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¿Qué deben hacer las autoridades según la sentencia del Tribunal Constitucional?
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13 años agoon
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LA REDACCIÓN
A final del mes pasado el Tribunal Constitucional (TC) emitió la sentencia 168-13 que establece, entre otras cosas, que “No son dominicanos los hijos de extranjeros en tránsito”.
El fallo a medida que ha sido divulgado ha generado posiciones a favor y contra, no solo en las personas afectadas por el dictamen, sino incluso entre juristas de larga data en el país.
Han sido muchos los cuestionamientos a la sentencia del Tribunal Constitucional que además de afectar a más de 200 mil personas, por ser emitida por el TC tiene un efecto vinculante.
No obstante, voces como las del presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, y del jurista y especialista constitucional Juan Manuel Castillo Pantaleón, por citar dos casos, han pedido que se respete la institucionalidad dominicana y que se cumpla la sentencia. Además han denunciado que las reacciones en contra son parte de una campaña internacional que busca desacreditar este país.
Finalmente, luego de varias semanas de reclamos y dimes y diretes en torno a la decisión judicial, hoy el presidente de la República, Danilo Medina se reunirá con el Consejo Nacional de Migración para tratar el tema.
Pero ¿Qué deben hacer las autoridades, según el controversial fallo?
De acuerdo a la sentencia, “Por las razones de hecho y de derecho” expuestas en el documento el TC dispuso que la Junta Central Electoral (JCE) restituya en un plazo de diez días laborables, contados a partir de la notificación de esta sentencia, el original de su certificado de declaración de nacimiento a la señora Juliana Dequis (o Deguis) Pierre.
Además, proceder a someter el acta al tribunal competente, tan pronto como sea posible, para que este determine su validez o nulidad, lo que indica que el TC emitió su fallo al tiempo que reconoce que no pudo determinar si el documento de identidad de la demandante es falso o no.
También ordena a la JCE proceder de la misma manera respecto a todos los casos similares al de la especie, con el debido respeto a las particularidades de cada uno de ellos, ampliando el aludido plazo de diez días cuando las circunstancias así lo requieran.
En adición, le indicó efectuar una auditoría minuciosa de los libros-registros de nacimientos del Registro Civil de la República Dominicana desde el veintiuno 21 de junio de 1929 hasta la fecha, dentro del plazo de un año contado a partir de la notificación de esta sentencia.
Es decir la Junta tiene hasta finales del mes de septiembre del próximo año para hacer este inventario, aunque la sentencia agrega que puede extender este plazo por año más.
Precisa que esta orden fue emitida para lograr identificar e integrar en una lista documental y/o digital a todos los extranjeros inscritos en los libros-registros de nacimientos del Registro Civil de la República Dominicana.
A la Junta le corresponde también consignar en una segunda lista los extranjeros que se encuentran irregularmente inscritos por carecer de las condiciones requeridas por la Constitución de la República para la atribución de la nacionalidad dominicana por ius soli, la cual se denominará Lista de extranjeros irregularmente inscritos en el Registro Civil de la República Dominicana.
También tendrá que crear libros-registro especial anuales de nacimientos de extranjeros desde el 21 de junio de 1929 hasta el 18 de abril de 2007, fecha en que la Junta Central Electoral puso en vigencia el Libro Registro del Nacimiento de Niño (a) de Madre Extranjera No Residente en la República Dominicana.
Luego de realizar este procedimiento la institución tiene que transferir administrativamente los nacimientos que figuran en la Lista de extranjeros irregularmente inscritos en el Registro Civil de la República Dominicana a los nuevos libros-registros de nacimientos de extranjeros, según el año que corresponda a cada uno de ellos.
Tras hacer este proceso deberá notificar todos los nacimientos transferidos de conformidad con el párrafo anterior al Ministerio de Relaciones Exteriores, para que este, a su vez, realice las notificaciones que correspondan, tanto a las personas que conciernan dichos nacimientos, como a los consulados y/o embajadas o legaciones diplomáticas, según el caso, para los fines legales pertinentes.
Asimismo, la JCE debe remitir la Lista de extranjeros irregularmente inscritos en el Registro Civil de la República Dominicana al Ministro de Estado de Interior y Policía que preside el Consejo Nacional de Migración, para que esta última entidad elabore, dentro de los 90 días posteriores a la notificación de la presente sentencia, el Plan nacional de regularización de extranjeros ilegales radicados en el país para luego rendir un informe general sobre el indicado Plan nacional de regularización de extranjeros ilegales radicados en el país al Poder Ejecutivo con sus recomendaciones.
