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Elimina nueva norma la ratificación de actas tardías mediante sentencia

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Santo Domingo, R.D.-Fue eliminada por la recién promulgada ley 4-23, sobre los actos del Estado Civil, el requisito de las ratificaciones, mediante sentencia, de las actas de nacimiento y de defunción tardía o fuera de plazo, que exigía la derogada ley 659.

“En caso de que la solicitud de nacimiento se corresponda con una declaración fuera de los plazos establecidos en esta ley, el oficial del Estado Civil la asentará en el registro correspondiente, previa investigación de la veracidad de esta”, establece el artículo 89 de la nueva ley.

Dispone en el párrafo de ese artículo que, una vez se haya cumplido con todas las formalidades establecidas por la Junta Central Electoral (JCE) e inscrita en el Registro Civil, se podrá expedir actas a los interesados de manera inmediata.

La anterior ley, del año 1944, dispuso en el artículo 41 que, el oficial del Estado Civil que haya recibido una declaración tardía de nacimiento, informará inmediatamente al procurador fiscal del distrito judicial correspondiente para que obtenga del tribunal de primera instancia la sentencia que ordena la inscripción del nacimiento declarado tardío.

Ordenaba también al procurador fiscal  a notificar la sentencia al oficial del Estado Civil, a fin de que proceda a la inscripción del nacimiento.

En cuanto a las defunciones, la nueva ley indica que cuando sea declarada la muerte fuera del plazo de los 60 días, es decir, de forma tardía, el oficial del Estado Civil podrá recibirla previa investigación de la veracidad de esta.

“Una vez cumplida todas las formalidades establecidas por la Junta Central Electoral (JCE) e inscritas en el Registro Civil, se podrá expedir actas a los interesados de manera inmediata”, indica la ley 4-23.

El requisito de la ratificación judicial constituía un obstáculo demoraba  la obtención de las actas de declaraciones tardías, tanto de defunción como de nacimiento, generando un subregistro.

En un comunicado emitido ayer, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) consideró que el paso de las declaraciones tardías de nacimiento a la JCE, con la eliminación de la ratificación de las actas, permitirá descongestionar en un 42.3% los juzgados de primera instancias  en los asuntos ingresados en materia civil, familia y niños, niñas y adolescentes.

Declaración oportuna

La declaración es oportuna cuando el nacimiento se  realiza dentro del plazo de 180 días calendario y la defunción en 60 días, a partir de que ocurran esos hechos, conforme a los artículos 73 y 179 de la ley 4-23.

La norma dispone que el Estado deberá promover el registro de los actos del estado civil de manera oportuna, en el párrafo II del artículo 6.

En el párrafo I de ese artículo se establece que el Registro Civil es obligatorio.

Formato físico y digital

“El Registro Civil es único, en formato electrónico y físico, en el cual se hará constar oficialmente los hechos y actos que se refieren al estado civil de las personas”, establece el artículo 6 de la ley 4-23.

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Por efecto de vaguada declaran 21 provincias en alerta amarilla y 7 en verde.

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SANTO DOMINGO.- Fueron aumentada 20 provincias y el  Distrito Nacional en alerta amarilla y se mantienen siete en verde, ya que continuarán las lluvias como consecuencia de una vaguada y del  colentamiento diurno, segun  el Centro de Operaciones de Emergencias (COE)

Las provincias en alerta amarilla son: Santo Domingo, San José de Ocoa, Distrito Nacional, Santiago Rodríguez, San Pedro de Macorís, Monte Cristi, Hermanas Mirabal, Santiago, Puerto Plata, Monseñor Nouel, La Altagracia, San Cristóbal, Monte Plata, La Romana, Duarte(el Bajo Yuna), El Seibo, Hato Mayor, La Vega, Sánchez Ramírez, Espaillat y San Juan.

Mientras que en alerta verde están María Trinidad Sánchez, Valverde, Independencia, Samaná, Dajabón, Elías Piña y Azúa.

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En ese sentido, el organismo recomienda a las personas abstenerse de cruzar ríos, arroyos y cañadas que presenten alto volúmenes de agua y no hacer uso de balnearios en las provincias bajo alerta.

Mientras que el Instituto Dominicano de Meteorología (Indomet) recomendó a los operadores de las frágiles, pequeñas y medianas embarcaciones, en la costa atlántica, navegar con precaución cerca del perímetro costero sin aventurarse mar adentro, debido a viento anormal y oleaje peligroso.

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PC le solicitó a Jean Alain perjudicar a personas durante su gestión, según lo denunció el ex-procurador.

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Santo Domingo, R.D.-El exprocurador general, Jean Alain Rodríguez, atacó nueva vez el octavo informe de Participación Ciudadana relacionado al retraso del caso de corrupción que lo vincula, señalando a esa organización de haberle propuesto, durante su gestión, hacerles daño a personas.

