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Procurador Jean Rodríguez recurre sentencia que redujo pena carcelaria a Marlin Martínez

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SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El procurador general de la República, Jean Rodríguez, informó que depositaron ante la Suprema Corte de Justicia el formal recurso de casación contra la sentencia que redujo de cinco a dos años de prisión la pena impuesta a Marlin Martínez por su vinculación al asesinato de la adolescente embarazada Emely Peguero, ocurrido en el mes de agosto de 2017 en San Francisco de Macorís, provincia Duarte.

Al ofrecer los detalles a la prensa en la sede de la Procuraduría General de la República, el magistrado Jean Rodríguez reafirmó su compromiso de «llevar el caso hasta las últimas consecuencias y procurar justicia».

“Cumpliendo con la promesa hecha a los familiares de Emely Peguero y al país de que agotaríamos todos los recursos que la ley pone en nuestras manos para que el lamentable y condenable asesinato de esta joven no quede parcialmente impune, quiero informarles que el pasado lunes 12 de agosto procedimos a depositar el formal Recurso de Casación contra la Sentencia No. 125-2019-EPEN-00101, de fecha 15 de mayo de 2019, dictada por la Corte de Apelación de ese departamento judicial”, precisó.

El recurso fue depositado ante la Secretaría de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Francisco de Macorís.

“Cuando hago referencia a que quede parcialmente impune, me refiero a la parte de la sentencia mediante la cual se redujo la pena de cinco a dos años de prisión a la encartada Marlin Martínez, luego que dicha Corte de Apelación variara la calificación jurídica de sustracción de menor y ocultamiento de cadáver a solo ocultamiento de cadáver», sostuvo.

Ese tribunal incurrió en la omisión de pruebas aportadas por el Ministerio Público que «señalan a la señora Marlin Martínez como cómplice y, por lo tanto, siendo cómplice, la pena que debió ser impuesta es la de 20 años de prisión como lo establece la ley”, manifestó.

Afirmó pruebas demuestran su complicidad en el crimen

El jefe del Ministerio Público expresó su satisfacción por la decisión de la Corte de Apelación de San Francisco de Macorís de confirmar la pena máxima de 30 años de prisión a Marlon Martínez por el crimen, pero «no podemos quedarnos indiferentes ante la otra parte de la sentencia, correspondiente a la pena de dos años de prisión impuesta a Marlin Martínez, a pesar de que es evidente su complicidad, las pruebas son más que contundentes, y la pena a imponer en estos casos no es de 2 años sino de 20 años de prisión”, reiteró.

Tildó de «obvio» que con la sentencia impuesta a Marlin Martínez «solo se sancionaría el horrendo crimen a medias», lo cual dijo que, de no corregirse, «estaría favoreciendo la impunidad y dejando un nefasto precedente en la correcta aplicación de justicia».

“!Qué burla a la justicia y a los valores más sagrados!», exclamó en alusión a los «dos años de prisión por un crimen tan horrendo. No es suficiente y no es lo que manda la ley”, subrayó.

Reiteró que cuentan con «pruebas suficientes que demuestran que Marlin Martínez presionó a su hijo para cometer el asesinato, que le prestó su apartamento para la comisión del mismo, además de que ocultó el cadáver y las cámaras de video para procurar impunidad, entre otros tantos actos propios de un cómplice».

El procurador se dijo confiado en que el recurso de casación «será acogido en cuanto al fondo, procediendo la Sala Penal a modificar dicha sentencia y a imponer contra la condenada Marlin Martínez la pena de 20 años de prisión».

La violación de los artículos 59, 60, 61, 62, 295, 296, 297, 304, 303, 303 4.1, 304, 354, 355 y 359 del Código Penal Dominicano tipifican la complicidad para cometer asesinato, actos de tortura o barbarie y autoría de sustracción de menores y ocultamiento de cadáver, detalló

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Aplazan para próxima semana decisión sobre extinción penal en caso de Jean Alain

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Santo Domingo, R.D.-Sera el lunes 17 de agosto cuando el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional dará  lectura al fallo sobre la solicitud de extinción de la acción penal en el proceso contra el ex procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez.

La decisión, que originalmente se conocería este miércoles, fue reprogramada de manera administrativa por la secretaría del tribunal, presidido por la magistrada Claribel Nivar e integrado además por las juezas Yisell Soto y Clara Castillo.

Los abogados del exprocurador, Carlos Balcácer y Nelly Rivas, solicitaron al tribunal declarar extinguida la acción penal y ordenar el cierre definitivo del caso, argumentando que el proceso está a punto de superar los seis años de duración, un retraso que, según sostienen, es enteramente atribuible al ministerio público.

