Conecta con nosotros

Nacionales

Se declaran culpables en EE.UU. de tráfico de drogas regidor del PRM y general retirado.

Published

on

Se declararon culpables de trafico de cocaína en los Estados Unidos el regidor Edickson Herrera Silvestre y el general retirado William Durán Jerez, tras llegar   a un acuerdo con las autoridades de esa nación, según documentos depositados en una corte de allí.

En los acuerdos firmados por el regidor Edickson Herrera Silvestre y el general William Durán Jerez se establece el compromiso de cooperar plenamente con las autoridades en la presentación de información, testimonio veraz y completo que incluya documentos, registros y otras pruebas cuando se le solicite.

“Y si esta Oficina lo solicita, trabajar de forma encubierta bajo la supervisión y en cumplimiento de las normas de los agentes del orden público. Además, el acusado se compromete a no proteger a ninguna persona o entidad mediante información u omisión falsas, a no implicar falsamente a ninguna persona o entidad y a no cometer nuevos delitos”, dice parte del texto que fue firmado por ambos individuos.

El regidor Edickson Herrera Silvestre y el general retirado William Durán Jerez

El regidor Edickson Herrera Silvestre y el general retirado William Durán Jerez

Un tercer hombre, de nombre José Eduviges Aponte Torres, también aceptó su culpabilidad en el caso de tráfico de cocaína desde la República Dominicana y hasta el sur de la Florida.

El trio de narcotraficantes se declaró culpable del primer cargo que le imputaban las autoridades de Estados Unidos, mientras que los cargos segundo y tercero fueron retirados por las autoridades estadounidenses para llegar al acuerdo.

El cargo que admitieron es el de conspirar para traficar al menos 5 kilos de cocaína hacia los Estados Unidos.

Los confesos narcos se comprometieron a hablar ante un gran jurado o en cualquier juicio u otro procedimiento judicial en el que se les requiera. “La comparecencia ante el gran jurado, audiencias, juicios y otros procedimientos judiciales, así como en reuniones, según lo requiera esta Oficina”, dice el texto firmado por el regidor del PRM y el general retirado de la Policía Nacional dominicana.

El regidor estuvo basada en República Dominicana durante la conspiración y su participación consistió en la planificación del tráfico con al menos otros dos co-conspiradores

Acuerdo de culpabilidadFirmado por el regidor Edickson Herrera el 6 de octubre

El primero en admitir su culpabilidad y negociar con las autoridades fue Aponte Torres, quien estampó su firma en el acuerdo el 18 de septiembre pasado. El acuerdo también está firmado por Genesis Peduto, su abogada y Kevin Gerarde, fiscal a cargo.

El regidor Herrera Silvestre, del gobernante Partido Revolucionario Moderno en la capital dominicana, firmó su colaboración y culpabilidad el pasado 6 de octubre. Junto a él estamparon su firma su abogado Kevin Conway y Kevin Gerarde, fiscal del caso.

El 10 de julio anterior, el regidor se había declarado no culpable de los tres cargos que pesaban en su contra en Estados Unidos.

La acusación contra el trío de narcotraficantes fue fechada el 5 de marzo del presente año y la lectura de las sentencias será de la siguiente forma: Aponte Torres tiene cita para el 5 de diciembre, a las 11:00 AM; el general retirado Durán Jerez, escuchará el dictamen en su contra el 11 de diciembre, a las 10:00 AM y el regidor Herrera Silvestre lo hará el 8 de enero de 2026, a las 9:30 AM.

Estas son las fechas en las que los acusados llegaron a acuerdos en las autoridades de Estados Unidos y los días en que escucharán sus sentencias

Estas son las fechas en las que los acusados llegaron a acuerdos en las autoridades de Estados Unidos y los días en que escucharán sus sentenciasNotebookLM

Herrera Silvestre fue electo regidor en febrero del año 2020. En esos comicios obtuvo 3,731 votos preferenciales que le valieron su espacio en el concejo de regidores del Distrito Nacional.

