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Análisis Noticiosos

RD de espalda al universo de los derechos humanos

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Por Juan Bolívar Díaz

El tribunal Constitucional dominicano violó una ley y su propio ordenamiento interno para precipitar el absurdo desconocimiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. exponiendo el país a graves daños derivados de la condena internacional.

tema-de-hoyLa sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declara inconstitucional la adhesión a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) deja al país de espalda al universo de los derechos humanos y expuesto a continuas condenas que podrían ocasionar graves daños económicos y a la imagen de la nación.

Las reacciones internacionales muestran el aislamiento de la nación, mientras en el plano interno los expertos constitucionalistas y en derecho internacional se muestran consternados y avergonzados por la inconsistencia del dictamen, que el gobierno podría subsanar pidiendo al Congreso Nacional que ratifique la competencia de esa Corte.

Profunda división

Tal como ocurrió con la sentencia 168-13 que avaló la política de desnacionalización de los descendientes de inmigrantes irregulares, la 256-14 emitida esta semana por el Tribunal Constitucional, declarando inconstitucional la adhesión del país a la CIDH profundiza la división en la sociedad dominicana, predominando el discurso nacionalista que reivindica una soberanía obsoleta por múltiples tratados internacionales, no sólo en derechos humanos, también en comercio, medio ambiente, derecho de autor…

La opinión pública está influida por la posición gubernamental conservadora, que ha arrastrado al partido de gobierno al ultranacionalismo,  dejando  atrás sus orígenes boschistas, y gran parte de la población parece encontrar en ella una fuente para reafirmarse frente a los nacionales y descendientes del país más pobre y atrasado del continente. La generalidad de los periódicos apoyan la posición nacionalista, los principales programas de televisión la cuestionan y la radio aparece dividida.

Donde ha habido mayor coherencia y profundidad es entre los más reputados expertos en derecho constitucional y relaciones internacionales, que han rechazado o disentido en diversos grados con las sentencias del TC, como Eduardo Jorge Prats, Olivo Rodríguez Huerta, Cristóbal Rodríguez, Flavio Darío Espinal, Carlos Salcedo, Nassef perdomo, o Ariel Gautreaux, y juristas como el expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa y el jurista Francisco Alvarez Valdez. Tras una serie de consideraciones jurídicas, en un artículo el viernes en HOY, Jorge Prats concluyó con dos palabras “!Que vergüenza!”.

Total rechazo internacional

Donde la nueva sentencia del TC ha vuelto a tener un rechazo absoluto es en el ámbito internacional, encabezado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el órgano encargado por la carta de la OEA y la Convención Interamericana de Derechos Humanos de velar por la aplicación de los tratados al efecto, la cual dijo que ese dictamen “no encuentra sustento alguno en el derecho internacional, por lo cual no puede tener efectos”. Agregó que tampoco existe base en el mismo para entender que pueda tener efectos en el futuro, porque la Convención “no establece la posibilidad de que un Estado que continúa siendo parte del Tratado se desvincule de la competencia de la Corte”.

Amnistía Internacional y el Centro Kennedy para los Derechos Humanos se sumaron de inmediato a las advertencias de que la nación dominicana se coloca de espaldas al universo de los derechos humanos. Las repercusiones  alcanzaron la primera plana del principal periódico español El País y de los noticiarios de televisión del mundo.

La Comisión Interamericana evalúa desde el 2011, con por lo menos tres audiencias públicas, los casos de unas 48 personas afectadas por la desnacionalización, cuyos expedientes podrían pasar en cualquier momento a la Corte y motivar condenas sobre condenas, bajo la jurisprudencia de que los hijos no heredan la condición migratoria de sus padres y por el principio de la no retroactividad.

Ya esta semana la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados colocó a la República Dominicana en un exclusivo club mundial donde se concentra la apatridia, ocupando el quinto lugar, después de Birmania, Costa de Marfil, Tailandia y Lituania, con un estimado de 200 mil personas privadas de nacionalidad.

TC viola ley y su estatuto

No debe pasar desapercibida la denuncia de dos de los tres jueces del TC que rechazaron la sentencia con “votos disidentes” ponderados en el sentido de que en su prisa por emitir su dictamen, que a juicio de Katia Miguelina Jiménez “responde más a un acto de reacción que a un razonamiento jurídico”, el tribunal violentó el artículo 180 de la Constitución, su Ley Orgánica 137-11 y su propio reglamento interno “textos que son categóricos al indicar que los votos deben consignarse en la sentencia”, dice textualmente Hermógenes Acosta.

