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Sindicalista Arsenio Quevedo y el exregidor Erickson de los Santos Solís son apresados.
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3 años agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo.-Dos sindicalistas imputados de estar vinculados al sicariato fueron apresado este miércoles por disposición de los jueces del Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, quienes mediante sentencia ordenaron el mantenimiento en prisión del empresario choferil Arsenio Quevedo, y el exregidor Erickson de los Santos Solís, acusados de ser parte de una red que presuntamente se dedicaba a matar choferes por el control de las rutas de transporte en el 2015.
Los jueces adoptaron la decisión luego de acoger un pedimento de los querellantes al que se adhirió el Ministerio Público, quienes solicitaron al tribunal retener en prisión e imponer medidas de coerción a ambos acusados, para evitar que continúen por medio de sus abogados dilatando e incidentando el conocimiento del juicio de que se le sigue por la comisión de dichos crímenes.
A su salida del tribunal, la representante del Ministerio Público, Catalina Bueno, justificó la medida, explicando que con la retención de Arsenio Quevedo y Erickson de los Santos se procura garantizar el conocimiento del proceso, el cual ha sido aplazado en 24 ocasiones, debido a las tácticas dilatorias, recusaciones e incidentes procesales presentados sistemáticamente por sus abogados, provocando los constantes reenvíos.
En el dispositivo en el que fundamentan su decisión, leída “in voce”, los magistrados invocaron el 306 del Código Procesal Penal Dominicano, que trata lo referente a la Libertad del Imputado y Restricciones a su Movilidad, subrayando que “El imputado comparece libre, pero el tribunal puede excepcionalmente ordenar su custodia para evitar la evasión o la ocurrencia de actos de violencia”.
Asimismo, ese artículo señala que: “Si el imputado se encuentra en libertad, aunque esté sujeto a una medida de coerción diferente a la prisión preventiva, el tribunal, a pedido del Ministerio Público, puede ordenar su arresto para asegurar la realización de la audiencia o de un acto particular de la misma…”
También, señala, que: “A petición de parte puede modificar las condiciones bajo las cuales el imputado permanece en libertad o imponer otras medidas de coerción previstas en este Código…”
Además de fallar y acoger la solicitud de retención de los imputados en la cárcel provisional que funciona en el cuarto nivel del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, los jueces Keila Pérez, Elías Santini y Arisleida Méndez también acogieron una recusación incoada por la defensa técnica del sindicato Unión Nacional de Transportistas y Afines (Unatrafin), que preside el sindicalista Arsenio Quevedo
En ese orden, los magistrados aplazaron para el 22 de este mes de junio la continuación del conocimiento del proceso para dar tiempo a la Corte de Apelación del Distrito Nacional a que decida y se pronuncie sobre la recusación presentada, por una parte, de los imputados.
Finalmente, los juzgadores fijaron para el 16 de ese mes, a las 9:00 de la mañana, el conocimiento en audiencia de la solicitud de variación de estatus interpuesta por los actores civiles, en el sentido de que se le varié el estatus de libertad a los encartados Arsenio Quevedo y Erickson de los Santos Solís y se imponga prisión preventiva.
El caso
Los imputados Arsenio Quevedo y el exregidor Erickson de los Santos Solís, así como Amaurys Cabrera y Danilo Octavio Reynoso, (estos dos últimos en prisión), están acusados de ser parte de una red que se dedicaba a matar choferes por el control de las rutas de transporte en el 2015.
Los chóferes muertos por la alegada banda de sicarios son Ángel Javier, Overny Guerrero y Mateo de Jesús Nieves, en dos hechos ocurridos el 14 y el 17 de enero del 2015, en violación a los artículos 265, 266 y 295 del Código Penal Dominicano que tipifican y castigan el homicidio voluntario y la asociación de malhechores, así como los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16, que penalizan el porte ilegal de armas de fuego.
En tanto que el exraso de la Policía, Amaurys Cabrera, fue condenado a 30 años de prisión en la cárcel de La Victoria, y Danilo Octavio Reynoso, en el Centro de Corrección de Najayo, San Cristóbal.
