Opinión
Persistente empeño en aniquilar el PRD
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13 años agoon
Por Juan Bolívar Díaz
El presidente del PRD mantiene secuestrado y encadenado ese partido, y negado a dar vigencia a sus organismos, prolongando una crisis que sólo tendría solución con una convención transparente que elija nuevos dirigentes
El Partido Revolucionario Dominicano (PRD) ha entrado en un tercer año consecutivo de crisis institucional que prolonga una agonía que lo incapacita para ejercer el papel de oposición y equilibrio político que requiere el desarrollo democrático nacional, sin que se vislumbre una salida que no sea una convención democrática.
Numerosos esfuerzos por alcanzar acuerdos para convocar los organismos de dirección de ese partido han tropezado con la resistencia de su presidente Miguel Vargas Maldonado, quien parece haber asumido la misión de desguañangar una organización que en sus 74 años ha sobrevivido a múltiples avatares.
Se profundiza la agonía
La pretendida expulsión del expresidente de la República Hipólito Mejía y del presidente en funciones del PRD Andrés Bautista, así como la suspensión por 2 años de su secretario general Orlando Jorge Mera y su secretaria nacional de organización Geanilda Vásquez, profundiza la agonía del más antiguo instrumento del sistema partidista dominicano, sin que se vislumbre posibilidad de rectificación.
El 2012 terminó en la expectativa de que el presidente del partido blanco, Miguel Vargas Maldonado respondiera una solicitud de más de un centenar de dirigentes de que convocara la Comisión Política (CP) perredeísta para abrir una vía institucional de entendimiento. Pero la respuesta al comenzar el año ha sido la convocatoria a un juicio disciplinario que abona la división.
Con la casa nacional del PRD encadenada y con impedimento de entrada de sus dirigentes nacionales e históricos, Vargas Maldonado monta un tribunal disciplinario sin la menor legitimidad estatutaria ni democrática, ya que fue conformado por seguidores de su fracción, violentando el principio de que no se puede ser juez y parte a la vez.
Resulta grotesco que tuvieran que apelar a oficiales de la Policía para hacer prevalecer un listado de quienes podían o no ingresar al local partidario. Hasta la “peligrosa profesora” doña Ivelisse Prats está impedida de entrar a sus oficinas. El juez presidente sería Rafael Francisco Vázquez (Fiquito), con un largo historial conflictivo desde que en 1985 armó un tiroteo que anarquizó una convención que pretendía elegir candidato presidencial, y quien en 1998 fue expulsado del partido junto a otros nueve diputados por aliarse al gobierno de Leonel Fernández desafiando a su dirección.
Fiquito Vásquez fue designado presidente del tribunal el 1 de noviembre del 2012 en sustitución de José Luis Tavárez, quien había sido electo apenas cuatro meses antes, el 29 de junio. Quien actuó de fiscal, Geovanny Tejada, fue designado el 3 de junio pasado en sustitución de Nelson Arroyo, antes que este terminara su período en el 2013. En una instancia de impugnación elevada ante el Tribunal Superior Electoral y pendiente de fallo, se documenta que esas designaciones no fueron ratificadas por la CP como indica el artículo 206 de los estatutos partidarios ni acorde con el 31, 121 y 172.
Una división irrevocable
En El Tema de Hoy del 3 de junio del 2012 se planteaba que “el PRD está fraccionado desde la convención que escogió candidato presidencial hace 15 meses y si no pudo reunificarse aún cuando las encuestas lo proyectaban ganador de las elecciones, parece casi imposible que lo logre tras la derrota”. Numerosos esfuerzos realizados desde entonces han ratificado ese criterio.
A un año y diez meses de la convención del 6 de marzo del 2011 que escogió a Hipólito Mejía candidato presidencial, Vargas y parte de quienes le siguieron todavía no aceptan que perdieron como lo entendió más de un 90 por ciento de los perredeístas que se incorporaron a su campaña electoral y la opinión pública que desde el principio legitimó la votación. El resentimiento y odio parece haber guiado su accionar político, constituyéndose en caballo de Troya durante la campaña y permitiendo que sus más cercanos hasta hicieran proselitismo por la candidatura peledeísta. Decepcionó hasta su propia familia que poco antes de la votación se empeñó en invitarlo a un almuerzo de reconciliación al que asistió Mejía.
