Santo Domingo, R.D.-Un proyecto de ley sometido en el Senado de la República el pasado fin de semana modifica el nuevo Código Penal, para quitar a los partidos, movimientos y agrupaciones políticas como entes exentos de responsabilidad penal.
Si ambas cámaras congresuales aprueban la legislación y esta es promulgada por el Poder Ejecutivo, los partidos, movimientos y agrupaciones políticas podrán ser procesados como personas jurídicas, con el mismo régimen que las empresas, las ONG y demás entidades.
La modificación a la Ley 74-25, orgánica que instituye el Código Penal de la República Dominicana, promulgado el 3 de agosto de 2025, hará posible que los partidos, como institución, sean acusados penalmente por delitos cometidos en su beneficio, tales como lavado de activos, financiamiento ilícito, corrupción, malversación o desvío de fondos, fraude electoral, sobornos, entre otros actos.
El proyecto de ley fue sometido en la Cámara Alta el pasado 5 de diciembre por el senador Antonio Taveras (PRM-Santo Domingo).
La norma legislativa modifica el artículo 13 del nuevo Código Penal, para establecer que el Estado dominicano, el Distrito Nacional, los municipios, las alcaldías, distritos municipales, las juntas de los distritos municipales, los órganos autónomos descentralizados provistos de personalidad jurídica y de derecho público con competencias y prerrogativas públicas y los órganos administrativos habilitados a ejercer potestades públicas, “no estarán regidos por las disposiciones que preceden relativas a la responsabilidad penal de las personas jurídicas”. Al sacar a los partidos en dicha disposición, el senador perremeísta los incluye dentro del régimen general de responsabilidad penal de las personas jurídicas.
El legislador considera que el excluir a los partidos, movimientos y agrupaciones políticas del régimen general de responsabilidad penal de las personas jurídicas crearía una brecha normativa “injustificada” y contraria a los principios de igualdad, legalidad y seguridad jurídica, que permitiría que organizaciones con incidencia directa en la conducción de los asuntos públicos puedan evadir responsabilidad penal frente a delitos graves que afectan la integridad democrática y el interés general.
Con esta son dos las iniciativas que buscan modificar la Ley 74-25, la cual entrará en vigencia el 3 de agosto de 2026. La primera propuesta es del diputado Ramón Raposo, del PRD
Antonio Taveras explica que debido a la naturaleza jurídica, estructura organizativa, capacidad de movilización social y el acceso que tienen las organizaciones políticas a recursos públicos y privados pueden ser utilizadas, de forma deliberada por falta de controles internos, “como vehículos para la comisión de delitos que trascienden la actividad electoral”, por lo que exige a esas entidades prevención, vigilancia y responsabilidad penal.