Opinión
Mustafá, Karim y los Reyes de “Magos” de la corrupción
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13 años agoon
Por Narciso Isa Conde
Abdala II es rey de Jordania en pleno siglo XXI, pero no hay que escandalizarse si Inglaterra y España, ubicadas en el ombligo del capitalismo posmoderno y del mundo libre y cristiano, se gastan hoy monarquías similares con su Rey y su Reina.
El Rey Abdala fue recientemente visitado por el ex-mandatario dominicano Fernández Reina, señalado como uno de los más corruptos de la historia reciente, y lo hizo acompañado de Mustafá Abud Naba’a, sucesor del fallecido empresario mafioso libio El Fiture y socio de presidentes, políticos y reyes en variados negocios turbios relacionados con el tráfico y la compra y venta de combustible.
Con Mustafá visitó a Karim en Jordania, hijo del magnate árabe y ex–novio de su hija Nicole, prófugo por estafas, amenaza de asesinato, tenencia ilegal de armas y pillerías menores. Allí se terminó de fraguar el plan de su retorno, previa soborno millonario a sus acusadores y contubernio con fiscales y jueces venales (bajo tutela política leonelista), que accedieron a ponerlo en libertad.
¿Qué poder tiene Mustafá Abu Naba’a sobre Leonel Fernández y sus funcionarios?
Esta pregunta la respondió con mucha precisión el analista David Ramírez en un artículo publicado con ese título, siendo Leonel presidente, en el periódico digital el www.barahonero.com, cuyos párrafos más relevantes rezan así:
“Mustafá Abu Naba’a es un empresario de origen jordano residente en el país con mucha influencia en el gobierno de Leonel Fernández. Se recordará que tiene un hijo que fue novio de una hija del presidente…
“…Las relaciones comerciales y diplomáticas de la República Dominicana y la República Bolivariana de Venezuela podrían verse afectadas, a causa de un supuesto “engaño” detectado por el gobierno de Hugo Chávez, el cual perturbaría, drásticamente, el programa de PETROCARIBE y otros que se desarrollan en el país.
“Este episodio discordante se presenta debido a que -según una fuente de entero crédito-, la administración del presidente Leonel Fernández insiste en mantener al empresario árabe, nacionalizado dominicano, Mustafá Abu Naba’a, dentro sus aliados.
“El caso del empresario árabe, sin dudas, el más peligroso. Es que éste, quien tendría deudas millonarias con PDVSA, utiliza el nombre de la empresa estadounidense Sargeant Petroleum para hacer negocios en territorio dominicano.
“La fuente indicó que el Ministerio de Hacienda ha consignado en varias ocasiones a “REFIDOMSA, cargamentos de asfalto AC-30, los cuales eran depositados en almacenes de Abu Naba’a. El caso ahora en cuestión es un barco que sería traído desde la Bahía de Ambay, en Maracaibo, Venezuela, el día 14 o 15 del actual mes de noviembre y que sería depositado en su local. Esto quiere decir que, a pesar de la advertencia del gobierno de Venezuela, lo siguen intentando: “engañar”.
“El informante alegó también que: “con esa justificación han preparado el muelle número cuatro, que está al lado de la compañía de Mustafa Abu Naba’a, sin tomar en cuenta que esto pone en riesgo a PETROCARIBE, que son financiamientos blandos a un 1% y 25 años para pagarlo”.
“En el año 2004, el inversionista de origen árabe Harry Sargeant, propietario de la International Oil trading Company (OITC), vinculada a la Worldwide Trading & Company (WTC), de Abu Naba’a recibieron de los gobiernos de Hipólito Mejía y Leonel Fernández poderes especiales para obtener cartas de créditos internacionales por US$255 millones.
“En el 2006, el Consejo Nacional del Azúcar (CEA) sometió a la WTC ante los tribunales, por la comisión de un supuesto “dolo” en perjuicio del Estado. Según la querella la WTC cobró de manera irregular unos RD$ 94 millones con lo que logró apropiarse de unos terrenos del CEA localizados en San Luis, Santo Domingo. En ese entonces, el CEA exigía una indemnización de US$5 millones.
“A esa forma prohibida de comercializar en territorio dominicano, se agrega el hecho de que el señor Abu Naba’a no paga los impuestos correspondientes.
“Más tarde, el desaparecido periódico Clave Digital, publicó que el presidente Fernández había favorecido a la WTC con un contrato de US$100 millones para construir avenidas carreteras, caminos y calles.
