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Opinión

No hay contrato con la Barrick

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Por Narciso Isa Conde

“En homenaje a los héroes y heroínas de abril y de las guerras patrias por la soberanía, la democracia y la justicia”.

NARCISO-ISA-CONDE1111A la luz de todo lo analizado y denunciado, las modificaciones introducidas al contrato con la minera PLACER DOME para complacer a la Barrick Gold, invalidan ese texto y lo convierten en nulo, y por tanto,  inexistente.

Esas enmiendas tienes vicios de origen en los procedimientos empleados y en los contenidos de las cláusulas modificadas o introducidas.

Una vez refrendado por el Congreso el contrato original, el texto de enmiendas elaborado por el Banco Central, debió ser remitido a esa misma instancia y no al Poder Ejecutivo.

Así a las dóciles Cámaras Legislativas se le impuso desde la Presidencia de la República y las jefaturas partidarias (concertadas entre sí), una premura y una incondiciolidad presionada desde la disciplina y el chantaje político, que tuvo por motivo cerrarles espacios a los cuestionamientos e impedir toda reacción oportuna contraria a esa atrocidad; violando de paso todas las normas de tiempo, plazos, procedimientos, examen de comisiones… que establecen los reglamentos vigentes.

Violaciones de todo tipo

Las violaciones abundan y ofenden:

-La propuesta de enmienda borró del texto original el concepto “patrimonio nacional” consagrado constitucionalmente, consignado por demás en todos los contratos mineros, con el avieso propósito de facilitar el desconocimiento de la soberanía del país sobre esos recursos naturales. Una grosera violación constitucional a favor de la Barrick Gold.

-El  Código Laboral y las normas de la OIT fueron pisoteados al concedeserle a esa corporación transnacional establecer su propio régimen laboral. Otra exclusión que implica ilegalidad.

-La soberanía judicial del país fue suplantada por una instancia internacional creada para dirimir los conflictos mineros, la cual tiene su sede en París y está bajo control de las grandes corporaciones mineras.

-La ley minera es clara en consignar que cualquier modificación de un contrato solo pueda hacerse para beneficiar más al Estado, no para perjudicarlo, como se hizo en esa ocasión en flagrante violación a esa ley.

-Los costos ambientales son estructurales y por tanto indivisibles en el tiempo. Sin embargo el pasivo ambiental fue cortado en pasivo histórico y pasivo futuro, estableciendo que la “remediación” ambiental futura fuera cargada totalmente al Estado, mientras la compensación de los daños anteriores se le asignaron a ambas partes y a costas de los beneficios de la empresa y de la voluntad de los directivos de Barrick, actuando éstos ilegalmente como evaluadores y agentes de retención.

Abandono total de las funciones públicas y prevaricación.

Ante todas esas violaciones a la Constitución y las leyes, las autoridades abandonaron su función pública.

El Poder Ejecutivo, la Dirección de Minería y el Banco Central se confabularon con la Barrick para desconocer la soberanía nacional y el poder soberano del pueblo, al cual teóricamente el Estado Nacional debe su razón de ser. La complicidad es obvia y no puede haber otro motivo que la decisión consiente de prevaricar para provecho particular.

Los/as legisladores/as que refrendaron al vapor esas enmiendas (nulas de origen) aceptaron la tiranía representada por esa confabulación, ya sea por sumisión al poder ejecutivo, por disciplina partidaria y/o por sobornos.

El sistema judicial, particularmente el Ministerio Público, abandonó totalmente su función y se inhibió de actuar como ley manda.

La Policía Nacional también se inhibió de actuar frente a estos delitos flagrantes.

Estamos, repito, ante una negación de soberanía, al irrespeto de la propiedad pública de valiosos recursos naturales y ante un contrato, que por inconstitucional e ilegal, devino en nulo e inexistente. Todo esto para prevaricar y estafar descaradamente.

Prolongar esta situación equivaldría a ampliar las complicidades respecto a esas modalidades de anulación de la soberanía, de violaciones a la Constitución y las leyes vigentes, y a tapar los delitos cometidos y refrendar la impunidad de esas formas de prevaricación; lo que recaería sobre el nuevo presidente de la República y otras autoridades competentes.

El contrato Barrick Gold no existe y todo intento de imponer su contenido, aun con variaciones o medidas adicionales que posibiliten mayores beneficios para el Estado dominicano por la extracción del oro, la plata y el cobre de Pueblo Viejo, implica desconocer su nulidad legal e imponer su invalidez jurídica, lo que también es grave delito encubrimiento.