Como sustento legal, invocaron jurisprudencia del Tribunal Constitucional que establece en cuatro años el plazo razonable en materia penal, así como la Ley 97-25, que restringe las causales para prorrogar ese plazo a casos de fuga, rebeldía o dilaciones justificadas mediante resolución motivada emitida en su momento circunstancias que, según la defensa, no se configuran en este expediente.

El órgano acusador pidió rechazar la petición, al considerar que carece de fundamento jurídico y que ha sido el propio imputado quien ha buscado dilatar el conocimiento del proceso y de las pruebas en su contra.

Ortiz precisó que aplazamientos por motivos de salud, intervenciones quirúrgicas, solicitudes de la propia defensa, derechos del personal judicial y la carga de trabajo de los tribunales no pueden atribuirse al órgano persecutor.

Citó como precedente la resolución del mismo tribunal del 17 de marzo de 2025 en el caso contra Juan Alexis Medina Sánchez, cuando también fue rechazada una solicitud similar.

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El «Jamaquen» es extraditado a Puerto Rico imputado de narcotráfico.

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Santo Domingo, R.D.-Fue entregado a las autoridades de los Estados Unidos por la República Dominicana David Armando Brito Brito (El Jamaquen) acusado de formar parte de una organización criminal dedicada al narcotráfico, lavado de activos y otros delitos.

Se recuerda que la Procuraduría General de la República (PGR) informó del arresto de este hombre el pasado mes de mayo, tras varios allanamientos en el Distrito Nacional, Santo Domingo Este y La Altagracia en seguimiento a la Operación PT7.

La autorización de la extradición de David Armando Brito Brito se realizó a través del decreto 346-26 y salió del país por el Aeropuerto Internacional de Las Américas, donde fue entregado a oficiales estadounidenses que lo trasladaron bajo custodia hacia Puerto Rico para responder en un tribunal las acusaciones que pesan en su contra.

“La captura y posterior extradición del dominicano es parte del trabajo conjunto, la cooperación y el intercambio constante de información entre la Republica Dominicana y Estados Unidos para capturar a fugitivos buscados por cometer delitos de narcotráfico, fraudes, lavado, asesinatos, violaciones, entre otros”, explicaron las autoridades.

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RD no realiza transbordo de productos chinos, aclara Gobierno dominicano.

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Santo Domingo, R.D.-Las autoridades de la República Dominicana aclararon que el informe de la Casa Blanca titulado “La Gran Estafa del Transbordo”, el cual analiza prácticas ilegales mediante las cuales mercancías procedentes de países con aranceles más altos, especialmente China, podrían ser enviadas a terceros países para luego reexportarse a los Estados Unidos, no involucra, en términos generales al país en acciones ilícitas de esa naturaleza.

A través de un comunicado, enviado desde el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), se informó que el informe no impone ni anuncia ningún tipo de sanción, penalidad, restricción comercial o medida arancelaria contra el país. Lo que hace es identificar riesgos potenciales asociados a determinadas rutas, productos y plataformas logísticas en más de 40 países.

El MICM señala que en el caso específico de República Dominicana, el informe la ubica dentro de un grupo de economías de menor escala que, por contar con zonas francas, infraestructura portuaria y logística, capacidad de manufactura especializada y acceso preferencial al mercado estadounidense, pudieran resultar atractivas para operadores ilícitos.

“La República Dominicana es una plataforma real de manufactura, zonas francas y logística. Aquí existen plantas, inversión, trabajadores dominicanos y procesos productivos que generan valor antes de exportar a los Estados Unidos. Una cosa es triangulación ilícita y otra muy distinta es manufactura legítima, inversión productiva y nearshoring”, expresó el Ministerio.

El MICM subrayó que comparte plenamente el objetivo de los Estados Unidos de impedir que cualquier empresa utilice territorio dominicano para evadir ilegalmente aranceles, falsear el origen de una mercancía, reetiquetar productos o vulnerar compromisos comerciales asumidos con socios estratégicos.

“Si existe alguna operación irregular, la República Dominicana es la primera interesada en identificarla, corregirla y sancionarla conforme a la ley. Nuestro país no promueve ni tolera prácticas dirigidas a encubrir el origen real de mercancías, evadir aranceles o afectar la confianza de nuestros socios comerciales”, indicó la institución.

Asimismo, el MICM informó que trabaja de manera coordinada con las autoridades aduaneras y comerciales nacionales, y que mantendrá el diálogo con las autoridades estadounidenses competentes para entender los indicadores específicos señalados en el informe y fortalecer aún más la trazabilidad, los controles y los mecanismos de cooperación bilateral.

“El objetivo del Gobierno dominicano es claro: distinguir entre la triangulación ilegal y la producción legítima que ocurre cuando una empresa invierte, produce, emplea dominicanos y transforma bienes en la República Dominicana. Esa distinción es fundamental para proteger la reputación del país, defender el comercio formal y preservar la confianza de nuestros socios comerciales”, agregó el MICM.

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