La sentencia de los jueces ordenando la puesta en libertad de los dos principales acusados, Quevedo y Ericson, considerados los autores intelectuales de la muerte de los choferes, fue recurrida por el Ministerio Público, tras considerar que hubo una mala valoración de los jueces que emitieron la sentencia.
El pedimento del Ministerio Público fue acogido el 20 de febrero del 2020 por la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que anuló dicha sentencia, ordenando un nuevo juicio contra los acusados, el cual se conoce actualmente en el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, que en esta fecha ordenó la retención de los dos procesados para garantizar el conocimiento del juicio.
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Tribunal escuchó varios testigos del Ministerio Público contra Elizabeth Silverio
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18 horas agoon
marzo 9, 2026
SANTO DOMINGO.- La Novena Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional, presidida por la jueza Milagros Ramírez, aplazó este lunes para el próximo 16 de marzo la continuación del nuevo juicio contra Elizabeth Silverio (neurocientífica), directora del Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas Kogland, acusada de ejercer la medicina de manera ilegal en el país.
La decisión fue tomada luego de que el tribunal escuchara a varios testigos presentados por el Ministerio Público, entre ellos madres y padres de las presuntas víctimas del caso. Los testigos relataron las situaciones que vivieron y pidieron justicia por los perjuicios que, según denunciaron, sufrieron sus hijos.
Durante la audiencia también ofreció su testimonio el director de Habilitación del Ministerio de Salud Pública, como parte de las pruebas presentadas por el Ministerio Público.

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Previo al inicio del proceso, Elizabeth Silverio aseguró que demostrará su inocencia frente a los hechos que se le imputan.
De acuerdo con la acusación del Ministerio Público, Silverio ejercía la medicina sin contar con el exequátur correspondiente, en violación de la ley, lo que presuntamente afectó la salud de decenas de menores con condiciones especiales.
Asimismo, se le atribuye el uso de títulos falsos, con los cuales hacía creer que era psicóloga con especialidad en neurociencia.
Se recuerda que el 10 de octubre de 2025, los jueces de la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional anularon la sentencia que condenaba a Silverio a siete años de prisión, dictada el 21 de octubre de 2024 por las magistradas del Tercer Tribunal Colegiado.
Tras esa decisión, la corte ordenó la celebración de un nuevo juicio.
Centro Kogland fue clausurado
El Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas Kogland, ubicado en el sector Gascue, fue creado en diciembre de 2021. Su directora, Elizabeth Silverio, de 30 años, afirmaba poseer cinco maestrías.
La situación provocó que Silverio fuera intimada a presentar su exequátur ante el Ministerio de Salud Pública y, ante la inexistencia de la documentación correspondiente, se procedió al cese de las operaciones del centro Kogland.
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Audiencia preliminar de exjefe de la DEA en el país es aplazada para abril.
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18 horas agoon
marzo 9, 2026
Santo Domingo, R.D.-Un aplazamiento de la audiencia incial en el Tribunal del Distrito Columbia de Estados Unidos fue concedido en el caso por presunta corrupción contra el dominicano Melitón Cordero, acusado de gestionar más de 100 solicitudes de visado en abuso del programa para informantes confidenciales mientras se desempeñaba como supervisor de la oficina de la Administración para el Control de Drogas (DEA) en República Dominicana.
La audiencia inicial, prevista para el 6 de marzo, fue pospuesta por un plazo de 30 días para permitir que la defensa se reorganice y el gobierno prepare la evidencia, con la posibilidad de que el caso se resuelva antes de llegar a un juicio formal, según establecen documentos judiciales a los que este medio tuvo acceso.
En ese sentido, la audiencia preliminar quedó programada para el próximo 6 de abril a las 12:30 de la tarde.
La decisión del juez también incluye detener temporalmente el conteo del plazo legal que permite la celebración de un juicio rápido. Esto significa que los días entre el 6 de marzo y el 6 de abril no contarán para el cálculo de ese plazo.
Esto se debe a que, normalmente, el gobierno estadounidense dispone de 30 días desde el arresto para presentar cargos ante un gran jurado.
