Editorial
Otra vez el Ministerio Público
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5 años agoon
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LA REDACCIÓNNo hay un día en que el Ministerio Público de la República Dominicana no sea cuestionado por su comportamiento frente a los crímenes y los delitos que son el pan de cada día en el país.
Hace algunos días que fue lo ocurrido en Villa Vásquez, luego vino las sospechas generadas en contra del Ministerio Público con la red de narcotráfico de «César el abusador» y todos los supuestos involucrados en el caso.
Pero antes de eso fue el caso de Odebrecht y en cada uno de estos hechos la deficiencia y a veces hasta la complicidad del Ministerio Público es el elemento a destacar.
Ahora está sobre el tapete el asesinato de la joven abogada Anibel González Ureña por parte del padre de sus hijos, Yasmil Oscar Fernández Estévez, quien estaba recién salido de la cárcel por haber apuñalado a la hoy víctima y que debió recibir una condena de 30 años como manda el Código Procesal Penal, porque el intento de homicidio es como el homicidio mismo y el asesino suicida había apuñalado a la hoy occisa aunque no logro quitarle la vida en esa primera ocasión.
De acuerdo a lo que se ha publicado, la procuradora fiscal que manejó ese caso en San Pedro de Macorís no calificó el hecho como un intento de homicidio, que es lo que manda el Código Procesal Penal y para colmo el asesino y suicida logró un acuerdo con el Ministerio Público para lograr su libertad mucho tiempo antes de cumplir la condena de cinco años que había recibido.
Lo grave del caso es que el criminal suicida amenazó su exmujer desde la cárcel y ella lo denunció ante el Ministerio Público y no se hizo nada para evitar un crimen que ha consternado a toda la sociedad dominicana.
Este periódico ha dicho en reiteradas ocasiones que el problema que padece el Ministerio Público no es exclusivo de Villa Vásquez ni de San Pedro de Macorís, sino que éste órgano del estado, que tiene como misión perseguir el crimen y el delito, tiene una ineptitud, negligencia o complicidad que es un fenómeno de alcance nacional.
Hoy la sociedad se ha levantado nuevamente frente a lo que podría parecer una deficiencia o ineptitud del Ministerio Público, pero por lo menos este medio de comunicación se inclina por pensar que la Procuraduría General de la República es en lo fundamental cómplice por comisión o omisión de estos hechos.
Hay cientos de casos que involucran al Ministerio Público que no han salido a la luz pública y que evidencia los niveles de complicidad de los fiscales con el delito y el crimen, como por ejemplo el Distrito Judicial de Santiago, donde este órgano del estado está abiertamente confabulado con bandas que se dedican a la ejecución de embargos mobiliarios e inmobiliarios ilegales.
Este problema que amenaza el derecho a la propiedad, el cual está consignado en la Constitución de la República como un derecho fundamental, pero que estos miembros del Ministerio Público no tienen miramiento cuando se trata de mandar a archivo definitivo cualquier querella presentada en contra de estos delincuentes, que incluye a notarios, abogados, alguaciles y hasta jueces.
Lo ocurrido en San Pedro de Macorís con el asesinato de una manera cruel de una joven profesional llena de vida y con grandes sueños de lograr metas para ella, sus hijos y toda su familia, proporciona una idea de la gravedad del problema
En este caso se impone que se siga el mismo procedimiento que se empleó en Villa Vásquez que terminó con la cancelación y traducción a la acción de la justicia ordinaria de la fiscal que actuó en un caso en el que se colocó drogas a unos jóvenes en una barbería, pero que parece que la acción de esa miembro del Ministerio Público era parte de su conducta cotidiana en contra de la sociedad.
EL caso de San Pedro de Macorís debe ser minuciosamente investigado para imponer el castigo que establecen las leyes en contra de un miembro del Ministerio Público, cuya vocación es promover la violencia y la delincuencia, más que enfrentar el crimen y el delito en su jurisdicción.
Ojalá que en este caso también se siente un precedente y que en consecuencia esta irresponsabilidad o complicidad sirva para iniciar un proceso de adecentamiento de un órgano del Estado que ha sido concebido para proteger a las víctimas y la sociedad de sus victimarios y resarcir los daños causados.