La jueza Jiménez y el juez Acosta se quejan de que el TC publicó su sentencia 256-14 sin darle oportunidad a explicitar su voto disidente como ordenan esos textos. Con extensión de 39 y 13 páginas, sus argumentos contrarios a la mayoría, fueron incorporados posteriormente a la sentencia en la página de internet del TC. El de la otra magistrada que disintió, Ana Isabel Bonilla, de 6 páginas, fue incluido antes de la emisión.

Acosta cita que el reglamento jurisdiccional del TC establece un plazo de 10 días hábiles a contar de la comunicación de la sentencia para formular el voto particular, y que la práctica en cientos de casos implicaba por lo menos 5 días, pero esta vez se publicó al tercer día. El, como la doctora Jiménez, tuvieron que redactar sus objeciones sin haber recibido el texto aprobado por la mayoría, y en su punto 8 indica que “el proyecto de sentencia que nos ocupa fue aprobado con modificaciones, de las cuales tuve conocimiento en horas de la tarde del día de hoy (4 de noviembre) cuando entré a la página oficial del TC”. Agrega en el punto 9 que “he sido sancionado de manera injusta e injustificada”.

Katia Jiménez dice que se enteró por el periódico El Día de la decisión de publicar la sentencia sin esperar su voto disidente, que reivindica no sólo constitucional, legal y reglamentariamente, sino como “desprendimiento del derecho a la libertad de expresión”. En su argumento 4.1.12 se queja de que la mayoría de los jueces citaron un dictamen de la Suprema Corte del 2055 (No.4 BJ1137.23) para argumentar a favor de acoger el recurso de inconstitucionalidad, pero decidieron “dejar de lado el hecho de que en esa misma sentencia la Suprema Corte reconoce la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, y cita el texto específico.

La esencia del rechazo

Los tres jueces disidentes, como la generalidad de los expertos que han analizado la sentencia, basan su rechazo en que el Congreso Nacional reconoció la competencia de la Corte Interamericana al ratificar la Convención Interamericana de Derechos Humanos  que la instituye. Citan su artículo 33 que crea tanto la Comisión como la Corte Interamericanas, que luego dedica todo su capítulo VIII a especificar las competencias y funcionamiento de la CIDH. Coinciden también en que la Convención especifica que no se necesita “convención especial” para reconocer la jurisdicción de la Corte.

Hermógenes Acosta añade que el Congreso también ratificó la competencia de la CIDH al aprobar la Ley Orgánica del TC 137-11, donde establece  ”Que dentro de los procedimientos constitucionales a ser regulados se encuentra el control preventivo de los tratados internacionales y la regulación de la ejecución de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

Citan la llamada “doctrina Estoppel”, según la cual no se puede adoptar una conducta jurídica contraria a los actos anteriormente adoptados, refiriéndose a las múltiples ocasiones en que el Estado aceptó la vinculación con la CIDH, como por ejemplo al defenderse en cinco casos o al hacer elegir  una dominicana como jueza de la misma. Lo mismo cuenta para el TC que llegó a firmar un Acuerdo Marco de Cooperación con la CIDH (Ver cuadro anexo).

Una salida improbable

Las primeras manifestaciones del gobierno son de estricto apego a las decisiones del TC, citando su ley orgánica y la Constitución, aunque la primera, en su artículo 37.1 también declara la vinculación con los tratados y los tribunales internacionales  internacionales, colocados en la última instancia en materia de derechos humanos. La Constitución en su artículo 74.3. La última declaración del canciller dominicano Andrés Navarro, el viernes, no descarta que el país se salga de la jurisdicción de la CIDH, pero indico que un grupo de expertos analiza la situación.

Si el problema es que el Congreso no ha ratificado la competencia de la Corte, como ha dictaminado el TC, una salida podría ser enviar el protocolo al Poder Legislativo para que decida. Sería una forma del gobierno compartir la responsabilidad en una decisión de graves y prolongadas complicaciones para la política exterior y la imagen del país. Hay quienes creen que podrían originarse boicots y hasta sanciones económicas. Por lo menos la Unión Europea condiciona cooperación a la observación de los principios fundamentales de derechos humanos.

Hay quienes citan el caso de Venezuela, que denunció la Convención y la Corte, pero la República Dominicana es mucho más dependiente del comercio, la inversión, el turismo y la cooperación internacional, y no tiene aliados exteriores que la puedan defender ante acusaciones de violación de derechos de decenas de miles de personas.

