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Son imprescriptibles actos de corrupcion de exministros de Danilo Medina por tratarse de criminalidad organizada, dice MP.

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Santo Domingo, R.D.-La titular de la Procuraduria Especializada de Persecucion de Corrupcion Administrativa (PEPCA), Mirna Ortiz, sostuvo al responderlle a la defensa del exministro de Hacienda, Donald Guerrero,  que la corrupción administrativa, como la que se le imputa al exfuncionario y a otros más de los gobiernos del expresidente Danilo Medina, «son casos de criminalidad organizada«, los cuales la ley establece que son «imprescriptibles».

Durante la continuación de la réplica ante el Cuarto Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, Ortiz sostuvo que la acusación contra Guerrero y los también exministros Gonzalo Peralta y José Ramón Peralta son procesos de  criminalidad organizada porque «contienen todas y cada una de las características» de la criminalidad compleja u organizada.

Tiene la particularidad de ser «un grupo de funcionarios públicos que se coalicionan, que se asocian con empresarios, con testaferros, que pagan sobornos, que mueven activos, que falsifican documentos, que crean estrategias para estafar al Estado», aseveró.

Sostuvo que no solamente la Ley 10-05 del Código Procesal Penal, modificada por la 97-25, contempla que el crimen organizado es imprescriptible, también los tratados internacionales, a los cuales está suscrito la República Dominicana y que tienen el mismo imperio de la normativa local.

La procuradora adjunta manifestó también que, en cuanto al plazo razonable, la jurisprudencia y los acuerdos internacionales han concluido que la extinción de la acción penal no puede plantearse con un simple «conteo matemático» en casos de corrupción como los que se conocen actualmente en el país por la complejidad de estos procesos.

Las indagatorias por las que se llevó a los tribunales se hicieron en el 2021 por los hechos que se le cuestionan durante su gestión en el Ministerio de Hacienda, añadió Ortiz.

La titular de al Pepca citó que el Tribunal Constitucional, en su sentencia TC-0770-24 y la Corte Interamericana han establecido que, aunque los plazos están establecidos por ley, «hay condiciones y circunstancias que deben verificarse para establecer la razonabilidad de esos plazos. Dilaciones del proceso propias de la misma dinámica de los procesos», subrayó.

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La abogada María del Pilar Zuleta, parte del equipo de defensa de Donald Guerrero. (FUENTE EXTERNA)

La defensa del exministro de Hacienda aseguró que en la réplica que ha hecho el Ministerio Público no ha logrado presentar ni una sola prueba que otorgue posibilidad de que el exfuncionario sea condenado por las acusaciones.

María del Pilar Zuleta, del equipo de abogados de Guerrero, sostuvo que debe preocupar que el órgano acusador manifieste que el plazo para investigar en el proceso penal no tiene un límite, cuando no es así.

«El Código Procesal Penal le fija unos límites para investigar, especialmente cuando el ciudadano está sometido a medidas de coerción«, sostuvo Pilar Zuleta fuera del tribunal a periodistas.

Otro de los puntos que, según dice hay que cuestionar, es sobre que en la acusación no se deben depositar las pruebas, solo enunciarlas.

«Y estas dos afirmaciones del Ministerio Público son preocupantes porque demuestran que no están dispuestos a someterse al debido proceso para hacer sus acusaciones«, dijo la abogada.

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JCE pretende imponer su ley mordaza y formula cargos contra ACD Media por publicar encuestas

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Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE) inició un procedimiento administrativo sancionador contra la firma encuestadora ACD Media, S.R.L., al formular un pliego inicial de cargos por la presunta publicación y difusión de encuestas con fines electorales fuera del período legalmente habilitado, en aplicación del reglamento aprobado por el organismo en mayo pasado. La medida abre un proceso contradictorio, pero no implica una declaración definitiva de responsabilidad.

La actuación fue dispuesta por la Unidad de Sanciones Administrativas Electorales y Medidas Cautelares, luego de que el Pleno de la JCE la apoderara para investigar dos estudios de opinión atribuidos a ACD Media: una encuesta divulgada el 1 de junio y otra el 13 de julio de este año, ambas publicadas por Diario Libre.

Según el órgano electoral, los sondeos incluían mediciones sobre simpatía partidariaintención de voto y preferencias presidenciales de cara a 2028, por lo que, de manera preliminar, poseen contenido político-electoral.

Los críticos del reglamento de la JCE, entre ellos la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), sostienen que el organismo fue más allá de ese marco legal al extender la prohibición hasta impedir la publicación de encuestas desde antes del inicio de la precampaña, una limitación que -afirman- no fue establecida por el Congreso en las leyes electorales. Esa es la cuestión que ahora deberá dilucidarse en la jurisdicción constitucional, luego de que el Tribunal Superior Electoral (TSE) declinara conocer el fondo del caso y lo remitiera al Tribunal Constitucional.

Alegatos de la JCE

La JCE sostiene que ambas publicaciones se realizaron después de la entrada en vigor del Reglamento sobre Encuestas, vigente desde el 22 de mayo de 2026, pero antes del inicio del período oficial de precampaña, durante el cual sí estaría permitida la difusión de este tipo de estudios. El artículo 13 de la normativa prohíbe expresamente la publicación de encuestas con fines electorales fuera de esos plazos y contempla como sanción principal la suspensión temporal del registro de la firma entre seis meses y un año; la cancelación definitiva solo procedería en caso de reincidencia.

