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Análisis Noticiosos

Parece innegable la apatridia de miles de domínico-haitianos

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Por Juan Bolívar Díaz

El discurso de odio, las agresiones y la negación a los desnacionalizados hasta del derecho a reclamar parece una pobre respuesta al Comité de Derechos Humanos de la ONU que acaba de pedir medidas eficaces para poner fin a la masiva apatridia  

Resultó lacerante la agresividad verbal y casi física con que grupos extremistas intentaron impedir un reclamo público de los grupos que aún procuran sacar de la apatridia a miles de descendientes de haitianos nacidos en el país antes de la Constitución del 2010, y repugnante a forma en que medios informativos convirtieron las víctimas en victimarios.

Esa ofensiva parece la respuesta al reciente informe del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que reclamó medidas urgentes y eficaces para reducir los casos de apatridia, incluyendo la plena aplicación de la ley 169-14 que intentó enmendar parcialmente los efectos de la sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional (TC).

Inconcebible intolerancia

Ninguna racionalidad ni justificación tiene el hecho de que una veintena de personas intentaran impedir el sábado 18 que grupos que defienden los derechos de los domínico-haitianos desnacionalizados, primero por la Junta Central Electoral y luego por la sentencia 168-13 del TC, reclamaran pacíficamente lo que consideran derechos fundamentales.

Entre los convocantes de la actividad cívica, cultural y artística, había varias entidades con reconocimiento nacional e internacional en la lucha contra la exclusión, incluyendo una que, como el Centro Bonó de los Jesuítas, es portadora del mandato del Papa Francisco a los obispos dominicanos de “seguir colaborando con las autoridades civiles para alcanzar soluciones solidarias a los problemas de quienes son privados de documentos o se les niega sus derechos básicos”. Otros como Reconocidos o el Movimiento de Mujeres Domino-Haitianas son interlocutores en organismos como la ONU y la OEA, justamente en defensa de los desnacionalizados.

Los irruptores profirieron insultos y exhibieron un discurso xenofóbico cargado de odio y se llegó al manoteo y los empujones, con evidente tolerancia de las autoridades del orden. Los manifestantes tenían la autorización correspondiente del Patrimonio Monumental y el Ayuntamiento del DN y la habían notificado a la Autoridad Metropolitana del Transporte.

Más relevante que la pretensión de los de xenófobos fue lo que predominó en los medios informativos que convirtieron a las víctimas en simples haitianos inmigrantes ilegales, provocadores, insultantes desconocedores de la soberanía nacional, profanadores del altar de la patria y otros calificativos justificadores del discurso de odio que degrada internacionalmente el país.

El Comité ONU de DD-HH

La convocatoria al acto del sábado no era sorprendente, pues esos grupos han proseguido firmemente su lucha contra la apatridia en que han quedado miles de  domínico-haitianos, tan defendibles como los domínico-americanos o los domínico-españoles, o mexico-americanos.

Lo sorprendente es que se reactivara el movimiento xenofóbico, lo que se atribuye al último informe del Comité de Derechos Humanos de la ONU emitido el 9 de noviembre en Ginebra que ratificó su condena, compartida por muchos otros organismos internacionales, al despojo de la nacionalidad dominicana, con efecto retroactivo hasta 1929 por la sentencia 168-13.

El informe cuestionó otros hechos, pero principalmente la desnacionalización que a juicio del responsable de Amnistía Internacional para el Caribe, Robin Guittard, constituye “la mayor crisis de apatridia jamás vista en el continente americano”. El Comité pasa balance de nuevo al proceso iniciado en el 2007 por la JCE,  y a la sentencia del TC “que dejó a miles de dominicanos, la mayoría de ascendencia haitiana, sin nacionalidad dominicana y en situación de apatridia”. Dice haber tomado nota de la adopción de la Ley 169-14 para mitigar los daños, pero expresa su preocupación “por el limitado alcance de esta ley y los obstáculos adicionales que ha creado, incluidos trámites y requisitos excesivos”.

El documento incluye demandas específicas al Estado dominicano, como  garantizar el restablecimiento de la nacionalidad a todos los del Grupo A en la Ley 169-14, que son los que tenían registro de ciudadanía y medidas especiales para los del Grupo B, que no pudieron acogerse a los requisitos para ser reconocidos como dominicanos, pero todos nacidos en el país, que no son inmigrantes.

¿Cuántos son apatridas?

