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Demandas de cambios en reforma fiscal plantean en vistas públicas.

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Santo Domingo, R.D.-Centenares de observaciones han sido hechas por la sociedad en la apertura de las vistas públicas al proyecto legislativo de “Transformación Fiscal” o reforma fiscal depositado por el Poder Ejecutivo en el Congreso Nacional.

Desde primeras horas de la mañana, diversas personas del ámbito empresarial y social han acudido al llamado realizado por la comisión de Hacienda, quien debe estudiar lo contenido en el documento.

No obstante, sin dejar a un lado las propuestas de modificación compartidas por diversos sectores, los exponentes utilizaron su turno a la palabra para destacar el rechazo que siente ante la visión tributaria plasmada por el Gobierno dominicano, destacando la falta de consenso con la que fue preparada.

Las vistas públicas transcurren mientras en las afueras del Congreso Nacional decenas de personas se reunieron para pedir el retiro total de la propuesta.

Fiduciarias y constructores

El representante de la Asociación de Fiduciarias Dominicana (Asofidom), Crhistian Molina, aseguró que lo planteado con esta reforma afecta a este sector y busca acabar con la comercialización de las viviendas en el territorio nacional.

Entiende que el enfoque de los tributos no debería afectar a las fiduciarias para continuar con el desarrollo del país.

“Esto afecta la vivienda porque amenaza que 6 de cada 10 dominicanos se queden sin acceso a su primer. Un retroceso de décadas en la compra de viviendas accesibles”, manifestó.

Además, expresó que estos impuestos violarían un derecho tan importante para todos los ciudadanos, como lo dictan la Constitución y las leyes.

Meléndez estableció que la eliminación de las tasas diferenciadas a los fideicomisos de casas causaría un aumento de 12.5% para los consumidores.

También, teniendo en cuenta que de ser agravada la materia prima utilizada por los constructores, las edificaciones continuarán elevando a un más su costo.

Con la eliminación de las exenciones y la reducción de nueve a cinco millones de pesos el pago de Impuesto Patrimonio Inmobiliario (IPI), aproximadamente sería el 59% de los hogares de bajo costo que saldrían de esta clasificación. Disminuyendo en 57 mil millones de pesos lo aportado por el sector.

Protección al cine

Por otro lado el presidente Asociación Nacional Dominicana de Cine (Adocine), Hans García, recordó esa industria está conformada en la actualidad por 135 empresas que pagan impuestos, generan empleos y hacen inversiones millonarias.

Según explicó, son 1,200 estudiantes, muchos provenientes de las provincias del interior, los que pertenecen a la industria cinematográfica, que aporta 25,000 empleos.

Hans defendió los incentivos fiscales que recibe el cine, por medio de la Ley 108-10, destacando otros beneficios que simboliza para el Estado.

“El 55% de quienes ocupan los puestos son las mujeres. El cine lo hacen las mujeres”, apuntó.

Resaltó que el 85% de los gastos, registrados al producir una película, están limitados en la subcontratación de pequeñas y medianas empresas del comercio local, utilizando más de 200,000 habitaciones de hoteles.

“Compramos más de 1,400 millones en combustible y vehículo de alquileres en todo el país”, apuntó.

Hans reconoció que es necesaria una readecuación de la ley. Pero, pidió no lacerar el desarrollo económico de los cineastas.

Ejes centrales

Además de estas, diversas entidades presentaron su posición ante el pleno de los congresistas de la cámara baja.

Estas son el Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep), Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD), Colegio Médico Dominicano (CMD), sector textil, asociaciones de detallistas, organizaciones políticas, entre otras.

Además de no alterar las exenciones, los planteamientos de los voceros sociales y empresariales parecían estar unificadas, como el aumento del salario mínimo, reducción de la nómina pública, disminución de la pérdida en energía eléctrica, reducción de la publicidad gubernamental y la nómina pública, fiscalización a los partidos políticos y organizaciones no gubernamentales.

Igualmente proteger a los alimentos y productos que conforman la canasta básica familiar de los impuestos.

Asimismo, consideraron como necesaria ampliar la ejecución de fiscalización y reducir el Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (Itbis) para garantizar una mayor mitigación a la evasión de impuestos. El Itbis pasará a llamarse Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Por otro lado, representantes de la Asociación de Bancos Múltiples de República Dominicana (ABA) pidieron cuidar y fomentar los ahorros, teniendo en cuenta que existen artículos en el documento legislativo que afectarán al sistema bancario, incluyendo a las transferencias digitales.