El expediente enfatiza, sin embargo, que la imputación tiene carácter provisional. La JCE deberá determinar durante la instrucción el grado de participación de ACD Media en la elaboración, autorización y difusión de las encuestas, mientras la empresa dispondrá de 10 días calendario para presentar su defensapruebas y argumentos jurídicos.

En medio de debate

La decisión se produce en medio de un intenso debate jurídico sobre la validez del reglamento. La Finjus sostuvo desde su aprobación que la JCE excedió las facultades que le confieren las leyes electorales al prohibir la publicación de encuestas antes de la precampaña. La entidad argumentó que la restricción carece de respaldo legal expreso y podría vulnerar derechos constitucionales como la libertad de empresa, la libertad de información y el acceso de la ciudadanía a datos de interés público.

Las objeciones no provinieron únicamente de ACD Media. También Participación Ciudadana presentó un recurso de reconsideración solicitando la revocación del artículo que establece la prohibición, al entender que contradice la legislación electoral vigente. Incluso la miembro titular de la JCEHirayda Marcella Fernández Guzmán, remitió una opinión sobre la constitucionalidad del reglamento.

Ante esos cuestionamientos, el Pleno de la JCE decidió sobreseer el conocimiento de los recursos de reconsideración hasta que el Tribunal Superior Electoral se pronunciara sobre las acciones de las que había sido apoderado, aunque el presidente del organismo, Román Jáquez Liranzo, aclaró posteriormente que esa decisión no suspendía la vigencia del reglamento.

El TSE, sin embargo, no conoció el fondo de la controversia. La mayoría del tribunal se declaró incompetente para decidir la impugnación y remitió el caso al Tribunal Constitucional, al entender que corresponde al control concentrado de constitucionalidad. Esa decisión también generó críticas de juristas y de Finjus, que sostuvieron que el TSE sí tenía competencia para examinar la legalidad del reglamento y advirtieron que trasladar automáticamente este tipo de controversias al Tribunal Constitucional altera el diseño institucional previsto por la Constitución.

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Fianza requerida a los dominicanos solicitantes de residencia a EE. UU. será de US$100,000 en adelante

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Santo Domingo, R.D.-El Departamento de Estado (DOS por sus siglas en inglés), informó el jueves que República Dominicana fue escogido como el primer país donde se aplicará un plan piloto en el que se le solicitará una fianza a algunos solicitantes visa de inmigrante que sean considerados como una carga pública por el cónsul que evalúe su caso.

Los montos de las fianzas serán de seis cifras, una información que fue publicada por el medio Washington Free Beacon y que luego fue compartida por el Departamento de Estado junto a una imagen de Marco Rubio.

Las fianzas se están estimando entre los 100,000 y los 250,000 dólares, según el citado medio.

Diario Libre conversó con Natalia Molano, vocera en español del DOS, quien dijo que no hay un monto establecido, indicó que el mismo será determinado individualmente por el oficial consular tras evaluar las circunstancias particulares de cada caso, con base en la legislación migratoria vigente.

  • Molano también explicó las razones por las cuales el país fue escogido para el inicio de este plan piloto que más adelante se extenderá a otros países.

«República Dominicana se escogió por el gran volumen y la escala de solicitudes de visa que maneja nuestra embajada en Santo Domingo. Es un programa piloto que se irá evaluando para determinar si se suman otros países o si se realizan modificaciones», explicó la funcionaria.

Evaluación comienza antes de la entrevista

La portavoz explicó que el análisis sobre una posible carga pública comienza incluso antes de la entrevista consular.

Una vez que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) aprueba la petición de residencia, el expediente es remitido al consulado con la información financiera presentada por el patrocinador mediante el affidavit de apoyo económico, documento obligatorio en este tipo de solicitudes.

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Imponen garantía de 10 mil pesos a hombre acusado de robar guagua y conducir vía contraria

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Santo Domingo, R.D.-El juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito NacionalRigoberto Sena, impuso una garantía económica de 10 mil pesos a un hombre captado en video mientras conducía en vía contraria por la avenida John F. Kennedy, luego de presuntamente robarse el vehículo que conducía en un dealer ubicado en el sector Villas Agrícolas.

El magistrado Rigoberto Sena, dispuso además impedimento de salida del país y presentación periódica para el imputado, Eugenio Mauricio Álvarez, y ordenó su inmediata puesta en libertad.

La medida fue cuestionada por Juan Carlos de Jesús Rosario, propietario del vehículo, quien denunció la impunidad y el desamparo que sienten los ciudadanos trabajadores frente al sistema de justicia. El comerciante manifestó su indignación y frustración, ya que el hecho estuvo a punto de costarle la vida a uno de sus hijos.

«Ese negocio me ha costado sacrificio y humillación para tenerlo ahí, gracias a Dios y a mis hijos que me han ayudado. Por poco aplasta a mi hijo y al conductor vienen y lo sueltan con una medida de 10,000 pesos. ¿Quién me paga a mí los daños y mi dinero?», expresó con impotencia.

Robo y persecución

Según el expediente, el imputado sustrajo una guagua Nissan NV350 Rider del establecimiento Cristal de Jesús Autoimport y emprendió la huida conduciendo de manera temeraria por varias vías del Distrito Nacional.

Los videos del recorrido del vehículo, transitando en sentido contrario por la avenida John F. Kennedy, se viralizaron en redes sociales y generaron preocupación entre conductores y peatones.

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