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Elimina nueva norma la ratificación de actas tardías mediante sentencia

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Santo Domingo, R.D.-Fue eliminada por la recién promulgada ley 4-23, sobre los actos del Estado Civil, el requisito de las ratificaciones, mediante sentencia, de las actas de nacimiento y de defunción tardía o fuera de plazo, que exigía la derogada ley 659.

“En caso de que la solicitud de nacimiento se corresponda con una declaración fuera de los plazos establecidos en esta ley, el oficial del Estado Civil la asentará en el registro correspondiente, previa investigación de la veracidad de esta”, establece el artículo 89 de la nueva ley.

Dispone en el párrafo de ese artículo que, una vez se haya cumplido con todas las formalidades establecidas por la Junta Central Electoral (JCE) e inscrita en el Registro Civil, se podrá expedir actas a los interesados de manera inmediata.

La anterior ley, del año 1944, dispuso en el artículo 41 que, el oficial del Estado Civil que haya recibido una declaración tardía de nacimiento, informará inmediatamente al procurador fiscal del distrito judicial correspondiente para que obtenga del tribunal de primera instancia la sentencia que ordena la inscripción del nacimiento declarado tardío.

Ordenaba también al procurador fiscal  a notificar la sentencia al oficial del Estado Civil, a fin de que proceda a la inscripción del nacimiento.

En cuanto a las defunciones, la nueva ley indica que cuando sea declarada la muerte fuera del plazo de los 60 días, es decir, de forma tardía, el oficial del Estado Civil podrá recibirla previa investigación de la veracidad de esta.

“Una vez cumplida todas las formalidades establecidas por la Junta Central Electoral (JCE) e inscritas en el Registro Civil, se podrá expedir actas a los interesados de manera inmediata”, indica la ley 4-23.

El requisito de la ratificación judicial constituía un obstáculo demoraba  la obtención de las actas de declaraciones tardías, tanto de defunción como de nacimiento, generando un subregistro.

En un comunicado emitido ayer, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) consideró que el paso de las declaraciones tardías de nacimiento a la JCE, con la eliminación de la ratificación de las actas, permitirá descongestionar en un 42.3% los juzgados de primera instancias  en los asuntos ingresados en materia civil, familia y niños, niñas y adolescentes.

Declaración oportuna

La declaración es oportuna cuando el nacimiento se  realiza dentro del plazo de 180 días calendario y la defunción en 60 días, a partir de que ocurran esos hechos, conforme a los artículos 73 y 179 de la ley 4-23.

La norma dispone que el Estado deberá promover el registro de los actos del estado civil de manera oportuna, en el párrafo II del artículo 6.

En el párrafo I de ese artículo se establece que el Registro Civil es obligatorio.

Formato físico y digital

“El Registro Civil es único, en formato electrónico y físico, en el cual se hará constar oficialmente los hechos y actos que se refieren al estado civil de las personas”, establece el artículo 6 de la ley 4-23.

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Detalles de cómo la PGR siguió al fiscal Aurelio Valdez hasta comprobar entrega de dinero en sobornos

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Santo Domingo, R.D.-La solicitud de medida de coerción en contra del fiscal Aurelio Valdez Alcántara narra el proceso de investigación y seguimiento que le hizo el Ministerio Público por supuestamente recibir 10 mil dólares en una entrega controlada.

De acuerdo al órgano acusador, el 13 de marzo de este año, el fiscal concretó un encuentro con Roberto Canaán, quien es testigo en el caso de corrupción en el Seguro Nacional de Salud (Senasa). La reunión sería en Plaza Lama de avenida Jiménez Moya con 27 de Febrero.

“En este lugar Roberto Canaán abordó el vehículo del imputado Aurelio Valdez Alcántara, quien utilizó información privilegiada sobre sus vehículos personales y propiedades para establecer una posición de dominio”, dice la solicitud.

La suma inicial fijada por Valdez Alcántara, según el Ministerio Público, fue de 200 mil dólares, “suma que redujo” a 150 mil, además de que “mostró interés en un reloj Rolex y exigió la entrega de un vehículo de lujo, específicamente un Mercedes Benz 350 o 450 negra”.

Además, el fiscal “rechazó opciones más económicas, como una guagua Volvo o Mazda, insistiendo en el modelo de alta gama solicitado”.

El día 25 de marzo, la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, solicitó la designación de un juez para la investigación en este caso. El 27, la magistrada Ysis Muñiz, quien fue la jueza designada, autorizó al Ministerio Público a investigar la entrega vigilada de dinero.

