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Si se aprueba proyecto de ley los policias tendrán que tener perros y detectores de metales.

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Santo Domingo, R.D.-Fue aprobado en primera lectura en el Senado de la República el proyecto que busca reformar la Ley 590-16 de la Policía Nacional.

Tras siete meses de espera, los senadores reactivaron los trabajos de manera repentina, precisamente seis días después de que un joven de tan solo 18 años de edad fuese ultimado a quemarropa por un agente policial.

Uno de los aspectos principales que contiene la pieza votada por los senadores es el establecimiento de los procedimientos que deberán agotar los patrulleros cuando deban inspeccionar a la ciudadanía.

La iniciativa destaca la potestad que tienen los policías de registrar, en “su misión preventiva”, a las personas, sus accesorios que poseen o los medios de transporte. No obstante, aclara que deben respetar “los derechos y la dignidad humana”.

La intención de la iniciativa es que los agentes tengan la obligación de realizar las inspecciones “siempre” con la cámara corporal de la institución policial debidamente encendida.

Además, garantiza que el ciudadano registrado podrá grabar en todo momento, “cuando así lo desee”, el procedimiento al que es sometido.

Según las indicaciones del documento legislativo, los policías deberán circunscribirse a una exploración externa, superficial y momentánea de la indumentaria y los bienes que la persona porta. Esto tendrá que ser desarrollado por un personal de seguridad del mismo sexo.

Asimismo, la propuesta legislativa precisa que “ningún registro” podría basarse en “estereotipos, prejuicios o perfiles delictivos fundados en la raza, el origen étnico, la apariencia, o la identidad de género del ciudadano”.

La acción policial estará permitida en las vías, espacios públicos, establecimientos comerciales “o de otra naturaleza abiertos al público”.

El documento, depositado por el Poder Ejecutivo el pasado 8 de diciembre, indica que la intención de los agentes consistirá en la identificación de armas, municiones, explosivos, elementos cortantes, punzantes, contundentes o sus combinaciones.

Además, precisar que el ciudadano no tenga en su poder un bien robado o extraviado, así como “verificar que sea el propietario de un bien que posee”.

Asimismo, descartar la posesión de drogas o sustancias prohibidas y prevenir la comisión de un hecho punible o un comportamiento contrario a la convivencia que pueda afectar a las personas del entorno.

Por último, para asegurar la seguridad de los asistentes a una actividad o la identidad de una persona que desea ingresar a un lugar.

La iniciativa indica que estas acciones policiales deberán ser planificadas por el comandante o supervisor cuando se realicen en horario diurno.

Sin embargo, “cuando se realice en horas nocturnas”, deberá ser reportado antes y después de su práctica ante el supervisor o central de radio, dejando la trazabilidad del procedimiento policial.

Los comandantes de departamento, estación de policía y supervisores deberán verificar que los agentes dispongan “todos los elementos del cinturón multipropósito para el servicio”.

Este proyecto de ley será conocido, en segunda discusión, este viernes por el órgano legislativo. En caso de ser aprobado, deberá ser sometido al mismo procedimiento legislativo en la Cámara de Diputados, antes de ser enviado a las manos del presidente Luis Abinader.

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Aplazan para próxima semana decisión sobre extinción penal en caso de Jean Alain

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Santo Domingo, R.D.-Sera el lunes 17 de agosto cuando el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional dará  lectura al fallo sobre la solicitud de extinción de la acción penal en el proceso contra el ex procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez.

La decisión, que originalmente se conocería este miércoles, fue reprogramada de manera administrativa por la secretaría del tribunal, presidido por la magistrada Claribel Nivar e integrado además por las juezas Yisell Soto y Clara Castillo.

Los abogados del exprocurador, Carlos Balcácer y Nelly Rivas, solicitaron al tribunal declarar extinguida la acción penal y ordenar el cierre definitivo del caso, argumentando que el proceso está a punto de superar los seis años de duración, un retraso que, según sostienen, es enteramente atribuible al ministerio público.

Como sustento legal, invocaron jurisprudencia del Tribunal Constitucional que establece en cuatro años el plazo razonable en materia penal, así como la Ley 97-25, que restringe las causales para prorrogar ese plazo a casos de fuga, rebeldía o dilaciones justificadas mediante resolución motivada emitida en su momento circunstancias que, según la defensa, no se configuran en este expediente.

El órgano acusador pidió rechazar la petición, al considerar que carece de fundamento jurídico y que ha sido el propio imputado quien ha buscado dilatar el conocimiento del proceso y de las pruebas en su contra.

