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Análisis Noticiosos

Proyecto de ley establecería un minifundismo municipal

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Por Juan Bolívar Díaz

Un proyecto aprobado en primera lectura por el Senado ascendería los 234 distritos municipales a la misma categoría de los 156 municipios, totalizando 390 entidades autónomas y modificaría proporciones del gasto en un festín clentelista.

Municipios-dominicanosUn proyecto de ley aprobado en primera lectura por el Senado establecería un minifundismo municipal al declarar autónomos los 234 distritos municipales lo que les daría la misma categoría de los 156 municipios para un total de 390 ayuntamientos, de los cuales 117 tienen menos de 4 mil habitantes.

Se trata de una contra reforma que establece nuevos criterios para el gasto municipal, en lo que se configura como un festín clientelista, y que desconoce sin preaviso, en la forma y el fondo, el consenso de diez años de discusiones que concluyó en la actual ley municipal 176-07.

Autonomía a los distritos

Tras el informe favorable de su Comisión Permanente de Justicia y Derechos Humanos el Senado aprobó en primera lectura un proyecto sometido por los senadores Rafael Calderón, de Azua, y Charles Mariotti de Monte Plata, que reformaría la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, a fin de otorgarle plena autonomía administrativa y presupuestaria a los Distritos Municipales hasta ahora concebidos como subdivisión territorial dependiente del ayuntamiento municipal.

Los proponentes se basan en que “en ninguna de sus partes la Constitución de la República consigna que las funciones y actuaciones de los Distritos Municipales están sujetas a la autoridad del municipio al que corresponden, y que contrariamente le establece el derecho a patrimonio propio, autonomía presupuestaria, potestad normativa, administrativa y de uso de suelo”.

Otra consideración estima “justo el reclamo de los Distritos Municipales de eliminar el vínculo de dependencia administrativa entre el Municipio y el Distrito Municipal en virtud de que constitucionalmente son territorios con la misma capacidad jurídica y sin subordinación entre uno y otro”.

El proyecto también modificaría la proporción en que la ley 176-07 distribuye el uso de los fondos de los municipios, hasta ahora 40 por ciento para infraestructuras, 31 para servicios, 25 para pago de personal, y el restante 4 por  ciento para salud, educación y género. Se unifican las proporciones destinadas a servicios y personal en un global 56 por ciento, lo que permitiría mayores partidas para nóminas y nominillas de por sí ya abultadas en muchos de los ayuntamientos que no cumplen la ley.

Serían 390 ayuntamiento

La propuesta de ley abonaría el progresivo mini fraccionamiento del territorio nacional que se ha criticado hace décadas. En la actualidad rigen 155 municipios y hay otro por constituir y 232 distritos y 2 por ser establecidos para un total de 390 entidades que operarían todas  con la misma categoría, como ayuntamientos autónomos y con presupuestos independientes y sin fiscalización del municipio, aunque con distintas denominaciones que sólo se justifican en la concepción del distrito como subdivisión municipal. Si fueran entidades con igual rango, no habría explicación para que la Constitución mantenga las dos categorías.

Es relevante que hay 12 distritos con población menor de 2 mil personas, 40 con menos de 3 mil, 88 con menos de 4 mil y 117, justo la mitad, con población menor de 5 mil personas, y apenas 48, el 21 por ciento, pasan de los 10 mil habitantes. El Distrito Palo Alto, el menor de todos, apenas tiene 958 personas. Si se aprueba el proyecto de ley todos tendrían la misma autonomía que el Distrito Nacional, cuya población es de 965 mil habitantes, que Santiago con 983 mil, o Santo Domingo Este que registra 787 mil habitantes.

Redondeando la población nacional en 10 millones, si se divide entre 156 municipios, arroja un promedio de 64 mil 102, lo que ya se considera una fragmentación excesiva. Entre 390 ayuntamientos se reduciría a un promedio de 25 mil 641 personas.

La provincia de Azua, cuyo senador es uno de los proponentes de la reforma, es  ejemplo del minifundismo territorial, pues es líder nacional  en municipios con 10, uno más que Santiago que es 6 veces más poblada, y también en distritos municipales con 22. La provincia Santo Domingo, la más poblada del país, con casi dos millones de habitantes, sólo tiene 7 municipios y 8 distritos.

Contrareforma municipal

El proyecto sometido al Senado sin previa discusión con nadie, constituye una contra reforma, que desconoce en aspectos fundamentales el largo proceso de consenso que precedió la aprobación de la Ley 176 del 2007 sobre el Distrito Nacional y los Municipios, la cual se debatió durante una década con amplia participación de la Federación de Municipios, entidades gubernamentales, de las organizaciones sociales y expertos nacionales e internacionales. En todo el proceso hubo auspicios y financiamiento de organismos internacionales.

