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Prohibirán las pelas

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pelaDentro de poco dejaremos de escuchar el usual alboroto que se produce en algunos hogares donde parece que se está acabando el mundo, a juzgar por el correteo y pataleo de los muchachos y sus voces desesperadas implorando “no me des, no me des”, “ya no me des más, ya está bueno” o cuando por el ahogo del llanto sólo puede decir: ya, ya, ya …..

Será difícil volver a ver en los barrios marginados a una madre quitándose las chancletas para poder correr con más rapidez y alcanzar con furor al niño, niña o adolescentes que huye de la picazón que produce la correa, la vara de una planta o el palo de la escoba cuando todos los problemas de su progenitora son descargados sobre su malcriadeza o travesura.

La clásica escena del padre quitándose la correa y llamando al menor en tono amenazante: “Venga acá, te voy a dar; si sales corriendo te daré más duro”, le supondrá al adulto conocer los barrotes de la cárcel y reflexionar allí cuánto le ha costado el placer que sintió al concebir al hijo y el error de pensar que podía hacer lo que quisiera porque era una “cosa suya”.

En las escuelas ya el profesor o profesora no tendrá licencia para dar reglazos, bofetadas, halones de pelo, de oreja o de brazo cuando un chiquillo le falte al respeto; pero tampoco los directores de ningún centro escolar podrán expulsar a ningún estudiante por su mala conducta, sino por el contrario, deberán responder ante las autoridades por no haber tenido la capacidad de resolver cualquier situación dentro de los parámetros de la comprensión y educación.

Ningún adulto podrá, tampoco, golpear a un menor en público, como vemos usualmente en plazas, parques, tiendas, supermercados y salones de belleza cuando un muchacho se revoltea porque ya está cansado de estar en ese lugar y pide, con malcriadezas, “vamos de aquí”, pero la respuesta es un pescozón, un empujón o una amenaza de que cuando lleguen a la casa ya verá lo que le va a pasar. El temor a la golpiza durante las horas que tarden en llegar al hogar serán tipificadas como abuso psicológico.

También quedarán totalmente prohibidas las humillaciones al usar denominaciones como: “Boca de burro”, “idiota”, “estúpido”, “tonto”, “desgraciado” “maldito muchacho”, “hija de la gran puta”, “mal parido”, “endemoniado”, “diente de conejo”, “caco ‘e maco”, “cabezón”, etc. y conllevarán distintas sanciones, tanto dentro del hogar como en las escuelas.

El proyecto “Hoja de Ruta”, que ejecutará el Consejo Nacional para la Niñez y Adolescencia (CONANI), auspiciado por la Organización de las Naciones Unidas, pondrá fin a los ojos morados de los niños debido a las bofetadas a ciegas de los mayores, a los “cachetes” enrojecidos, laceraciones en los brazos, piernas o nalgas, y a las depresiones que los inutiliza al sentir que valen muy poco y que no pueden hacer nada para evitar esas agresiones.

Este plan de erradicación de la violencia infantojuvenil, que el gobierno tiene como meta conseguir como una de sus mayores obras de educación y salud intrafamiliar y escolar, incluirá a todos los sectores del país, quienes tendrán el compromiso de colaborar con esta misión que sólo quiere llevar paz a los hogares y a las escuelas.

El sector privado, por ejemplo, podrá colaborar con mensajes de paz en los establecimientos comerciales colocando pequeños letreros al lado de los artículos utilizados para golpear a los niños, tales como correas. En estos tramos deberá haber mensajes que digan: “Prohibido dar pelas con esta prenda”, “Sólo para pantalones”, o el signo de (X) “No usar como castigo”.

Igualmente los productores de fósforos podrán hacer campañas para alertar que ese artículo es sólo para encender la leña, “no usar para quemar niños”, o para quemar la mano del niño; en los supermercados los palos de las escobas deberán tener un letrero que diga “Sólo para barrer”, “No para golpear niños”. Y en las cremas de las manos poner algunos mensajes que digan: “No golpés a los niños para que tus manos no se endurezcan”.