“El joven, hijo del empresario petrolero Mustafá Abu Naba’a, además de ser acusado de intento de asesinato, se le adjudica la posesión de un arsenal de armas de fuego, que, supuestamente, habría penetrado al país por el Salón de Embajadores del Aeropuerto Internacional de Las Américas.
“Mustafá, el padre, también estuvo acusado de pertenecer a un grupo recaudador de fondos ilegales, para un gobernador y tres ex aspirantes a presidencia de Estados Unidos.
“El grupo recaudador de fondos de procedencia cuestionable era encabezado por Ala’a Al-Ali.
“Los recaudadores llegaron a lograr contribuciones superiores a los US$55 mil, de los cuales US$5 mil fueron destinados a la campaña de Charlie Crist en el 2006 y más de US$50 mil al ex candidato presidencial John McCain y los precandidatos Ruddy Giulliani y Hillary Clinton.
“Según la acusación, las donaciones fueron solicitadas por Mustafá Abu Naba’a, que al igual que Al-Ali, es un jordano que estaría viviendo en la República Dominicana.”
……………
La herencia fétida y las maniobras de un semi-destronado.
Aspirante a monarca, Leonel Fernández “reinó” en los últimos ocho años (2004-2012), después de exhibir discretamente esa maldita vocación durante su primer gobierno (1996-2000) y hablamos de un aspirante a Rey en una pequeña media isla caribeña, con pretensiones de ser alabado en todos los confines del planeta.
“El destino” de la Nación pretendió ser identificado en su persona, pero la ambición desmedida y la falsedad en exceso traicionaron sus anhelos de reinar indefinidamente y, en fin de cuentas, hasta el trono se le fue de las asentaderas cuando el descrédito acumulado en tan pequeño territorio caribeño hizo explosión arrasando a su Nueva York chiquita.
La indignación desatada ahogó el prestigio artificialmente fabricado, provocando que la simulación agotara sus efectos mercadológicos, cubriendo primero de lodo y pus la farsa, y determinando después que la L de León fuera percibida por gran parte la sociedad dominicana como L de ladrón.
Mintió groseramente al anunciar el blindaje de la economía nacional bajo “sus sabias orientaciones”, mientras se dedicaba a “blindar” su impunidad y la de los suyos, enmarcándola en una dictadura constitucional bajo estricto control.
Como tan perversa auto-protección se concentró en lo institucional, el clamor que lo condena sabiamente se desbordó por otros vericuetos nacionales y se expandió por el mundo, cruzando mares y fronteras.
Entonces, el aspirante a Monarca, lleno de pánico, decidió cobrarles sus “favores” a colegas, intelectuales, artistas, mercaderes, peregrinos y renegados para intentar la imposible misión de contrarrestar la ola que cortésmente solicita su ingreso al 15 de Azua y enturbia definitivamente sus ínfulas diplomáticas universales.
El rey Abdala II es uno de esa lista de “buenos agradecidos” y es por eso que el aspirante Monarca, ya semi-destronado y tronado, optó recientemente por sacarle provecho a lo invertido en Jordania con la ayuda de Mustafá; súper-rico mercader del petróleo y encargado de las conexiones de FUNGLODE (cuerpo del delito y canal para la instalación del publicitado Centro Latinoamericano en Amám con el nombre de Leonel Fernández) con el Medio Oriente.
Esto incluye ciertos trueques, entre los que no podía faltar la libertad de Karim, fraguada antes de su sorpresivo retorno. Igual otros negocios mutuos y no pocas banalidades compradas en el mundo árabe, mientras el pueblo dominicano pide su cabeza y Danilo y Domínguez Brito se la protegen.
Pero en realidad la desesperación lo ha llevado a un cálculo fallido: su salvación no está en Abdala ni en Mustafá, ni en su liberado hijo pródigo, llamado Karim. Esos vínculos refrescan otros escándalos dormidos y otras conexiones dolosas y pérfidas, y ese reconocimiento académico comprado lo “tira más para lo hondo”.
Recientemente salen nuevos olores fétidos de los manejos turbios en REFIDOMSA, de la estafa a Petrocaribe y de la mafia del AC-30, una parte comercializado por Mustafá y por un renegado que dice ser de izquierda, en Puerto Rico.
Leonel usó en esta ocasión la dictadura constitucional a nivel judicial a favor de sus sucios socios árabes y habrá de seguirla usando como medio de impunidad, pero de todas maneras crecen los riesgos de que ese blindaje pueda estallar. La caldera anti-corrupción y anti-impunidad tiene demasiada presión, y el despliegue del paquetazo neoliberal habrá de provocar más indignación popular.
Por Isaías Ramos
San Juan habló.
El Presidente entendió.