Aunque no se ha explicitado públicamente, se tiene entendido que el proyecto cuenta  con apoyo de la Asociación Dominicana de Distritos Municipales. Tampoco ha fijado posición la Federación Dominicana de Municipios, pero se da por hecho que no auspiciará la reforma, al menos en cuanto al desprendimiento de los distritos.

El Foro de Municipalistas, que integra numerosas organizaciones de la sociedad civil y unos 300 alcaldes, alcaldesas y regidores, así como expertos en la materia, fue la que en los últimos días denunció el proyecto como una “contrareforma regresiva” y se dirigió al Congreso el viernes reclamando consenso sobre la ley de los municipios.

Domingo Matías, vocero del Foro adelantó “serias objeciones” al contenido del proyecto y al procedimiento: “tratar de pasar casi en secreto una reforma que abriría el riesgo de que los presupuestos municipales sean utilizado para incrementar la nómina de los gobiernos locales sin establecer criterios contraviene el proceso de reforma de la administración pública que viene impulsando el Poder Ejecutivo a partir de la Estrategia Nacional de Desarrollo”, sostuvo.

Previo a la aprobación de la Ley 176-07 ya existía la alarma por el mini fraccionamiento territorial impulsado por el clientelismo político, por lo que se estableció que los nuevos municipios deberían tener por lo menos 15 mil habitantes, cifra a la que no llegaba la tercera parte de los ya establecidos. Todavía después se aprobaron algunos sin esa proporción poblacional.

Contra sentencia del TC

Domingo Matías, uno de los más reputados expertos municipalistas sostiene que el proyecto choca con dos sentencias del Tribunal Constitucional sobre actos de la Junta del Distrito Municipal de Verón, la 67-13 que declaró  nulo el establecimiento de impuestos y la 152-13 que le restó potestad de crear su propia Oficina de Planeamiento Urbano. “Los Distritos Municipales son órganos descentralizados y extensiones de los ayuntamientos, es la conclusión de la sentencia 67-13” especificó.

 Matías no niega que el nuevo marco constitucional demande una revisión de la Ley de Municipios, pero también la Estrategia Nacional de Desarrollo, convertida en ley, así como la Ley de Regionalización y Plan Nacional de Reordenamiento Territorial y el Pacto Municipal en discusión con el presidente Danilo Medina.

Reivindicando la participación social, reclama “avanzar hacia una reforma municipal que sea viable, que conlleve más consecuencias para los actos de corrupción y promueva la cultura de la transparencia”.

Si la mayoría de los 155 municipios no cumplen las más elementales normas de contabilidad y contraloría, como ha certificado la Cámara de Cuentas, la más que duplicación al convertir los distritos en ayuntamientos autónomos auspiciará un mayor dispendio  de los recursos municipales. Los vocales de los distritos  querrán tener la remuneración que ya se da a los regidores de los municipios. Y serán 390 unidades reclamando un “palacio municipal” y el derecho a repartir entre su clientela política una proporción del presupuesto público.

La mezcla de la flexibilización de la proporción del presupuesto municipal destinado a pagos de personal y de servicios, englobándolos, con la homologación de los distritos con los municipios, tiene una clara marca de intención clientelar. En distritos de mil personas podrían distribuirse el presupuesto y alcanzar a más de la mitad y hasta a la totalidad de sus habitantes.-

Artículo publicado originalmente en el periódico Hoy.-

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Análisis Noticiosos

Lo bueno y lo malo de un “outsider”.

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Por José Cabral.

Nadie puede negar que la República Dominicana está en medio de la gran posibilidad de que pueda surgir un “outsider” en la política nacional, aunque el problema descansa en que no se ha articulado una propuesta que responda al nicho que se ha creado en esta dirección.

Prácticamente todas las encuestas colocan en un 54 ó 55 por ciento, aunque se piensa que es mucho mayor, las personas que no sienten ningún respeto ni vinculación con los partidos políticos, los cuales han llegado a un nivel de descrédito que nadie podía imaginarse.

Es tan grave el problema que esa realidad amenaza la democracia representativa, ya que en las últimas elecciones el país ha terminado con autoridades que no cuentan con la legitimidad necesaria para garantizar una buena gobernabilidad.

Pero frente a esa realidad la pregunta que todo el mundo se hace es si valdría la pena que en el país se produzca el fenómeno del “outsider” como que ya ha pasado en muchas naciones latinoamericanos e incluso en los Estados Unidos de América.