Editorial
Las candidaturas independientes es un riesgo que necesita la democracia nacional.
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3 días agoon
diciembre 22, 2024La sentencia del Tribunal Constitucional permite que en el panorama político dominicano tenga vigencia la figura de las candidaturas independientes.
Esta decisión sí que impacta de una forma importante la democracia nacional, la cual está agonizante por la conducta de los actores del sistema de partidos tradicionales.
Quién le puede quitar el carácter de depredadora de la partidocracia, la cual se aprovecha de todo y lleva inexorablemente al país a otra Grecia, Argentina o Puerto Rico.
Los robos del patrimonio público no son moderados, lo que de ninguna manera es aceptable, dado que los políticos tradicionales no se conforman con cien millones de dinero del pueblo dominicano, sino que hacen hasta lo imposible para sustraer miles de millones.
Para ilustración al respecto, los ejemplos están a la orden del día, con el agravante de que los que hacen turno desde la oposición sólo persiguen apoyarse en la expresión muy popular que dice: “quítate tú, pa ponerme yo”.
Ahí están los ejemplos de Danilo que se peleó con Leonel por esa causa y ahora la de Abinader que reproduce en muchos aspectos la misma conducta de los dos primeros.
Si bien es cierto, que la crisis de valores de que adolece el país podría llevar al poder a cualquier degenerado que se proyecte como buena gente, lo cierto es que las candidaturas independientes es un mecanismo más democrático y participativo,
Es decir, que aun en el caso de que la figura de las candidaturas independientes conlleve riesgos, pero lo cierto es que es una vía más acorde con el proceso de democratización de la política, sobre todo en Latinoamérica, donde hay profundos antivalores que ponen en peligro la cultura cívica, moral y ética de estos pueblos.
De manera, que La República promueve un apoyo masivo, abierto y sin reservas a la decisión tomada por el Tribunal Constitucional, porque esa sentencia abre un camino importante hacia la democratización, la participación, el adecentamiento y el mejoramiento de los niveles de institucionalidad del Estado dominicano.
El reto está echado. Manos a la obra.
Editorial
Niveles muy preocupantes de educación dominicana.
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7 días agoon
diciembre 18, 2024La educación es la puerta al desarrollo, cuya expresión no se trata de un cliché, sino de una realidad que debe ser digerida o comprendida por todas las naciones del planeta.
El fenómeno de una buena educación ha sido aprovechado al máximo por las naciones asiáticas, como Simgapur, Corea del Sur y Japón.
Estas naciones del continente asiático han tomado el toro por los cuernos en lo que respecta a invertir para su desarrollo y de esa manera impactar a todo el planeta.
Pero la pregunta que debe hacerse cualquier persona con un nivel óptimo de inteligencia y por qué a países como la República Dominicana se le hace tan difícil ocupar esos niveles de desarrollo cognitivo y de un mayor coeficiente de inteligencia.
Es común escuchar a cualquier joven decir en este lado del mundo que para tener dinero no se necesita estudiar, lo cual no obedece totalmente a la verdad, porque en cualquier lugar del universo donde se prioriza la educación, la tecnificación y la buena formación le sirve más que toda la riqueza material que se pueda tener, aunque generalmente la primera garantiza la segunda.
Debe entenderse que las naciones de economía informal, del día a día, de poco desarrollo industrial, el trabajo artesanal es lo que predomina y en consecuencia un país al margen del conocimiento no tiene otras formas que sobrevivir mediante el trabajo rustico y poco tecnificado.
Es decir, que para cualquier país del tercer mundo rebasar su pobreza y precariedades tendrá que insertarse en el mundo del conocimiento, de las ciencias y de las tecnologías, no importa que tantos plátanos y mangos exporte.
Si la República Dominicana quiere tener un desarrollo verdadero, no de palabras y de campañas publicitarias, debe, primero, mejorar la calidad de la inversión del 4 por ciento en educación y empeñarse en superar ese nivel, a fin de que al cabo de algunos años se pueda ver en el espejo de las naciones que hoy exhiben un desarrollo envidiable como Uruguay, Argentina y Chile o tal vez mejor decir como Singapur, Corea del Sur y Japón, entre muchos otros.