“Reforma fiscal inconstitucional”

Por otro lado, el activista político Carlos Peña mostró su preocupación con lo planteado en la propuesta del Poder Ejecutivo, asegurando una supuesta ilegalidad.

Peña dijo que viola el artículo 251 de la Constitución, donde establece la creación el Consejo Económico Social (CES).

“Si la aprueban sería caer en un acto de inconstitucional. Es por eso que llegaríamos una instancia al TC para declarar la reforma fiscal como Inconstitucional”, subrayó.

Peña aseguró que el Gobierno del presidente Luis Abinader superó, durante su primer cuatrienio en 2020-2024, la deuda obtenida en más de 700 años con la adquisición de 45 mil millones de dólares en préstamos.

“Planteamos no modificación ni revisión de nada, pedimos plenamente el retiro del proyecto”, acotó.

De manera similar la excandidata presidencial por el partido Opción Democrática (OD), Virginia Antares, también acudió a este mecanismo de participación ciudadana para calificar de injusta la pieza entregada por el Ministerio de Hacienda.

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RD tiene 14 fallas sísmicas activas, advierte la Defensa Civil y llama a la poblacion a estar alerta.

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Santo Domingo.- Las alarmas se han encendido en la República Dominicana a propósito del movimiento telúrico de magnitud 5.0 registrado al sur de La Romana, sumado a los recientes fuertes terremotos en Venezuela.

El director de la Defensa CivilJuan Salas, reiteró este viernes que el país “vive en una zona sísmicamente activa” y recordó que existen al menos 14 fallas sísmicas que pueden activarse en cualquier momento, por lo que la preparación ciudadana puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte.

Salas insistió en que la población debe mantenerse informada, organizada y lista para responder ante un evento súbito, al tiempo que anunció que el organismo cuenta con una nueva herramienta técnica para ofrecer respuestas más rápidas ante emergencias.

En medio del contexto regional, el titular de la Defensa Civil advirtió sobre la vulnerabilidad del país.

“Una brigada de técnicos dominicanos está trabajando en esta dirección… lo ocurrido en Venezuela, país con una placa tectónica similar a la nuestra, nos llama a mantenernos atentos. Somos un país con 14 fallas que pudieran activarse en cualquier momento”, expresó Juan Salas.

Además, explicó que el equipo técnico realiza demostraciones constantes sobre qué hacer antes, durante y después de un sismo, destacando tres acciones esenciales:

  • Mantener la calma
  • Identificar salidas seguras
  • Seguir un comportamiento correcto en medio de la emergencia.
Delfín Rodríguez, sub director de la Defensa Civil
Delfín Rodríguez, sub director de la Defensa Civil

Durante la jornada informativa también intervino el subdirector de la Defensa Civil, Delfín Rodríguez, quien detalló los protocolos básicos que debe seguir la población en caso de un sismo.

“Antes de un sismo hay que capacitarse, hacer un plan familiar y comunitario de emergencia para saber qué hacer antes, durante y después”, explicó.

Rodríguez enfatizó el uso del silbato como herramienta de rescate, especialmente en casos de colapso estructural.

“El silbato sirve para que, si quedamos atrapados, podamos emitir sonido y los equipos de rescate nos localicen. Si no hay silbato, se puede golpear metal o piedras para ser ubicados”, señaló.

También indicó que las unidades de rescate cuentan con equipos especializados como cámaras telescópicas con alcance de hasta 12 metros entre escombros, además de tecnología de ultrasonido para la localización de personas atrapadas.

En cuanto a la respuesta inmediata, fue enfático en la técnica básica que toda la población debe memorizar:

Agáchate, cúbrete y protégete”, reiteró, explicando que durante el sismo las personas deben proteger la cabeza, adoptar posición segura y evitar correr de manera descontrolada.

Rodríguez explicó que el país comparte una compleja estructura tectónica en la isla, incluyendo fallas como la trinchera de los Muertos, ubicada al sur del territorio nacional, la cual ha sido históricamente responsable de eventos sísmicos en la región.

Recordó además el terremoto de Haití como un punto de reflexión para fortalecer la descentralización de los equipos de emergencia.

“Hoy contamos con equipos distribuidos en las nueve regiones del país. Si una región colapsa, otra puede brindar apoyo inmediato mientras llegan ayudas internacionales”, afirmó.

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TC dispone devolver RD$8 millones a hombre y fija límites a retención de bienes

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Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Constitucional (TC) volvió a pronunciarse sobre un problema recurrente: la negativa de autoridades e instituciones a devolver bienes o recursos cuya retención ya no tiene sustento legal.