Aunque el Estado dominicano no reconoce que tenga apátridas, el país ha sido catalogado entre los cinco con mayor número en el mundo. En junio del 2015 el Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) los estimó en 210 mil.  Myanmar lideraba con 800 mil, Costa de Marfil 700 mil, Tailandia 506 mil, y Letonia 262 mil.

Los estimados son muy diversos. ACNUR se basa en los resultados de la Encuesta Nacional de Inmigrantes del 2012, que estimó los descendientes nacidos en el país en 244 mil 151, cifra avalada por la sentencia 169-13, y le descuenta los que han podido recuperar la nacionalidad en virtud de la Ley 169-14.

La información oficial al respeto es muy parca obedeciendo a la política del avestruz, de esconder la cabeza, y tratar de que el tema se olvide, lo que no está en la agenda de los organismos de derechos humanos, ni aquí ni en el mundo. El cierre es bien hermético, pues se ha sabido que la JCE no ha respondido varias solicitudes de audiencia del Representante Permanente de las Naciones Unidas en el país, Lorenzo Jiménez, quien ha reiterado la disposición de colaborar para resolver las dificultades que han impedido que gran parte de los desnacionalizados se beneficien de la Ley 169-14, aprobada hace 3 años y medio precisamente para mitigar la apatridia generada por la sentencia del TC.

No soy de aquí ni de allá

            Nadie puede precisar número, pero no hay dudas de que son decenas de miles los que han quedado como dice la canción de Facundo Cabral: “no soy de aquí ni soy de allá”, parte de los cuales ya estaban muertos cuando fueron condenados a la apatridia. Se les dice que, como descendientes de haitianos, tienen derecho a la nacionalidad de sus padres, pero su realidad social les impide trasladarse a Haití para iniciar un proceso de ciudadanía, en su mayoría sin documentación, ni siquiera de sus padres. Aún si quisieran, no tendrían con qué pagar viajes, hospedaje ni trámites. Carecen de vínculos en el vecino país y por demás se sienten dominicanos.

Hay apátridas todavía en el Grupo A, aquellos a quienes la ley 169-14 dispone

la regularización de la nacionalidad dominicana, “libre de todo trámite administrativo”. Pero el proceso de recuperación es lento y con trámites que disuaden a los potencialmente beneficiarios. Muchos son tan pobres que no tienen  para pagar el transporte.

Contradictoriamente la JCE ha persistido en mantener recursos de anulación de la nacionalidad a símbolos internacionales como Juliana Deguís, la que encarnó la sentencia del TC, o Ana María Belique, una de las líderes de los domínico-haitianos, con cédula y pasaporte dominicano que viaja por el mundo. Ambas tienen recursos de apelación a sentencias que disponen la anulación, en base a la documentación de sus padres. Aunque la ley 169-14 sólo excluye de la restitución de la nacionalidad “cuando el hecho le sea imputable directamente al beneficiario”. El 26 de mayo del 2015  un comunicado de la JCE dijo que después de haber revisado 10 millones 321 mil actas, y de ellas 53 mil 827 “con posibles irregularidades”, sólo encontró 132 “que darían lugar a apoderamientos judiciales”, es decir el 0.58%, dejando en el descrédito la versión de que muchos miles habían obtenido registro fraudulento.

Los nunca registrados

La mina de los apátridas está en el Grupo B de la ley 169-14, que son los que nunca fueron registrados como dominicanos, aunque nacieron en el país. A muchos de ellos se les negó la inscripción desde que empezó la discriminación de los domínico-haitianos en los años noventa. Otros no la procuraron como aún quedan cientos de miles de dominicanos.

A este segmento la Ley 169-14 les dispone registrarse como extranjeros para a los dos años, llenando una serie de requisitos, poder optar por la ciudadanía, vía la naturalización. La información oficial es que sólo 8 mil 755 pudieron inscribirse en un plazo de 90 días, luego llevado a 180, perentorio, pues pudieron haberlo dejado abierto más tiempo y hasta abierto. Se estima que eran más de 53 mil, a los que habría que sumarle sus descendientes,

La realidad es que hay en el país un apharteid, un guetto o una población excluida, que seguirá creciendo cada día porque sus descendientes heredarán la apatridia. Y si sus padres y abuelos no pudieron llenar los requisitos para obtener ls ciudadanía ni regularizarse como extranjeros, ni se fueron para Haití, menos podrán hacerlo los descendientes. Hay familias donde los primeros hijos, registrados como dominicanos, recuperan su nacionalidad, mientras hermanos menores quedan como extranjeros. Un verdadero drama humano cuya solución será demandada eternamente por los organismos establecidos para defender los derechos humanos, entre los cuales resalta el de la ciudadanía.-

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Las demandas de los jueces y juezas y las falencias del sistema de justicia.

