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Otra vez en el Congreso versión “Ley de Trata”

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El Poder Ejecutivo volvió a someter al Congreso Nacional luego de más de un año de espera, vía Cámara de Diputados, la nueva versión del proyecto que modifica la Ley sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas (Ley 137-03), más conocida como “Ley de Trata”.

La legislación fue sometida el pasado 19 de junio, 16 meses después de que fuera retirada por el presidente Luis Abinader del Senado de la República, que fue donde el mandatario la depositó el 12 de diciembre del 2022. El 12 de febrero de 2023 el jefe de Estado prometió que “en un plazo no mayor a los 45 días”-vencidos el 29 marzo de ese año- volvería a introducir la controversial iniciativa.

Su decisión fue en el marco de que el pliego de ley desató un mar de críticas y rechazo nacional, porque, según los sectores que se pronunciaron, ponía en “grave peligro” la autodeterminación y soberanía del país, al impedir la deportación de personas en estatus migratorio irregular en el territorio dominicano y otorgarles beneficios.

Al ofrecer la información en ese momento, el vocero y director de Estrategia y Comunicación de la Presidencia, Homero Figueroa, sostuvo que el mandatario le instruyó a retirar del Congreso Nacional el proyecto relativo a Explotación y Tráfico Ilícito de Migrantes “para lograr el consenso público necesario”.

El funcionario adelantó que la acción se hacía en respuesta a la inquietud ciudadana producida por la normativa. Reiteró, asimismo, que este gobierno no aceptará ningún acuerdo o norma que convierta a la República Dominicana en receptor de ciudadanos haitianos afectados por la inestabilidad política en Haití.

El proyecto de ley responde a un compromiso del país como signatario de varias convenciones internacionales.

De los cambios entre la pieza actual y la sometida el 12 de diciembre de 2022, destaca el título; la versión de ahora se llama: “Proyecto de ley que modifica la Ley No.137-03, del 7 de agosto de 2003, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas”. Antes de ser mejorada estaba titulada: “Proyecto de ley integral sobre trata de personas, explotación y tráfico ilícito de migrantes”.

La versión controversial fue depositada junto a otras tres iniciativas por Antoliano Peralta, consultor Jurídico del Poder Ejecutivo; Roberto Álvarez, ministro de Relaciones Exteriores; y Mayra Jiménez, ministra de la Mujer. Los funcionarios precisaron que los cuatro proyectos de ley eran parte del proceso de reformas institucionales que impulsa el Gobierno.

Se recuerda que días antes de quel jefe de Estado retirara el documento legislativo, el entonces presidente del Senado, Eduardo Estrella, explicó que la normativa respondía a modelos internacionales “exitosos en otros países”, pero por la situación migratoria particular que tiene la República Dominicana, se harían “las modificaciones necesarias” para corregir cualquier artículo que no responda al interés nacional.

Se anunció que el Ejecutivo habría dividido el proyecto de ley

El ministro de Relaciones Exteriores, Roberto Álvarez, informó el 28 de julio de 2023 que el proyecto de ley fue retirado del Congreso con la intención de escuchar las legítimas preocupaciones y acoger las sugerencias pertinentes, a fin de dotar al país de una ley más efectiva en esa materia.

Destacó que el presidente de la República dividió dicho texto en dos: uno referido al tráfico ilícito de migrantes, y el otro orientado a la trata de personas. “Actualmente ambos están en manos del Poder Ejecutivo en proceso de ser consensuados con diversos sectores de la vida nacional”, señaló.

Contribución obligatoria

Uno de los aspectos más controversiales del proyecto de ley de trata depositado en el 2022 era su artículo 34, en el que se establecía que toda persona o entidad tenía que pagar una contribución especial “obligatoria” con base en sus ingresos para la prevención y persecución de la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes.

La contribución es obligatoria para toda persona jurídica e institución pública o privada domiciliada en el país, amparada en cualquier régimen fiscal, independientemente de que perciban o no beneficios, según resalta el párrafo dos.

También para la atención, protección integral y repatriación de las víctimas y sobrevivientes de trata de personas; y la atención, asistencia y protección a las personas identificadas como víctimas de tráfico ilícito de migrantes conforme a los presupuestos establecidos en la presente legislación.