Para 2024, el regidor Herrera Silvestre fue reelecto por la circunscripción 1 del Distrito Nacional con 3,032 votos a su favor, según datos de la Junta Central Electoral. Es conocido como “Yeyea” en círculos políticos.

Fue suspendido provisionalmente por el Concejo de Regidores de la Alcaldía del Distrito Nacional el pasado mes de septiembre por haber faltado durante tres meses.

El PRM, al enterarse del caso en abril de 2025, dijo que quien infrinja las normas legales deberán asumir personalmente las consecuencias de sus actos.

Los acusados pueden ser condenados de 10 años hasta cadena perpetua en prisión. La corte tomará en cuenta la colaboración que han prestado para ahorrarle al Estado llegar a un juicio de fondo, donde según los documentos de las autoridades serían encontrados culpables de todas formas por la abundante carga probatoria del expediente.

Una de las posibilidades es que, una vez cumplida la pena de prisión, los acusados pasen a un periodo probatorio de al menos cinco años que, incluso, podría ser mucho mayor.

Los narcotraficantes fueron acusados por los Estados Unidos de conseguir cocaína en Suramérica, desde donde la transportaban a República Dominicana que les servía como punto de almacenamiento. Luego era trasladada al sur de la Florida, en los Estados Unidos.

Una vez distribuida la cocaína, el dinero recolectado era enviado a la República Dominicana y las ganancias repartidas en los integrantes de la organización criminal.

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Nacionales

Fiscal acusado de sobornar testigo del caso Senasa recibe rechazo de solicitud de variación de prisión preventiva.

Published

on

Santo Domingo, R.D.-La solicitud del fiscal Aurelio Valdez Alcántara, a quien el Ministerio Público señala de exigir y recibir soborno a un testigo del fraude en el Seguro Nacional de Senasa, de variar la prisión que se le impuso por una medida de coerción menos grave,  fue rechazada este miércoles por una jueza de la corte del Distrito Nacional.

La magistrada Nancy Joaquín Guzmán, de la Tercera Sala de la Corte Penal del Distrito Nacional, ratificó los tres meses de cárcel en Najayo Hombres que se le impuso al miembro del Ministerio Público en mayo y que luego le confirmó en junio la Suprema Corte de Justicia.

  • El Ministerio Público, representado por el titular de Persecución, Wilson Camacho, junto al procurador de corte Eduardo Velázquez Muñoz y Andrés Mena, logró que el tribunal acogiera su petición de mantener la prisión al imputado.
  • Según Velázquez Muñoz, los presupuestos presentados por la defensa del imputado fueron insuficientes en base al peligro de fuga y la gravedad de los hechos que se le atribuyen.

Valdez Alcántara se le señala por exigir y recibir un soborno de 10,000 dólares por parte de Roberto Canaán Acta, exgerente de Atención al Usuario del Seguro Nacional de Salud (Senasa).

Por el caso de corrupción en el Senasa, este jueves el juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de Instrucción, revisará también la prisión preventiva que se le impuso al exdirector de la ARS, Santiago Hazim y los otros cinco imputados que permanecen en la cárcel de Las Parras, en el municipio San Antonio de Guerra.

Asimismo, Rafael Luis Martínez Hazim y Ramón Alan Speakler Mateo.

Ada Ledesma Ubiera, está última quien estaba recluida en Najayo Mujeres, fue favorecida recientemente con una garantía económica y arresto domiciliario.

Los otros tres procesados por el presunto fraude son el empresario Eduardo Read EstrellaCinty Acosta Sención y Heidy Mariela Medina, quienes tienen arresto domiciliario desde el pasado mes de diciembre.

Continue Reading

Nacionales

Fiscales piden a tribunal rechazar solicitud de extinción de la acción penal a Jean Alain

Published

on

Santo Domingo, R.D.-Las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional recibió el pedido del Ministerio Público solicitó a las juezas del Segundo Tribunal para que  rechace la petición de extinción de la acción penal presentada por la defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, principal acusado en un expediente por presunta corrupción administrativa.

