caso de La Vega.

«De la lectura del referido numeral 2 del artículo 95 se comprueba claramente que el legislador dominicano, al momento de definir los casos en los que procedería a convocar elecciones extraordinarias, no contempló el escenario que alegan los solicitantes, de lo cual se deduce que no existe competencia legal para que la Junta Central Electoral proceda a la convocatoria de elecciones extraordinarias en el municipio La Concepción de La Vega«, expresó el pleno del organismo electoral en uno de sus considerandos.

El exalcalde Kevin Cruz fue escogido con el 73 % de los votos de La Vega, fue juramentado en el cargo y lo asumió por casi cuatro meses, antes de que el presidente Luis Abinader lo designara ministro de Deportes. Su vicealcaldesa, Amparo Custodio, quien podía sucederlo en el puesto, renunció indicando que ese cargo debía ocuparlo un dirigente del Partido Revolucionario Moderno, que ganó la plaza.

Sin embargo, para resolver este impasse, la semana pasada el Concejo de Regidores de La Vega, revocó la renuncia de Custodio para que esta regresara a la alcaldía y el pasado 15 de noviembre fue juramentada como la nueva alcaldesa.

No obstante, los partidos de oposición Fuerza del Pueblo y de la Liberación Dominicana (PLD) insisten en que el Concejo de Regidores no tiene facultad para nombrar alcaldes. Los dos partidos han sometido recursos ante la justicia para tratar de revertir la decisión de los regidores.

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