Por demás, en ninguna instancia judicial o escenario de debate, podrán esgrimirse razones valederas para negarle la razón a quienes soberanamente proclamamos que lo nulo es nulo. Pero si existen sobrados argumentos para condenar en cualquier escenario mínimamente respetuoso de la verdad a los responsables de este crimen de lesa patria y a quienes opten por la complicidad con ellos.

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Opinión

Un Futuro Digno, Libre y Democrático

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Por el Dr. Isaías Ramos

En una época marcada por desafíos sociales y políticos sin precedentes, la necesidad de fortalecer los cimientos de una sociedad basada en la dignidad, la equidad, la libertad y la democracia es más urgente que nunca. La búsqueda de un futuro más justo y equitativo para todos nuestros ciudadanos requiere un compromiso renovado con estos principios fundamentales, esenciales para el bienestar y el progreso de nuestra nación.

La libertad individual permite a cada persona expresar sus ideas, creencias y opiniones sin temor a represalias. Es un derecho intrínseco y un pilar indispensable de cualquier sociedad que aspira a ser justa y equitativa. Esta libertad es la esencia misma de la dignidad humana y debe ser defendida con vigor en todos los frentes, especialmente en tiempos donde puede ser amenazada por intereses partidistas o agendas autoritarias.

Paralelamente, la democracia, entendida como el sistema político que facilita la participación activa de los ciudadanos en la toma de decisiones que afectan sus vidas, es crucial para la salud de nuestro tejido social. A través de una democracia robusta y vibrante, podemos garantizar que los derechos fundamentales de cada individuo sean respetados y que las políticas públicas reflejen verdaderamente las necesidades e intereses del pueblo.

Sin embargo, debemos reconocer que la libertad y la democracia no son solo aspiraciones ideales; son principios concretos y palpables que deben guiar nuestras acciones cotidianas. La defensa constante y la promoción de estos valores son cruciales para mantener una sociedad justa, libre de opresión y capaz de adaptarse a los cambios de nuestro mundo globalizado.

Es esencial fortalecer las instituciones democráticas existentes para garantizar su transparencia, eficiencia e integridad. El respeto irrestricto al Estado de Derecho y el cumplimiento riguroso de las leyes son fundamentales en la protección de los derechos individuales y colectivos. Estos principios no solo preservan el orden, sino que también promueven un clima de confianza y seguridad que es vital para la estabilidad social y el desarrollo económico.

La educación desempeña un rol crucial en este panorama, actuando como el medio por el cual se inculcan los valores cívicos necesarios para fomentar una cultura basada en el respeto mutuo, la tolerancia y el diálogo constructivo. A través del acceso universal a una educación inclusiva y equitativa, podemos formar a ciudadanos informados y críticos, capacitados para participar de manera activa y consciente en la vida política y social del país.

En el Frente Cívico y Social entendemos que en estos tiempos donde las amenazas contra la libertad individual y los principios democráticos son evidentes y crecientes, es responsabilidad de todos nosotros defender estos derechos inalienables con valentía y determinación. No podemos ser complacientes ni pasivos; el compromiso con la libertad y la democracia debe ser activo y constante.

Es por esa razón que en el  FCS creemos que un  llamado a la acción no es solo un imperativo moral, sino también una oportunidad para reafirmar nuestro compromiso con un futuro donde cada persona pueda vivir con dignidad y equidad bajo un sistema robusto basado en principios sólidos e incluyentes. Juntos debemos trabajar incansablemente por fortalecer nuestra democracia, preservar nuestra libertad individual e impulsar una sociedad donde reine la justicia social para todos sus habitantes.

No dejemos pasar la oportunidad de ser parte de la construcción de un país que no solo aspire a la grandeza económica, sino que también fomente un ambiente de respeto mutuo y oportunidades equitativas. ¡Juntos, podemos construir el país digno, libre e igualitario que todos anhelamos!

¡Despierta, RD!

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Opinión

La Competencia de la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Díaz

Según el artículo 1 del Estatuto de Roma  la CPI tendrá la potestad de ejercer su competencia sobre las personas responsables ¨de los crímenes más graves de trascendencia internacional¨. El artículo 1 también estipula ̈La competencia y funcionamiento de la Corte se regirán por las disposiciones del presente Estatutillo que significa que la CPI sólo tiene competencia sobre las personas mayores de 18 años en el momento  en que se cometió el crimen.

