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Placas por las nubes: vehículos pagarán desde RD$1,200 hasta RD$261,000

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Para los carros fabricados a partir del 2000, habrá alzas desde un 25% hasta un 11,000%. –

Los automóviles son mayoría en el parque vehicular dominicano. -

Los automóviles son mayoría en el parque vehicular dominicano. –

Si usted es propietario de un vehículo de motor clasificado como de uso privado, vaya preparando su presupuesto para renovar la placa o impuesto a la circulación, que ahora viene con nuevos valores.Para los vehículos fabricados a partir del 2000, habrá incrementos porcentuales desde un 25% hasta aproximadamente un 11,000%. En valor absoluto, hay categoría de vehículos que en la versión 2013 pagará más de RD$261,000 este año. De las alzas solo se libran los vehículos del transporte público, que seguirán con el patrón utilizado hasta el último proceso de renovación, que fue de RD$1,200 para los vehículos de más de cinco años de fabricación y de RD$2,200 para los de menos de cinco años.

En el caso de los vehículos privados, la valoración impositiva nunca será menor al mínimo actual, aunque el precio de la unidad, contenido en el listado de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) arroje un monto por debajo del mínimo actual.

Según la ley 253.12 de Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible, el impuesto anual por circulación a los vehículos de motor será de un 1% sobre su valor. Para esos fines, la DGII tiene elaborada una tabla con los valores de los distintos modelos y marcas de vehículos fabricados a partir del 1997. Por las diferentes marcas y modelos, hay más de 100 variedades, y los modelos parten del 1997. La depreciación comienza en ese año, pero si hay algún modelo más viejo circulando, se asume el 1997 como fecha de referencia.

Los lujosos

Los vehículos cuyas solas marcas infieren lujo, como Mercedes Benz, Jaguar, Rolls Royce,  Lexus, BMW, Toyota Land Cruiser y Land Rover Discovery cargarán con el mayor peso de los aumentos.

Pero el festival no excluye a los vehículos llamados utilitarios con siete u ocho años de fabricación, los cuales sufrirán aumentos de hasta más de un 100% en el pago de la placa. Un Toyota Corolla con motor de 1,800cc, del año 2004, que el año pasado pagó RD$1,200, ahora deberá pagar RD$2,823, un poco más del doble. Si es un Yaris de 1,300 cc del año 2008, que debía comenzar a pagar RD$1,200 por renovación de placa, sube a RD$3,535, y en el caso de uno del 2013 entonces el impuesto se eleva a RD$7,435.

Un Acura del 1997, que pagó en su última renovación RD$1,200, por el valor asignado en la lista de la DGII (RD$184,600) pagará a partir de agosto cuando inicia la renovación, RD$1,846. Una yipeta Hyundai Santa Fe 4X4 del 2011 pagará RD$2,402, en lugar de RD$1,200, mientras que a la del 2013 la nueva renovación le costará RD$11,141.

En tanto, un Toyota Camry XLE del año 1997 pagará RD$1,564 y la renovación para uno del 2013 costará RD$12,093. Una camioneta Toyota Hilux SR5 del año 1997 paga RD$1,539, pero si es la renovación de una del 2013, entonces el monto sube a RD$11,906.

En el caso de una Toyota Prado 4×4 del año 2009, que ahora pagaría su último año de RD$2,200, no disfrutará del beneficio de RD$1,200 para los vehículos de más de cinco años y en cambio con la nueva Ley subirá a RD$9,643. Si es una renovación para un modelo del 2013, entonces pagará RD$16,084.

Si se trata de un Toyota Land Cruiser 3,000cc del año 1997, en lugar de RD$1,200 pagará por renovar la placa RD$2,079, y si es del 2013 la cotización por derecho a circular subirá a RD$16,080. En caso de un modelo VX 4,200cc del 1997, el costo es de RD$1,780 y la renovación para un modelo 2013 cuesta RD$13,765.

En el círculo de autos lujosos (en una época bautizados como pescuezo largo), un mercedes 350 SDL V6-2960vv del 1997 paga RD$5,280 en vez de RD$1,200 y si es un modelo 2013 en función de renovación, no disfrutará la ganga de RD$2,200 y cae en RD$40,866. El modelo 600 SEL V8-5,547 del año 2013,para renovar la placa su propietario tendrá que desembolsar RD$55,137.

Un Rolls Royce Phantom del año 2009, que estaba a punto de entrar al círculo de los RD$1,200 de ´placa al año, ahora deberá pagar RD$10,682, mientras que uno del 2013 en categoría de renovación paga RD$178,139.

Un Land Rover Discovery 3.0 V6 del año 2009 pagará RD$15,694 y uno del 2013 al renovar a partir de agosto pagará RD$261,713.

Otra categoría de lujo, pero inferior, como BMW en su modelo 318i, del año 2009, pagará RD$7,889, mientras que el del 2013 sube a RD$13,154, en tanto que un Lexus IS-2500 de 2,500cc, si es del 2009 paga RD$12,109 y RD$20,193 si es del 2013.

Un Honda Acord 2200cc, que no llega a lujoso, pero que tampoco es netamente utilitario, pagará para una renovación del 2013 RD$7,900. Si es modelo 2,000 entonces sube de RD$1,200 a RD$1,500. Un Suzuki Gran Vitara de 1,600cc del 2009 pagará RD$4,199 y RD$7,001 si es del 2013.

Un Toyota Rav4,4×4, 2000cc,d el año 1997, que por su valor en libro debía pagar unos RD$900, se perjudica del mandato de que ningún vehículo paga una cuota inferior a RD$1,200 al año y por tanto se queda en ese nivel, que es mayor al 1% del valor.

Exclusiones

La Ley excluye del pago del impuesto de circulación vehicular a los vehículos exonerados propiedad de entidades del Estado, los que tienen placas rotuladas, los de oficiales de organismos militares y exonerados estatales, los vehículos que gozan de exoneración total que son propiedad de entidades sin fines de lucro o religiosas, y los vehículos exonerados propiedad de organizaciones internacionales, diplomáticas y consulares. Adicionalmente, se excluyen del impuesto las máquinas pesadas, los montacargas dedicados a actividades industriales, agrícola, minera, comercial, aduanal o de construcción que sean usados exclusivamente en el lugar de trabajo y estén registrados bajo la propiedad de personas físicas o jurídicas inscritas en la DGII con una de las actividades citadas.

Para los vehículos rentados o alquilados existe un método de valoración diferente. El artículo 9 de la Norma General 03-2013 emitida ayer por la DGII dice que los vehículos propiedad de empresas de rent car, pagarán el impuesto sobre los vehículos registrados a su nombre, con base al valor que las empresas le asigne a cada vehículo para fines de transferencia.

Precisa, sin embargo, que en ningún caso el monto a pagar que resulte de la aplicación del 1% sobre el valor, será menor que RD$2,000.00. –

El Caribe

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Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.

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Por Elba García

El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.

El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.

Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.

La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.

Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.

Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.

Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.

El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una  nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales,  morales, económicos y políticos,  lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con  el ordenamiento actual.

Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.

Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.

Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también  de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron  su llegada al poder en  que en  la República Dominicana se consolidaba un  partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.

Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.

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Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos

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Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.

La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.

De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.

El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.

Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).

Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.

Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.

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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.

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Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por  el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de  Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.

El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.

Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.

La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.

Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.

El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.

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