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Regidor apresado por lavado de activos podría enfrentar entre 10 a 20 años de prisión

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Santo Domingo, R.D.-El regidor Walky Cuevas Charles fue acusado por el Ministerio Público  de formar parte de una red de narcotráfico y lavado de activos liderada por Yunior Santos Restrepo, quien fue arrestado el 21 de septiembre de 2023.

El órgano acusador clasificó el caso del regidor del partido Bloque Institucional Social Demócrata (BIS) por su alegada participación en el grupo criminal, según lo tipificado en el artículo 4, letras E, 5-A, 6-A, 7, párrafo II y 85, letras a, b y c de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, que clasifica y sanciona como traficantes.

Además, se le imputa bajo el artículo 2, numeral 26; el artículo 3, numerales 1, 2 y 3; el artículo 4, numerales 7 y 9; y el artículo 9, numerales 1 y 2 de la Ley 155-17, que tipifica y sanciona el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

El artículo 3 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo establece severas penas para quienes participen en el lavado de activos. En particular, se sanciona con penas de 10 a 20 años de prisión, multas de 200 a 400 salarios mínimos y la inhabilitación para ocupar cargos en entidades financieras y públicas a aquellos que conviertan, transfieran, oculten, o administren bienes provenientes de delitos.

Dicho artículo en su numeral 2 agrega que quien oculte o disimule bienes sabiendo que provienen de delitos, enfrentará penas de diez a veinte años de prisión, multas de doscientos a cuatrocientos salarios mínimos, decomiso de los bienes ilícitos y una inhabilitación temporal de diez años para trabajar en entidades financieras y públicas.

Mientras que el numeral 3 precisa que quien adquiera o utilice bienes sabiendo que provienen de delitos enfrentará penas de diez a veinte años de prisión, multas de doscientos a cuatrocientos salarios mínimos, decomiso de los bienes y una inhabilitación temporal de diez años para trabajar en entidades financieras y públicas.

En el artículo 4 sobre infracciones penales asociadas al lavado de activos, numeral 7, se establece que la persona que falsamente alegue tener derecho, ya sea a título personal, en representación o por cuenta de un tercero, sobre un bien derivado del lavado de activos con el objetivo de impedir su incautación o decomiso, será sancionada con una pena de prisión de tres a cinco años, multa de cien a doscientos salarios mínimos, y el decomiso de los bienes reclamados como propios.

Orden de arresto fue emitida en enero

La orden judicial para el arresto del regidor Walky Cuevas Charles, acusado de pertenecer a una red de narcotráfico con centro operativo en la provincia San Pedro de Macorís, fue emitida el 31 de enero de este año.

El Ministerio Público informó en su documento acusatorio que el arresto de Cuevas Charles, realizado el pasado miércoles 3 de septiembre, se llevó a cabo bajo la orden número 341-2024-TAUT00006. Sin embargo, las autoridades no especifican porque no fue apresado en ese entonces.

El órgano acusador solicitó al tribunal la imposición de ocho meses de prisión preventiva para el edil y para Pamela Violeta Astacio, alias «Melvin Gato», también vinculada a la red, así como la declaración de complejidad del proceso.

Según las autoridades, el arresto de Cuevas Charles y Astacio es parte de la continuación de una investigación conjunta realizada por el Ministerio Público, la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) y la Drug Enforcement Administration (DEA) de los Estados Unidos.

En una primera fase de la investigación, se arrestó a Yunior Santos Restrepo y a varios de sus cómplices, quienes supuestamente introducen grandes cantidades de drogas y sustancias controladas por las costas de San Pedro de Macorís y Barahona, para luego enviarlas a Estados Unidos y Europa.

Ambos imputados utilizaban las ganancias obtenidas de dicha actividad ilícita, bajo las órdenes de Santos Restrepo, quien cumple prisión preventiva y a quien el órgano persecutor presentó acusación formal el pasado 16 de abril, para adquirir bienes muebles e inmuebles lujosos y de alto costo, así como para constituir negocios que les permitieran dar una apariencia de legalidad a las ganancias obtenidas de manera ilícita.

La audiencia de conocimiento de medida de coerción contra los dos últimos implicados será conocida el próximo jueves 12 de septiembre.

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Reunion bilateral se produce entre Abinader y la mandataria electa de Costa Rica, Laura Fernández

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Santo Domingo, R.D.-El presidente Luis Abinader sostuvo una reunión bilateral en el Museo de Arte Costarricense con la presidenta electa de Costa Rica, Laura Fernández Delgado, en la que abordaron diversos temas de interés común orientados a continuar fortaleciendo los lazos fraternales, comerciales y diplomáticos entre ambas naciones.

Durante la reunión, ambos líderes intercambiaron muestras de afecto y reafirmaron la cercanía histórica entre la República Dominicana y Costa Rica; además, abordaron la importancia de mantener un diálogo permanente y de continuar trabajando de manera conjunta en iniciativas que contribuyan al desarrollo, la integración regional y el fortalecimiento de las relaciones entre ambos pueblos.