Reclamando una “presidencia institucional” que él mismo había propuesto que correspondiera a quien fuera el candidato, Vargas aceptó una medicación encabezada por el especialista en conflicto Nelson Espinal para proclamar a Mejía candidato, pero resistió todos los intentos de reunirlos, incluidos los que hicieron cercanos a él como Peggy Cabral viuda Peña Gómez, y los reconocidos médicos José Joaquín Puello y César Mella. Hasta el expresidente panameño Martín Torrijos fracasó como mediador.
Mientras casi todos los integrantes de su estado mayor en la lucha por la candidatura se incorporaban a la campaña perredeísta, incluyendo a tres de los cuatro que hizo sancionar esta semana (Bautista, Orlando y Geanilda), y que le seguían en la jerarquía partidaria, Vargas se mantuvo encerrado. También se le alejaron la presidenta de las mujeres Janet Camilo y el presidente de la Juventud perredeísta, así como Alfredo Pacheco, quien dirigiera su campaña interna, y otros relevantes como Neney Cabrera, Eligio Jáquez, Jesús Vásquez, Roberto Fulcar, Andy Dauhajre y Pëggy Cabral.
De los dirigentes perredeístas nacionales reconocidos sólo siguen respaldando a Vargas: Fiquito Vásquez, Julio Maríñez, Aníbal García, Ruddy González, César Díaz Filpo, Alejandro Abréu, Wilfredo Alemany y Nelson Marte, varios de ellos funcionarios pagados del partido, cuyo presupuesto maneja solito el presidente.
Responsabilidad compartida
Es obvio que la responsabilidad de la crisis rebasa el resentimiento de Vargas Maldonado y se extiende al primitivismo político con que a menudo actúa Hipólito Mejía, y a todo su alto liderazgo que se acostumbró a los acuerdos de aposento, al margen de los organismos, lo que degradó la democracia interna. Aunque Vargas lo extremó cuando invirtió una altísima suma de dinero para comprar voluntades y actuó como quien adquiere una nueva empresa, sin capacidad para gerenciar las diversidades y disensiones.
Los organismos perredeístas medios y de base han venido siendo inmovilizados desde antes que Vargas asumiera la presidencia y las ambiciones personales han predominado sobre los objetivos partidarios y ni hablar de los propósitos nacionales. La mayoría de sus dirigentes lucen desmovilizados, dejando todo el espacio a los más ambiciosos y ha permitido que la crisis se vea como un simple enfrentamiento entre Vargas y Mejía.
La crisis del PRD no deja de ser una expresión de la crisis de la institucionalidad democrática nacional, donde el estrado de derecho y la legitimidad son carcomidas por la corrupción y la imposición para mantener privilegios cada vez desproporcionados. Es obvio que la confrontación perredeísta ha sido estimulada y financiada con los recursos del Estado y abonada por los repartos originados en el pacto del 2009 del presidente Leonel Fernández con Vargas Maldonado, quien a título de excandidato comprometió al PRD pasando por encima a todos sus dirigentes y organismos. Por eso Fernández le dio una cuota en la Suprema Corte, el Tribunal Constitucional y el Tribunal Superior Electoral, lo que se pregona como una de sus “fortalezas”.
La voluntad democrática
A pesar de que el precario equilibrio de la democracia dominicana requiere un partido de oposición, cada vez más hay quienes quitan relevancia al PRD y hasta se plantea que lo más conveniente podría ser que acabaran de desguañangarlo, para ver si surge una mejor alternativa partidista, lo que no parece a la vista, dado el conservadurismo y la desmovilización predominantes.
En los cenáculos políticos se advierte que la división del PRD es irremisible por los intereses que la alientan, entre ellos porque parece la mejor garantía para que Leonel Fernández vuelva al poder en el 2016, reeditando el continuismo de Santana, Báez, Lilís, Horacio, Trujillo y Balaguer, hilo conductor de la historia política nacional.