Ortiz precisó que aplazamientos por motivos de salud, intervenciones quirúrgicas, solicitudes de la propia defensa, derechos del personal judicial y la carga de trabajo de los tribunales no pueden atribuirse al órgano persecutor.

Citó como precedente la resolución del mismo tribunal del 17 de marzo de 2025 en el caso contra Juan Alexis Medina Sánchez, cuando también fue rechazada una solicitud similar.

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El «Jamaquen» es extraditado a Puerto Rico imputado de narcotráfico.

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Santo Domingo, R.D.-Fue entregado a las autoridades de los Estados Unidos por la República Dominicana David Armando Brito Brito (El Jamaquen) acusado de formar parte de una organización criminal dedicada al narcotráfico, lavado de activos y otros delitos.

Se recuerda que la Procuraduría General de la República (PGR) informó del arresto de este hombre el pasado mes de mayo, tras varios allanamientos en el Distrito Nacional, Santo Domingo Este y La Altagracia en seguimiento a la Operación PT7.

La autorización de la extradición de David Armando Brito Brito se realizó a través del decreto 346-26 y salió del país por el Aeropuerto Internacional de Las Américas, donde fue entregado a oficiales estadounidenses que lo trasladaron bajo custodia hacia Puerto Rico para responder en un tribunal las acusaciones que pesan en su contra.

“La captura y posterior extradición del dominicano es parte del trabajo conjunto, la cooperación y el intercambio constante de información entre la Republica Dominicana y Estados Unidos para capturar a fugitivos buscados por cometer delitos de narcotráfico, fraudes, lavado, asesinatos, violaciones, entre otros”, explicaron las autoridades.

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RD no realiza transbordo de productos chinos, aclara Gobierno dominicano.

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Santo Domingo, R.D.-Las autoridades de la República Dominicana aclararon que el informe de la Casa Blanca titulado “La Gran Estafa del Transbordo”, el cual analiza prácticas ilegales mediante las cuales mercancías procedentes de países con aranceles más altos, especialmente China, podrían ser enviadas a terceros países para luego reexportarse a los Estados Unidos, no involucra, en términos generales al país en acciones ilícitas de esa naturaleza.

A través de un comunicado, enviado desde el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), se informó que el informe no impone ni anuncia ningún tipo de sanción, penalidad, restricción comercial o medida arancelaria contra el país. Lo que hace es identificar riesgos potenciales asociados a determinadas rutas, productos y plataformas logísticas en más de 40 países.

El MICM señala que en el caso específico de República Dominicana, el informe la ubica dentro de un grupo de economías de menor escala que, por contar con zonas francas, infraestructura portuaria y logística, capacidad de manufactura especializada y acceso preferencial al mercado estadounidense, pudieran resultar atractivas para operadores ilícitos.

“La República Dominicana es una plataforma real de manufactura, zonas francas y logística. Aquí existen plantas, inversión, trabajadores dominicanos y procesos productivos que generan valor antes de exportar a los Estados Unidos. Una cosa es triangulación ilícita y otra muy distinta es manufactura legítima, inversión productiva y nearshoring”, expresó el Ministerio.

El MICM subrayó que comparte plenamente el objetivo de los Estados Unidos de impedir que cualquier empresa utilice territorio dominicano para evadir ilegalmente aranceles, falsear el origen de una mercancía, reetiquetar productos o vulnerar compromisos comerciales asumidos con socios estratégicos.

“Si existe alguna operación irregular, la República Dominicana es la primera interesada en identificarla, corregirla y sancionarla conforme a la ley. Nuestro país no promueve ni tolera prácticas dirigidas a encubrir el origen real de mercancías, evadir aranceles o afectar la confianza de nuestros socios comerciales”, indicó la institución.

Asimismo, el MICM informó que trabaja de manera coordinada con las autoridades aduaneras y comerciales nacionales, y que mantendrá el diálogo con las autoridades estadounidenses competentes para entender los indicadores específicos señalados en el informe y fortalecer aún más la trazabilidad, los controles y los mecanismos de cooperación bilateral.

“El objetivo del Gobierno dominicano es claro: distinguir entre la triangulación ilegal y la producción legítima que ocurre cuando una empresa invierte, produce, emplea dominicanos y transforma bienes en la República Dominicana. Esa distinción es fundamental para proteger la reputación del país, defender el comercio formal y preservar la confianza de nuestros socios comerciales”, agregó el MICM.

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