Conecta con nosotros

Opinión

Ofensivo sofisma de Reinaldo Pared

Published

on

Por Juan Bolívar Díaz

El discurso del presidente del Senado, Reinaldo Pared Pérez, ante la Asamblea Nacional el pasado 27 de febrero, sirvió para demostrar que lo que le interesa al sector políticamente dominante del poder, en la discutida Ley de Partidos Políticos, es imponer el padrón electoral universal, o abierto,  como único método para elegir los candidatos a cargos electivos de todos los partidos.

No importa que ese método no haya podido ser aprobado durante más de dos años de discusión ni siquiera en el seno del mismo partido de gobierno, y que cuente con el rechazo de casi todos los partidos, y de las instituciones sociales que dan seguimiento a los asuntos políticos e institucionales, por alguna razón hay que mantener el empeño. Se cree que se persigue un mecanismo que permita la compra masiva de votos y el influjo del poder estatal en la elección de las candidaturas del partido oficial y hasta de los opositores.

Pared Pérez, también secretario general del Partido de la Liberación Dominicana, abusó del escenario en que formuló su alegato, con amplísima retransmisión,  y pecó de irreflexivo al confrontar hasta el criterio del presidente de su propio partido que se cuenta entre quienes sostienen que sería inconstitucional imponer que los candidatos de todos los partidos tengan que ser electos por ciudadanos que no sean miembros de los mismos. Con ventajismo llevó a la Asamblea Nacional la lucha interna que sacude a su partido.

Peor aún, el declarado aspirante a la candidatura presidencial, ofendió la inteligencia  de todos con el sofisma de que siempre ha existido un único método de elección de candidatos, que es la asamblea de delegados instituida en la ley electoral, cuando en la práctica generalizada esa sólo ha sido la última instancia de aprobación de las candidaturas.

Desde 1981 el Partido Revolucionario Dominicano estableció un mecanismo de elección de candidaturas con votación de todos sus comités de base, los cuales remitían el resultado  a la Convención Nacional establecida por ley. Después se impusieron varios métodos más directos de votación universal de los inscritos en padrones partidarios, o en el universal, cuyos resultados siempre fueron avalados por la asamblea de delegados. 

Con el voto de los empadronados en el PLD fue electo candidato presidencial el doctor Leonel Fernández para los comicios de 1996, Danilo Medina para el 2000, y para el los comicios sucesivos, tanto presidenciales como  congresuales y municipales, se generalizó en los partidos mayoritarios la votación de sus miembros, con padrón partidario o universal. Y nunca chocó con la asamblea de delgados, que es la instancia validadora.

Pared Pérez desconoció la sentencia de la Suprema Corte del 2005, que   declaró inconstitucional la Ley 286-04 que instituyó las primarias simultáneas con padrón universal para la escogencia de los candidatos, e ignoró también el artículo 216 de la Constitución  del 2010 que él mismo aprobó, el cual declara que “La organización de partidos, agrupaciones y movimientos políticos es libre”, y que “su conformación y funcionamiento deben sustentarse en el respeto de la democracia interna”, o lo que es lo  mismo en lo que establezcan sus normas o estatutos democráticamente aprobados.

Llama la atención que el único aspecto del debatido proyecto de ley de partidos reivindicado por el presidente del Senado haya sido el de la imposición del padrón abierto para elegir candidatos, cuando el proyecto pretende cuestiones más fundamentales como  garantizar la democracia interna, la transparencia del financiamiento y rendición de cuentas, la igualdad de género,  los límites del gasto y de las campañas internas, la sanción del financiamiento ilícito y del abuso de los recursos del Estado.

Tampoco se refirió al otro proyecto que viene siendo discutido hace dos años en una comisión bicameral, y más trascendente, que es el del Régimen Electoral, llamado a garantizar elecciones generales equitativas, democráticas y justas. Y ahora plantea una nueva comisión exclusivamente de senadores, para afrontar sólo el proyecto de la Ley de Partidos. La burla no pudo ser más descarada, aunque ya en el 2014 y en el mismo escenario Pared había dicho que no había razón para que no hubiese sido aprobada esa ley.