Lo que se puede discutir es si la división se producirá civilizadamente o por actos de violencia e imposición. Si la mayoría de sus dirigentes, más allá de las voluntades de Vargas y Mejía, se lo propusieran tal vez podrían lograr algún arbitraje y una observación externa capaz de incentivar la realización de una convención democrática, donde quede certificada la voluntad de las mayorías de los perredeístas.
Es lo que han propuesto y pactado varias comisiones, la última en Septiembre pasado integrada por Peggy Cabral, Neney Cabrera, Nelson Espinal, Siquió NG de la Rosa, Eligio Jáquez, William Jana y Angel de la Cruz. Obtuvo apoyo de los cuatro recién sancionados, pero Vargas no respondió. Como tampoco respondió la solicitud del centenar de dirigentes, por iniciativa de una “tercera fuerza”, que en noviembre pidió reunir la Comisión Política para iniciar el proceso de elección de nuevos dirigentes.
Vargas Maldonado aduce que su mandato de 4 años termina en el 2014, porque según él comenzó en el 2010. Los periódicos y documentos permiten establecer que fue propuesto a “unanimidad” por una reunión de la Comisión Política el 7 de junio del 2009. La segunda resolución de la XXVII Convención Nacional Ordinaria del 19 de julio del mismo año indica: “Se aprueba la elección del compañero Ing. Miguel Vargas Maldonado y en consecuencia se proclama como presidente del Partido Revolucionario Dominicano para el período 2009-2013”.
Dos días antes, el 17, la entonces Cámara Contenciosa de la JCE, mediante su Resolución 049-2009 estableció “como al efecto declara, en cuanto al fondo, buena y válida la convocatoria única y exclusivamente para la proclamación y juramentación del Ing. Miguel Vargas Maldonado como presidente del Partido Revolucionario Dominicano a celebrarse el domingo 19 de julio del 2009, dentro de las actividades de la XXVII Convención Nacional Ordinaria, por haber sido realizada por los organismos competentes, de conformidad con los Estatutos del PRD y el Reglamento de la indicada convención”.
Por Oscar López Reyes
Pretendiendo prolongar la creencia de internet del “chivo sin ley” (“fake news” o noticias falsas, desinformación, manipulación, coerción, ciberdelincuencia, etc.), el nuevo Código Penal -estipula condenas hasta de 40 años- ha sido rebautizado como la Ley Mordaza por pseudo-periodistas, “comunicadores” sin títulos universitarios ni otro aval académico o gremial que ejercen el chantaje extorsivo mediático monetario. ¿Acaso asistimos a una revancha en favor de la impunidad de los delitos de palabras (más devastadores que una bala), el aborto, la corrupción y el narcotráfico?
Está en marcha, y crece, la industria de la intimidación, amparados los extorsionadores en el libertinaje digital, la dañina viralidad y la percepción de impunidad por la ausencia de sanción penal. Pululan, especialmente en las redes sociales y la radio, las advertencias de divulgar datos comprometedores o retirar los difundidos si no les efectúan transferencias económicas inmediatas.
Nunca como ahora, malandrines con el antifaz de periodistas presionan y emprenden campañas de descréditos contra figuras públicas, empresarios y políticos con noticias falsas o descontextualizadas, montajes digitales, ediciones tendenciosas, titulares sensacionalistas, perfiles falsos, fotografías e informaciones íntimas y sensibles, rumores espúreos, imágenes o videos manipulados y otros datos personales perjudiciales.
¿Por estos y otros tipos de modus operandi, ha oído usted que condenaron a un director de diario, a un egresado universitario de comunicación social o a otros profesionales del ecosistema informativo?
Sencillamente, “agua pasada no mueve molino”. Más que una persecución contra la libertad de expresión, las campanas repican contra el delito de extorsión mediática, una modalidad delictiva que le está ganando a los abogados extorsionistas.
Categóricamente, ha tomado cuerpo un delito penal grave, que conlleva a penas de cárcel, útil como un mecanismo disuasivo para sujetos con patrones de conductas impulsivas, terroríficas e incontrolables. Ellos están atrapados por trastornos episódicos y sin arrepentimiento, que se vuelven un peligro público, y que ameritan de psicoterapia, como palpablemente se ha visto últimamente. La prisión apuntala como un preferible tono de voz para calmar el dolor de las víctimas y evitar que respondan con el castigo de una paliza o la muerte.