El artículo 11 del Estatuto de Roma estipula que la  CPI tiene competencia sólo respecto a los delitos cometidos posteriormente  a la entrada en vigor del Estatuto de Roma .Si un Estado deviene Estado Parte luego de la entrada en vigor , entonces la CPI podrá ejercer su competencia  sólo respecto a los crímenes cometidos luego de la entrada en vigor del Estatuto en ese Estado, excepto cuando se haga  la declaración estipulada en el artículo 12, en que se acepte la competencia  de la Corte como un Estado no Parte.

Si un Estado Parte desea enjuiciar a alguien por un crimen de la CPI deberá contar, como mínimo, con una legislación que le permita ejercer competencia territorial sobre tales delitos y competencia extraterritorial sobre sus nacionales que cometen los delitos en el extranjero.

Los Estados  que deseen enjuiciar a una persona por un delito de la CPI deberán asegurarse de contar con la legislación nacional que les permita ejercer su competencia sobre aquellas personas que cometan estos delitos dentro de su territorio, y los nacionales que los cometan en el exterior. Esto podría requerir simplemente de una enmienda al código penal nacional.

Adicionalmente, el Estado podría  tomar en cuenta  para ejercer su competencia sería  la ̈competencia universal ̈, tal y como se estipula en las  Convenciones de Ginebra de 1949 y sus Protocolos de 1977, relacionados a las ¨faltas graves Cabe resaltar los distintos  conceptos de  ̈competencia universal¨ que existen: algunos interpretan este término  en cuanto a que un Estado  puede ejercer su competencia sobre cualquier persona que se encuentre en su territorio, mientras que otros lo interpretan de tal manera que significa que un Estado puede arrestar a cualquier persona, en cualquier lugar del mundo, sin tomar en cuenta cualquier relación que tenga  con el Estado en cuestión. Además otros Estados podrían considerar incluir la competencia basada en el estatus de víctima.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

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Opinión

La criminalidad y nuestro entorno

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Por Nelson Encarnación

Entre las preocupaciones que suelen perturbar el sueño de los gobernantes, la seguridad de los ciudadanos es una, si tomamos en cuenta que el Estado está obligado a garantizar la tranquilidad y el desplazamiento seguro de los gobernados.

Es por ello que asumir esta como una prioridad refiere el interés de que el territorio desenvuelva su cotidianidad dentro de un ambiente de paz y sosiego.

Sobre todo, un país como el nuestro, cuya economía está atada a dos renglones muy espantadizos: el turismo y la inversión extranjera directa.

Cuando el presidente Luis Abinader asume el combate a la delincuencia como una de sus preocupaciones—y también ocupaciones—es precisamente por el impacto negativo que esta tiene en el clima de negocios, pero igual por el interés de propiciar la tranquilidad nacional.

Con frecuencia escuchamos sobre el entendible temor que genera la delincuencia, lo que deja la impresión de que vivimos en el país más inseguro del continente, lo cual no es cierto.

Y no lo digo yo, sino el informe de InSight Crime de 2023, que recoge las cifras de homicidios en América Latina y el Caribe, en el cual aparecemos entre los más seguros de la región.

Según este informe, la tasa de homicidios se ubicó en 11.5 por cada 100,000 habitantes, una reducción del 7% respecto de 2022, lo que nos sitúa por debajo de países competidores en turismo como Jamaica (60.9), y Puerto Rico (14.4), para solo citar dos ejemplos caribeños.

El Ecuador revienta la balanza en países de más de 10 millones de habitantes, con la astronómica tasa de 44.5 homicidios por cada 100,000, (más que Haití, 40.9), con la agravante de que ha registrado un aumento del 74.5% en los últimos cinco años.

Una verdadera catástrofe sin fin, en contraste con su vecino Perú, que apenas registra 3.2 homicidios por cada 100,000 habitantes.

Sobre nuestro país, el informe resalta que, a pesar de ser territorio de tránsito de cocaína, no experimentó un aumento en la violencia en 2023, sino una reducción del 7%.

“El crimen organizado no parece ser un detonante determinante de la violencia en la República Dominicana, ya que la mayor parte de los casos (45,4%) están relacionados con conflictos sociales, y solo el 24,3% parecen estar vinculados a la delincuencia”. Un dato importantísimo.

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