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Opinión

Procedimientos  de creación y registro  de las Organizaciones de la Sociedad Civil

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Por Rommels Santos Díaz

Los procedimientos de creación y registro de las  Organizaciones de la Sociedad Civil serán sencillos, oportunos, claros y no discriminatorios. Los sistemas  de registro basados en un régimen de notificación favorecen el ejercicio  de la libertad de asociación más que los de autorización previa. La ley debe establecer de forma precisa  los requisitos y documentos que se debe presentar para obtener y mantener el reconocimiento de la personalidad jurídica, y deberá establecer con precisión los procedimientos, plazos y costos de su tramitación.

Si el registro de una OSC implica costos, estos deberán  razonables y proporcionales  a los establecidos para entidades privadas con fines lucrativos. Deberán establecerse motivos razonables, específicos y exclusivos  sobre los cuales el Estado puede rechazar una solicitud de personería jurídica. Dicha decisión podrá ser impugnada y revisada en procedimiento judicial, con las suficientes garantías del debido  proceso.

Las Organizaciones de la Sociedad Civil ya registrada no deberían ser sometidas a trámites de adecuación o reinscripción, cuando se adopta una nueva normativa. La ley debe garantizar el establecimiento de las asociaciones de hecho  que podrán ser sujetos de derechos y obligaciones  siendo sus miembros  responsables ante terceros.

Muchos países  en la región tienen  regímenes de autorización  previa, con requisitos de información complejos y registros  redundantes que obstruyen la  creación y operación  de las Organizaciones de la Sociedad Civil. Procedimientos de registros sencillos y transparentes  pueden alcanzarse  con la adopción de sistemas de notificación. Alternativamente se,  podría  simplificar y descentralizar los sistemas de autorización previa, adoptando  requisitos y procedimientos que utilicen términos claros y criterios explícitos y limitados para la revisión de solicitudes.

Los Estados deben garantizar que el registro de las Organizaciones de la Sociedad Civil se tramitará de manera rápida y que se exigirá solamente  los documentos necesarios para obtener la información  adecuada  a los fines  del registro. El efecto del registro debe traducirse en un efecto declarativo  y no constitutivo. Las leyes nacionales deben establecer con claridad los plazos máximos para que las autoridades estatales  respondan a las solicitudes de registro.

Se considera mejores prácticas los procedimientos simples, que no sean gravosos e incluso gratuitos y expeditos.¨ Un procedimiento  de notificación¨ se ajusta más a las normas  internacionales de derechos humanos y debe ser aplicado por los Estados en lugar del ¨procedimiento de autorización  previa, que implica recibir el visto bueno de las autoridades¨. Con arreglo al procedimiento de notificación, las asociaciones pasan a ser personas jurídicas automáticamente, en cuanto sus fundadores notifican su creación a las autoridades. Se trata más bien de un trámite de presentación de la asociación mediante el cual la administración registra su establecimiento.

En cuanto al registro, este debe ser desarrollado bajo un régimen de notificación y no uno de autorización, de tal modo que el estatus legal se presuma con la recepción de la notificación. Los procedimientos de registro deben ser simples, claros, no discriminatorios, no engorrosos, y  sin componentes discrecionales. Si la ley autoriza a las autoridades registrales a rechazar aplicaciones , debe hacerlo con base a un número limitado de fundamentos jurídicos, en cumplimiento con los tratados de derechos humanos.

rommelsantosdiaz@gmail.com

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Opinión

La Corte Penal Internacional y la Justicia Internacional (3 de 3)

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Por Rommel Santos Diaz

 Se tiene reportado el uso de 250,000 niños soldados en cerca de 50 países. Para completar el panorama, se estima que 20 millones  de niños han sido desplazados como consecuencias de las diversas guerras y catástrofes humanitarias, mientras que entre  8,000 y 10,000 niños mueren cada año como consecuencia de utilización de minas antipersonales.
Existen indicios de que la trata de  niños en zonas de conflicto es una tendencia que va en aumento y esta vinculada a redes de delincuencia transnacional organizada.

La Corte Penal Internacional es el primer tribunal internacional cuyo Estatuto y Reglas de Procedimiento y Prueba brindan a las víctimas la posibilidad de participar en todas las etapas del proceso.