Alégase que el Tribunal Constitucional ha despenalizado delitos de prensa, pero no olvidemos que últimamente esa instancia se ha constituido en una afrenta para la sociedad. Ha estado aplicando el derecho desde la Luna, divorciado de la realidad, y creándole más conflictos al Estado, sancionando sentencias absurdas, que instituciones oficiales no están en capacidad de cumplir, porque de hacerlo dejarían sin presupuesto la salud, la educación, las obras públicas y otros servicios sociales.
Igual de mal andan senadores y diputados, que son marionetas del populismo y que se doblegan en un santiamén, como si asistieran a un convite de comadres. Luego de más de 20 años discutiendo para lograr la aprobación del Código Penal, ahora esos legisladores acceden fácilmente, como si tuvieran en brazos de Morfeo, a dar rienda suelta a la propuesta para modificarlo sin ser sometido a pruebas, porque ni siquiera ha entrado en vigencia.
Valga referir, como aporte adicional a las anotaciones preexistentes, que los más diversos autores doctrinarios internacionales sobre el derecho a la información concuerdan en que la libertad de expresión es un derecho fundamental, pero no absoluto, que precisa de límites para proteger derechos de terceros y garantizar el orden social. Basta citar a Alejandro Fuenmayor E. en El derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública, Francisco Morera Alfaro en Los derechos de los ciudadanos frente a las tareas de la información, Enrique Villalobos Quirós en El derecho a la información y Manuel Fernández Areal en Introducción al derecho de la información.
Y, ¿cuál otro? Sí, podemos leer a Carlos Soria en Derecho a la información y derecho a la honra; A. Hugo Osorio Meléndez en Políticas de información y derecho. Estudio comparativo; Eduardo Nova Monreal en Derecho a la vida privada y libertad de información. Un conflicto de derechos; Ernesto Villanueva e Issa Luna Pla en El derecho de acceso a la información, y Orrin E. Klapp en Información y moral. Estrategias de apertura y cierre ante la nueva información.
En esa óptica, ¿qué dice el nuevo Código Penal?
Acerca de la difamación extorsiva, el artículo 209 expresa que “Quien haga imputación pública a una persona, física o jurídica, de un hecho preciso o concreto que le afecta en su honor o en su consideración, buen nombre, imagen, dignidad e integridad familiar, por cualquier forma pública, … le cause un perjuicio, y con ello obligue o procure obligar a la víctima a ceder a sus exigencias, será sancionado con pena de cinco a diez años de prisión mayor y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público”.
En esta circunstancia, más que acudir a la violencia como los iracundos, la alternativa más expedita para los injuriados y acosados está en el sometimiento judicial para que un juez decida, interponiendo las pruebas y colocando otras piezas regidos por los fundamentos del derecho, dictaminen la culpabilidad o inocencia del imputado. Y todavía para las partes queda la opción de apelar la sentencia.
Si el Congreso Nacional y el Tribunal Constitucional modifican el nuevo Código Penal, al unísono tendrán que hacer una revolución, en virtud de que en República Dominicana a través de varias leyes son perseguibles y sancionables con prisión el chantaje, las campañas injuriosas y difamatorias, los rumores falsos, las expresiones ofensivas o despectivas por medios informáticos, telemáticos o audiovisuales (redes sociales, internet, blogs) y prensa escrita.
¿Y cuáles son esas disposiciones legales?
Son la Ley 183-02 Monetaria y Financiera, la Ley 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales; la Ley 53-07 Contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, la Ley 136-03 o Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y otras, que contemplan encierros carcelarios de hasta diez años y multas de hasta dos millones 500 mil pesos o 500 veces el salario mínimo del sector público. ¡Muy bien!
Aunque luzca una irreverencia y un riesgo decirlo, el sometimiento judicial a un periodista por difamación e injuria representa una prueba para demostrar su profesionalidad y apego a las leyes y a los principios y valores éticos en el manejo informativo y el análisis interpretativo. Si así fuere, ¿por qué tanto miedo?