Pero el reto fundamental de este proyecto es hacer que se cumpla la Ley 136-03 sobre Protección a Niños, Niñas y Adolescentes, en lo que respecta a la prohibición de la violencia intrafamiliar. Esta vez se implementarán nuevos recursos de fiscalización, como son las cámaras de video, las motivaciones para las denuncias y la preparación de los chiquillos para que aprendan a denunciar las agresiones de las que son víctimas.

Ningún adulto escapará a la sanción o condena judicial si se demuestra que ha maltratado a su hijo, pero más que una medida coercitiva, lo que se quiere es enseñar a los padres a educar de una manera diferente, aprendiendo desde que salen de las clínicas u hospitales con los bebés recién nacidos. Como requisito para salir deberán asistir a una charla en las que se les explicarán las diferentes etapas por las que atraviesan los infantes durante todas las etapas de su vida.

De esta manera se les estaría dotando de una herramienta útil para comprender porqué los niños lloran y así evitar darles nalgadas tan temprano; por qué son malcriados, por qué actúan con rebeldía, no quieren comer, ir a la escuela; no desean hacer las tareas, evitan bañarse, molestan al hermano o hermana, se burlan de sus amigos; por qué gozan diciendo malas palabras, cuestionan a los padres o los enfrentan y otras actitudes que enfurecen a los progenitores o profesores y los hacen recurrir a la violencia.

La Hoja de Ruta
La Hoja de Ruta Nacional 2015- 2018 para la Prevención y Eliminación de la Violencia contra los Niños, Niñas y Adolescentes en República Dominicana fue presentada en un emotivo acto celebrado en el Ministerio de Relaciones Exteriores con la presencia del ministro de la Presidencia Gustavo Montalvo, en nombre del presidente Danilo Medina; la presidenta del Conani, Kirsys Fernández y la representante de la ONU para el capítulo Violencia contra los Niños, Marta Santos Pais.

Honrando a la fundadora del Conani, doña Renée Klang de Guzmán, estuvo presente su hija Sonia Guzmán, así como la vicecanciller Radhys Abreu, directora de Derechos Humanos de la Cancillería; el joven Raúl de la Cruz, quien clamaban a viva voz el cese de la violencia contra los niños y el respeto a sus derechos fundamentales.

El Plan de Trabajo de prevención contra la violencia intrafamiliar se llevará a cabo mediante la resolución No. 01-2014 dotando al Sistema Nacional de Protección de la articulación de los esfuerzos del Estado, los organismos internacionales, las agencias no gubernamentales y la sociedad civil de las herramientas para concretizar la obligatoriedad de Proteger a los Niños, Niñas y Adolescentes y prevenir y combatir todas las formas de violencia.

Por el Estado asumen este compromiso, además de la presidenta del Conani, el procurador Francisco Domínguez Brito; los ministros de Educación, Salud Pública, de la Mujer y de Trabajo, Carlos Baret, Altagracia Guzmán, Maritza Hernández y Alejandrina Germán, respectivamente, así como Johnny Jones, en representación de la Liga Municipal Dominicana (LMD), que agrupa a todos los ayuntamientos del país.

Por el sector privado firmaron el acuerdo el anterior presidente del Consejo de la Empresa Privada (Conep), Manuel Diez Cabral; el vicepresidente de Visión Mundial, David Cotes; el reverendo Ángel Sánchez, de Muchachos y Muchachas con Don Bosco; Fidel Lorenzo, representante de las iglesias evangélicas, y José de los Santos, presidente del Consejo Nacional de Unidad Sindical (CNUS).

En cuatro ejes fundamentales se enfocará este proyecto: 1) Lograr hogares y familias sin violencia, 2) Escuelas seguras y libres de violencia, 3) Un entorno institucional y de justicia sin violencia y protectora de los derechos y 4) Comunidad sin violencia y protectora de los niños, niñas y adolescentes.