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Opinión

Impugnación de la competencia  de la Corte Penal Internacional

Published

on

Por Rommel Santos Díaz

La Corte Penal Internacional se cerciorará de ser  competente  en todas las causas que le sean sometidas. La CPI podrá determinar de oficio la admisibilidad de una causa de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma.

De acuerdo  con el Estatuto de Roma podrán impugnar la admisibilidad de la causa, por uno de los motivos mencionados en el artículo 17, o impugnar la competencia de la Corte Penal Internacional:

  1. a)El acusado o la persona contra la cual se haya dictado una orden de detención o una orden de comparecencia con arreglo al artículo 58;
  2. b)Un Estado que tenga jurisdicción en la causa porque esta investigando o enjuiciando o lo ha hecho antes; o
  3. c)Un Estado  cuya aceptación se requiera de conformidad con el artículo 12.

El Fiscal podrá pedir a la Corte Penal Internacional que se pronuncie sobre una cuestión de competencia o de admisibilidad. En las actuaciones relativas a la competencia o la admisibilidad, podrán presentar asimismo observaciones a la Corte quienes hayan remitido la situación de conformidad con el artículo 13 del Estatuto de Roma y las víctimas

.

La admisibilidad de una causa o la competencia de la CPI sólo podrán ser impugnadas una sola vez por cualquiera de las personas o los Estados a que se hace referencia en el párrafo 2. La impugnación se hará antes del juicio o a su inicio.

En circunstancias excepcionales la Corte Penal Internacional podrá autorizar que la impugnación se haga más de una vez o en una fase ulterior del juicio. Las impugnaciones a la admisibilidad de una causa hechas al inicio del juicio, o posteriormente con la autorización de la Corte, sólo podrán fundarse en el párrafo 1 c) del artículo 17 del Estatuto de Roma.

Antes de la confirmación de los cargos, la impugnación de la admisibilidad de una causa o de la competencia de la CPI será asignada a la Sala de Cuestiones Preliminares. Después de confirmados los cargos, será asignada a la Sala de Primera Instancia. Las decisiones relativas a la competencia  o la admisibilidad podrán ser recurridas ante la Sala de Apelaciones de conformidad con el artículo 82 del Estatuto de Roma.

Hasta antes de que la Corte Penal Internacional se pronuncie, el Fiscal podrá pedirle autorización para:

  1. a)Practicar las indagaciones necesarias de la índole mencionadas en el  párrafo 6 del articulo 18 del Estatuto de Roma;
  2. b)Tomar declaración a un testigo o recibir su testimonio, o completar la recolección y el examen de las pruebas que hubiere iniciado antes de la impugnación; y
  3. c)Impedir, en cooperación con los Estados que corresponda, que eludan la acción de la justicia personas respecto de las cuales el Fiscal haya pedido ya una orden de detención en virtud del artículo 58 del Estatuto de la Corte.

La impugnación no afectará a la validez de ningún acto realizado por el Fiscal, ni de ninguna orden o mandamiento dictado por la CPI, antes de ella.

Si la CPI hubiere declarado inadmisible una causa de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma, el Fiscal podrá pedir que se revise esa decisión cuando se haya cerciorado cabalmente de que han aparecido nuevos hechos que invalidan los motivos por los cuales la causa había sido considerada inadmisible de conformidad con dicho artículo.

Finalmente, el Fiscal, si habida cuenta de las cuestiones a que se refiere el artículo 17 del Estatuto de Roma suspende una investigación, podrá pedir que el Estado de que se trate ponga a su disposición información sobre las actuaciones. A petición de ese Estado, dicha información será confidencial. El Fiscal, si decide posteriormente abrir una investigación, notificará su decisión al Estado cuyas actuaciones  hayan dado origen a la suspensión.

Rommelsantosdiaz@gmailcom

Continue Reading

Opinión

Ante un inveterado simulador

Published

on

Por Nelson Encarnación

Son muchos los dominicanos que no se reponen del shock que les provocaron las diversas manipulaciones y mentiras vertidas por el expresidente Danilo Medina durante su comparecencia de la semana pasada en un importante medio radial de nuestro país.

