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Continúan revelaciones sobre festival de corrupción de Jean Alain.

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Santo Domingo, RD.-El exprocurador Jean Alain Rodríguez recurrió a maniobras vergonzantes como el manejo dado a la Unidad de Custodia de Bienes de la Procuraduría General de la República.

En tal sentido, Jean Alain Rodríguez envió una circular, el 14 del mes de septiembre de 2016, a los Procuradores Adjuntos, Procuradores Generales de Corte de Apelación, Fiscales Titulares y Fiscalizadores, para que sea remitido en el plazo de 48 horas, un listado físico y electrónico de todos los activos y bienes muebles e inmuebles que hayan sido incautados y/o secuestrados y/o decomisados puestos bajo su custodia y/o administración.

También precisaba que, dicho reporte debía incluir todas las especificaciones de los bienes, así como una copia de los documentos que formen parte del proceso correspondiente, de manera tal que éstos puedan ser identificados e individualizados en precisión y rapidez.

Estas informaciones debían ser remitidas al Despacho del Procurador, con copia a Sharon Cabral, directora de la Dirección de Coordinación Institucional, acompañadas de un formulario de declaración jurada que se anexaba a la circular, que debía ser firmado por cada uno de los miembros del Ministerio Público que poseían bienes incautados asignados.

Por instrucciones de Jean Alain, fue designado como director de la Unidad de Custodia y Administración de Bienes Incautados, al acusado Alejandro Martín Rosa Llanes, compañero de estudios primarios en el Colegio Loyola de Santo Domingo, del ex procurador y del señor Rafael Canó Sacco, persona de confianza mutua, garantía del acatamiento irrestricto de órdenes superiores.

Durante su gestión al frente de la Procuraduría Jean Alain, en su calidad de presidente del Consejo Superior del Ministerio Público promovió, sometió y logró la aprobación de dos Reglamentos Operativos del Ministerio Público para la Custodia, Administración y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles Incautados y Decomisados, en las 25 de enero del 2018 y 18 de junio del 2019, conforme las actas de sesiones del Consejo Superior del Ministerio Público (CSMP).

La última versión del reglamento, justo previo a la subasta realizada en el año  2019, tuvo entre sus modificaciones significativas, la inclusión de la modalidad de subasta en sobre cerrado, como acto preparatorio de ser aplicada a la subasta PSBI-01-2019; flexibilización de las prohibiciones de ser ofertantes, subordinándola a que el funcionario o empleado público, haya tenido participación directa en el caso o proceso de incautación del bien cuestión; y la supresión de la comisión de ventas para bienes muebles e inmuebles incautados de la Procuraduría General de la República, otorgándole al Procurador la dirección sobre el tema en particular.

El reglamento erigió por encima del CSMP, las funciones de los acusados Jean Alain y Alejandro Martín Rosa Llanes, facultándoles para que prepararan un listado de los bienes que se pretendían disponer, organizando y ejecutando un proceso ilegal de subasta de bienes decomisados a favor del Estado Dominicano,

Entre los casos se encuentran el de Figueroa Agosto, Ferrer-Abad, Hermanos Buitrago (Caleta), José Calderón Rijo (a) La Araña, Bertilio Solano (a) El Lento y Paya, bajo la autorización del acusado Jean Alain Rodríguez Sánchez, mecanismo que sirvió para desfalcar y estafar al Estado Dominicano.

El ya citado reglamento operativo, vino a desarrollar por vía reglamentaria, aspectos expresamente contenidos en la Constitución Dominicana y las leyes, como lo es la enajenación de bienes pertenecientes al Estado Dominicano.

En esta tipología criminal se enmarca la supuesta subasta del apartamento 11-E del Condominio Pedro Henríquez Ureña, ubicado en la Avenida Pedro Henríquez Ureña No. 131, La Esperilla, Distrito Nacional, decomisado en el Caso José David Figueroa Agosto, que fue cedido en ocupación a la empresa Asteria Mercantil S.R.L., para fines de vivienda.

La referida empresa pertenece al ciudadano José Augusto Montás Cabrera, hermano de la señora Shaula Thais Montás Cabrera, persona de confianza de Jean Alain, quien la designó en el cargo de Coordinadora, en la denominada Dirección de Coordinación Institucional de la Procuraduría General de la República, y lo había acompañado en el CEI-RD con el cargo de SubGerente, en la Gerencia de Call Center and BPO (Business Process Outsourcing).

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Exprocurador sostiene que declaraciones de Wilson Camacho debilitan acusación en su contra

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Santo Domingo.- Jean Alain Rodriguez, exprocurador general de la República,  afirmó este miércoles que las recientes declaraciones del director de Persecución del Ministerio PúblicoWilson Camacho, respaldan los cuestionamientos que ha realizado sobre la investigación y la acusación presentada en su contra.

Durante un receso de la audiencia del proceso judicial que enfrenta, Rodríguez respondió a los señalamientos de Camacho sobre una supuesta estrategia de amedrentamiento contra los fiscales vinculados al caso.

Según explicó, al manifestar públicamente que se sintió amedrentado mientras él dirigía la Procuraduría General de la RepúblicaCamacho estaría reconociendo una situación que, a juicio del exfuncionario, le impedía participar en una investigación relacionada con su persona.

«Siendo así, él acaba por destruir la acusación, porque un fiscal que se siente amedrentado sencillamente está inhibido o inhabilitado”, sostuvo Rodríguez.

El exprocurador reiteró que desde hace años ha señalado que algunos miembros del Ministerio Público no debieron intervenir en el proceso debido a circunstancias que, según afirma, comprometían su imparcialidad.

  • Asimismo, criticó que los fiscales respondieran con señalamientos personales, en lugar de abordar los argumentos planteados en una demanda impulsada por el abogado Carlos Balcácer.

