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Continúan revelaciones sobre festival de corrupción de Jean Alain.

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Santo Domingo, RD.-El exprocurador Jean Alain Rodríguez recurrió a maniobras vergonzantes como el manejo dado a la Unidad de Custodia de Bienes de la Procuraduría General de la República.

En tal sentido, Jean Alain Rodríguez envió una circular, el 14 del mes de septiembre de 2016, a los Procuradores Adjuntos, Procuradores Generales de Corte de Apelación, Fiscales Titulares y Fiscalizadores, para que sea remitido en el plazo de 48 horas, un listado físico y electrónico de todos los activos y bienes muebles e inmuebles que hayan sido incautados y/o secuestrados y/o decomisados puestos bajo su custodia y/o administración.

También precisaba que, dicho reporte debía incluir todas las especificaciones de los bienes, así como una copia de los documentos que formen parte del proceso correspondiente, de manera tal que éstos puedan ser identificados e individualizados en precisión y rapidez.

Estas informaciones debían ser remitidas al Despacho del Procurador, con copia a Sharon Cabral, directora de la Dirección de Coordinación Institucional, acompañadas de un formulario de declaración jurada que se anexaba a la circular, que debía ser firmado por cada uno de los miembros del Ministerio Público que poseían bienes incautados asignados.

Por instrucciones de Jean Alain, fue designado como director de la Unidad de Custodia y Administración de Bienes Incautados, al acusado Alejandro Martín Rosa Llanes, compañero de estudios primarios en el Colegio Loyola de Santo Domingo, del ex procurador y del señor Rafael Canó Sacco, persona de confianza mutua, garantía del acatamiento irrestricto de órdenes superiores.

Durante su gestión al frente de la Procuraduría Jean Alain, en su calidad de presidente del Consejo Superior del Ministerio Público promovió, sometió y logró la aprobación de dos Reglamentos Operativos del Ministerio Público para la Custodia, Administración y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles Incautados y Decomisados, en las 25 de enero del 2018 y 18 de junio del 2019, conforme las actas de sesiones del Consejo Superior del Ministerio Público (CSMP).

La última versión del reglamento, justo previo a la subasta realizada en el año  2019, tuvo entre sus modificaciones significativas, la inclusión de la modalidad de subasta en sobre cerrado, como acto preparatorio de ser aplicada a la subasta PSBI-01-2019; flexibilización de las prohibiciones de ser ofertantes, subordinándola a que el funcionario o empleado público, haya tenido participación directa en el caso o proceso de incautación del bien cuestión; y la supresión de la comisión de ventas para bienes muebles e inmuebles incautados de la Procuraduría General de la República, otorgándole al Procurador la dirección sobre el tema en particular.

El reglamento erigió por encima del CSMP, las funciones de los acusados Jean Alain y Alejandro Martín Rosa Llanes, facultándoles para que prepararan un listado de los bienes que se pretendían disponer, organizando y ejecutando un proceso ilegal de subasta de bienes decomisados a favor del Estado Dominicano,

Entre los casos se encuentran el de Figueroa Agosto, Ferrer-Abad, Hermanos Buitrago (Caleta), José Calderón Rijo (a) La Araña, Bertilio Solano (a) El Lento y Paya, bajo la autorización del acusado Jean Alain Rodríguez Sánchez, mecanismo que sirvió para desfalcar y estafar al Estado Dominicano.

El ya citado reglamento operativo, vino a desarrollar por vía reglamentaria, aspectos expresamente contenidos en la Constitución Dominicana y las leyes, como lo es la enajenación de bienes pertenecientes al Estado Dominicano.

En esta tipología criminal se enmarca la supuesta subasta del apartamento 11-E del Condominio Pedro Henríquez Ureña, ubicado en la Avenida Pedro Henríquez Ureña No. 131, La Esperilla, Distrito Nacional, decomisado en el Caso José David Figueroa Agosto, que fue cedido en ocupación a la empresa Asteria Mercantil S.R.L., para fines de vivienda.

La referida empresa pertenece al ciudadano José Augusto Montás Cabrera, hermano de la señora Shaula Thais Montás Cabrera, persona de confianza de Jean Alain, quien la designó en el cargo de Coordinadora, en la denominada Dirección de Coordinación Institucional de la Procuraduría General de la República, y lo había acompañado en el CEI-RD con el cargo de SubGerente, en la Gerencia de Call Center and BPO (Business Process Outsourcing).

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Reunion bilateral se produce entre Abinader y la mandataria electa de Costa Rica, Laura Fernández

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Santo Domingo, R.D.-El presidente Luis Abinader sostuvo una reunión bilateral en el Museo de Arte Costarricense con la presidenta electa de Costa Rica, Laura Fernández Delgado, en la que abordaron diversos temas de interés común orientados a continuar fortaleciendo los lazos fraternales, comerciales y diplomáticos entre ambas naciones.

Durante la reunión, ambos líderes intercambiaron muestras de afecto y reafirmaron la cercanía histórica entre la República Dominicana y Costa Rica; además, abordaron la importancia de mantener un diálogo permanente y de continuar trabajando de manera conjunta en iniciativas que contribuyan al desarrollo, la integración regional y el fortalecimiento de las relaciones entre ambos pueblos.