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Por José Cabral

Un total de 450 jueces y juezas de los 737 que hay en todo el país, así como sus 6,516 empleados fijos del Poder Judicial han paralizado sus laborares en demanda de aumento e indexación salarial, contratación de más personal en los tribunales y por mejores condiciones de trabajo.

Estos reclamos no pueden ser soslayados porque el sistema está lleno de deficiencias y debilidades de las que no se puede excluir a nadie, ya que todo obedece a las grandes distorsiones que sufre el Estado.

Entiendo que es un grave problema de institucionalidad, lo cual afecta a todos los actores del sistema, desde los jueces, fiscales y personal administrativo.

Tengo este criterio porque nadie puede discutir que las distorsiones que caracterizan al Estado no sólo se pueden ver en el sistema de justicia, sino también en el Poder Legislativo y el Ejecutivo.

Entonces, en el marco de estas debilidades y deficiencias que ponen en tela de juicio la democracia, se encuentran los bajos salarios de los jueces y todo el personal de la judicatura nacional.

Esta realidad lleva a todo el que tiene dos dedos de frente a entender que las demandas de los jueces y juezas son justas desde cualquier perspectiva que se vea y a cuyo problema debe buscársele una salida saludable, sin soslayar los demás asuntos que impactan negativamente al sistema de justicia.

El Consejo del Poder Judicial no sólo debe procurar darle salida a esa deficiencia y a sus problemas financieros, sino que al propio tiempo debe crear los mecanismos necesarios para que los tribunales del país tengan otro desempeño.

De manera, que la solución debe ser integral, no sólo a nivel de los salarios y las mejores condiciones laborales de los jueces, ya que las deficiencias tienen implicaciones que también tienen que ver con la arbitrariedad con que se manejan los casos en los tribunales, lo que muchas veces implican la violación de los derechos de los que buscan hacer justicia sobre la base de los derechos fundamentales.

Es decir, que, si bien los bajos salarios de los jueces es un problema grave en el marco del Estado dominicano, también debe decirse que hay otros de igual o peor magnitud que no tienen la mejor de las salidas.

Lo que pretendo establecer es que el problema no sólo tiene que ver con los salarios, el cúmulo de trabajo y el poco personal, sino también del manejo jurídico de los casos, porque es bueno que se entienda que muchos jueces y juezas violan hasta el derecho de recurrir de muchos justiciables y naturalmente los que incurren en esas inconductas no es que deben tener un mal salario, sino que deben ser expulsados del sistema de justicia para bien de la sociedad y la democracia.

Es oportuna la ocasión para que los que dirigen el Estado dominicano no sólo se aboquen a mejorar los salarios y las condiciones de trabajo de los jueces y juezas, lo cual me parece de justicia, sino también a fiscalizar mejor su desempeño porque hay que buscar la forma de mejorar el sistema justicia para bien de todas y cada de las personas, porque no hay derechos sin deberes.

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Análisis Noticiosos

La torpeza y la ignorancia de un fiscal

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Por José Cabral

Este miércoles participé de una conciliación en la fiscalía del juzgado de paz de Santiago sobre una pensión alimenticia y el magistrado que condujo la misma expresó tantos contrasentidos jurídicos que cualquiera siente vergüenza ajena.

Entre los disparates jurídicos de este fiscalizador está que antes de que se iniciara la vista de conciliación, que se hizo a solicitud de un padre que propone el pago de un monto especifico y concreto de pensión alimenticia, el funcionario incitó a la madre citada a que presentada una denuncia en contra de éste en violación de los procedimientos establecidos al respecto.

Pero peor fue todo lo que dijo este señor, como por ejemplo sostener que cualquier poder de una de las partes que llegue a sus manos de antemano es cuestionado porque alega que allí se llevan muchos títulos auténticos de este tipo falsificados, lo cual me llevó a llamar a la atención a este funcionario porque las leyes establecen los procedimientos al respecto.