Rodríguez concluyó asegurando que las declaraciones de Camacho constituyen una nueva evidencia de las presuntas irregularidades que, según sostiene, afectan el expediente judicial en su contra.

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Por intento de homicidio y estafa Ministerio Público pedirá prisión para “Mantequilla”.

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Santo Domingo, RD. – Wilkin Garcia Peguero< «Mantequilla», tendrá que afrontar qie el Ministerio Público solicitr en su contra  prisión preventiva como medida de coerción al imputarlo de asociación de malhechores, tentativa de homicidio agravada, agresión física y estafa en perjuicio del joven Yeison Mata Albuey.

El imputado se encuentra bajo custodia en la Fiscalía de Monte Plata para ser interrogado, y luego ser sometido a la justicia por los hechos que se le atribuyen. García Peguero fue arrestado mediante una orden emitida por un juez de la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción de Monte Plata, mientras se desplazaba como pasajero en una motocicleta por el sector Arroyo Hondo Viejo, en el Distrito Nacional.

El órgano acusador trabaja en la instrumentación de la solicitud de medida de coerción contra García Peguero, la cual será depositada ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Monte Plata dentro del plazo de 48 horas establecido por el Código Procesal Penal. Dicho plazo vence antes de las 10:00 de la noche de este jueves.

Ministerio Público arresta a «Mantequilla» por estafa y otros delitos

Tras su arresto, García Peguero (Mantequilla)imputado fue trasladado al Centro de Atención y Privación de Libertad de Ciudad Nueva.

La operación fue ejecutada por miembros de la Unidad de Captura de Prófugos, Rebeldes y Condenados (Ucaprec), bajo la dirección de la fiscal Andry De Los Santos, en coordinación con el Departamento Operativo II de la Unidad Central de Búsqueda y Captura de Prófugos, Rebeldes y Condenados de la Policía Nacional.

Cabe recordar que Wilkin García Peguero, conocido como “Mantequilla”, cumplió una condena de dos años de prisión luego de que los jueces del Tribunal Colegiado de Monte Plata lo declararan culpable de abuso de confianza en perjuicio de varias personas del municipio Sabana Grande de Boyá. La sentencia fue emitida el 22 de marzo de 2024.

En ese proceso, el Ministerio Público sometió a García Peguero a la justicia tras recibir más de 25 querellas por presunta estafa, además de diez denuncias que posteriormente fueron convertidas en querellas para integrarse al expediente judicial.

Según la acusación, García Peguero captó millones de pesos a través de una empresa no regulada denominada 3.14 Inversiones World Wide, que operaba desde un local comercial y una residencia ubicados en el municipio Sabana Grande de Boyá, provincia Monte Plata.

El caso de “Mantequilla” ha generado gran atención pública debido a las múltiples denuncias relacionadas con presuntas estafas financieras y ahora por las nuevas acusaciones de intento de homicidio, agresión física y asociación de malhechores en perjuicio de joven Yeison Mata Albuey.

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Tribunales disciplinarios son eliminados de Ley del Colegio de Abogados.

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Santo Domigo, R.D.-La Ley 3-19 que crea el Colegio Dominicano de Abogados de la República Dominicana incorrectamente tenia la existencia simultánea de tribunales disciplinarios nacionales y distritales, lo que en opinión del Tribunal Constitucional genera incertidumbre sobre cuál era el juez para procesar a los abogados acusados de cometer irregularidades,

Mediante la Sentencia TC/0331/26, la alta corte acogió parcialmente una acción directa de inconstitucionalidad presentada por el Movimiento para el Rescate del CARD (Moreca) y anuló los artículos 56 y 58 de la legislación, que creaban tribunales disciplinarios en los distintos distritos judiciales del país.

La decisión deja como único órgano disciplinario al Tribunal Disciplinario de Honor, con sede en el Distrito Nacional, y ordena al Congreso Nacional adecuar la legislación para corregir las deficiencias detectadas en el régimen disciplinario del gremio.

El TC determinó que la ley creó dos estructuras con competencias prácticamente idénticas para conocer denuncias disciplinarias contra abogados en primera instancia: el Tribunal Disciplinario de Honor y los tribunales disciplinarios distritales.

Según la sentencia, esa coexistencia impedía identificar con claridad cuál era el órgano competente para conocer cada caso, vulnerando principios constitucionales como la seguridad jurídica, el debido proceso y la garantía del juez natural.

Para llegar a esa conclusión, la alta corte aplicó el denominado «test de razonabilidad» y reconoció que el objetivo del legislador —acercar la justicia disciplinaria a los distintos territorios del país— era legítimo. Sin embargo, consideró que el mecanismo escogido resultó irrazonable y desproporcionado porque generó un sistema paralelo de tribunales con funciones superpuestas.

El tribunal advirtió que esa estructura también podía producir desigualdades procesales. Mientras un abogado sometido ante un tribunal distrital disponía de una vía recursiva adicional ante el Tribunal Disciplinario de Honor, quienes eran procesados directamente por este último no contaban con el mismo esquema de revisión, creando diferencias injustificadas entre profesionales sometidos a procedimientos similares.

La sentencia también rechazó uno de los principales argumentos de Moreca, que sostenía que los abogados no debían ser juzgados disciplinariamente por otros miembros del gremio.

En consecuencia, la alta corte validó la permanencia del Tribunal Disciplinario de Honor como órgano competente para ejercer el control ético y disciplinario de los profesionales del derecho.

Aunque la decisión elimina hacia el futuro los tribunales disciplinarios distritales, el TC dispuso que los expedientes que actualmente se encuentran en trámite ante esas instancias podrán continuar hasta su conclusión para evitar afectar procesos ya iniciados.

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