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Partidos: con el voto preferente “limpian” dinero narcotráfico
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9 años agoon
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LA REDACCIÓNSegún Federación de Partidos Políticos, el voto preferencial también lo usan para “lavar el dinero de la corrupción”

Manuel Soto Lara y otros directivos de la Fopppredom en la presentación del informe sobre el voto preferencial en RD. –
La Federación Permanente de Partidos Políticos de la República Dominicana (Fopppredom) abogó ayer por la supresión del voto preferencial porque “es un mecanismo perverso responsable directo de la crisis de partidos” en el país porque, entre otras cosas, permite que el dinero del narcotráfico y la corrupción entren en la actividad política.
“El voto preferencial es particularmente beneficioso para que narcotraficantes y corruptos inviertan en política, limpien capitales y obtengan control de las funciones públicas”, expresa en un comunicado de prensa la entidad.
Un informe de la Fopppredom establece que “es indiscutible que el voto preferencial privilegia el dinero ganado fácil”. “También estimula a los detentadores de estos capitales a interesarse por la política, en la mayoría de los casos para blanquear sus opulentas arcas, y en ocasiones, para blindarse en el ejercicio de actividades contrarias a la ley”, subraya.
Dice el informe, que esa ha sido la causa de que en los últimos procesos electorales al Congreso haya “una gran incidencia de personas cuyos perfiles no se correspondan con los mejores intereses éticos y morales” y una causa directa de la falta de calidad en la representación congresual.
La ley del Voto Preferencial 153-13, fue aprobada en el 2013 e incluyó ese sistema para los regidores aplicable a partir del 2020. Se implementó por primera vez en el 2002 mediante resolución de la JCE y fue suprimido en el 2010 por el organismo electoral.
Según un análisis publicado por la entidad que agrupa 22 de los 26 partidos del sistema, elaborado por Manuel Soto Lara y Sergio Ortiz Valenzuela, el voto preferencial es el principal responsable del encarecimiento de las campañas políticas. Puntualiza que al mismo tiempo resulta perjudicial para los dirigentes que no tienen recursos, para las mujeres y los partidos minoritarios.
El informe titulado “quiebra del voto preferencial” sobre los perjuicios que genera esa fórmula al sistema democrático y de partidos, puntualiza que el alto costo de las campañas electorales resulta perjudicial para los dirigentes de partidos políticos y comunitarios que no cuentan con recursos para competir con los grandes capitales. Además, dicen que beneficia a los candidatos que al mismo tiempo son legisladores porque tienen acceso a los recursos del Congreso.
La mujer también es perjudicada con el sistema preferencial, según Soto Lara porque “una mujer no puede andar en callejones a las tres de la mañana bebiendo romo para conseguir votos”.
La autoridad de los partidos políticos también resulta debilitada con el voto preferencial. “Las autoridades de los partidos si pretenden ser candidatos tienen que competir con los de las bases y eso deja a los partidos sin árbitros, sin autoridad, la otra opción del liderazgo es autoexcluirse y renunciar al derecho fundamental de ser elegido”, sostiene.
Otra de las secuelas del voto preferencial es que genera violencia y una lucha entre los propios compañeros de organización. “La desenfrenada confrontación genera el voto preferencial a lo interno de los partidos en todos los procesos electorales, desde su implementación ha puesto en peligro la celebración de las elecciones”, expresa el documento.
El análisis señala que el sistema del voto preferencial “es una burla para la cuota femenina”. “Con el voto preferencial las mujeres, a pesar de la cuota del 33%, solo ganaron el derecho de figurar en la lista de postulaciones, no así en ser representantes, como sí ocurre en el nivel municipal, donde tienen una mayor representación”, señala.
Recomendaciones
El Foro de Partidos políticos recomienda volver al sistema de lista para las candidaturas y que el número que se asigne en la boleta a cada candidato sea el lugar que conquistó en las elecciones primarias de cada partido. “Eso proscribiría el cuestionado democratismo con el que se pretende justificar el fallido sistema de voto preferencial”, explica el informe de la Foppredom.
Basa la recomendación en que para instituir ese sistema se alegó que daría la oportunidad de ir al Congreso dirigentes populares y líderes comunitarios “pero la danza del dinero los excluyó a todos y no han podido llegar al Congreso”.
También afirma que el voto preferencial genera desigualdad y discriminación entre los congresistas que tienen privilegios económicos
Voto municipal generaría crisis de credibilidad
En cuanto al voto preferencial para regidores que está estipulado en la ley para aplicarse en el 2020, la Fopppredom señala que implica problemas técnicos para el montaje y conteo a la Junta Central Electoral (JCE). Señalan que la JCE tendría que computar más de 10 mil candidaturas para mil 164 regidores y 730 vocales. “Ello podría generar una grave crisis de confiabilidad a la JCE afectando gravemente su credibilidad y suscitando una cantidad inmensa de recursos ante las juntas municipales”, advierte la Fopppredom. La Fopppredom afirma que el voto preferencial incluso genera controversia entre los órganos electorales y que así ocurrió cuando existía la Cámara Contenciosa como parte de la Junta Central Electoral.
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Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.
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21 horas agoon
marzo 19, 2026Por Elba García
El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.
El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.
Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.
La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.
Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.
Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.
Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.
El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales, morales, económicos y políticos, lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con el ordenamiento actual.
Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.
Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.
Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron su llegada al poder en que en la República Dominicana se consolidaba un partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.
Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.
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Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos
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22 horas agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.
La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.
De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.
El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.
Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).
Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.
Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.
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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.
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22 horas agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.
El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.
Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.
La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.
Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.
El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.