Los montos de contribución obligatoria serían desde RD$150.00 hasta 78 mil pesos, de acuerdo con los ingresos de la persona jurídica o entidad; serían indexados cada año, conforme a los niveles de inflación del país.

Pieza anterior ordenaba acoger a inmigrantes

Rechazo
Generó en el país el proyecto de ley integral sobre trata de personas, explotación y tráfico ilícito de migrantes.

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RD tiene 14 fallas sísmicas activas, advierte la Defensa Civil y llama a la poblacion a estar alerta.

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Santo Domingo.- Las alarmas se han encendido en la República Dominicana a propósito del movimiento telúrico de magnitud 5.0 registrado al sur de La Romana, sumado a los recientes fuertes terremotos en Venezuela.

El director de la Defensa CivilJuan Salas, reiteró este viernes que el país “vive en una zona sísmicamente activa” y recordó que existen al menos 14 fallas sísmicas que pueden activarse en cualquier momento, por lo que la preparación ciudadana puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte.

Salas insistió en que la población debe mantenerse informada, organizada y lista para responder ante un evento súbito, al tiempo que anunció que el organismo cuenta con una nueva herramienta técnica para ofrecer respuestas más rápidas ante emergencias.

En medio del contexto regional, el titular de la Defensa Civil advirtió sobre la vulnerabilidad del país.

“Una brigada de técnicos dominicanos está trabajando en esta dirección… lo ocurrido en Venezuela, país con una placa tectónica similar a la nuestra, nos llama a mantenernos atentos. Somos un país con 14 fallas que pudieran activarse en cualquier momento”, expresó Juan Salas.

Además, explicó que el equipo técnico realiza demostraciones constantes sobre qué hacer antes, durante y después de un sismo, destacando tres acciones esenciales:

  • Mantener la calma
  • Identificar salidas seguras
  • Seguir un comportamiento correcto en medio de la emergencia.
Delfín Rodríguez, sub director de la Defensa Civil
Delfín Rodríguez, sub director de la Defensa Civil

Durante la jornada informativa también intervino el subdirector de la Defensa Civil, Delfín Rodríguez, quien detalló los protocolos básicos que debe seguir la población en caso de un sismo.

“Antes de un sismo hay que capacitarse, hacer un plan familiar y comunitario de emergencia para saber qué hacer antes, durante y después”, explicó.

Rodríguez enfatizó el uso del silbato como herramienta de rescate, especialmente en casos de colapso estructural.

“El silbato sirve para que, si quedamos atrapados, podamos emitir sonido y los equipos de rescate nos localicen. Si no hay silbato, se puede golpear metal o piedras para ser ubicados”, señaló.

También indicó que las unidades de rescate cuentan con equipos especializados como cámaras telescópicas con alcance de hasta 12 metros entre escombros, además de tecnología de ultrasonido para la localización de personas atrapadas.

En cuanto a la respuesta inmediata, fue enfático en la técnica básica que toda la población debe memorizar:

Agáchate, cúbrete y protégete”, reiteró, explicando que durante el sismo las personas deben proteger la cabeza, adoptar posición segura y evitar correr de manera descontrolada.

Rodríguez explicó que el país comparte una compleja estructura tectónica en la isla, incluyendo fallas como la trinchera de los Muertos, ubicada al sur del territorio nacional, la cual ha sido históricamente responsable de eventos sísmicos en la región.

Recordó además el terremoto de Haití como un punto de reflexión para fortalecer la descentralización de los equipos de emergencia.

“Hoy contamos con equipos distribuidos en las nueve regiones del país. Si una región colapsa, otra puede brindar apoyo inmediato mientras llegan ayudas internacionales”, afirmó.

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TC dispone devolver RD$8 millones a hombre y fija límites a retención de bienes

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Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Constitucional (TC) volvió a pronunciarse sobre un problema recurrente: la negativa de autoridades e instituciones a devolver bienes o recursos cuya retención ya no tiene sustento legal.

En una nueva sentencia, la alta corte ordenó al Banco Agrícola devolver ocho millones de pesos que permanecían retenidos pese a que habían cesado las medidas de coerción que dieron origen a la garantía económica.