Los contrasentidos del magistrado no pararon e incluso llegó a decir que en términos de pensión o manutención los hermanos y otros familiares del padre son también responsables de suplir de alimentos al niño víctima de una situación de irresponsabilidad paternal, pese a que no era el caso  de la especie,  lo que también me llevó a recordarle que lo que decía era una violación al principio constitucional de que nadie es responsable por los hechos que cometen otros sin  importar los vínculos de familiaridad, a menos de que se trate de un menor no emancipado.

Este fiscal llegó al colmo de violar la Constitución de la República cuando mandó a retirarse a todos aquellos abogados que él considera que tienen una edad que a su juicio deben darles paso a otros profesionales del derecho más jóvenes, lo que también representa una vulneración del artículo 39 la carta magna cuando dice que nadie debe ser discriminado por sexo, color, edad y preferencia sexual, entre otras cosas.

Este comportamiento del Ministerio Público no es de ahora, ya que se trata de una debilidad que arrastra desde hace décadas, porque la verdad es que nadie sabe de dónde saca el órgano a este tipo de personaje, quien además decía y reiteraba con la anuencia de algunos abogados presentes que un poder no tenía validez en la jurisdicción de niñas, niños y adolescentes por tratarse de una ley especial.

Yo he sido uno de los que se han quejado por la tolerancia con que el sistema trata la emisión de actos auténticos que no cumplen con las formalidades de ley y que representan una falsedad, no sólo material, sino también intelectual, pero el problema consiste en que es letra muerta lo que dispone la Ley 140-15 y el propio Código Civil Dominicano al respecto.

Regularmente los jueces no estatuyen sobre este tipo de delito, pero ello de ninguna manera justifica que un fiscal o fiscalizador ignore los procedimientos a seguir cuando sospeche que un título autentico es falso, porque no puede hacer como el personaje de este miércoles que actúa como si tuviera la competencia para emitir sentencias o desempañar funciones jurisdiccionales.

Y no se trata sólo de un abuso de poder, sino de una gran ignorancia que daña y lesiona gravemente la credibilidad de todo el sistema de justicia.

No obstante, no es mucho lo que se puede pedir al respecto, porque es un problema integral que sólo una transformación total del Estado podrá resolver.

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La figura de la inadmisibilidad como sustituta de la mora judicial.

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Por José Cabral

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) mantiene una campaña para crear la percepción de que la mora judicial ha sido reducida a su más mínima expresión.

Sin embargo, cuando cualquier ciudadano se aboca a un análisis de fondo del problema, descubre que se trata de un truco para vender una percepción que no tiene nada que ver con la realidad.

La disminución de la mora judicial ha sido concebida sobre la base de la negación de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, porque el arma usada para este fin es la figura de la inadmisibilidad.

Ello se puede observar con el llamado interés casacional, el cual se sustenta en un criterio subjetivo del derecho, pero que la figura puede ser utilizada para descongestionar el sistema de justicia sobre la base de decisiones que se apoyan en la inadmisiblidad.

Este mecanismo jurídico permite que se proyecte una eficiencia que no existe y que tampoco representa una solución a un problema que en vez de disminuir se complica.

Por lo que se ve, la SCJ utiliza un arma que no es válida para acabar un problema que desde cualquier perspectiva que se analice representa denegación de justicia.

Justicia tardía es, sin lugar a dudas, denegación de justicia, pero peor aún recurrir a una interpretación como el interés casacional para declarar inadmisibles una gran cantidad de casos y buscar descongestionar el sistema y en esas condiciones en el país no se puede hablar de una mejoría del Estado Social Democrático de Derecho.

Lo que se sí ocurre ahora con el recurso extraordinario de casación es un aumento preocupante de la figura de la inadmisibilidad, a los fines de proyectar lo que en la realidad no se produce, aunque ciertamente genera un descongestionamiento sobre una base ficticia y negadora de derechos.

En este aspecto sostengo que se reasume una percepción que ha hecho tanto daño a la democracia dominicana, cuya credibilidad ya parece irrecuperable.

La mora judicial es un fenómeno que abarca todo el sistema de justicia, desde los juzgados de paz hasta los tribunales de primera instancia y las cortes de apelación, pero naturalmente en el nivel que causa mucha mayor preocupación es en casación, cuya Ley 2-23 se ha convertido en un instrumento para ahora apoyarse en la inadmisibilidad para la denegación de justicia.

 

 

 

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