Ahora el Estado debe actuar.
El proyecto minero Romero ya no es un simple expediente ambiental: es una prueba de soberanía, autoridad institucional y respeto a la Constitución.
San Juan no se levantó contra la inversión ni contra el progreso. San Juan se levantó por el agua. Y cuando un pueblo se levanta por el agua, defiende la vida.
En un Estado Social y Democrático de Derecho, la inversión es bienvenida, pero subordinada a la dignidad humana, al interés general, al agua, al ambiente sano y a la soberanía popular.
El presidente Luis Abinader acertó al paralizar las actividades vinculadas al proyecto. Respondió a una realidad inocultable: una provincia agrícola, hídrica y movilizada rechazó un proyecto extractivo que percibe como amenaza a sus ríos y agricultura.
Las declaraciones de la empresa, afirmando que no se da por vencida y que buscará diálogo, pueden sonar diplomáticas; pero después de una decisión presidencial, pueden leerse como desafío elegante, presión calculada y gesto improcedente ante una comunidad que ya habló.
La empresa tiene derecho al debido proceso y a una respuesta formal. Pero no tiene derecho a desconocer la voluntad social ni a tratar el rechazo popular como obstáculo vencible con comunicación estratégica.
En República Dominicana la inversión no está por encima de la Constitución. Una concesión no es soberanía. Un permiso no es carta blanca. Una exploración no es derecho adquirido a explotar. Y un estudio de impacto ambiental no puede convertirse en antesala inevitable de una mina rechazada por el territorio.
El artículo 8 ordena al Estado proteger los derechos de las personas y crear condiciones para el desarrollo humano. La Constitución reconoce el agua como patrimonio nacional estratégico, esencial para la vida, y ordena proteger el ambiente sano para presentes y futuras generaciones.
Si una permisología de exploración o evaluación ambiental avanza ignorando la vocación agrícola, la fragilidad hídrica, la ausencia de licencia social y el rechazo masivo, contradice la Ley General de Medio Ambiente y el mandato superior de la Constitución.
La Ley Ambiental nació para prevenir, informar, consultar, restaurar y aplicar el principio de precaución. Cuando existe riesgo grave para el agua, la salud y la vida comunitaria, la falta de certeza absoluta no puede usarse como excusa para avanzar.
San Juan ya respondió la pregunta de fondo: agua sí, oro no.
A quienes defienden con ligereza la explotación industrial de oro habría que pedirles algo más que entusiasmo económico y frases sobre “minería responsable”: que citen, en cualquier lugar del mundo, con nombre, país, fecha y evidencia independiente, un caso de explotación aurífera industrial que no haya provocado daño ambiental significativo o irreversible, afectación hídrica comprobada, relaves peligrosos no remediados, deterioro neto de ecosistemas o pasivos pagados por comunidades; y que además haya dejado a su pueblo mejor, más seguro y más próspero, descontados los costos ambientales, sociales, hídricos y de remediación.
En República Dominicana la prudencia debe ser mayor: somos parte de una isla, con ríos cortos, acuíferos frágiles y montañas interconectadas. Aquí un error ambiental no queda aislado: baja al valle, afecta la agricultura y compromete agua sin sustituto. El oro se exporta y se agota; el agua y los suelos fértiles no se recuperan con discursos.
Si existe en el mundo un ejemplo incuestionable de explotación industrial de oro sin daño ambiental significativo, afectación hídrica, relaves peligrosos, deterioro neto del territorio ni pasivos comunitarios, que lo presenten. Y si no existe, que no nos pidan fe donde corresponde aplicar prudencia constitucional.
República Dominicana necesita una nueva Ley de Minería nacida de la Constitución, no extractivista: una ley que ponga el agua por encima del oro, la cuenca por encima del polígono minero y la comunidad por encima del contrato. Debe declarar zonas incompatibles con minería metálica y exigir garantías reales, cierre, post-cierre, monitoreo independiente, transparencia y participación ciudadana efectiva.
Que nadie confunda la paralización anunciada con victoria definitiva. El pueblo debe mantenerse vigilante hasta que las aguas se aclaren; hasta que la decisión sea formalizada y blindada; hasta que se legisle una Ley de Minería armónica con la Constitución; y hasta que ninguna empresa use la permisología como escalera hacia una explotación que el territorio ya rechazó.
Desde el Foro y Frente Cívico y Social impulsaremos una ruta cívica, jurídica e institucional: solicitudes para que ningún expediente avance sin transparencia, motivación legal y control ciudadano; estudio de una acción constitucional contra normas mineras incompatibles con el Estado Social y Democrático de Derecho; y convocatoria a una vigilancia nacional por el agua. Esta no es causa de un grupo: es causa de país.
