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Cargos penales y disciplinarios enfrenta juez por desacatar sentencia de Tribunal Constitucional.

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Por violar la Constitución de la República, el juez interino de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia  del Distrito Nacional, enfrentaría cargos penales y disciplinarios en virtud de desacatar una decisión del Tribunal Constitucional e incurrir en prevaricación.

El magistrado Misael Isaac Sánchez del Villar, tendrá que verse de frente ante el tribunal disciplinario del Consejo del Poder Judicial enfrentando cargos de prevaricación, denegación de justicia y desacato al sobreseer y por abrir un proceso que ya está cerrado con la sentencia TC0208-20 del Tribunal Constitucional.

Esa sentencia le dio ganancia de causa al doctor Ramón Emilio Concepción, frente a la Dirección General de Impuesto Internos (DGII), la que tendrá que pagar más de 400 millones de pesos.

De acuerdo a expertos en la materia el juez interino violó la constitución de la República y la Ley que creó el Tribunal Constitucional al emitir una decisión desacatando una sentencia del Tribunal Constitucional que ya había adquirido, la cosa irrevocablemente juzgada.

El juez “desacató” la sentencia No. 0208/09 dictada por el Tribunal Constitucional el 14 de agosto del 2020.

El juez  interino llegó tan lejos en su  desafío, que abrió un proceso que  había cerrado por el Tribunal Constitucional.

El doctor Concepción  dando cumplimiento a lo decidido por el Tribunal Constitucional solicitó la liquidación del astriente, como   paso protocolar, en esta materia del cual el Juez no se puede  apartar cuando lo manda una sentencia definitiva.

El juez interino con su ilógica e ilegal decisión, pretende que un Juez de Primera Instancia interprete una sentencia del más alto tribunal de la República Dominicana.

“Habrá un Tribunal Constitucional para garantizar la supremacía de la Constitución, la defensa del orden constitucional y la protección de los derechos fundamentales. Sus decisiones son definitivas e irrevocables y constituyen precedentes vinculantes para los poderes públicos y todos los órganos del Estado. Gozará de autonomía administrativa y presupuestaria”, precisa el artículo 184 de la Constitución de la República.

“Las decisiones del Tribunal Constitucional son  definitivas  e  irrevocables  y  constituyen  precedentes  vinculantes  para  los  poderes públicos y todos los órganos del Estado”, precisa la Ley 137-11, que creó el Tribunal Constitucional, en su artículo 71.

 “El  conocimiento  de  la  acción  de amparo que reúna las condiciones de admisibilidad, no podrá suspenderse o sobreseer para aguardar la definición de la suerte de otro proceso judicial”, indica la ley, en su artículo 71.

“La decisión que concede el amparo es ejecutoria de pleno derecho”.

El magistrado actuó en componenda  con la Dirección General de Impuesto Internos (DGIII).

La consideración es del doctor Ramón Emilio Concepción dijo tras considerar que ningún tribunal de primer grado está por encima del Tribunal Constitucional, el  más alto tribunal de la República.

La DGII y el Juez Interino, “desconocieron y violaron la Constitución de la República en su artículo 184, que establece que las sentencias del Tribunal Constitucional son definitivas e irrevocables y tienen un carácter vinculante a todos los órganos públicos y todos los organismos públicos”.

El juez Interino suspendió la ejecución de la Sentencia del Tribunal Constitucional, donde Concepción, presentó una demanda en liquidación de astriente   bajo el argumento que hay que esperar que un Juez de Primera Instancia interprete una decisión del más alto tribunal del país que fue apoderado por la DGII, algo insólito en el sistema de justicia.

Sostiene que esa decisión del Juez Interino también viola los artículos  31 y 71 de la Ley  137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional y los procedimientos Constitucionales, que entre otra cosa establece que el conocimiento de la acción de amparar no podrá suspenderse o sobreseer para aguardar la definición de la suerte de otro proceso judicial.

“El puede  ser sometido disciplinariamente y también  penalmente, en este   caso por  Desacato,  sancionado por el Código Penal., además, por  Rebeldía  y Desafío  frente a la sentencia  del Tribunal Constitucional”.

El juez interino, abrió un proceso que ya el Tribunal Constitucional, como órgano extra poder más importante del país y como Tribunal de cierre de los diferendos jurídicos había cerrado con su sentencia TC0208-09.

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Proyecto de ley permitiría a los hombres usar el apellido de sus esposas en la cédula

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Santo Domingo, R.D.-La Cámara de Diputados estudia actualmente una iniciativa que permitiría por primera vez de forma expresa que los hombres puedan incorporar el apellido de sus esposas en su cédula y otros documentos, bajo las mismas condiciones que hoy lo hacen algunas mujeres de manera opcional.

El proyecto de ley es autoría de la diputada Gabriela Abreu Santos, del Partido Revolucionario Moderno (PRM), y busca regular el apellido de los cónyuges en la cédula de identidad, una practica que, según la pieza legislativa, solo estaba organizada de forma administrativa, no legal.