Durante la audiencia, la titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, sostuvo que la extinción procesal constituye una sanción ante la inactividad o la conducta defectuosa de las partes. En ese sentido, argumentó que la dilatación en el tiempo del presente caso no es atribuible a faltas del órgano acusador, sino a la propia naturaleza y complejidad del expediente.

Ortiz afirmó que el artículo 146 del Código Procesal Penal, reformado por la Ley 97-25, establece los parámetros objetivos para determinar la razonabilidad de los plazos procesales, y destacó que el proceso maneja una cantidad de elementos probatorios sustancialmente superior a los 4,000 analizados en otros expedientes de corrupción.

«La extinción es una sanción procesal. ¿A quién se castiga? A la parte que ha actuado de manera contraria a las normas. El Ministerio Público no ha incurrido en negligencia ni en inactividad defectuosa que amerite la ‘muerte procesal’ de esta causa», aseveró la magistrada.

Para sustentar la postura del órgano persecutor, Ortiz citó la resolución jurisprudencial dictada por el mismo tribunal el 17 de marzo de 2025 en el expediente seguido contra Juan Alexis Medina Sánchez, a quien también se le rechazó una solicitud de extinción de la acción penal.

Por su parte, el fiscal Emmanuel Ramírez, de la Dirección de Persecución del Ministerio Público, sostuvo que el alegado retardo del juicio responde a una deliberada estrategia dilatoria implementada por las defensas de los procesados a lo largo de la investigación y del proceso judicial.

Para fundamentar su postura, Ramírez detalló que solo una de las defensas presentó cinco recusaciones consecutivas contra los fiscales del caso con el objetivo de paralizar las investigaciones. El representante del Ministerio Público señaló que todas y cada una de esas recusaciones fueron rechazadas por los tribunales por carecer de fundamento jurídico, demostrando que su único propósito fue ralentizar el curso normal de la justicia.

El magistrado también abordó la magnitud del expediente para contextualizar la administración de los tiempos procesales, recordando que se trata de uno de los casos de corrupción administrativa más voluminosos en la historia judicial dominicana:

El Ministerio Público depositó en estrados las pruebas físicas relativas a las recusaciones rechazadas para que consten en el récord del tribunal al momento de decidir sobre la petición de la defensa.

Continue Reading

Nacionales

Memes y paradias no constituyen delitos en nuevo Codigo Penal.

Published

on

Santo Domingo, R.D.-Yeni Berenice Reynoso, procuradora general de la República, afirmó que crear o publicar una caricatura, un meme, una parodia, una sátira, un video o una imagen con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o como vehículo de crítica social no constituye un delito, debido a que ni el Código Penal aprobado ni su reforma lo tipifican o sancionan con penas de prisión o multa.

La procuradora sostuvo que el artículo 169 de la Constitución dominicana establece que el Ministerio Público es el órgano encargado de formular e implementar la política de persecución penal contra la criminalidad, dirigir la investigación penal y ejercer la acción pública en representación de la sociedad.

En ese sentido, la procuradora consideró pertinente esclarecer el tema que, según señaló, ha recibido una interpretación errónea por parte de algunos sectores que inciden en la opinión pública.

Asimismo, recordó que el derecho penal solo sanciona acciones u omisiones dolosas o culposas, y que el principio de legalidad penal exige que toda conducta sancionable esté descrita de manera expresa, precisa e inequívoca en la ley.

La titular del Ministerio Público advirtió además que es un error realizar interpretaciones extensivas o recurrir a la analogía en contra de una persona, ya que el derecho penal lo prohíbe de forma estricta, salvo que dicha interpretación favorezca al procesado.

Precisó que la alteración de videos o audios con fines ilícitos para perjudicar a un tercero no extiende sus efectos a la elaboración de memes, caricaturas o parodias desarrolladas dentro del ejercicio de la libre expresión y la creación artística, actividades que subrayó se encuentran plenamente protegidas por la Constitución.

Continue Reading

Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
www.larepublicaonline.com  / Email: periodico@larepublicaonline.com
Copyright © 2021 Blue National Group