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Regidor apresado por lavado de activos podría enfrentar entre 10 a 20 años de prisión

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Santo Domingo, R.D.-El regidor Walky Cuevas Charles fue acusado por el Ministerio Público  de formar parte de una red de narcotráfico y lavado de activos liderada por Yunior Santos Restrepo, quien fue arrestado el 21 de septiembre de 2023.

El órgano acusador clasificó el caso del regidor del partido Bloque Institucional Social Demócrata (BIS) por su alegada participación en el grupo criminal, según lo tipificado en el artículo 4, letras E, 5-A, 6-A, 7, párrafo II y 85, letras a, b y c de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, que clasifica y sanciona como traficantes.

Además, se le imputa bajo el artículo 2, numeral 26; el artículo 3, numerales 1, 2 y 3; el artículo 4, numerales 7 y 9; y el artículo 9, numerales 1 y 2 de la Ley 155-17, que tipifica y sanciona el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

El artículo 3 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo establece severas penas para quienes participen en el lavado de activos. En particular, se sanciona con penas de 10 a 20 años de prisión, multas de 200 a 400 salarios mínimos y la inhabilitación para ocupar cargos en entidades financieras y públicas a aquellos que conviertan, transfieran, oculten, o administren bienes provenientes de delitos.

Dicho artículo en su numeral 2 agrega que quien oculte o disimule bienes sabiendo que provienen de delitos, enfrentará penas de diez a veinte años de prisión, multas de doscientos a cuatrocientos salarios mínimos, decomiso de los bienes ilícitos y una inhabilitación temporal de diez años para trabajar en entidades financieras y públicas.

Mientras que el numeral 3 precisa que quien adquiera o utilice bienes sabiendo que provienen de delitos enfrentará penas de diez a veinte años de prisión, multas de doscientos a cuatrocientos salarios mínimos, decomiso de los bienes y una inhabilitación temporal de diez años para trabajar en entidades financieras y públicas.

En el artículo 4 sobre infracciones penales asociadas al lavado de activos, numeral 7, se establece que la persona que falsamente alegue tener derecho, ya sea a título personal, en representación o por cuenta de un tercero, sobre un bien derivado del lavado de activos con el objetivo de impedir su incautación o decomiso, será sancionada con una pena de prisión de tres a cinco años, multa de cien a doscientos salarios mínimos, y el decomiso de los bienes reclamados como propios.

Orden de arresto fue emitida en enero

La orden judicial para el arresto del regidor Walky Cuevas Charles, acusado de pertenecer a una red de narcotráfico con centro operativo en la provincia San Pedro de Macorís, fue emitida el 31 de enero de este año.

El Ministerio Público informó en su documento acusatorio que el arresto de Cuevas Charles, realizado el pasado miércoles 3 de septiembre, se llevó a cabo bajo la orden número 341-2024-TAUT00006. Sin embargo, las autoridades no especifican porque no fue apresado en ese entonces.

El órgano acusador solicitó al tribunal la imposición de ocho meses de prisión preventiva para el edil y para Pamela Violeta Astacio, alias «Melvin Gato», también vinculada a la red, así como la declaración de complejidad del proceso.

Según las autoridades, el arresto de Cuevas Charles y Astacio es parte de la continuación de una investigación conjunta realizada por el Ministerio Público, la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) y la Drug Enforcement Administration (DEA) de los Estados Unidos.

En una primera fase de la investigación, se arrestó a Yunior Santos Restrepo y a varios de sus cómplices, quienes supuestamente introducen grandes cantidades de drogas y sustancias controladas por las costas de San Pedro de Macorís y Barahona, para luego enviarlas a Estados Unidos y Europa.

Ambos imputados utilizaban las ganancias obtenidas de dicha actividad ilícita, bajo las órdenes de Santos Restrepo, quien cumple prisión preventiva y a quien el órgano persecutor presentó acusación formal el pasado 16 de abril, para adquirir bienes muebles e inmuebles lujosos y de alto costo, así como para constituir negocios que les permitieran dar una apariencia de legalidad a las ganancias obtenidas de manera ilícita.

La audiencia de conocimiento de medida de coerción contra los dos últimos implicados será conocida el próximo jueves 12 de septiembre.

