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Prisión para otros dos arrestados en Operación Discovery 3.0
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11 meses agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, (República Dominicana).- Ante las evidencias aportadas por el Ministerio Público, un tribunal de Santiago dictó tres meses de prisión preventiva contra Yiliana María Cruz García y Kelvin Bladimir Vásquez Santana, quienes formaban parte de la red que cometió estafas contra ciudadanos de Estados Unidos en edad de retiro y posteriormente blanqueaban capitales con un esquema de lavado de activos desmantelado con la Operación Discovery 3.0.
Los fiscales litigantes Claudio Cordero y Elvin Ventura, de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de Santiago, presentaron diferentes evidencias con las que establecieron la participación de los dos imputados en la red.
La jueza Yerixa Cabral, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Judicial de Santiago, impuso a los imputados el cumplimiento de la medida privativa de libertad en los centros de corrección y rehabilitación Rafey Mujeres y Rafey Hombres de esa provincia, y además declaró el caso de tramitación compleja.
El pasado viernes, la jueza Yiberty Polanco Herrán, del mismo tribunal, le impuso distintas medidas de coerción a otros siete imputados, tras acoger en todas sus partes la solicitud del Ministerio Público, al reconocer que la investigación aportó evidencias convincentes que comprometen la responsabilidad penal de los procesados.
Con la decisión el tribunal declaró el proceso de tramitación compleja e impuso la prisión preventiva, revisable cada tres meses, contra Bernardo Taveras Vélez, uno de los cabecillas de la red que también cumplirá la medida en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Rafey Hombres, de Santiago.
Otro de los cabecillas, Jesús Manuel Castaños Colón, sobre quien el tribunal destacó su activa e importante vinculación con los hechos señalados por el Ministerio Público, tendrá que cumplir prisión domiciliaria con grilletes electrónicos e impedimento a salir del país, tomando en cuenta razones de salud.
Contra los imputados Juan Luis Naranjo Gómez, Adderly Antonio Polanco Báez, José Ramón López Tavárez y Luis Eduardo Méndez Ureña, el tribunal valoró su cooperación en el proceso y ordenó el arresto domiciliario, como lo solicitó el Ministerio Público.
El tribunal también acogió la solicitud de medidas contra Gipsy Pamela Castaños García, a quien le fue impuesta una garantía económica de $500 mil pesos, a través de una compañía aseguradora.
El grupo criminal utilizaba plataformas digitales para cometer delitos como fraude informático, robo de datos personales, suplantación de identidad y lavado de dinero en perjuicio de ciudadanos de los Estados Unidos en edad de retiro.
La investigación que puso en marcha la Operación Discovery 3.0 llevaba más de dos años en curso y permitió identificar un grupo estructurado que operaba a través de plataformas digitales.
Con esta acción el Ministerio Público avanza en el combate a los delitos que enfrentó con las dos operaciones anteriores: Discovery y Discovery 2.0.
Otros serán extraditados
En el marco de la Operación Discovery 3.0 también fueron arrestados Oscar Manuel Castaños García, Joel José Cruz Rodríguez (Paflow o Pa Flow, Joel Cruz Rodríguez o Joel Cruz Hermano), Joel Francisco Mathilda León y Edward José Puello (Edward Puello), quienes, durante una audiencia en la Suprema Corte de Justicia, aceptaron voluntariamente su extradición a los Estados Unidos, donde enfrentarán cargos por los delitos cometidos como parte de la estructura que estafaba sobre todo a personas de avanzada edad.
La Suprema Corte de Justicia también conocerá la extradición de Gerardo Heriberto Núñez Núñez (Joseo Núñez Núñez), a quien le impuso como medida de coerción el cumplimiento de prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Rafey Hombres, de Santiago.
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ACD Media es imputado por JCE a través de la ley mordaza por publicar encuestas.
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5 horas agoon
agosto 7, 2026
Santo Domingo, R.D.-Un procedimiento administrativo sancionador en contra la firma encuestadora ACD Media, SRL, ha iniciado la Junta Central Electoral (JCE) al formular un pliego inicial de cargos por la presunta publicación y difusión de encuestas con fines electorales fuera del período legalmente habilitado, en aplicación del reglamento aprobado por el organismo en mayo pasado, cuya medida abre un proceso contradictorio, pero no implica una declaración definitiva de responsabilidad.
La actuación fue dispuesta por la Unidad de Sanciones Administrativas Electorales y Medidas Cautelares, luego de que el Pleno de la JCE la apoderara para investigar dos estudios de opinión atribuidos a ACD Media: una encuesta divulgada el 1 de junio y otra el 13 de julio de este año, ambas publicadas por Diario Libre.
Según el órgano electoral, los sondeos incluían mediciones sobre simpatía partidaria, intención de voto y preferencias presidenciales de cara a 2028, por lo que, de manera preliminar, poseen contenido político-electoral.
Los críticos del reglamento de la JCE, entre ellos la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), sostienen que el organismo fue más allá de ese marco legal al extender la prohibición hasta impedir la publicación de encuestas desde antes del inicio de la precampaña, una limitación que -afirman- no fue establecida por el Congreso en las leyes electorales. Esa es la cuestión que ahora deberá dilucidarse en la jurisdicción constitucional, luego de que el Tribunal Superior Electoral (TSE) declinara conocer el fondo del caso y lo remitiera al Tribunal Constitucional.
La JCE sostiene que ambas publicaciones se realizaron después de la entrada en vigor del Reglamento sobre Encuestas, vigente desde el 22 de mayo de 2026, pero antes del inicio del período oficial de precampaña, durante el cual sí estaría permitida la difusión de este tipo de estudios. El artículo 13 de la normativa prohíbe expresamente la publicación de encuestas con fines electorales fuera de esos plazos y contempla como sanción principal la suspensión temporal del registro de la firma entre seis meses y un año; la cancelación definitiva solo procedería en caso de reincidencia.