La Hoja de Ruta ampliará el sistema de apoyo y orientación a los progenitores, la familia, los maestros y los comunitarios para desarrollar una maternidad y paternidad responsable que reduza la violencia intrafamiliar, como también maestros instruidos que no se resistan a los cambios de la enseñanza de hoy y observadores comunitarios que respondan al llamado de protección de la niñez y adolescencia.

También procurará fortalecer los servicios de detección de violencia y recuperación de las víctimas; revisar y actualizar el marco legal vigente para prohibir explícitamente el castigo corporal en el ámbito familiar; lograr que el sistema de justicia penal juvenil responda a los objetivos de la educación y reinserción escolar previstos por la ley.

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CIFRAS ALARMANTES CONANI-UNICEF 2012
LA REGIÓN 

En América Latina y el Caribe seis millones de niños, niñas y adolescentes sufren de abusos severos, incluyendo abandono y explotación; 80 mil mueren cada año por abuso de sus propios padres, mientras que los adolescentes de entre 10 y 19 años de edad representan el 28.7% de las víctimas de homicidios en la región.

REP. DOMINICANA
En este país en el 67.4% de los hogares se utiliza el castigo físico y psicológico para disciplinar a los hijos y no se reconoce este hecho como una violación a los derechos de los niños, niñas y adolescentes, sino, por el contrario, el 59% de las personas responsabiliza a las víctimas menores de edad de haber provocado la agresión, lo que evidencia una cultura tolerante del maltrato.

VIOLENCIA
Violencia contra la niñez o adolescencia es “toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido, trato negligente, o explotación sexual o laboral”, según el artículo 19 de la Convención de los Derechos del Niño, mientras que el Estudio Mundial sobre la Violencia y la Salud del 2002 la describe como “El uso intencional de la fuerza o poder físico como una amenaza contra la víctima a una agresión mayor que puede conllevar graves daños físicos y hasta la muerte”.

PREVENCIÓN
En los principios de la Hoja de Ruta se establece que la violencia intrafamiliar es prevenible y que el Estado debe invertir ampliamente en programas basados en abordar estos temas para lograr que los adultos entiendan que no tienen derecho a dañar la vida de los menores; que los niños aprendan a reclamar con altura sus derechos y que la sociedad se sensibilice e integre.

listindiario.com

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Juez evaluará este miércoles solicitud de Pepca para extender investigación del caso Senasa.

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Santo Domingo, R.D.-Deiby Peguero, juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, fijó para este miércoles el conocimiento de la solicitud de prórroga de cuatro meses presentada por el Ministerio Público para concluir la investigación y depositar la acusación contra el exdirector del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), Santiago Marcelo Hazim, y los demás implicados en el caso Cobra.

La solicitud de prórroga fue depositada por fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), con el propósito de analizar minuciosamente las evidencias recabadas durante allanamiento. Así lo informó recientemente el procurador adjunto, Wilson Camacho.

Camacho indicó que la institución cuenta con un equipo especializado dedicado al estudio del contenido de 16,800 cajas de documentos ocupadas durante los recientes operativos de intervención como parte de la investigación que realiza del caso.

El exdirector de SeNaSa, Santiago Marcelo Hazim, junto a otros imputados, es señalado de conformar una estructura criminal que habría perpetrado un desfalco superior a RD$15 mil millones en perjuicio del Estado dominicano, a través de la entidad pública de salud.

Además de Hazim, figuran como imputados Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speakler Mateo, Ada Ledesma Ubiera, Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, quienes cumplen distintas medidas de coerción impuestas en diciembre de 2025.

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Apresan en Jamaica a prófugo por la muerte de conductor de camión de basura en Santiago

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Santo Domingo, R.D.-Fue detenido en Jamaica Jhovanny de Jesús Metz Cruz, conocido como «Macho», señalado como el principal sospechoso de la muerte del conductor Deivy Carlos Abreu Quezada, quien falleció luego de ser atacado por una turba de motociclistas durante una persecución.

La información fue confirmada a Diario Libre por una fuente de la Procuraduría General de la República (PGR).