En última instancia, como sostuvo la jueza Katia Jiménez, el desconocimiento de la competencia de la CIDH es reactiva, una forma de decir que ya no hay que cumplir la condena  que restituye los derechos de los desnacionalizados, porque simplemente el reconocimiento de esa corte durante 15 años “era inconstitucional”.-

Calendario de eventos

Septiembre de 1977: RD firma la Convención Americana de los Derechos Humanos

Diciembre de 1977: Resolución 739 del Congreso Nacional ratifica la Convención que instituye la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Marzo de 1999: El presidente Leonel Fernández acepta la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)

Noviembre del 2003: La Resolución 1920 de la Suprema Corte de RD reconoce como  obligatoria de pleno derecho la competencia de la CIDH

Junio del 2006: La dominicana Rhadys Abréu de Polanco es electa jueza de la CIDH por la Asamblea  General de la OEA reunida en Sto. Domingo

Enero del 2010: Se promulga la Constitución cuyo artículo 74.3 otorga jerarquía constitucional a los tratados y convenios suscritos por el Estado

Junio del 2011: La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional 137-11 reconoce la  jerarquía de la CIDH

Noviembre del 2012: El presidente del TC, Milton Ray Guevara firma un Acuerdo Marco de Colaboración con la CIDH

2013: Sentencias 0084-13 y 136-13 del TC reconocen el “carácter vinculante” de las  decisiones de la CIDH  

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Análisis Noticiosos

Naciones de la Amazonia boliviana trazan planes de vida para evitar su extinción

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Seis pueblos del norte y noroeste del país plasman su lengua, costumbres y demandas en autodiagnósticos

Bolivia ha sido históricamente proyectada como el país más indígena de Sudamérica. La presidencia más longeva a cargo de un mandatario de origen nativo estuvo acompañada de un largo proceso institucional y social para reconocer la diversidad de sus habitantes. Por la cantidad de sus miembros y su empuje político, las culturas andinas, la aimara y la quechua, han protagonizado las mayores conquistas. Sin embargo, 30 de los 36 pueblos originarios reconocidos en la constitución boliviana provienen de la parte tropical y amazónica del país. La reducida cantidad de sus pobladores y su aislamiento geográfico los han llevado a ser constantemente postergados por el Estado. Tal vez de ahí surge un sentido de orgullo que los impulsa a mantener intacto su idioma y su vocación de gobernarse bajo sus propias normas.

La capacidad de reconocer el sonido de cada una de los cientos de especies de pájaros que existen, las miles de experimentaciones realizadas con plantas para descubrir qué dolores alivian o la herida generacional de la fiebre del caucho que obligó a su dispersión. Las naciones situadas en la parte de Bolivia atravesada por la Amazonia, en el norte y noroeste, comparten todas estas características, pero también padecen las mismas carencias. Las carreteras desde los poblados hasta las capitales más cercanas son precarias, al punto de volverse intransitables en época de lluvias, y a otras comunidades solo se llega en embarcación. Esto convierte en travesías el arribo de medicamentos, profesores y, en general, cualquier forma de conectividad con el exterior.

Como parte de la actual revalorización occidental del “pulmón del mundo”, la Cooperación Española ha puesto su atención en estas comunidades, asesorándolas para elaborar planes de vida y organizar sus demandas con el fin de generar incidencia. Ross Amils, integrante de la Cooperación Española dedicada al proyecto, denomina al proceso —que duró dos años— como autodiagnósticos comunitarios: “Son documentos creados por los pueblos para gestionar su relacionamiento con la administración del Estado. Hubo reuniones con instancias del gobierno local y municipal para plantear los principios de los planes de vida. Además, brindan un contexto de las naciones y de las necesidades que ellos perciben”.

Se elaboraron seis planes de vida para seis naciones (esse ejja, machineri, yaminahua, yuqui, kabineño y tacana), a partir de diagnósticos en 33 comunidades. Participaron instituciones como el Fondo Indígena para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe, la Confederación de Pueblos Indígenas del Oriente Boliviano (Cidob) y el Centro de Formación y Realización Cinematográfica. El proyecto también dio lugar a una exposición fotográfica en la oficina de la Cooperación Española en Santa Cruz de la Sierra, abierta hasta el 20 de mayo, donde se exhiben cortos documentales y objetos de algunas de las tribus.

El resultado es la fotografía de una región con culturas vivas y latentes. Lo que más sorprende, dada la reducida cantidad de habitantes en muchos casos, es la pervivencia de la lengua. La nación Yaminahua, por ejemplo, está conformada por 131 personas, de las cuales casi el 70 % domina el idioma homónimo, de acuerdo con los planes de vida. “El idioma no lo perdemos. Hasta los jóvenes, cuando salen a la ciudad, lo mantienen. Lo vemos como una ventaja”, explica la primera concejal de Puerto Yaminahua, Pilar Duri. Es más, como se indica en su documento pertinente, los 953 esse ejja dominan su idioma y aprendieron a hablar castellano solo al ingresar al colegio, porque es la lengua que dominan los profesores.