El último caso de este tipo se ha producido en Colombia, donde un abogado penalista, un depravado, defensor de narcotraficantes, de evasores de impuestos y de los paramilitares ha quedado en primer lugar en las  elecciones presidenciales.

A Abelardo de la Espriella, un ultraderechista, sin ningún mérito, pero sin venir de las estructuras tradicionales del partidarismo político, se ha colocado en la puerta de la presidencia de Colombia, con un discurso agresivo y con una visión de cuestionamiento del derecho internacional que lo acerca al actual jefe de Estado de los Estados Unidos, Donald Trump, quien incluso ya lo ha apoyado.

El asunto es que este tipo de “outsider” no es saludable para que ningún país del mundo, porque representa un antivalor, un enemigo del derecho internacional y además un depravado que no respeta absolutamente nada ni a nadie.

Entonces, si la República Dominicana se viera en ese espejo estaría en un escenario que significa un evidente retroceso al bienestar que se supone debe garantizar todo aquel que se opone a la partidocracia, que nadie puede negar que en todas estas naciones ha implicado una gran desgracia para los pueblos.

Por esta razón es que creo que, si en la República Dominicana se crean las condiciones, como ya parece que ocurre, para desplazar del poder a los partidos políticos, tiene que ser para bien, no para mal, ya que debe ser un “outsider” que cuente con un plan programático y estratégico a corte, mediano y largo plazo para poder lograr las transformaciones que demanda la sociedad.

Naturalmente, la preocupación de que el problema del país no sólo descansa en el funcionario público, el cual procede de los partidos políticos, instancias totalmente corrompidas y enemigas del progreso nacional, sino también en la visión y actitud distorsionada del ciudadano como resultado del neoliberalismo salvaje introducido en el país por Leonel Fernández.

Tal vez ahí esté la explicación de que una opción con una visión colectiva, no individual, no haya podido consolidarse en el país, ya que articular este tipo de propuesta implica, según lo que se ve, romper con lo que luce ser una utopía por la forma en que el neoliberalismo se ha apropiado de la mente y el sentir de la gente.

Pero si Dios quiere y en razón de que las condiciones están dadas para que en el país surja un “outsider”, ojalá sea para bien y no para mal, contrario a como se observa que se produce en Colombia y en otros países latinoamericanos.

El “outsider” dominicano tiene que ser para romper con la vieja  política, a los fines de acabar con la corrupción y los principales males que aquejan a la sociedad en asuntos tan fundamentales para tener crecimiento y desarrollo nacionales como el empleo, la institucionalidad, la seguridad pública y ciudadana y en otros aspectos que durante décadas han representado una retranca para la nación.

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Análisis Noticiosos

El sistema de justicia nacional y una democracia que agoniza.

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Por José Cabral.

Los jueces y juezas son considerados emperadores que tienen el privilegio de juzgar la conducta de los demás, pero nunca la de ellos, convirtiéndose muchas veces en los funcionarios públicos que violan más que cualquier otro agente del Estado los derechos de las personas.

La explicación del abuso de poder desde la condición de juez, jueza o fiscal consiste en que somos una nación donde la democracia existe más de apariencia que de realidad y que ello obedece a la herencia patriarcal, machista, caudillista y de amiguismo que genera mucha tolerancia con el que infringe la ley desde la sombrilla del Estado, cuya visión descansa en la herencia histórico-cultural anti-democrática.

La República Dominicana ha pretendido desarrollar una democracia en la que prevalezca el principio de legalidad, juridicidad y de igualdad, pero este propósito ha resultado ser una utopía porque los tiempos de dictaduras tienen un fuerte peso en la vida nacional.

En el Estado democrático los derechos no están por encima de los deberes, ambos van de la mano, pero en los países con escaso nivel de desarrollo la gente piensa que no tiene que cumplir con sus obligaciones y que los derechos son absolutos.

Hace muy pocos días que los actores del sistema de justicia se lanzaron a un paro de labores en demandas de mejores condiciones salariales y de trabajo en sentido general, lo que nadie le regatea porque la realidad es que las mismas son deprimentes, aunque ello no justifica la forma en que muchos tribunales se manejan en los casos que les llegan.

Todo el mundo sabe o por lo menos constitucionalmente está establecido que los jueces son garantes fundamentales de la justicia y la paz social, ya que su principal papel es administrar justicia mediante la solución de conflictos de manera imparcial, aunque este concepto luce ser una utopía.