De acuerdo con las investigaciones, «Macho» habría sido quien presuntamente propinó varias estocadas a Abreu Quezada durante el ataque ocurrido el pasado 17 de abril en el parqueo del Palacio de Justicia de Santiago, donde la víctima intentó refugiarse tras ser perseguida durante varios kilómetros por un grupo de motociclistas.

En principio, se informó que la persecución se produjo a raíz de un incidente de tránsito.

Posteriormente, trascendió que la agresión habría sido motivada por una presunta deuda económica que el conductor mantenía con sus atacantes.

Visado a JamaicaEn marzo pasado, Jamaica eliminó el requisito de visa para los dominicanos que viajen a ese país por turismo o negocio por un periodo de 180 días.

Otro proceso judicial

Mets Cruz también enfrenta un proceso judicial por las heridas de bala ocasionadas en 2023 al sargento de la Policía Nacional Christopher Almánzar García, adscrito a la unidad SWAT.

El imputado no se presentó al juicio de fondo pautado para el miércoles 20 de mayo ante el Cuarto Tribunal Colegiado de Santiago, por lo que la sala ordenó declararlo en rebeldía y activar las consecuencias legales correspondientes.

En ese expediente, Mets Cruz enfrenta acusaciones por intento de homicidio y asociación de malhechores.

El hecho ocurrió el 7 de mayo de 2023 en el sector El Ejido, de Santiago.

Durante el incidente, el sargento Almánzar García sufrió fracturas en el fémur y la rodilla izquierda, mientras que su sobrino, Jeison Willian Almánzar Núñez, resultó herido en la pierna izquierda cuando intentaba auxiliarlo.

Según las informaciones ofrecidas en el tribunal, Mets Cruz cumplía medidas de coerción consistentes en presentación periódica, impedimento de salida del país y orden de alejamiento de las víctimas.

Tras su incomparecencia al juicio, el tribunal dispuso su declaratoria en rebeldía, mientras las autoridades activaron su búsqueda.

Ahora, con su detención en Jamaica, las autoridades dominicanas deberán realizar las gestiones correspondientes para establecer su eventual retorno al país y que responda ante la justicia por los procesos que tiene pendientes.

Formalmente no hay un tratado de extradición entre República Dominicana y Jamaica. El intercambio judicial y la colaboración policial se apoyan en organismos internacionales como Interpol.

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TC rechaza amparo de Alexander Montilla contra embargo inmobiliario vinculado al caso Antipulpo

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Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Constitucional (TC) declaró inadmisible, por notoria improcedencia, la acción de amparo interpuesta por el empresario Alexander Montilla Sierra, con la que pretendía suspender un proceso de embargo inmobiliario en su contra y obtener la reposición de los plazos procesales de dicho caso.

La Alta Corte, mediante la sentencia TC/0784/26, tomó la decisión al rechazar la acción presentada por el cuñado del expresidente Danilo Medina contra la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y la señora Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.

La decisión fue aprobada por la mayoría de los jueces del pleno. Por su parte, el magistrado José Alejandro Vargas se inhibió de participar en la deliberación y el fallo, debido a que intervino en el proceso en su anterior condición de juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, cuando conoció una medida de coerción vinculada al caso penal.

El origen del conflicto

El caso se remonta a una investigación de la PEPCA dirigida contra Alexander Montilla Sierra y su hermano Maxy Gerardo, junto a otras personas físicas y jurídicas. Las indagatorias se originaron en una de las líneas de investigación de la Operación Antipulpo, por presuntos actos de corrupción y lavado de activos relacionados con contratos públicos y licitaciones irregulares.

En esas pesquisas, la jueza coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, autorizó entre diciembre de 2020 y enero de 2021 la inmovilización de fondos y la oposición a transferencias de bienes muebles e inmuebles de los investigados.

Según el expediente, estas medidas dejaron a Alexander Montilla Sierra sin capacidad para disponer de su patrimonio, impidiéndole honrar un pagaré notarial por RD$20,000,000.00 suscrito en 2018 con Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.

Ante el incumplimiento de pago, Castillo de los Santos inició en 2021 un proceso de embargo inmobiliario sobre dos propiedades de Montilla Sierra: una unidad en el condominio Terrazas del Mirador II y un apartamento en el condominio Karla I.