Para el nivel secundario, son pocos los docentes que se animan a emprender la travesía hacia estas poblaciones. Fátima Monje, presidenta de la comunidad Las Amalias —la más alejada de las seis que conforman a los esse ejja— explica cómo llegar desde la urbe más cercana: “Se debe navegar desde Riberalta durante 24 horas en embarcación fluvial. Existe otra vía, disponible solamente en época seca (de junio a noviembre): saliendo desde Riberalta, se viaja por una carretera sinuosa durante 11 horas hasta llegar a Ingavi; desde allí, se debe navegar dos horas hasta Las Amalias”.

Los machineri, por ejemplo, aprovechan su ubicación fronteriza con Brasil, sobre el río Acre, para cruzar al país vecino en busca de salud y otros servicios básicos. “Compramos todo en Brasil. Assis Brasil está a 10 kilómetros de nuestra comunidad, San Miguel de Machineri; Cobija —la capital de Pando, el único departamento de Bolivia totalmente amazónico— está a 110 y la carretera no siempre es transitable”, cuenta el capitán grande de esta nación, Leomir Flores. Los machineri, como los pueblos vecinos, viven en una Tierra Comunitaria de Origen (TCO), lo que les permite regirse por su propia forma de gobierno y sus normas internas.

Este logro fue conseguido tras el histórico desplazamiento a pie de más de 600 kilómetros desde el oriente del país hasta la sede de Gobierno en La Paz, en 1990, conocido como la Marcha por el Territorio y la Dignidad. El Estado se vio obligado a reconocer oficialmente, por primera vez, los territorios indígenas en tierras bajas y a otorgarles autonomía sobre su suelo. Como responsable de su nación, Flores se muestra preocupado. Las ayudas locales e internacionales prometidas suelen quedarse en anuncios o a medio ejecutar: “Visité Santa Cruz en 2024, La Paz el año pasado y en septiembre tuvimos una reunión con la Unión Europea. A todos les digo lo mismo: ‘No coordinen con la gente de la ciudad; somos nosotros quienes sufrimos’”.

Es común que en estos poblados alejados —relata Flores— existan centros de salud, pero sin equipamiento adecuado y casi nunca con médicos permanentes; el hospital más cercano puede estar a un día de distancia. “Cuando nos enfermamos, nos salvamos con remedios caseros o pidiendo a Dios que nos proteja; es la única forma”, lamenta el capitán. La medicina tradicional es de uso frecuente en la selva. En el plan de vida de los tacana, la población más numerosa del proyecto —poco más de 4.000 personas—, pero también la más dispersa, se detalla con qué plantas de su entorno se combate cada dolencia: para el reumatismo se hierve jengibre, eucalipto y una cabeza de ajo. En caso de diarrea, se toma como infusión la hoja de guayaba hervida junto con el cogollo del cayó.

El 30 % de los tacana combina medicina occidental y tradicional, y un 8 % confía únicamente en la segunda, según los documentos elaborados. El dato refuerza la visión de estas naciones: identidad y saber ancestral frente a la marginación. Duri sintetiza el sentir: “Ojalá tengamos un poco más de importancia como pueblo fronterizo. Aquí nacieron nuestros abuelos, nuestros padres y ahora nosotros nos vemos en la obligación de dejar la comunidad por las condiciones precarias. A migrar con nuestros hijos”.

elpais.com

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Análisis Noticiosos

El derecho constitucional es el hermoso en el papel, pero no en los hechos.

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Por José Cabral

La constitucionalización del derecho es un proceso definitivamente hermoso, ya que se apoya en el respeto y la preservación de los derechos fundamentales.

Sin embargo, cuando vamos a la realidad la perspectiva cambia y entonces cualquier ciudadano pasa de la emoción a la frustración.

Y no digo eso por la no ejecución de muchas de las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional, aunque no es para menos, sino porque se observa una especie de complicidad de todo el sistema para que el proceso de constitucionalización no tenga credibilidad.

Este criterio lo sustento porque en el marco del derecho es una de las metas más admiradas en una sociedad cuyas tradiciones son precisamente de no respeto a los derechos fundamentales.

El país siempre ha estado muy marcado por las conductas autoritarias, desde que nació como República, cuya superación han sido muy difícil por no decir imposible.

Las violaciones al principio de legalidad y de juridicidad es el pan de cada día en todo el sistema de justicia, pero que la respuesta a este problema es la posibilidad que tiene el justiciable de recurrir para hacer valer sus derechos.