Con frecuencia, ciertas esferas de los diarios exageran y procuran rehuir para no colocarse frente a un crucifijo, por la aversión y el temor traumático, arrastrado por sangrientas experiencias pretéritas. Preservemos el contenido del nuevo Código Penal, y actuemos con la potestad de informar y opinar sin censura ni autocensura, pero ajustados al derecho, y caminando derecho.
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El autor: Periodista, mercadólogo, catedrático, escritor y gremialista.
Por Isaías Ramos
República Dominicana no enfrenta solo un debate salarial. Enfrenta una crisis de arraigo, identidad, soberanía laboral y cumplimiento constitucional. Durante las últimas tres décadas se consolidó un modelo de bajos salarios, débil fiscalización y desorden migratorio-laboral. Pero desde la Constitución de 2010, que consagra el Estado Social y Democrático de Derecho, esa falla dejó de ser solo económica: se convirtió en contradicción frontal con el mandato constitucional. Hoy el problema se ha agudizado. La pregunta es necesaria: ¿para quién funciona realmente este modelo económico?
Según el Informe sobre Democracia y Desarrollo 2026 del PNUD, 39.5% de las personas en República Dominicana contempla irse a vivir o trabajar a otro país, frente a 31.7% en América Latina y el Caribe: 395 de cada 1,000 personas, contra 317 de cada 1,000 del promedio regional. La principal razón para emigrar es la falta de oportunidades económicas: 58.4%.
Ese dato debe estremecer. Los dominicanos no contemplan irse porque no amen su patria. Contemplan irse porque trabajan, luchan, pagan transporte, comida, impuestos y deudas, y aun así sienten que no avanzan. La emigración deseada es un voto de desconfianza contra un modelo que produce crecimiento, pero no suficiente esperanza.
La Constitución no manda una República para administrar resignación. Define al país como Estado Social y Democrático de Derecho, fundado en la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo y la soberanía popular. También reconoce que todo trabajador tiene derecho a un salario justo y suficiente para vivir con dignidad, y declara de alto interés la nacionalización del trabajo.
Por eso, el salario justo no es una consigna. Es mandato constitucional.
La evidencia salarial es contundente. En el primer trimestre de 2026, la ONE reportó que el salario mensual promedio por empleado formal fue RD$34,621. Incluso los sectores mejor remunerados —minas y canteras, organismos extraterritoriales y electricidad— promediaron RD$79,724, RD$70,541 y RD$67,246. Si ese es el techo salarial formal, el país debe preocuparse: muchos ingresos permiten consumir, pero no necesariamente progresar, ahorrar, comprar vivienda o construir patrimonio.
La canasta básica familiar nacional llegó en mayo de 2026 a RD$49,268.36; la del primer quintil fue RD$29,489.84 y la del segundo RD$38,441.67. Frente a eso, demasiados salarios formales siguen siendo salarios de supervivencia. Ahí está el corazón del problema: están convirtiendo la pobreza salarial en ventaja competitiva.
El primer deber de los gobiernos debe ser garantizar salarios justos y dignos. El segundo, aplicar la indexación del mínimo exento del impuesto al salario. La DGII reconoce para 2026 una exención contributiva hasta RD$416,220 anuales y, al mismo tiempo, que por la Ley de Presupuesto queda sin efecto el ajuste previsto en el artículo 327 del Código Tributario. En palabras simples: los gobiernos siguen cobrándole inflación al trabajador formal.
La excusa fiscal tampoco basta. Hacienda estima el gasto tributario de 2026 en RD$393,541.54 millones, equivalente a 4.54% del PIB. Entonces la pregunta no es si hay recursos; la pregunta es a quién deciden proteger primero los gobiernos.
Tercer deber: no hay exenciones sin salario digno. Todo régimen con privilegios fiscales debe demostrar retorno social: salario digno, formalidad, transparencia, capacitación y movilidad salarial.
Cuarto deber: hacer cumplir el 80/20 laboral. El Código de Trabajo establece que al menos 80% de los trabajadores de una empresa debe ser dominicano, y que al menos 80% de la nómina debe corresponder a trabajadores dominicanos, con las excepciones previstas por la ley.