La decisión de posponer la audiencia preliminar fue tomada por el tribunal el 26 de febrero de 2026, un día después de que la defensa presentara la solicitud.
Los documentos judiciales explican varias razones por las que se concedió el aplazamiento en el caso penal federal contra Cordero. La primera de ellas es la contratación de una nueva abogada por parte del dominicano, quien pasa de ser representado por un defensor público federal a la abogada Mary Carpenito, que aún se encuentra en proceso de incorporarse formalmente al caso.
Otro de los motivos es que el gobierno entregará evidencia previa a la acusación formal, así como la intención de ambas partes de contar con más tiempo para prepararse.
Además, existe la posibilidad de resolver el caso antes de una acusación formal, lo que podría evitar un juicio, según se desprende de los documentos.
El pasado 12 de febrero, la embajadora estadounidense en República Dominicana, Leah Francis Campos, informó el cierre de la oficina de la DEA en el país «hasta nuevo aviso», mediante un comunicado difundido en redes sociales en el que calificó la corrupción como «una violación repugnante y deshonrosa de la confianza pública».
La acusación sostiene que Cordero, de 47 años, habría utilizado su posición en la DEA para tramitar al menos 119 solicitudes de visa bajo un esquema fraudulento, presentando a los solicitantes como supuestas «fuentes confidenciales» de la agencia antidrogas. A cambio, se habrían pagado hasta 10,000 dólares por cada trámite.
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Ejecutivas de colegio Da Vinci reciben ratificacion de medida de coercion.
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19 horas agoon
marzo 9, 2026
Santo Domingo, R.D.-La medida de coercion en contra varias ejecutivas del colegio Loenardo Da Vinci fue ratificada por el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo por la muerte de la estudiante haitiana Stephonrra Mircie Jopseph, de 11 años de edad, quien se ahogó durante una excursioon escolar.
El tribunal confirmó la decisión dictada en primera instancia, que establece como medida de coerción una garantía económica de 500 mil pesos mediante compañía aseguradora, presentación periódica ante las autoridades e impedimento de salida del país contra las cuatro imputadas.
Las imputadas en el caso son Yris del Carmen Reyes Adames, directora administrativa del centro educativo; Gisela Altagracia de las Mercedes González Estrella, coordinadora general y asesora del equipo directivo; Francisca Josefina Tavares Vélez, orientadora, y Vilma Altagracia Vargas Morel, coordinadora del nivel secundario. Acudieron a la audiencia, y gozan de libertad, ya que cumplen medida poco gravosa.
A la salida de la audiencia, el abogado de la familia de la niña, Miguel Valdez Mar Díaz, cuestionó que en el proceso no se haya incluido a otros posibles responsables vinculados al centro educativo y al lugar donde ocurrió la tragedia.
El jurista indicó que durante la audiencia se discutió que las personas señaladas no serían las únicas responsables del descuido que provocó la muerte de la menor.
Valdez Mar Díaz también criticó el accionar del Ministerio Público, al señalar que el proceso ha sido complejo para la familia y que, hasta el momento, la madre de la niña no ha recibido las pertenencias que la menor llevó el día de la excursión, pese a los requerimientos realizados.
Asimismo, informó que el tribunal fijó para el 26 de marzo una audiencia en la que se conocerá el proceso contra representantes del colegio y los propietarios de la Hacienda Los Caballos.
La mujer estuvo acompañada por varios familiares, quienes intentaban consolarla mientras reiteraba su llamado para que las autoridades establezcan responsabilidades en el caso.
De su lado, la abogada de parte de las imputadas, María del Pilar Zuleta, manifestó su satisfacción con la decisión adoptada por el tribunal.
“La corte conoció el caso, tomó su tiempo y decidió ratificar la medida. Entendemos que fue una decisión ajustada a derecho y que no existe ninguna presunción de culpa contra nuestras representadas”, expresó.
Indicó además que el Ministerio Público había solicitado un aumento de la garantía económica impuesta como medida de coerción, solicitud que finalmente no fue acogida por el tribunal.