En ese sentido, la propuesta busca que no solo las mujeres usen el apellido de los esposos, sino que los hombres también puedan agregar el apellido de sus esposas en sus documentos.

El proyecto señala que la inclusión del apellido de la pareja podría realizarse mediante la expresión «de + apellido del cónyuge» o mediante cualquier otra modalidad que establezca la Junta Central Electoral en su reglamentación.

Para solicitar la incorporación del apellido del cónyuge, la propuesta exige la presentación del acta de matrimonio registrada conforme a la Ley 4-23, una solicitud expresa del interesado y un documento de identidad vigente.

La pieza legislativa también dispone que este derecho se reconozca sin distinción de género, por lo que podría ser ejercido por cualquiera de los cónyuges en igualdad de condiciones.

El proyecto contempla que la persona que haya decidido utilizar el apellido de su pareja podrá solicitar en cualquier momento su eliminación del documento de identidad.

Asimismo, en caso de divorcionulidad del matrimonio o fallecimiento del cónyuge, el titular del documento podrá optar por mantener el apellido como uso social o solicitar su retiro de la cédula.

En caso de ser aprobada totalmente en el Congreso, la JCE dispondría de un plazo de 90 días para dictar el reglamento que regule la aplicación de la norma.a

Argumentos de la iniciativa

En la exposición de motivos, la diputada Abreu Santos sostiene que el objetivo del proyecto es garantizar la libertad de elección de los ciudadanos en el uso del apellido de su cónyuge, en condiciones de igualdad, y fortalecer la seguridad jurídica en materia de identidad.

La legisladora también señala que actualmente la inclusión del apellido del cónyuge en la cédula se realiza como una práctica administrativa, sin una regulación legal expresa, por lo que considera necesario establecer una norma clara que regule esta posibilidad.

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Joven que fue golpeada por el coronel Madé en Los Mina se querella en su contra y la Policía

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Santo Domingo, R.D.-La joven Charlizze Altagracia Hernández Monegro interpuso una querella con constitución en actor civil contra el coronel de la Policía NacionalFausto Madé Ramírez, por haberla agredido en plena vía pública en Los Mina, municipio Santo Domingo Este, hecho que que quedó captado en video y fue ampliamente difundido en las redes sociales.

La instancia fue presentada ante la Fiscalía de Santo Domingo e incluye como tercero civilmente responsable a la entidad policial por tratarse de un agente en funciones.

Los abogados de la querellante sustentan la acción en los artículos 186, 198, 265, 266, 309, 309-1 y 309-3, ordinales B, C y E, del Código Penal Dominicano, que tipifican delitos relacionados con agresión y violencia.

Este hecho vuelve a colocar en el centro del debate público el uso de la fuerza por parte de agentes del orden y la efectividad de los mecanismos de supervisión, en momentos en que se impulsa una reforma policial orientada a fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas dentro de la institución.

  • Sin embargo, su accionar no es un hecho aislado en su historial dentro de la institución.

El oficial ya había sido sancionado anteriormente en 2018, entonces con rango de teniente, y subcomandante del destacamento de Los Frailes por una conducta violenta hacia un ciudadano.

Según el informe del cuerpo del orden de ese momento, el agente incurrió en una actuación contraria a los principios de prudencia y tolerancia que deben regir el accionar policial, por lo que fue remitido a la Dirección de Asuntos Internos.

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PN inicia distribución de agentes para reforzar seguridad en operativo de Semana Santa 2026

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Santo Domingo, R.D.-La Policía Nacional realizó este miércoles el acto de distribución de cientos de agentes que serán desplegados a nivel nacional para fortalecer las labores de prevención y garantizar la seguridad ciudadana durante el asueto de Semana Santa 2026.

La actividad tuvo lugar en el Coliseo de Boxeo Carlos Teo Cruz, donde jóvenes policías, tanto masculinos como femeninos, se concentraron desde tempranas horas, listos para ser enviados a distintos puntos estratégicos del país.

Los agentes, debidamente uniformados y con su equipaje en mano, forman parte del contingente que se integrará al Operativo Proteger y Servir Semana Santa 2026, una iniciativa del Gobierno dominicano que articula esfuerzos entre la Policía Nacional, las Fuerzas Armadas y otros organismos de seguridad del Estado.

Las autoridades policiales señalaron que este despliegue forma parte de la estrategia preventiva diseñada para reducir la incidencia delictiva, evitar accidentes y ofrecer una respuesta oportuna ante cualquier eventualidad que pudiera surgir durante el desplazamiento masivo de ciudadanos en este período.

Asimismo, exhortaron a los agentes a desempeñar sus funciones con apego a los protocolos institucionales, respeto a los derechos fundamentales y un alto sentido de responsabilidad, recordando que representan el rostro cercano de la institución ante la ciudadanía.

Con esta distribución, la Policía Nacional continúa fortaleciendo su capacidad operativa y reafirma su compromiso de proteger vidas, preservar el orden público y contribuir a que la población disfrute de una Semana Santa segura y en paz.

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