En un país donde la partidocracia tantas veces ha abandonado al pueblo, la vigilancia ciudadana no es desconfianza gratuita: es deber patriótico. Hoy resuena aquella advertencia: “Nunca me fue tan necesario como hoy tener salud, corazón y juicio; hoy que hombres sin juicio y sin corazón conspiran contra la salud de la patria”.
En el Foro y Frente Cívico y Social entendemos que la mayor riqueza de una nación no está debajo de la tierra. Está en su gente, en su agua, en sus alimentos, en su educación, en su soberanía alimentaria y energética, y en su ciudadanía despierta.
San Juan habló.
El Presidente entendió.
La Constitución manda.
El pueblo debe vigilar.
Agua sí, oro no.
Ya basta de improvisar. Es tiempo de gobernar.
(Segunda entrega)
Por Oscar López Reyes
La publicidad digital (información procesada) ha prosperado, crecidamente como flor en primavera, por su exclusiva y ventajosa preferencia en el raudal de su automatización (función autónoma) y democratización tanto de su cobertura como del bajo costo presupuestario. Ha escalado un eslabón preeminente (por su cuantía y repetida difusión) del edificio mercadológico y sacudido la alfombra de los modelos de negocios comunicacionales. Se desplaza imparable…
En el universo hiperconectado y el cambio de mentalidades, el aforo de la digitalización experimenta un crecimiento de doble dígito, y lidera el gasto publicitario de República Dominicana, por ser más económica, por su precisa segmentación de audiencias, formato multimedia (texto, imagen y video), alcance global y por ser medible en tiempo real.
Reforcemos las palabras con cifras verificables: En 2025, la inversión publicitaria general de República Dominicana fue de 38 mil 645 millones de pesos, y la insertada en 583 medios oneline (redes sociales, buscadores y sitio web) fue 4 mil 600 pesos, que representó el 12%.
Los nuevos portales, blogs y nativos emergentes han logrado un gran alcance, y en el 2026 el 70% de la población dominicana incursiona en redes sociales, que la corona como el canal tecnológico dominante de interacción diaria, con una elevada inversión de tiempo.
Ese auge en apenas tres décadas se ha afianzado porque el consumo de noticias ha emigrado preponderantemente a redes sociales y portales digitales. Cerca del 90% de la población dominicana tiene acceso al servicio de internet, especialmente a través de la conexión celular, y más del 50% de los jóvenes entre 18 y 25 años la usa como su dieta alimenticia.
Empero, esa expansión se coloca muy por debajo del mercado planetario, que en el 2025 acumuló entre el 69% y el 73% de la inversión publicitaria global, lo que significa que los offlines o tradicionales (prensa escrita, radio, televisión y vallas/carteles) cuentan con un 30% de audiencia.
La publicidad en la red gira en el espinazo de algoritmos cambiantes, subastas y un ecosistema sofisticado y engorroso, en torno a por lo menos diez núcleos centrales:
1.- Contenido temático estratégico
La publicidad de contenido digital crea, edita y difunde narrativas emocionantes y motivantes sobre una marca, para posibilitar la acción de compra y fidelizar a audiencias preseleccionadas.
2.- Segmentación personalizada
Separar a clientes conquistados en grupos más pequeños y homogéneos (remarketing) para interactuar sobre el producto en plataformas definidas, a fin de lograr empatía, aumentar las visitas y detener a esos usuarios.
3.- Diversidad de espectro/plataformas
Las plataformas se fragmentan en cinco facetas: 1) Redes sociales, como Facebook, YouTube, Instagram, WhatsApp, TikTok, Telegram, LinkedIn, X (Twitter) y WeChat, Comunicación en tiempo real; 2) Streaming: Netflix, Disney, HBO Max, Prime Video y Apple TV+; 3) Comercio Electrónico (E-commerce) Amazon, Shopify, Mercado Libre, Tiendanube yHotmart; 4) Educación Virtual y E-learning (LMS), y 5) Trabajo y Almacenamiento en la Nube.
4.- Interacción dinámica conversacional
Interlocutores emplean el diálogo explicativo personalizado —por redes sociales, WhatsApp o chatbots— para despejar dudas, explicar procesos y generar confianza en la línea para guiar hacia el acto de compra.
5.- Tipos de publicidad de mensajes
Los textos persuasivos son diseñados para convencer a los usuarios sobre los plus de los bienes y servicios, en las esferas informativa/educativa, afectiva/sentimental, narrativa/memorable, racional e inspiracional. Abarca Marketing en Buscadores (SEM), Social Ads, Display (banners), Nativa, Video, Email Marketing, Programática, Retargeting/Remarketing, Marketing de Influencer y Marketing de Afiliación.