La alerta está en los medios. Almomento, citando la Encuesta Sectorial Construcción 2025 del Instituto Nacional de Migración, afirma que la mano de obra haitiana representa 68.3% de los trabajadores de la construcción, frente a 31.1% de locales; en empresas formales, la proporción sería 69.1% haitiana y 30.2% dominicana. Ese dato exige auditoría nacional. Si se confirma, sería una inversión práctica del mandato de nacionalización del trabajo, con consecuencias salariales, demográficas, culturales e identitarias.
Hay que decirlo sin odio ni confusión: el problema no es el inmigrante pobre que busca trabajo. El problema son los gobiernos que han permitido el desorden. No son los extranjeros los culpables de desplazar al trabajador dominicano; los responsables son las autoridades llamadas a cumplir y hacer cumplir la Constitución, el Código de Trabajo, la ley tributaria y el orden migratorio-laboral.
Donde debía haber control, hubo tolerancia. Donde debían estar las fronteras resguardadas, hubo abandono, corrupción sin consecuencias y complicidad con el desorden. Donde debía prevalecer la Constitución, se traicionó el interés nacional. Donde debía haber salario justo, hubo precariedad. Donde debía haber defensa del trabajo dominicano, hubo indiferencia. Y donde debía haber cumplimiento de la ley, hubo gobiernos mirando hacia otro lado.
Ese desorden empuja al dominicano a emigrar y a la nación a perder cohesión, identidad, soberanía laboral y control sobre su destino.
Desde el Frente Cívico y Social sostenemos que la patria no se defiende culpando al inmigrante pobre. Se defiende cumpliendo la Constitución, pagando salarios dignos, indexando el impuesto al salario, ordenando la frontera y haciendo cumplir el 80/20.
República Dominicana no necesita una economía que administre resignación. Necesita una economía que produzca arraigo.
Los dominicanos no quieren irse. Los están empujando.
Ya basta. Llegó la hora de hacer valer la Constitución y activar, de verdad, el Estado Social y Democrático de Derecho: un Estado que no esté de rodillas ante los privilegios, sino de pie junto al pueblo trabajador.
Opinión
Derechos de las personas durante la investigación de la Corte Penal Internacional
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2 días agoon
julio 1, 2026Por Rommel Santos Díaz
En las investigaciones realizadas de conformidad con el Estatuto de la Corte Penal Internacional nadie será obligado a declarar contra sí mismo ni a declararse culpable.
De acuerdo con el Estatuto de Roma nadie será sometido a forma alguna de coacción, intimidación o amenaza, a torturas ni a otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes.
En el proceso de investigación de la Corte Penal Internacional , quien haya de ser interrogado en un idioma que no sea el que comprende y habla perfectamente contará, sin cargo alguno, con los servicios de un intérprete competente y las traducciones que sean necesarias a los efectos de cumplir el requisito de equidad.
De conformidad con el Estatuto de Roma nadie será sometido a arresto o detención arbitrarios ni será privado de su libertad salvo por los motivos previstos en el Estatuto y de conformidad con los procedimientos establecidos en él.
Cuando haya motivos para creer que una persona ha cometido un crimen de la competencia de la Corte Penal Internacional y esa persona haya de ser interrogada por el Fiscal o por las autoridades nacionales, o en cumplimiento de una solicitud hecha de acuerdo las disposiciones del Estatuto de Roma tendrá el derecho a ser informada.
Dentro de los derechos que tiene una persona en el proceso de investigación de la Corte Penal Internacional el Estatuto de Roma señala el de ser informada de que existen motivos para creer que ha cometido un crimen de la competencia de la Corte.
Antes del interrogatorio la persona también deberá ser informada de que tiene derecho a guardar silencio , sin que ello pueda tenerse en cuenta a los efectos de determinar su culpabilidad o inocencia.
Cabe destacar que en el proceso de investigación de la Corte Penal Internacional la persona tiene derecho a ser asistida por un abogado defensor de su elección o, si no lo tuviere, a que se le asigne un defensor de oficio, siempre fuere necesario en interés de la justicia y , en cualquier caso, sin cargo si careciere de medios suficientes.
Finalmente, la persona tendrá el derecho a ser interrogada en presencia de un abogado, a menos que haya renunciado voluntariamente a su derecho a asistencia letrada de conformidad con lo establecido en el Estatuto de Roma.