El levantamiento parcial de las medidas

Tras un acuerdo de colaboración entre Maxy Montilla y la PEPCA, la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción autorizó, mediante auto del 12 de diciembre de 2025, el levantamiento parcial de las oposiciones e inmovilizaciones. La PEPCA tramitó la ejecución de dicha orden ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Superintendencia de Bancos el 30 de diciembre de 2025.

El 6 de febrero de 2026 antes de tener conocimiento formal del levantamiento, notificado por la DGII el 17 de febrero, Alexander Montilla interpuso una acción de amparo en la que solicitó la publicidad registral de las oposiciones, la suspensión del embargo inmobiliario y la reposición de los plazos procesales.

La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional declaró inadmisible dicha acción el 3 de marzo de 2026 (Sentencia núm. 037-2026-SSEN-00109), al considerar que había perdido su objeto tras el levantamiento parcial de las medidas.

Montilla Sierra recurrió el fallo ante el Tribunal Constitucional alegando vulneraciones al debido proceso, la tutela judicial efectiva, el derecho de propiedad, la igualdad de armas y el principio de inviolabilidad de las nulidades constitucionales, entre otros.

Criterio del Tribunal Constitucional

El TC coincidió en que la sentencia de primera instancia era errónea, pero por una razón distinta a la planteada por el recurrente: consideró que el juez de amparo no debió declarar la inadmisibilidad por «falta de objeto», sino por «notoria improcedencia». Esto se apoya en su jurisprudencia reiterada, la cual establece que el amparo no puede utilizarse para suspender, modificar o dejar sin efecto decisiones dictadas por otro tribunal en un proceso judicial ordinario en curso.

En consecuencia, el TC revocó la sentencia recurrida y, actuando directamente sobre el fondo de la acción original, concluyó que las pretensiones de Montilla Sierra excedían el ámbito del amparo. De concederlas, el juez constitucional estaría sustituyendo a la jurisdicción ordinaria en la conducción de un proceso iniciado desde el año 2021.

El tribunal señaló que cualquier objeción sobre la falta de publicidad de las oposiciones administrativas debió plantearse oportunamente ante el propio juez del embargo, mediante los mecanismos procesales correspondientes.

Acuerdo de oportunidad y condenas previas

Cabe destacar que el Ministerio Público obtuvo la homologación de un acuerdo bajo el criterio de oportunidad, mediante el cual Maxy Gerardo Montilla Sierra y un grupo de sus empresas aceptaron su responsabilidad penal y autorizaron el decomiso de RD$2,000 millones en efectivo a favor del Estado dominicano.

El acuerdo, homologado por el juez Raymundo Mejía del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, compromete a Montilla a pagar una indemnización de RD$600 millones a las distribuidoras de electricidad EdeEste, EdeSur y EdeNorte, en resarcimiento por los perjuicios ocasionados.

Asimismo, contempla la disolución en un plazo de dos años de las empresas Transformadores Solomon Dominicana, S.A.S., Electrocable Aluconsa, S.A.S., NSD, Importaciones Diversas, SRL, Distribuidora de Materiales Eléctricos FEE, SRL, Distribuidora Eléctrica Henan Jinshui, SRL, Importadora Eaglerise, SRL, TLC Negocios Globales, SRL, Watmax Lighting, SRL, Herrajes Eléctricos RPC, SRL, y MG Solomon Corporation.

También fija el pago de RD$431,816,307.90 a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el decomiso de un terreno de 200.18 metros cuadrados ubicado en la avenida Roberto Pastoriza núm. 2, Ensanche Naco, valorado en RD$50,901,692.13.

Por el caso Antipulpo, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Alexis Medinahermano del expresidente Danilo Medina, a siete años de prisión en el centro penitenciario de Najayo.

La decisión fue recurrida y está pendiente de revisión para el próximo 8 de septiembre en la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Otros imputados recibieron penas menores y algunos fueron declarados noculpables, entre ellos Magaly Medina.

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