6.- Clases de formatos innovadores
Los formatos de documento, imagen, video y audio en dispositivos electrónicos almacenar y optimizan bases de datos, editan y mejoran la calidad de fotografías, gráficos y web, la animación y la impresión.
7.- Flexibilidad con cambios inmediatos
La publicidad digital facilita cambios inmediatos, el perfeccionamiento del mensaje, el movimiento de presupuestos de un canal a otro y la maximización automatizada para rehuir al cansancio de la audiencia.
8.- Alto alcance/cobertura de la campaña
El anuncio o campaña sobre una marca o servicio es oído o visto por una inmensidad de receptores (alto alcance), en extensos territorios geográficos o segmentos de un mercado (alta cobertura), para su mejor posicionamiento.
9.- Menor costo de producción y difusión
Son reducidos y eficientes los costos tanto de producción como de divulgación de los mensajes, por plataformas de nichos con creativos visuales de alta calidad, sin necesidad de contratar costosas agencias publicitarias.
10.- Facilidad para medir resultados
Las auditorías, que por métricas miden en tiempo real la tasa de clics de usuarios que han visitado la web y la efectividad del mensaje, factor básico para reajustar la campaña y cuantificar la rentabilidad de la inversión.
Como perciben sus ojos, la comunicación social en tanto disciplina científica ha parido un área, la publicidad digital (vinculada también con el marketing), que se sustenta en la investigación, el conocimiento sistemáticamente estructurado, los diseños, los cálculos y estadísticas, las ciencias de datos, los modelos predictivos y la inteligencia artificial.
Al ritmo apresurado en que la publicidad digital evoluciona, conceptual y tecnológicamente, los sitios web, blogs, redes sociales y otros nativos digitales, desplazan a los periódicos impresos, que están siendo instalados en las páginas web; el podcast a la radio tradicional y el streaming y YouTube a la televisión por cable y abierta.
Excluyendo los clics falsos y fraudes publicitarios, la propagación de datos privados, los ruidos por la sobrecarga de información/anuncios y las continuas modificaciones en los algoritmos de las plataformas –susceptibles de disminuir las metas propuestas- la publicidad digital seguirá agrandando su panza. En la multimedia interactiva descansa el futuro y los anunciantes preferirán, en la lógica rentable empresarial, a las altas audiencias.
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El autor: Periodista, mercadólogo, catedrático, escritor y gremialista.
Opinión
El medio ambiente y los crímenes en el Estatuto de Roma (2 de 2)
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3 días agoon
mayo 13, 2026Por Rommel Santos Diaz
Además, para ser admisible, cada uno deberá ser ¨ de gravedad suficiente para justificar la adopción de otras medidas por la Corte Penal Internacional¨. Quedan excluidos los casos fuera de lo habitual en los que la gravedad de los hechos específicos no deja de ser secundaria.
Al evaluar la admisibilidad de un caso, la Fiscalía estudiará el daño ambiental causado por el crimen. Aunque la determinación de la gravedad de los crímenes ambientales se centra a menudo en los daños sufridos por humanos como consecuencia de un daño ambiental, también podrán considerarse los daños sufridos por el medio ambiente en sí, tal como ocurre cuando un crimen ocasiona un daño a gran escala en un ecosistema no utilizado por humanos con fines de subsistencia.
La Fiscalía de la Corte Penal Internacional también tendrá en cuenta factores de orden estrictamente ambiental al determinar la gravedad, entre ellos factores de escala, naturaleza e impacto:
Escala: el número de víctimas humanas y no humanas directa e indirectas o el alcance geográfico o temporal del daño ambiental.
Naturaleza: si se cometieron daños ambientales contra víctimas marginadas o en situación de vulnerabilidad, entre ellas, mujeres, menores, personas mayores, personas con discapacidad, Pueblos Indígenas, afrodescendientes y campesinos, o si estas víctimas se vieron especialmente afectadas.
Impacto: magnitud del daño, desde el punto de vista integral y con inclusión de los daños irreversibles y a largo plazo, v vista de manera acumulativa cuando se ha cometido una serie de actos de daño ambiental causado al entorno natural , con independencia de su efecto antropocéntrico ; el efecto intergeneracional del daño ambiental en la vida humana; y el daño social, cultural, psicológico, religioso, espiritual o socioeconómico especifico infligido por los crímenes ambientales, en particular a grupos o personas con vulnerabilidades interseccionales.