El expediente enfatiza, sin embargo, que la imputación tiene carácter provisional. La JCE deberá determinar durante la instrucción el grado de participación de ACD Media en la elaboración, autorización y difusión de las encuestas, mientras la empresa dispondrá de 10 días calendario para presentar su defensa, pruebas y argumentos jurídicos.
La decisión se produce en medio de un intenso debate jurídico sobre la validez del reglamento. La Finjus sostuvo desde su aprobación que la JCE excedió las facultades que le confieren las leyes electorales al prohibir la publicación de encuestas antes de la precampaña. La entidad argumentó que la restricción carece de respaldo legal expreso y podría vulnerar derechos constitucionales como la libertad de empresa, la libertad de información y el acceso de la ciudadanía a datos de interés público.
Las objeciones no provinieron únicamente de ACD Media. También Participación Ciudadana presentó un recurso de reconsideración solicitando la revocación del artículo que establece la prohibición, al entender que contradice la legislación electoral vigente. Incluso la miembro titular de la JCE, Hirayda Marcella Fernández Guzmán, remitió una opinión sobre la constitucionalidad del reglamento.
Ante esos cuestionamientos, el Pleno de la JCE decidió sobreseer el conocimiento de los recursos de reconsideración hasta que el Tribunal Superior Electoral se pronunciara sobre las acciones de las que había sido apoderado, aunque el presidente del organismo, Román Jáquez Liranzo, aclaró posteriormente que esa decisión no suspendía la vigencia del reglamento.
El TSE, sin embargo, no conoció el fondo de la controversia. La mayoría del tribunal se declaró incompetente para decidir la impugnación y remitió el caso al Tribunal Constitucional, al entender que corresponde al control concentrado de constitucionalidad. Esa decisión también generó críticas de juristas y de Finjus, que sostuvieron que el TSE sí tenía competencia para examinar la legalidad del reglamento y advirtieron que trasladar automáticamente este tipo de controversias al Tribunal Constitucional altera el diseño institucional previsto por la Constitución.
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Más de cien mil dólares deben tener de fianza dominicanos solicitantes de residencia a EU.
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5 horas agoon
agosto 7, 2026
Santo Domingo, R.D.-Los dominicanos considerados como una carga pública por el cónsul que evalúe su caso tendrán que tener una fianza de más de 100 mil dólares, según un plan piloto anunciado por el Departamento de Estado (DOS por sus siglas en inglés), siendo la República Dominicana el primer pais escogido para aplicar la medida.
Los montos de las fianzas serán de seis cifras, una información que fue publicada por el medio Washington Free Beacon y que luego fue compartida por el Departamento de Estado junto a una imagen de Marco Rubio.
Las fianzas se están estimando entre los 100,000 y los 250,000 dólares, según el citado medio.
Diario Libre conversó con Natalia Molano, vocera en español del DOS, quien dijo que no hay un monto establecido, indicó que el mismo será determinado individualmente por el oficial consular tras evaluar las circunstancias particulares de cada caso, con base en la legislación migratoria vigente.
- Molano también explicó las razones por las cuales el país fue escogido para el inicio de este plan piloto que más adelante se extenderá a otros países.
«República Dominicana se escogió por el gran volumen y la escala de solicitudes de visa que maneja nuestra embajada en Santo Domingo. Es un programa piloto que se irá evaluando para determinar si se suman otros países o si se realizan modificaciones», explicó la funcionaria.
La portavoz explicó que el análisis sobre una posible carga pública comienza incluso antes de la entrevista consular.
Una vez que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) aprueba la petición de residencia, el expediente es remitido al consulado con la información financiera presentada por el patrocinador mediante el affidavit de apoyo económico, documento obligatorio en este tipo de solicitudes.
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10 mil pesos de garantía a hombre acusado de robar guagua.
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5 horas agoon
agosto 7, 2026
Santo Domingo, R.D.-Una garantia económica de 10 mil pesos umpuso el Juzgado de Atencion Permanente del Distrito Nacional a un hombre captado en video mientras conducia en via contraria por la avenida John F Kennedy luego de presudentamente robarse el vehiculo que manejaba en un dealer ubicado en el sector de Villas Agriocolas.
El magistrado Rigoberto Sena, dispuso además impedimento de salida del país y presentación periódica para el imputado, Eugenio Mauricio Álvarez, y ordenó su inmediata puesta en libertad.
La medida fue cuestionada por Juan Carlos de Jesús Rosario, propietario del vehículo, quien denunció la impunidad y el desamparo que sienten los ciudadanos trabajadores frente al sistema de justicia. El comerciante manifestó su indignación y frustración, ya que el hecho estuvo a punto de costarle la vida a uno de sus hijos.
«Ese negocio me ha costado sacrificio y humillación para tenerlo ahí, gracias a Dios y a mis hijos que me han ayudado. Por poco aplasta a mi hijo y al conductor vienen y lo sueltan con una medida de 10,000 pesos. ¿Quién me paga a mí los daños y mi dinero?», expresó con impotencia.
Según el expediente, el imputado sustrajo una guagua Nissan NV350 Rider del establecimiento Cristal de Jesús Autoimport y emprendió la huida conduciendo de manera temeraria por varias vías del Distrito Nacional.
Los videos del recorrido del vehículo, transitando en sentido contrario por la avenida John F. Kennedy, se viralizaron en redes sociales y generaron preocupación entre conductores y peatones.