En una nueva sentencia, la alta corte ordenó al Banco Agrícola devolver ocho millones de pesos que permanecían retenidos pese a que habían cesado las medidas de coerción que dieron origen a la garantía económica.

La decisión se suma a otros fallos recientes del TC relacionados con la devolución de bienes y recursos vinculados a procesos judiciales, en los que el tribunal ha advertido que las autoridades no pueden mantener bajo su control dinero o propiedades cuando desaparece la causa legal que justificó la medida.

Posteriormente, el 3 de octubre de 2017, el Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Romana dictó un auto de no ha lugar y dispuso el cese de todas las medidas de coerción impuestas en ese proceso.

La entidad financiera alegó que la garantía estaba respaldada por un certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría Fiscal de La Romana y no a nombre de Michel, por lo que entendía que los fondos no podían ser entregados al reclamante. También sostuvo que este carecía de interés directo sobre esos valores y que la devolución podía afectar el patrimonio de la institución.

Ante la negativa, Michel presentó una acción de amparo alegando una vulneración de su derecho de propiedad. El Tribunal Superior Administrativo (TSA) acogió el recurso y, mediante una sentencia emitida en agosto de 2019, ordenó al Banco Agrícola devolver los fondos.

Los jueces verificaron que el dinero había sido aportado originalmente por Michel mediante un cheque de administración emitido por el Banco de Reservas y que esos recursos nunca fueron transferidos ni cedidos al imputado ni al Estado como propietarios de los fondos.

El TC concluyó que el certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría respondía al mecanismo utilizado para instrumentar la garantía judicial, pero no modificaba la titularidad del dinero.

«Resultaba jurídicamente improcedente la retención de los montos depositados», sostuvo el tribunal al confirmar la devolución de los 8 millones de pesos.

La alta corte recordó que el artículo 237 del Código Procesal Penal dispone que las garantías económicas deben cancelarse y los bienes afectados devolverse cuando cesa la medida que les dio origen.

Asimismo, reiteró un criterio fijado recientemente según el cual las personas que enfrenten la negativa de una autoridad a devolver bienes o valores cuya restitución sea obligatoria pueden recurrir al amparo de cumplimiento para exigir la ejecución de esa obligación legal.

Con esta decisión, el TC confirmó la devolución de los fondos reclamados por Michel y reafirmó que la retención de bienes o recursos no puede mantenerse cuando desaparece la causa legal que la justificaba.

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Los hermanos Espaillat van a juicio de fondo a la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.

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Santo Domingo, R.D.-Fue apoderada para conocer el juicio de fondo contra Antonio y Maribel Espaillat, propietarios de la discoteca Jet Set, acusados de su presunta responsabilidad en el colapso del techo  del referido establecimiento, tragedia que dejó como resultado la muerte de 236 personas y más de 180 heridos, la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.

El expediente fue asignado al tribunal, presidido por la magistrada Clara Luz Almonte, mediante el sistema de sorteo aleatorio computarizado de la presidencia de la Cámara Penal del Distrito Nacional, luego de que un juez determinara que debía seguir el proceso en un juicio de fondo.

Con este paso, la magistrada procederá próximamente a emitir el auto de fijación de audiencia para citar formalmente al Ministerio Público, a la defensa de los imputados y a las partes querellantes.

Tras un análisis exhaustivo del expediente, el magistrado tipificó los hechos como homicidio culposo o imprudente, rechazando la solicitud de un sector de las víctimas que buscaba que el caso fuera juzgado bajo la figura de homicidio voluntario.

Uno de los puntos relevantes de la decisión del juez Mejía es la exclusión del Ayuntamiento del Distrito Nacional, el Ministerio de Obras Públicas y otras instituciones estatales del proceso penal.

El juez argumentó que, ante la conducta procesal demostrada por los imputados, quienes han mostrado arraigo y disposición de asistir voluntariamente a las audiencias, la prisión preventiva no resulta procedente, recordando que en el sistema constitucional dominicano la libertad es la regla y la prisión la excepción.

No obstante, en el ámbito civil, el tribunal dictó medidas de coerción reales contra los imputados, consistentes en la inmovilización de bienes y medidas conservatorias para garantizar la reparación del daño a las víctimas.

El tribunal confirmó que las evidencias, tanto documentales como materiales, fueron recabadas respetando los derechos fundamentales y ajustándose a los artículos 140, 173, 174 y 197 del Código Procesal Penal, así como a la Resolución 38-69 de la Suprema Corte de Justicia.

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