Al acusar al movimiento no partidista de buscar congraciarse con el Ministerio Público y los poderes políticos para beneficio propio, dijo que durante su gestión como procurador general los miembros de esa entidad hicieron lo mismo.

«Yo tuve que lidiar con Participación Ciudadana, y Pancho Álvarez iba a mi despacho, iban a mi despacho como lo hacen ahora, iban de forma clara y precisa, a preguntar ¿cómo te ayudó, qué quieres que diga?, sin importar si era cierto o no. Por suerte, durante ese periodo nunca le pedí nada incorrecto», afirmó.

  • El exprocurador general, imputado de encabezar una red que estafó al Estado con más de 6 mil millones de pesos, sostuvo que incluso se le «pedía que le hiciera daños a personas» o que se les citara, sin importar si estas eran inocentes.

Pancho Álvarez: Haría bien en presentar pruebasEl actual coordinador general de Participación Ciudadana (PC), Francisco (Pancho) Álvarez Valdez, respondió a la acusación que le hace a ese movimiento no partidista y a él mismo el exprocurador general, recomendándole a este que presente las pruebas de sus imputaciones y así le «haría bien» al paísSostuvo que, como abogado, en una de dos ocasiones acudió donde Rodríguez para tratarle un caso que manejaba como profesional del derecho, pero que «por suerte» lo acompañó un «prestigioso colega».

«En otra ocasión lo visité para tratarle el caso de Odebrecht y solicitarle que enviara fiscales a Brasil para interrogar a los ejecutivos de esa empresa relacionados con República Dominicana».

Cuando fue por el caso Odebrecht, investigaciones que se realizó en las gestión de Jean Alain, dijo que también en esa oportunidad no lo visitó solo. «Estaban conmigo algunos compañeros de PC. No nos complació».

Jean Alain insistió este jueves que la acusación de corrupción en su contra se hizo preparada «con odio» y  «con rencor», así como por interés político.

Defendió los incidentes que su equipo de abogados planifican presentar en el juicio de fondo porque, según asevera, lo que busca es defender su inocencia amparado en las garantías que le ofrece la Constitución y las leyes.

Los juristas reiteraron que el proceso de persecución contra su cliente se inició en agosto del 2020, inmediatamente después de tomar posesión en su primer gobierno el presidente Luis Abinader y se le sustituyó como exprocurador general a Jean Alain por Miriam Germán Brito. Por esa razón sostienen que el caso va a cumplir los seis años.

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Fijan lectura de sentencia del caso Coral para el 15 de junio.

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Santo Domingo, R.D.-Fue dejado en estado  de fallo el juicio  seguido  contra altos oficiales militares, policiales y civiles por las juezas del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, cuyos  implicados en el presunto entramado de corrupción administrativa fueron procesados tras haber sido desarticulada la red mediante las operaciones Coral y Coral 5G.

El tribunal integrado por las magistradas Gisselle Méndez, Tania Yune y Jissel Naranjo, decidió reservarse el veredicto, para el 15 de junio a las 3:00 de la tarde.

La magistrada Gisselle Méndez destacó que el tribunal recibió todos los argumentos, conclusiones y réplicas de las partes, asegurando que se ha cumplido con el debido proceso para garantizar una decisión apegada a la ley.

La jueza sostuvo que quedaban cerrados los debates y que de acuerdo a los artículos 338 y 377, numeral cinco del Código Procesal Penal, este último establece que si el debate se excedió por más de 30 días en este caso, el juicio inició el pasado 27 de junio de 2024, el plazo de la deliberación es de 40 días.

El Ministerio Público, representado por Mirna Ortiz, titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), junto a un equipo de fiscales, solicitó al tribunal condenas que oscilan entre los cinco y 20 años de prisión. Además, el órgano persecutor requiere el decomiso de bienes millonarios, alegando que fueron adquiridos con fondos sustraídos del erario.

A esta petición se sumaron los abogados del Equipo de Recuperación del Patrimonio Público (ERPP), quienes representan al Estado dominicano como parte civil, solicitando la reparación económica por los daños causados.

Los abogados defensores de los encartados solicitaron al tribunal una sentencia de absolución total.

Los abogados argumentaron que el Ministerio Público no logró sustentar las acusaciones ni destruir la presunción de inocencia de sus representados, calificando las pruebas presentadas como insuficientes para una condena.

El caso Coral involucra una supuesta red criminal que habría sustraído más de RD$4,500 millones del Estado dominicano. Entre los principales acusados figuran los generales Adán Benoni Cáceres Silvestre, Juan Carlos Torres Robiou, Julio Camilo De los Santos Viola y Boanerges Reyes Batista.

También figuran en el expediente Kelman Santana Martínez, Pedro Roberto Castillo Nolasco, Yehudy Guzmán Alcántara, Erasmo Roger Pérez Núñez, José Manuel Rosario Pirón, Jehohanan Lucía Rodríguez Jiménez, Esmeralda Ortega Polanco, entre otros.

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