En cuanto a la Dirección General de Migración, la sentencia establece que esta dependencia estatal debe otorgar un permiso especial de estadía temporal en el país a Juliana Dequis Pierre, joven que emitió el recurso de revisión de amparo que originó el fallo.
Esta disposición agrega que el permiso debe ser entregado a Juliana en un plazo de 10 días, hasta que el Plan nacional de regularización de los extranjeros ilegales radicados en el paísdetermine las condiciones de regularización de este género de casos.
Mientras que en su séptima disposición el tribunal exhortó al Poder Ejecutivo proceder a implementar el Plan nacional de regularización de extranjeros ilegales radicados en el país, razón por la que esta mañana se reunirá el Consejo Nacional de Migración para tratar el tema.
HOY
Nacionales
Obispos se reunen con Abinader en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado
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13 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo. – La Conferencia del Episcopado Dominicano (CED) en el marco de su 64ª Asamblea Plenaria, recibió este viernes la visita del presidente de la República, Luis Abinader, en un encuentro celebrado en la Casa Arquidiocesana María de la Altagracia, donde se abordaron distintos temas de interés nacional.
Durante su intervención, el mandatario destacó la importancia de mantener un diálogo permanente con la Iglesia católica, señalando que estos espacios permiten conocer de primera mano las necesidades de las diócesis y socializar las medidas adoptadas por el Gobierno.
“Siempre es bueno tener el contacto con los obispos, escuchar las necesidades de sus diócesis y también explicarles los grandes temas nacionales”, expresó.

El jefe de Estado agregó que estos encuentros se han convertido en una práctica habitual de su gestión, como parte de la relación de cooperación con la jerarquía eclesiástica.
El presidente fue recibido por la nueva directiva de la CED para el período 2026-2029, encabezada por el obispo de San Francisco de Macorís, Ramón Alfredo de la Cruz Baldera, quien asumió la presidencia de la institución.

También participaron el arzobispo coadjutor de Santo Domingo, Carlos Tomás Morel Diplán, en calidad de vicepresidente, y el obispo auxiliar de Santo Domingo, José Amable Durán Tineo, como secretario general.
Nacionales
Garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa”.
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13 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo, R.D.-Una garantia economica impone el Tribunal del Distrito Judicial de San Cristóbal de RD$200,000, impedimento de salida del país y presentación periódica al Ministerio Público contra el imputado Elvis Manuel Santos Alcántara (Onguito Wa), acusado de porte ilegal de armas de fuego, tras acoger de forma parcial la solicitud del Ministerio Público.
La decisión judicial se produce luego de que el procesado fuera arrestado en flagrante delito el pasado 21 de junio, cuando agentes de la Policía Nacional realizaban labores de patrullaje en la carretera Sánchez Vieja, en San Cristóbal.
Durante el operativo, el imputado se desplazaba en un vehículo Honda CR-V, color negro, junto a otra persona, y al ser registrado se le ocupó una pistola Glock, calibre 9 mm, con 17 cápsulas, sin documentación legal.

La magistrada Chadalis E. Rosario Melenciano, jueza suplente del Tercer Juzgado de la Instrucción y de la Oficina Judicial de Atención Permanente, ordenó además que el imputado deberá presentarse los días 29 de cada mes durante seis meses ante el Ministerio Público, como parte de las medidas impuestas.
Asimismo, el tribunal dispuso la notificación a la Dirección General de Migración (DGM) para garantizar el impedimento de salida del país, mientras que el Primer Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal fue designado como tribunal de control del caso.
El Ministerio Público, representado por las fiscales Belkis Tejeda e Ingris Maribel Guerrero Polanco, había solicitado prisión preventiva por tres meses; sin embargo, el tribunal optó por medidas no privativas de libertad, al considerar parcialmente la solicitud.
El órgano acusador también obtuvo un plazo de seis meses para presentar el requerimiento conclusivo del proceso.
De acuerdo con el expediente, Santos Alcántara ya había sido condenado previamente mediante la Sentencia Penal núm. 523-2025-SSEN-00015 por violaciones a la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, lo que fue recordado por el Ministerio Público durante la audiencia.