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40 modificaciones tuvo el Nuevo Código Penal en la Cámara de Diputados

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Santo Domingo, R.D.-Este lunes fue aprobado en segunda lectura en la Cámara de Diputados un proyecto que busca modificar la nueva Ley 74-25 del Código Penal, la cual entra en vigencia durante la primera semana de agosto.

Los diputados decidieron enviar al Senado de la República la pieza que tiene el objetivo de variar el contenido de 40 artículos, agregando ocho cambios a los 32 realizados en la sesión desarrollada el pasado sábado.

La iniciativa pasará al Senado de la República, donde deberá ser sometida a votaciones en dos discusiones. Si fuese acogida, sería remitida a las manos del presidente Luis Abinader, quien decidirá si los acoge.

Dentro de las alteraciones establecidas por los legisladores de la Cámara Baja se encuentra una disposición agregada al artículo 238 que sanciona la estafa agravada cinco a diez años de prisión mayor.

Los diputados adicionaron un párrafo para que especificar que se constituye estafa agravada cuando alguien intente vender o prometer un bien en plano, recibiendo total o parcialmente el precio convenido o cuando sea vendido.

Además, cuando una sola propiedad haya sido comercializada a dos personas.

No obstante, incluye la penalización de los casos en que la captación de persona se realice fuera del país, así como si utilizan establecimientos para facilitar la explotación sexual.

El presidente de la Cámara Baja, diputado Alfredo Pacheco, informó que esta moción fue propuesta por la Procuraduría General de la República (PGR), ya que estaba contenida en la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Persona.

El apartado en el cual se encontraba esa palabra busca especificar que quien sea cómplice de la consumación del hecho antes mencionado será sancionado con la misma pena de la persona que orquestó su secuestro. El castigo es de dos a tres años de prisión menor y una multa de hasta 15 salarios mínimos.

El otro cambio fue realizado al artículo 142 que versa sobre el exhibicionismo sexual. Los diputados agregaron un numeral en este para eximir de responsabilidad penal cuando ocurra la realización de esos actos en contextos artísticos destinados a personas mayores de edad que no impliquen una afectación del bien jurídico.

El presidente del Senado de la República, Ricardo de los Santos presentó una nuevo párrafo para el artículo 173 que tipifica la discriminación.

“No habrá discriminación cuando la acción u omisión se fundamente en el ejercicio legítimo de una facultad constitucional o legal en la imposibilidad material o en caso de fuerza mayor que impida el cumplimiento de los supuestos previstos de estos artículos”, establece el texto.

Según explicó Pacheco, este fue elaborado para atender una ola de críticas que registraron en las redes sociales durante los últimos días.

Los artículos 104, sobre Daños por aplicación de sustancias químicas (ácido del diablo), y 141 que regula la prescripción de los delitos sexuales solo recibieron modificaciones de estilo.

Mientras que el último artículo aprobado por el órgano legislativo permitirá que los técnicos realicen cualquier arreglo ante la aparición de faltas ortográficas o de otro tipo.

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Destinan a víctimas de violencia de género 10% recaudaciones bienes incautados.

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Santo Domingo, R.D.-Fue aprobado en segunda lectura en el Senado de la República el proyecto de ley que agrega dos párrafos al numeral dos del artículo 82 de la la Ley 60-23 para que destine al menos un 10% de lo recaudado en los bienes incautados, decomisados y en extinción de dominio, sean destinados políticas de protección a mujeres víctimas de violencia.

La iniciativa propuesta por el senador Pedro Catrain busca que de los fondos recaudados a través de la Ley 60-23 para la Administración de Bienes Secuestrados, Incautados y Abandonados en los Procesos Penales y en los Juicios de Extinción de Dominio, se destine un porcentaje fortalecer los mecanismos de prevención, respuesta institucional, protección y asistencia integral a las víctimas de violencia de género e intrafamiliar.

La pieza legislativa plantea que sea prioridad dar apoyo a las casas de acogida y centros de atención conductual para hombres vinculados a conductas de violencia de género o tentativa de feminicidio con el propósito de reformar “la cultura machista” en perjuicio de los derechos y dignidad de la mujer.

Asimismo, establece la implementación de planes y programas en las escuelas públicas para promover una nueva forma de masculinidad que permita cambiar la cultura tradicional de comportamiento del hombre dominicano frente a la mujer.

El proyecto plantea crear campañas de publicidad en redes sociales y demás medios tradicionales para cambiar el comportamiento de las relaciones hombre-mujer de la sociedad dominicana.