La presidenta electa expresó su interés en continuar consolidando los lazos fraternales entre ambos países, promoviendo mayores oportunidades de intercambio comercial y fortaleciendo la cooperación en áreas estratégicas para el desarrollo de ambas naciones.

De igual forma, reafirmó el compromiso de Costa Rica con la Alianza para el Desarrollo en Democracia (ADD), destacando que su gobierno continuará formando parte activa de este mecanismo regional de cooperación.

De su lado, el presidente Abinader reiteró la disposición del Gobierno dominicano de continuar afianzando las relaciones de amistad, cooperación y entendimiento mutuo con Costa Rica. Asimismo, destacó la importancia de mantener una agenda conjunta orientada al crecimiento económico, la defensa de la democracia y el fortalecimiento de los vínculos regionales entre ambas naciones.

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Incautan 1,295 paquetes de drogas en costas de Pedernales

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Santo Domingo, R.D.-Un cargamento de 1,295 paquetes de presunta cocaina y marihuana fueron confiscados por  agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) durante dos operaciones simultáneas ejecutadas en las costas de Pedernales.

En la intervención fueron arrestados tres dominicanos y un venezolano.

El vocero del organismo antinarcóticos, Carlos Devers, identificó a los detenidos como Walkin Marino Montás Tapia, Luis Alberto Figueroa Ariza, Manolo Resello Amador y Luis Alberto Acosta Santana.

Señaló que los 1,295 paquetes fueron enviados al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), bajo estrictos protocolos de cadena de custodia, para determinar el tipo y peso exacto de la sustancia.

Devers explicó que las operaciones fueron realizadas por efectivos de la Armada de República Dominicana (ARD), la Fuerza Aérea (FARD) y organismos de inteligencia del Estado, con el apoyo de la Fuerza de Tarea Interagencial Sur (JIATFS) y la DEA de los Estados Unidos.

Indicó que la primera lancha era una embarcación de 24 pies con motores de 100 HP. Allí se arrestó a Resello Amador y Acosta Santana, incautando 16 pacas que contenían 314 paquetes de cocaína y 89 de marihuana (403 en total).

Mientras que, en la segunda lancha, fue neutralizada tras una intensa persecución en coordenadas cercanas. En esta se ocuparon 836 paquetes de marihuana y 56 de cocaína (892 en total). Fueron arrestados Montas Tapias y Figueroa Ariza.

El vocero reafirmó que se continuarán fortaleciendo las operaciones de interdicción como parte de la política de seguridad del Gobierno dominicano para garantizar la soberanía y la paz nacional.

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Rechazan traslado de proceso de Donni Santana a otra jurisdicción

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Santo Domingo, R.D.-Por sospecha legitima el Pleno de la Suprema Corte de Justicia desestimó la demanda en declinatoria por causa interpuesta por Donni Mayobanex Santana Cuevas, exembajador del Consejo Nacional de Frontera.

Este hombre, que cumple una condena de 20 años de prisión por la violación sexual de su hijastra menor de edad, buscaba que su proceso judicial fuera transferido fuera de la jurisdicción de San Cristóbal.

Santana Cuevas, quien se encuentra en libertad tras un permiso laboral, presentó el recurso contra la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Cristóbal.

El Pleno de la Suprema Corte, encabezado por su presidente Luis Henry Molina Peña, determinó que la defensa de Santana no logró probar hechos graves o concordantes que permitieran inferir una falta de imparcialidad u objetividad por parte de los magistrados de San Cristóbal.

En su resolución, la Suprema fue enfática al aclarar que “la simple discrepancia con decisiones judiciales desfavorables no constituye un fundamento válido para alegar sospecha de parcialidad”.

Asimismo, la Suprema ratificó como correcta la actuación de la Corte de Apelación al fallar sobre recusaciones previas con sus propios integrantes, siempre que se cumpla con el cuórum legal requerido.

La solicitud de declinatoria, depositada el pasado 9 de diciembre de 2025, argumentaba que existía un «ambiente hostil» debido a la presión mediática y un supuesto comportamiento prejuiciado de los jueces.

Pese a la decisión mayoritaria, el fallo contó con el voto disidente de los magistrados Fran Soto, María Garabito Ramírez, Rafael Vásquez Goico y Yorlin Vásquez Castro.

Los jueces disidentes argumentaron que la figura de la «declinatoria por sospecha legítima» no está contemplada de forma expresa en la normativa procesal penal vigente, lo cual ha provocado decisiones contradictorias dentro del mismo órgano judicial en ocasiones anteriores.

Sostienen que el ejercicio de un poder público debe realizarse acorde a la ley vigente y su jurisdicción; por tanto, el examen de la cuestión planteada por ante esta Alzada lesiona el principio de legalidad, como se ha indicado precedentemente.

En ese orden, alegan que su posición radica en establecer que en todos los casos de solicitud de declinatoria por seguridad pública o sospecha legítima, lo que procede es declarar la inadmisibilidad de la misma, por carecer de base legal, como ocurre en otras materias y se ha expuesto en el cuerpo del presente voto.

Con esta resolución, el expediente de Donni Santana permanecerá en San Cristóbal, donde se decidirá finalmente la validez de los beneficios carcelarios que reclama el condenado.

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