Con esta decisión, el caso sigue bajo investigación judicial mientras el imputado permanece bajo estrictas condiciones de control.
El uso, porte y tenencia ilegal de armas de fuego constituye uno de los delitos más vigilados por las autoridades judiciales y de seguridad en la República Dominicana, debido al impacto que tiene en la criminalidad, la seguridad ciudadana y la violencia urbana.
«En el país, este tipo de infracciones está regulado por la legislación penal vigente y por normativas específicas que establecen los requisitos para la adquisición, registro y porte legal de armas».
- En los últimos años, el Ministerio Público y la Policía Nacional han intensificado los operativos de prevención y persecución del porte ilegal de armas, especialmente en zonas urbanas y carreteras donde se registran mayores incidencias de delitos flagrantes.
- Estos operativos suelen incluir patrullajes, requisas selectivas y controles de vehículos, con el objetivo de reducir la circulación de armas no registradas.
El sistema judicial dominicano contempla medidas de coerción que pueden ser privativas o no privativas de libertad, dependiendo de la gravedad del hecho, los antecedentes del imputado y el riesgo procesal.
Nacionales
Prisión preventiva solicitan para falso odontólogo tras causar graves lesiones en La Vega
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13 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo, R.D.-La imposición de prision preventiva como medida de coercion contra un acusado de ejercer la odontología solicitará el Ministerio Público en las próximas horas la imposición contra un hombre acusado de ejercer la odontología sin exequátur en La Vega en un caso de presunto intrusismo profesional que dejó a una paciente con lesiones permanentes en el rostro y daños neurológicos severos.
El imputado, identificado como Franklin José Almánzar Escarramán, de 51 años, habría realizado procedimientos odontológicos de alta complejidad sin la debida autorización legal en el consultorio de su hermano, ubicado en el Centro Médico V Centenario, en la provincia de La Vega.
Su hermano, William Radhamés Almánzar Escarramán, también fue arrestado por su presunta complicidad en los hechos, ambos tras entregarse a las autoridades policiales en cumplimiento de una orden judicial.

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público, la víctima acudió el pasado 17 de enero a recibir atención odontológica y fue evaluada en el consultorio de los imputados, donde se le indicó la extracción de cuatro terceros molares mediante un procedimiento quirúrgico.
Según el expediente, durante la intervención, el imputado habría aplicado anestesia y posteriormente realizado maniobras violentas con instrumentos odontológicos, incluyendo golpes en la zona afectada, sin lograr completar la extracción tras varias horas de intento.
La paciente posteriormente presentó dolor intenso, inflamación facial y complicaciones severas, lo que la llevó a buscar atención médica especializada, donde se determinó la existencia de daños permanentes en su salud bucal, incluyendo nervios atrofiados, edema facial, trismo, parestesia mandibular y otras lesiones complejas.
La procuradora de corte de La Vega, Aura Luz García Martínez, explicó que el Ministerio Público procederá a solicitar la medida de coerción garantizando el debido proceso.
“Vamos a presentar la solicitud de medida de coerción ante la autoridad competente, garantizando el debido proceso y los derechos fundamentales de los imputados”, afirmó.
Las autoridades indicaron que el imputado principal ejercía la odontología sin exequátur, según certificación del Ministerio de Salud Pública, lo que constituye una violación a la Ley General de Salud 42-01 y la normativa que regula el ejercicio profesional odontológico.
- El órgano persecutor también sostiene que la actuación de los hermanos Almánzar Escarramán pudo haber tenido consecuencias aún más graves
- Incluso la muerte de la paciente, debido a la naturaleza del procedimiento realizado sin habilitación legal.
El caso ha sido calificado provisionalmente como violación a varios artículos del Código Penal dominicano y de la legislación sanitaria vigente, mientras el tribunal evalúa la solicitud de medida de coerción presentada por el Ministerio Público.
El ejercicio de la odontología y otras profesiones de la salud en la República Dominicana está regulado por un marco legal que exige la obtención de un exequátur y la debida habilitación profesional, con el objetivo de garantizar la seguridad de los pacientes y la calidad de los servicios médicos.
Estas disposiciones forman parte de las políticas sanitarias orientadas a prevenir el intrusismo profesional, una práctica que consiste en ejercer una profesión sin la autorización correspondiente.
