En tal sentido, Jean Alain Rodríguez envió una circular, el 14 del mes de septiembre de 2016, a los Procuradores Adjuntos, Procuradores Generales de Corte de Apelación, Fiscales Titulares y Fiscalizadores, para que sea remitido en el plazo de 48 horas, un listado físico y electrónico de todos los activos y bienes muebles e inmuebles que hayan sido incautados y/o secuestrados y/o decomisados puestos bajo su custodia y/o administración.
También precisaba que, dicho reporte debía incluir todas las especificaciones de los bienes, así como una copia de los documentos que formen parte del proceso correspondiente, de manera tal que éstos puedan ser identificados e individualizados en precisión y rapidez.
Estas informaciones debían ser remitidas al Despacho del Procurador, con copia a Sharon Cabral, directora de la Dirección de Coordinación Institucional, acompañadas de un formulario de declaración jurada que se anexaba a la circular, que debía ser firmado por cada uno de los miembros del Ministerio Público que poseían bienes incautados asignados.
Por instrucciones de Jean Alain, fue designado como director de la Unidad de Custodia y Administración de Bienes Incautados, al acusado Alejandro Martín Rosa Llanes, compañero de estudios primarios en el Colegio Loyola de Santo Domingo, del ex procurador y del señor Rafael Canó Sacco, persona de confianza mutua, garantía del acatamiento irrestricto de órdenes superiores.
Durante su gestión al frente de la Procuraduría Jean Alain, en su calidad de presidente del Consejo Superior del Ministerio Público promovió, sometió y logró la aprobación de dos Reglamentos Operativos del Ministerio Público para la Custodia, Administración y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles Incautados y Decomisados, en las 25 de enero del 2018 y 18 de junio del 2019, conforme las actas de sesiones del Consejo Superior del Ministerio Público (CSMP).
La última versión del reglamento, justo previo a la subasta realizada en el año 2019, tuvo entre sus modificaciones significativas, la inclusión de la modalidad de subasta en sobre cerrado, como acto preparatorio de ser aplicada a la subasta PSBI-01-2019; flexibilización de las prohibiciones de ser ofertantes, subordinándola a que el funcionario o empleado público, haya tenido participación directa en el caso o proceso de incautación del bien cuestión; y la supresión de la comisión de ventas para bienes muebles e inmuebles incautados de la Procuraduría General de la República, otorgándole al Procurador la dirección sobre el tema en particular.
El reglamento erigió por encima del CSMP, las funciones de los acusados Jean Alain y Alejandro Martín Rosa Llanes, facultándoles para que prepararan un listado de los bienes que se pretendían disponer, organizando y ejecutando un proceso ilegal de subasta de bienes decomisados a favor del Estado Dominicano,
Entre los casos se encuentran el de Figueroa Agosto, Ferrer-Abad, Hermanos Buitrago (Caleta), José Calderón Rijo (a) La Araña, Bertilio Solano (a) El Lento y Paya, bajo la autorización del acusado Jean Alain Rodríguez Sánchez, mecanismo que sirvió para desfalcar y estafar al Estado Dominicano.
El ya citado reglamento operativo, vino a desarrollar por vía reglamentaria, aspectos expresamente contenidos en la Constitución Dominicana y las leyes, como lo es la enajenación de bienes pertenecientes al Estado Dominicano.
En esta tipología criminal se enmarca la supuesta subasta del apartamento 11-E del Condominio Pedro Henríquez Ureña, ubicado en la Avenida Pedro Henríquez Ureña No. 131, La Esperilla, Distrito Nacional, decomisado en el Caso José David Figueroa Agosto, que fue cedido en ocupación a la empresa Asteria Mercantil S.R.L., para fines de vivienda.
La referida empresa pertenece al ciudadano José Augusto Montás Cabrera, hermano de la señora Shaula Thais Montás Cabrera, persona de confianza de Jean Alain, quien la designó en el cargo de Coordinadora, en la denominada Dirección de Coordinación Institucional de la Procuraduría General de la República, y lo había acompañado en el CEI-RD con el cargo de SubGerente, en la Gerencia de Call Center and BPO (Business Process Outsourcing).