La decisión se suma a otros fallos recientes del TC relacionados con la devolución de bienes y recursos vinculados a procesos judiciales, en los que el tribunal ha advertido que las autoridades no pueden mantener bajo su control dinero o propiedades cuando desaparece la causa legal que justificó la medida.

Posteriormente, el 3 de octubre de 2017, el Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Romana dictó un auto de no ha lugar y dispuso el cese de todas las medidas de coerción impuestas en ese proceso.

La entidad financiera alegó que la garantía estaba respaldada por un certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría Fiscal de La Romana y no a nombre de Michel, por lo que entendía que los fondos no podían ser entregados al reclamante. También sostuvo que este carecía de interés directo sobre esos valores y que la devolución podía afectar el patrimonio de la institución.

Ante la negativa, Michel presentó una acción de amparo alegando una vulneración de su derecho de propiedad. El Tribunal Superior Administrativo (TSA) acogió el recurso y, mediante una sentencia emitida en agosto de 2019, ordenó al Banco Agrícola devolver los fondos.

Los jueces verificaron que el dinero había sido aportado originalmente por Michel mediante un cheque de administración emitido por el Banco de Reservas y que esos recursos nunca fueron transferidos ni cedidos al imputado ni al Estado como propietarios de los fondos.

El TC concluyó que el certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría respondía al mecanismo utilizado para instrumentar la garantía judicial, pero no modificaba la titularidad del dinero.

«Resultaba jurídicamente improcedente la retención de los montos depositados», sostuvo el tribunal al confirmar la devolución de los 8 millones de pesos.

La alta corte recordó que el artículo 237 del Código Procesal Penal dispone que las garantías económicas deben cancelarse y los bienes afectados devolverse cuando cesa la medida que les dio origen.

Asimismo, reiteró un criterio fijado recientemente según el cual las personas que enfrenten la negativa de una autoridad a devolver bienes o valores cuya restitución sea obligatoria pueden recurrir al amparo de cumplimiento para exigir la ejecución de esa obligación legal.

Con esta decisión, el TC confirmó la devolución de los fondos reclamados por Michel y reafirmó que la retención de bienes o recursos no puede mantenerse cuando desaparece la causa legal que la justificaba.

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Los hermanos Espaillat van a juicio de fondo a la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.

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Santo Domingo, R.D.-Fue apoderada para conocer el juicio de fondo contra Antonio y Maribel Espaillat, propietarios de la discoteca Jet Set, acusados de su presunta responsabilidad en el colapso del techo  del referido establecimiento, tragedia que dejó como resultado la muerte de 236 personas y más de 180 heridos, la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.

El expediente fue asignado al tribunal, presidido por la magistrada Clara Luz Almonte, mediante el sistema de sorteo aleatorio computarizado de la presidencia de la Cámara Penal del Distrito Nacional, luego de que un juez determinara que debía seguir el proceso en un juicio de fondo.

Con este paso, la magistrada procederá próximamente a emitir el auto de fijación de audiencia para citar formalmente al Ministerio Público, a la defensa de los imputados y a las partes querellantes.

Tras un análisis exhaustivo del expediente, el magistrado tipificó los hechos como homicidio culposo o imprudente, rechazando la solicitud de un sector de las víctimas que buscaba que el caso fuera juzgado bajo la figura de homicidio voluntario.

Uno de los puntos relevantes de la decisión del juez Mejía es la exclusión del Ayuntamiento del Distrito Nacional, el Ministerio de Obras Públicas y otras instituciones estatales del proceso penal.

El juez argumentó que, ante la conducta procesal demostrada por los imputados, quienes han mostrado arraigo y disposición de asistir voluntariamente a las audiencias, la prisión preventiva no resulta procedente, recordando que en el sistema constitucional dominicano la libertad es la regla y la prisión la excepción.

No obstante, en el ámbito civil, el tribunal dictó medidas de coerción reales contra los imputados, consistentes en la inmovilización de bienes y medidas conservatorias para garantizar la reparación del daño a las víctimas.

El tribunal confirmó que las evidencias, tanto documentales como materiales, fueron recabadas respetando los derechos fundamentales y ajustándose a los artículos 140, 173, 174 y 197 del Código Procesal Penal, así como a la Resolución 38-69 de la Suprema Corte de Justicia.

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