A diferencia de las actuaciones de las víctimas en otros tribunales internacionales, limitadas a reforzar los argumentos de la defensa o el Fiscal, la Corte Penal Internacional les reconoce derechos que les corresponden por ser quienes han sufrido la grave vulneración de sus derechos humanos y tienen la mayor expectativa de que se haga justicia.

El principal reto de la Corte Penal Internacional será demostrar que sus investigaciones y decisiones no están guiadas por móviles políticos o intereses ajenos a la justicia y la represión de crímenes internacionales.

Finalmente, en  la medida en que este sistema se vaya consolidando, siguiendo los parámetros legales del Estatuto de Roma y de las Reglas de Procedimiento y Prueba, es posible que países hoy reticentes hacia la Corte Penal Internacional modifiquen su postura hacia una  de ayuda  y cooperación. Con esto se lograría tener un sistema penal internacional plenamente universal como complemento a las iniciativas locales por sancionar crímenes de genocidio, lesa humanida, guerra y agresión.

rommelsantosdiaz@gmail.com

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Opinión

Los políticos profesionales no roban

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Por Nelson Encarnación

El reciente escándalo de corrupción detectado en el Seguro Nacional de Salud (Senasa) ha acentuado la percepción o el convencimiento en algunos de que los políticos acceden a los cargos públicos con la intención de apropiarse de los recursos que manejan.

Ya en otras oportunidades se ha esparcido el mismo convencimiento, en ocasión de hechos judicializados que aún cursan en los tribunales sin sentencias firmes.

Estos y casos anteriores han servido de fundamento a quienes entienden que las formaciones políticas son nidos de bandidos con una amplia vocación hacia la depredación de los recursos públicos, dando lugar, al mismo tiempo, a la prédica contra los políticos y los partidos.

Sin embargo, existen argumentos y evidencias suficientes para desmontar la mala fama contra los políticos. Podemos afirmar, de manera categórica, que los políticos profesionales no roban.

Para remontarnos a los hechos más sonados de persecución a la corrupción, podemos referir el que ha sido, probablemente, el más sonoro de todos, es decir, el procesamiento judicial del expresidente Salvador Jorge Blanco (1982-1986), quien fue condenado a 20 años de prisión por hechos que, evidentemente, no cometió.

Jorge Blanco, que antes de ser político ya era un abogado prestigioso, murió en medio de precariedades materiales, una situación que no concuerda con quien supuestamente fue un corrupto.

Los hechos por los que se condenó al exmandatario no fueron cometidos por él ni por ninguno de sus seguidores con formación y compromiso político, sino por allegados que nada tenían que ver con el Partido Revolucionario Dominicano.

En el caso de los expedientes que todavía se ventilan en la justicia relacionados con hechos registrados—conforme las imputaciones del Ministerio Público—vinculan en primer plano a personeros relacionados al expresidente Danilo Medina, no a dirigentes conocidos del Partido de la Liberación Dominicana.

Y en el más reciente que ocupa la atención del país, es decir, el expediente Senasa, una simple identificación de los encartados permite concluir en que se repite el mismo patrón: los principales señalados no son políticos de militancia.

En consecuencia, si miramos los hechos con un sentido lógico y alejado de la intención de dañar a los partidos y sus dirigentes, podemos proclamar que los políticos profesionales, con formación en el servicio a la sociedad, con compromiso, no roban los fondos del erario. Ahí está la historia.

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Opinión

Honrar la Constitución o perder la República

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Por Isaías Ramos

Al despedir 2025 y abrir 2026, es fácil refugiarse en lo cómodo: deseos repetidos, frases bonitas, la ilusión de que todo cambiará solo porque cambia el calendario. Pero la República Dominicana no necesita otro brindis vacío. Necesita una sacudida de conciencia y un cambio de rumbo. Ese rumbo comienza cuando dejamos de mirar la política como un espectáculo ajeno y asumimos que la república —la casa de todos— se sostiene o se cae con la conducta diaria de su gente.

Durante más de tres décadas, una clase política dominante, reciclada en siglas, alianzas y narrativas, ha contribuido a degradar la vida pública. Se normalizó el privilegio. Se hizo costumbre la trampa. El clientelismo dejó de ser excepción y se volvió método. La impunidad dejó de ser temor y se volvió expectativa. El Estado, demasiadas veces, dejó de ser instrumento del bien común para convertirse en botín, refugio o escalera personal. Cuando lo público se vuelve mercancía, el daño deja de ser un asunto de élites y se convierte en una fractura moral, social y espiritual.