Los fondos destinados serán asignados al Ministerio Público, y coordinados con el Ministerio de la Mujer, el Ministerio de Interior y Policía, el Ministerio de Educación, entre otras instituciones.

De los fondos destinados, 40% será al Ministerio Público para la ejecución y fortalecimiento de las acciones vinculadas a la prevención y protección frente a la violencia de genero e intralamiliar; mientras que el 60% restante será distribuido entre el Ministerlo de la Mujer, el Ministerio de Interior y Policía, el Ministerio de Educación.

El Senado también aprobó el proyecto de ley que declara el 16 de mayo de cada año como «Día

Nacional de las Sufragistas Dominicanas», el cual busca preservar la memoria histórica del movimiento sufragista de vanguardia en el país, promoviendo la educación cívica y democrática, y la igualdad de género en la participación política.

La pieza establece la realización de charlas, conferencias y seminarios temáticos educativos sobre la emancipación femenina y el significado del movimiento sufragista, donde se reconocerán a mujeres destacadas en la política, académicas, investigadoras, artistas e intelectuales que hayan producido aportes a la historiografía nacional de la mujer en la política.

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Senado garantiza Código Penal para agosto.

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Santo Domingo, R.D.-Ricardo de los Santos, presidente del Senado,  aseguró este lunes que el nuevo Código Penal entrará en vigencia el próximo 3 de agosto, con las modificaciones que se discuten en el Congreso Nacional.

De los Santos afirmó que existe el ánimo legislativo para completar el trámite antes de que concluya la actual legislatura y sostuvo que ambas cámaras trabajan de manera coordinada para aprobar la pieza sin mayores contratiempos.

“Ese es el ánimo que hay. Nosotros entendemos que antes de que termine esta legislatura habrá Código Penal sin ningún inconveniente, ya que estamos trabajando de manera conjunta para eso”, expresó el presidente del Senado.

La Cámara de Diputados aprobó el pasado sábado, en primera lectura, un paquete de 32 modificaciones distribuidas en 24 artículos de la Ley núm. 74-25, que instituye el nuevo Código Penal de la República Dominicana.

De los Santos destacó que el objetivo es que, cuando el proyecto llegue al Senado, esté suficientemente consensuado para recibir un trámite expedito.

Referencia geográfica

Según explicó, la intención es darle a la iniciativa “el tratamiento con la misma vigorosidad, con el mismo entusiasmo y con el mismo esfuerzo” con que ha trabajado la Cámara de Diputados.

El legislador dijo que el Senado trabaja en armonía con la Cámara Baja y que las inquietudes detectadas durante el proceso se están estudiando en conjunto, a fin de evitar que el texto llegue al Senado con cambios pendientes.

“Las inquietudes que estamos encontrando las estamos estudiando en conjunto, para que ya la pieza estudiada en la Cámara de Diputados cuando llegue al Senado no haya cambios que hacerle, sino que nos aboquemos a darle el tratamiento apropiado para su aprobación, y el envío al Poder Ejecutivo”, sostuvo.

El presidente del Senado informó, sin embargo, que cuando el proyecto llegue a esa cámara tiene algunos párrafos que presentará para introducir al artículo 173.

La discusión legislativa ocurre bajo presión de tiempo. El nuevo Código Penal tiene prevista su entrada en vigencia el 3 de agosto de 2026, por lo que las modificaciones deben aprobarse antes de esa fecha si el Congreso pretende que el texto entre en vigor con los ajustes reclamados por distintos sectores.

De los Santos había rechazado previamente postergar la entrada en vigor de la nueva normativa penal, argumentando que la justicia dominicana requiere instrumentos actualizados para enfrentar la criminalidad y la delincuencia.

El presidente del Senado también informó que las propuestas que no fueron acogidas recibirán una comunicación explicando las razones de su exclusión, con el objetivo de que la sociedad conozca el criterio seguido por el Congreso.

De los Santos recordó que la Cámara de Diputados ha sesionado en horarios extraordinarios y afirmó que el Senado está listo para hacer lo mismo si resulta necesario.

El proyecto se mantiene ahora en una fase decisiva. Una vez la Cámara de Diputados complete la segunda lectura, la pieza deberá pasar al Senado, donde se definirá si el Congreso logra cerrar el proceso de modificación antes de la entrada en vigencia del nuevo Código Penal.

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