La presidenta electa expresó su interés en continuar consolidando los lazos fraternales entre ambos países, promoviendo mayores oportunidades de intercambio comercial y fortaleciendo la cooperación en áreas estratégicas para el desarrollo de ambas naciones.

De igual forma, reafirmó el compromiso de Costa Rica con la Alianza para el Desarrollo en Democracia (ADD), destacando que su gobierno continuará formando parte activa de este mecanismo regional de cooperación.

De su lado, el presidente Abinader reiteró la disposición del Gobierno dominicano de continuar afianzando las relaciones de amistad, cooperación y entendimiento mutuo con Costa Rica. Asimismo, destacó la importancia de mantener una agenda conjunta orientada al crecimiento económico, la defensa de la democracia y el fortalecimiento de los vínculos regionales entre ambas naciones.

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Incautan 1,295 paquetes de drogas en costas de Pedernales

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Santo Domingo, R.D.-Un cargamento de 1,295 paquetes de presunta cocaina y marihuana fueron confiscados por  agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) durante dos operaciones simultáneas ejecutadas en las costas de Pedernales.

En la intervención fueron arrestados tres dominicanos y un venezolano.

El vocero del organismo antinarcóticos, Carlos Devers, identificó a los detenidos como Walkin Marino Montás Tapia, Luis Alberto Figueroa Ariza, Manolo Resello Amador y Luis Alberto Acosta Santana.

Señaló que los 1,295 paquetes fueron enviados al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), bajo estrictos protocolos de cadena de custodia, para determinar el tipo y peso exacto de la sustancia.

Devers explicó que las operaciones fueron realizadas por efectivos de la Armada de República Dominicana (ARD), la Fuerza Aérea (FARD) y organismos de inteligencia del Estado, con el apoyo de la Fuerza de Tarea Interagencial Sur (JIATFS) y la DEA de los Estados Unidos.

Indicó que la primera lancha era una embarcación de 24 pies con motores de 100 HP. Allí se arrestó a Resello Amador y Acosta Santana, incautando 16 pacas que contenían 314 paquetes de cocaína y 89 de marihuana (403 en total).

Mientras que, en la segunda lancha, fue neutralizada tras una intensa persecución en coordenadas cercanas. En esta se ocuparon 836 paquetes de marihuana y 56 de cocaína (892 en total). Fueron arrestados Montas Tapias y Figueroa Ariza.

El vocero reafirmó que se continuarán fortaleciendo las operaciones de interdicción como parte de la política de seguridad del Gobierno dominicano para garantizar la soberanía y la paz nacional.

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Rechazan traslado de proceso de Donni Santana a otra jurisdicción

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Santo Domingo, R.D.-Por sospecha legitima el Pleno de la Suprema Corte de Justicia desestimó la demanda en declinatoria por causa interpuesta por Donni Mayobanex Santana Cuevas, exembajador del Consejo Nacional de Frontera.

Este hombre, que cumple una condena de 20 años de prisión por la violación sexual de su hijastra menor de edad, buscaba que su proceso judicial fuera transferido fuera de la jurisdicción de San Cristóbal.

Santana Cuevas, quien se encuentra en libertad tras un permiso laboral, presentó el recurso contra la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Cristóbal.

El Pleno de la Suprema Corte, encabezado por su presidente Luis Henry Molina Peña, determinó que la defensa de Santana no logró probar hechos graves o concordantes que permitieran inferir una falta de imparcialidad u objetividad por parte de los magistrados de San Cristóbal.

En su resolución, la Suprema fue enfática al aclarar que “la simple discrepancia con decisiones judiciales desfavorables no constituye un fundamento válido para alegar sospecha de parcialidad”.

Asimismo, la Suprema ratificó como correcta la actuación de la Corte de Apelación al fallar sobre recusaciones previas con sus propios integrantes, siempre que se cumpla con el cuórum legal requerido.

La solicitud de declinatoria, depositada el pasado 9 de diciembre de 2025, argumentaba que existía un «ambiente hostil» debido a la presión mediática y un supuesto comportamiento prejuiciado de los jueces.

Pese a la decisión mayoritaria, el fallo contó con el voto disidente de los magistrados Fran Soto, María Garabito Ramírez, Rafael Vásquez Goico y Yorlin Vásquez Castro.

Los jueces disidentes argumentaron que la figura de la «declinatoria por sospecha legítima» no está contemplada de forma expresa en la normativa procesal penal vigente, lo cual ha provocado decisiones contradictorias dentro del mismo órgano judicial en ocasiones anteriores.

Sostienen que el ejercicio de un poder público debe realizarse acorde a la ley vigente y su jurisdicción; por tanto, el examen de la cuestión planteada por ante esta Alzada lesiona el principio de legalidad, como se ha indicado precedentemente.

En ese orden, alegan que su posición radica en establecer que en todos los casos de solicitud de declinatoria por seguridad pública o sospecha legítima, lo que procede es declarar la inadmisibilidad de la misma, por carecer de base legal, como ocurre en otras materias y se ha expuesto en el cuerpo del presente voto.

Con esta resolución, el expediente de Donni Santana permanecerá en San Cristóbal, donde se decidirá finalmente la validez de los beneficios carcelarios que reclama el condenado.

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