El día 27, en horas de la tarde, Aurelio Valdez contactó a Roberto Canaán para que se reunieran en la Plaza Comercial Bella Vista Mall, en el área de parqueos del cuarto piso, con la “intención de realizar el pago de soborno exigido”.

Como seguimiento en el caso, “para cubrir y documentar la entrega” del dinero, el Ministerio Público conformó un equipo integrado por el mayor Luis Antonio Valdez Moreno, encargado de la División de Operaciones, auxiliado por varios agentes policiales, y acompañados por el fiscal Andrés Octavio Mena.

Estos se trasladaron a la plaza antes citada, también en el cuarto piso, y desde ahí observaron el vehículo Honda CRV, color crema, propiedad del fiscal Aurelio Valdez.

Miraron que Roberto Canaán abordó el carro del fiscal y permaneció por aproximadamente cinco minutos en el interior e hizo la entrega del dinero.

Los policías le ordenaron detener el vehículo y, tras esto, le solicitaron acompañarlos a la Procuraduría General de la República en su vehículo con los agentes.

Cuando se encontraban en el área de parqueos del sótano de la Procuraduría General y en presencia del fiscal Andrés Octavio Mena Marte, procedieron a requisar el interior y preguntarle si tenía algo en su interior, a lo que este indicó que solo tenía un arma de fuego y una tableta tipo computadora de la Procuraduría General de la República.

“En la requisa, con la presencia del imputado Aurelio Valdez Alcántara, específicamente en la parte interior del Sunroof y la tapa corrediza del Sunroof, fueron ocupados la cantidad de 100 billetes de cien dólares americanos, para un total de diez mil dólares (US$10,000.00) en efectivo”, dice la solicitud de medida de coerción, que narra todo lo que encontraron en el vehículo, como tarjetas y celular.

El arma del fiscal, de acuerdo al documento, es una pistola marca Bersa, 9 mm. Color negro con corredera plateada, serial 0018MP, con un cargador y trece (13) cápsulas para la misma.

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Fiscal le habría pedido dinero, reloj y auto a Roberto Canaan, testigo de la PGR en el caso Senasa

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Santo Domingo, R.D.-El fiscal Aurelio Valdez Alcántara, investigado por pedir soborno, le habría pedido a Roberto Canaán, uno de los principales mencionados en el caso de corrupción del Seguro Nacional de Salud (Senasa), el pago de 200 mil pesos, un rolex y auto Mercedes Benz, según el expediente del Ministerio Público.

Canaan se desempeñó como Gerente de Atención al Usuario en Senasa.

En la solicitud de medida de coerción del caso Senasa, Canaan es señalado como el cuarto testigo que usaría el Ministerio Público en el caso.

«Con lo que probamos la estructura orgánica de corrupción, el mecanismo de influencia interna

y el origen ilícito de fondos que caracterizaron la gestión del Dr. Santiago Hazim Albainy. Este testimonio de una persona del círculo interno, aporta una narrativa directa que conecta y da sentido a la evidencia documental previamente.

incorporada», señala el Ministerio Público, como uno de los elementos principales para utilizar a Canaan como testigo en el caso.

Roberto Canaan no figura entre los acusados en el caso Senasa.

El Ministerio Público informó que la investigación que realizan en contra del fiscal arrojó que habría exigido al imputado de Senasa una suma inicial de USD$200,000.

De acuerdo a las informaciones, Valdez Alcántara fue sometido a la justicia tras ser apresado en flagrante delito el viernes.

Según se ha informado, la investigación del caso la dirige directamente la procuradora general de la República, quien garantizó a toda la población “que jamás va a tolerar actos de corrupción en la institución”.

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Aplazan otra vez audiencia de Wander Franco y Vanessa Chevalier

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Santo Domingo, R.D.-La audiencia de apelación del juicio contra el pelotero Wander Franco Martha Vanessa Chevalier fue aplazada nuevamente este lunes.

La fecha dispuesta por el tribunal es del 13 al 15 de mayo, para presentar los medios probatorios por el Ministerio Público e inicio de la defensa técnica.

Franco fue condenado en primera instancia a dos años de prisión suspendida, mientras que Martha Vanessa Chevalier, madre de la menor presuntamente abusada, fue condenada a 10 años de prisión al ser encontrada culpable de explotación sexual lavado de activos.

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