Cuando se anunció días antes que el líder del Partido de la Liberación Dominicana aparecería en un medio público, hubo la apreciación generalizada de que aprovecharía el alcance de este para al menos desvestir su alma y bajar al terreno de la humildad para pedir algún tipo de perdón—aun fuese en voz baja—por las muchas culpas que necesitan urgentemente su expiación.

Sin embargo, es evidente que Danilo está convencido de que todas sus actuaciones en el Gobierno estuvieron ajustadas a la decencia más absoluta, cuando la realidad apunta precisamente en otra dirección.

Para él, los expedientes que involucran a familiares y entorno político más estrecho, son simples majaderías urdidas para molestarle, o una manifestación de la llamada judicialización de la política o politización de la justicia, mediante la cual han sido quitados del camino potenciales competidores de la corriente predominante.

Con ese convencimiento resulta improbable que el expresidente se humanice y entienda que admitir los errores hace grandes a las personas, y que, por el contrario, encerrarse en una convicción pueril las reduce.

Hay más de una evidencia que Danilo fue advertido por cercanos acerca del comportamiento depredador de algunos de sus íntimos, pero obvió tomar las medidas aconsejables, para dejar campo abierto a la continuación de los desmanes, muchos de los cuales se han reflejado en los casos que actualmente se ventilan en justicia, y que él los atribuye a “persecución política”.

En el campo de la lucha propiamente política, Medina trata de convencernos de que su laborantismo encaminado a propiciar el escenario para una segunda reelección en 2020 es un espejismo o un invento de sus adversarios.

Eso de que no tenía votos para modificar la Constitución es un ardid y una expresión fehaciente de su condición de simulador, pues todos vivimos aquel trance que mantuvo en vilo a la nación hasta que la administración Trump—en una intromisión inaceptable, eso sí—le apeó del carro reeleccionista que pudo haberse descarrilado hacia una situación de manejo muy complejo.

Danilo podrá decir lo que quiera, pero la historia no se puede borrar.

Continue Reading

Opinión

Sobre Miriam, Berenice y Camacho

Published

on

Por Narciso Isa Conde

Una PGR manipulada por la EMBAJADA-EU, Leonel y Abinader y un Poder Judicial maleado y muy influido por el PLD, están descalificados para ponerle fin a la impunidad.

La que debe ser emplazada NO ES MIRIAM, es Yeni Berenice, acompañada de Camacho, el del PEPCA y ahora ascendido, ambos con fuertes vínculos con la Embajada, FBI, DEA…Leonel, Abinader…Ahora la PGR cae bajo control absoluto de esa tríada, vía los ascensos de Berenice y Camacho.

Miriam German ha sido víctima de su entorno, de un acorralamiento programado en medio de una gran soledad y de su propio institucionalismo (excesivo respeto a la separación de funciones dentro de la PGR). Además, la amenaza del cártel del Cibao y del tal J, fue manipulada para amarrarla más. Hicieron un gran bulto desde la DNCD y dejaron todo igual: el cartel sigue impune. Abinader, Cabrera-DNCD y la DEA dirigieron esa operación.

Berenice y el PEPCA han bloqueado muchos expedientes, incluso los presentados por nosotros. El caso de ANTENA LATINA es emblemático y yo lo entregué personalmente, y muchas veces demandé respuesta y nada. A esos encargados de investigar y perseguir los delitos, se le entregaron numerosas denuncias del Archivo Abierto de Marcha Verde y no hicieron nada: siguen abundando las vacas sagradas oligárquicas y transnacionales denunciadas; y estas abundan junto a la impunidad del leonelismo, de políticos ladrones y generales asesinos.

Una PGR manipulada por la EMBAJADA-EU, Leonel y Abinader y un Poder Judicial maleado y muy influido por el PLD, están descalificados para ponerle fin a la impunidad.

Continue Reading

Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
www.larepublicaonline.com  / Email: periodico@larepublicaonline.com
Copyright © 2021 Blue National Group