Los jueces se supone que actúan como puente mediador entre las leyes y los ciudadanos, asegurando la equidad, el respeto a las garantías constitucionales y la estabilidad del Estado de Derecho, ya que en la sociedad contemporánea el ejercicio de la judicatura abarca funciones esenciales que van más allá de simplemente aplicar la ley escrita, sobre todo en una época en que el derecho ha entrado en un profundo proceso de constitucionalización.

Sin embargo, cuando el sistema de justicia no cumple con su rol, entonces llega la distorsión que tiene que ver con la vía de hecho, dado que éste tiene la misión teórica de darle a cada ciudadano lo que le corresponde, a los fines de evitar hacer justicia con sus propias manos y para garantizar una convivencia ordenada.

La justicia también debe velar porque prevalezca el principio de legalidad y de juridicidad para el control del poder, ya que representa un contrapeso vital al supervisar que los actos de los otros órganos del Estado se ajusten a la Constitución y al bien común, pero todo ello requiere, además, que los jueces, juezas y demás actores de la judicatura nacional también  ajusten  sus actuaciones a los deberes que les impone la ley sustantiva de la nación y las normas por las que se rige el Poder Judicial.

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Análisis Noticiosos

Es imperdonable que Subero Isa haya mal asesorado al presidente de la República.

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Por José Cabral

Cuando el Congreso Nacional aprobó en violación de la Constitución la promulgada Ley 13-26 que persigue anular las candidaturas independientes, muchos confiamos en la amplia formación y la vocación democrática del expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, quien ahora se desempeña como Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo.

Siempre pensé que lo mínimo que podía sugerirle Subero Isa a Luis Abinader era no promulgar esa pretendida ley y en su lugar recomendar observarla por constituir una violación muy grave a la Constitución de la República y a una jurisprudencia del Tribunal Constitucional que el jefe de Estado prometió cumplir cuando se juramentó en el cargo.

Pero aun después de la promulgación en una conversación con el promotor de la acción directa de inconstitucionalidad en contra de los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23, Alberto Fiallo, éste decía que parece que Subero Isa no había jugado ningún papel en semejante agravio a la democracia y al proceso de constitucionalización del derecho en la República Dominicana.

E incluso planteó el amigo Fiallo que Subero Isa no había tenido ninguna participación en semejante disparate jurídico, porque se veía que se trataba de un asunto manejado políticamente desde el Partido Revolucionario Moderno (PRM), lo cual parece lógico en razón de que fue algo manejado por los cuadros más importantes de la organización oficial.

Sin embargo, luego de ver la recomendación al presidente Abinader de Subero Isa en su condición de consultor jurídico del Poder Ejecutivo de que no se meta en lo referente al conflicto entre los jueces, juezas y demás personal del Consejo del Poder Judicial, todo indica que de igual modo debió haberlo hecho con la promulgación de la Ley 13—26.

No hay ninguna razón de que Subero Isa no haya intervenido en la decisión del presidente en lo que respecta a la promulgación de la Ley 13-26, máxime cuando el consultor jurídico ya había hecho pública su posición en contra de las candidaturas independientes.

De ser así, Subero Isa ha incurrido en su peor error como hombre público y jurista de una larga trayectoria, porque se trata de una acción antijurídica y que de alguna manera desmiente la creencia que nos hemos creado muchos de que este expresidente de la Suprema Corte de Justicia es un profesional del derecho lo suficientemente acabado y formado para el mejor de los consejos.

Si esta hipótesis es cierta entonces estaríamos ante un gran fiasco, porque no sé si Subero Isa sabe que con lo que podría ser esa asesoría a un hombre como el presidente Abinader, quien no tiene la menor idea de asuntos constitucionales, lo ha sumergido en una grave violación al derecho interno y externo, lo cual perdurará para toda la historia del país.

Sería imperdonable que Subero Isa no entienda la importancia que tiene en la democracia nacional el proceso de constitucionalización del derecho que se inicia en el país con la Constitución del 2010 y de la que se deriva la referida figura jurídica y que tampoco digiera el fenómeno que tiene que ver con la defensa y preservación de los derechos fundamentales en la sociedad dominicana, ya que la decisión de Abinader busca arruinar y eliminar el derecho, valores y principios de legalidad, proporcionalidad, pro participación y de dignidad humana.

No es que Subero Isa no tiene el derecho de estar en contra de lo que considere, pero de igual modo se entiende que es totalmente inaceptable que él se ponga en contra de una jurisprudencia que tiene el sustento del mandato de la Constitución.

Considero que la figura de Subero Isa se degrada y queda muy mal parada cuando entra en el juego de la politiquería al recomendar, si fue que así ocurrió, la promulgación  de la Ley 13-26, que en buen derecho  no  es más que un contrasentido jurídico y que no puede tener otro destino que su nulidad.

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