La educación, sin lugar a dudas, es la puerta hacia el desarrollo inclusivo, imitemos los ejemplos que tenemos a la vista, pero ello debe estar acompañado de planificación estratégica a corto, mediano y largo plazo, sin lugar a dudas, la principal debilidad de los países pobres y subdesarrollados.
Nadie se atreve a negar el poder de los Tribunales Constitucionales en las democracias del siglo 21. Un buen ejemplo, entre muchos otros, es la sentencia TC/0767/24 que anula por inconstitucional la Ley 1-24, que creaba la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI)
En el campo internacional otro buen ejemplo de ese poder inmedible del constitucionalismo es lo que acaba de ocurrir en Rumania, donde el alto tribunal anuló la primera vuelta de las elecciones presidenciales celebradas en esa nación europea.
De manera, que ese poder extraordinario se repite regularmente en diferentes naciones del mundo, incluida la República Dominicana, donde el Tribunal Constitucional, como legislador negativo, acaba de dar un plazo de un año al Congreso Nacional para que corrija los errores procedimentales en la aprobación de la Ley 10-15 que modifica el Código Procesal Penal por éstos ser violatorios de la normativa procesal que establece sobre la materia la carta magna.
En realidad, se trata de un fenómeno mundial, dado que el constitucionalismo es prácticamente la guía de las nuevas democracias del mundo.
Todo ello demanda que el Tribunal Constitucional dominicano ponga en primer plano la revisión de las acciones de amparo que son sometidas a la alta corte.
Esperar años para fallar los recursos de revisión de acciones de amparo, incluidas las de cumplimiento y electoral, socaba la credibilidad del Tribunal Constitucional que está llamado a corregir las debilidades de que adolece el sistema de justicia, entre ellas la llamada mora judicial.
No hay una explicación lógica de que el Tribunal Constitucional se tarde hasta dos años para fallar una revisión de una acción de amparo cuando el articulo 102 de su propia Ley orgánica habla de 30 días, cuyas decisiones tardías cuando se producen ya no surten ningún efecto.
Cualquiera se podría preguntar si es que se trata de una manipulación o de un condicionamiento, máxime cuando la revisión de las acciones de amparo persigue corregir cualquier distorsión de los derechos fundamentales, no importa que provenga de los partidos políticos cuando se trata de asuntos electorales.
Sólo mediante esa interpretación se podría entender la tardanza del TC para solucionar un problema que está asociado a violaciones graves de un derecho fundamental como es, por ejemplo, el de elegir y ser elegible.
Es imperdonable que el Tribunal Constitucional someta al justiciable al mismo dolor de cabeza que proviene de la Suprema Corte de Justicia, cuyas sentencias son evacuadas cuando las partes ya han muerto.
Necesariamente hay que preguntarse por qué el TC no quiere poner en cintura a los partidos políticos, pese a que son los que más daños hacen con su conducta a la democracia.
Hay recursos de revisión de acciones de amparo que alcanzan hasta los dos años y todavía no hay una forma de que se produzca un fallo. Se impone resolver esa mora porque al final de cuentas esa falla socava la seguridad jurídica, el principio de legalidad, la credibilidad del Tribunal Constitucional y de todo el sistema de justicia nacional.
No hay lugar a dudas que la tardanza del Tribunal Constitucional para fallar los recursos de revisión de las acciones de amparo representa un desequilibrio en la alta corte que debe ser corregido a la mayor brevedad posible.
Se impone que el TC se ajuste al mandato de su ley orgánica, la 137-11, para que preserve su credibilidad, porque no se puede ser estricto para hacer cumplir la Constitución en algunos casos, pero no así para otros. Esa debilidad del TC es comprobable con la celeridad que muchas veces conoce la acción directa de inconstitucionalidad, pero relega a años las revisiones que tienen que ver con el amparo, sobre todo cuando se trata de asuntos electorales que involucran violaciones cometidas por los partidos políticos.