La más seria debilidad de la democracia dominicana es la poca conciencia de su gente para que proceso como el de constitucionalización del derecho tenga éxito, pese a que se entiende que son muchos los que se inclinan por su fracaso.

Los esfuerzos deben ser mayores para que las cosas ocurran de otra manera e incluso el propio gobierno debía ser parte del montaje de una gran campaña nacional para que el proceso de constitucionalización tenga éxito.

Con ese propósito parte del presupuesto de publicidad del Gobierno debía estar concentrado en que la democracia aumente sus niveles de institucionalidad a través del respeto a la ley y a la Constitución.

Pero, necesariamente, tengo que preguntarme si realmente es posible un esfuerzo conjunto de todos, incluido el Tribunal Constitucional, para exigir, más que demandar o pedir, reforzar el proceso de constitucionalización del derecho mediante una gran campaña nacional a nivel de las escuelas públicas y privadas y de las universidades nacionales para crear conciencia de esta hermosa meta.

Igual debe ocurrir con la celebración de talleres para que el funcionario, incluido el Ministerio Público, actúan más apegado a los derechos fundamentales de la persona humana, lo que nos elevaría como sociedad del siglo XX!

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Análisis Noticiosos

Una abierta confrontación entre el derecho y la política.

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Por José Cabral

La confrontación entre la política y el derecho está presente en prácticamente todos los Estados del planeta, sin importar el continente.

No hay un solo lugar del mundo en que no haya esta confrontación y casi siempre vence la política, porque es la que tiene el control del Estado, el poder público, independientemente de que tanto ha avanzado el derecho constitucional interno y externo de las naciones.

Un escenario donde esta confrontación es vista con mucha preocupación es en los Estados Unidos de América, pionero y principal referente del derecho constitucional difuso y del equilibrio de los poderes, el checks and balances, como se conoce en el derecho inglés, pero que ambos han quedado muy cuestionados a propósito de la llegada a la Casa Blanca de Donald Trump.

El comportamiento de Trump ha puesto en tela de juicio la credibilidad de la democracia representativa, máxime en un país como Estados Unidos donde siempre se ha dicho a través de la sociología política de que es el primer Estado que se forma en el mundo sin influencias feudales, netamente capitalista y con una alta conciencia social.

Sin embargo, Trump no ha respetado la tradición nacida en los Estados Unidos y que ha impactado todo el mundo mediante el derecho constitucional, quien a través de sus órdenes ejecutivas viola el derecho interno y también el internacional con la imposición de aranceles a sus socios comerciales ilegalmente, cuya competencia es del Congreso porque se trata en realidad de un impuesto a las importaciones.

Sin embargo, este viernes la Suprema Corte de los Estados Unidos se empantalonó y declaró inconstitucionales los aranceles de Trump, pero inmediatamente el mandatario esgrimió su autoridad para imponer ahora bajo la sección 122 de la Ley de Comercio de 1974 un diez por ciento a todos los productos que vienen del exterior  de la potencia del norte, cuya cláusula legal dice que le otorga poderes al jefe de Estado para abordar ciertos problemas fundamentales de pago internacional a través de recargos y otras restricciones especiales a las importaciones.

De cualquier modo, esta opción que ahora ha escogido Trump, es más controlada teóricamente por el Congreso Nacional de los Estados Unidos, pese a que ya está demostrado que eso para el jefe de Estado norteamericano no significa mucho.

La cuestión es que, pese a que parezca increíble, Donald Trump disfruta de su sueño de ser dictador, aunque sea por un día, en una nación que siempre ha sido ejemplo de institucionalidad para los demás países del planeta, ya que la violación general de las leyes en ese territorio no cabía en ninguna cabeza humana.

La realidad innegable es que la confrontación entre la política y el derecho está al rojo vivo en los Estados Unidos, cuyo mandatario en medio de una rueda de prensa ha lanzado ataques muy fuertes en contra de la Suprema Corte de Justicia que ha declarado ilegales los caprichosos aranceles de Trump.

Este fenómeno, que ocurre en la nación que siempre ha querido ser el ejemplo a seguir por el resto de los países, toma ribetes preocupantes, porque Donald Trump tiene el propósito, no sólo de desarticular y debilitar el derecho internacional para entrar a territorios ajenos como Pedro por su casa, como muy bien dice una expresión popular, sino que pretende hacer trizas el ordenamiento jurídico de la nación del norte para gobernar como todo un jefe de Estado del tercer mundo, donde la ley importa muy poco y las constituciones pueden definirse como de fachadas, es decir, que existen en el papel, pero no en la realidad.

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