No se trata de negar que existan servidores públicos honestos ni ciudadanos decentes. Precisamente por ellos —y por los jóvenes que merecen un país digno— no podemos resignarnos. Los datos aportan contexto a una percepción extendida: el Índice de Percepción de la Corrupción 2024 asigna a la República Dominicana 36/100 y la ubica en la posición 104 de 180 países. El Rule of Law Index 2025 del World Justice Project sitúa al país en el puesto 76 de 143, y en el factor “Ausencia de Corrupción”, en 90 de 143.

La experiencia cotidiana confirma esa brecha. El trámite que solo “camina” por la vía indebida. El contrato opaco. El expediente que duerme. La sanción que nunca llega. Ese desgaste produce algo peor que el enojo: produce resignación. Y cuando una sociedad se resigna, la corrupción no se frena; se perfecciona. Así es como una república se vacía por dentro, aunque conserve su nombre y sus símbolos.

La historia política lo ha advertido con claridad: cuando los ciudadanos se repliegan en el interés personal y abandonan la vida pública, el Estado se debilita y queda a merced de los peores. Cuando un pueblo ama su país, respeta las leyes y vive con sobriedad cívica, es posible avanzar hacia el bienestar compartido. Cuando se instala la indiferencia, el interés particular aísla y la república se convierte en un cascarón.

Si 2026 será un año de esperanza, esa esperanza no puede ser pasiva. Tiene que ser esperanza disciplinada: la que mira el abismo, lo nombra y aun así decide construir un puente. Ese puente se llama Constitución. No como símbolo ceremonial, sino como norma viva. El artículo 6 establece su supremacía y declara nulos los actos contrarios a ella. El artículo 7 nos define como Estado Social y Democrático de Derecho. El artículo 8 fija como función esencial del Estado proteger los derechos de la persona y respetar su dignidad.

Honrar la Constitución no es citarla: es vivirla. Es aceptar que no puede haber Estado de derecho con corrupción estructural; que no puede haber democracia con clientelismo; que no puede haber justicia con privilegios. Honrar la Constitución es convertir el servicio público en honor y no en negocio; proteger el dinero del pueblo como sagrado; poner el mérito por encima del padrino; transparentar compras, obras y nombramientos; y asegurar consecuencias reales a quien robe lo común. Esa es la frontera entre república y fachada.

Por eso, en 2026, el Foro y Frente Cívico y Social debe reforzar en todo el territorio nacional un despertar de conciencia sostenido y pacífico que convierta indignación en organización y esperanza en disciplina. No se trata de incendiar el país; se trata de iluminarlo. No de sustituir instituciones, sino de obligarlas a cumplir su rol constitucional con presión cívica legítima.

La ruta es concreta y verificable: formación cívica territorial, veeduría social continua y defensa constitucional práctica, acompañando denuncias, dando seguimiento público a los casos y exigiendo consecuencias sin selectividad.

Nada de esto se logra solo con organizaciones. Se logra con el ciudadano común. En esta semana de cambio de año, vale la pena asumir un pacto sencillo: renunciar a pagar sobornos, a pedir favores indebidos y a justificar privilegios; comprometerse a informarse antes de opinar, a exigir rendición de cuentas en lo local y a participar más allá del voto. Un país cambia cuando cambia lo que su gente considera “normal”.

Imaginemos, con realismo, la nación que podemos construir si ese giro comienza: una donde no se necesita padrino para un servicio; donde un contrato público no es lotería para unos pocos, sino obligación transparente; donde el funcionario teme más a la justicia y a la vergüenza pública que a la pérdida del cargo; donde el joven respeta al competente y no admira al tramposo. Que Dios —y la conciencia despierta de cada dominicano— nos guíe y nos exija verdad, justicia y rectitud; que el amor a la patria sea conducta diaria; y que la defensa de la libertad sea nuestro sentir y nuestro hacer.

Cerramos 2025 con una verdad incómoda: hemos permitido demasiado. Abrimos 2026 con una verdad poderosa: todavía estamos a tiempo. Honrar la Constitución o perder la República: esa es la elección de nuestro tiempo. Salvemos la patria.

¡Despierta RD!

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