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Análisis Noticiosos

Resalta la aprobación del presidente Medina

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Por Juan Bolívar Díaz

Llama la atención que el 72 por ciento de los encuestados encuentren el gobierno de Medina muy diferente o diferente al de su antecesor Leonel Fernández, pese a provenir del mismo partido y haber mantenido en sus puestos a la mayoría de los altos funcionarios del régimen que concluyó en agosto.

La encuesta Gallup-HOY publicada esta semana ratifica la percepción general sobre el buen desempeño del presidente Danilo Medina en los primeros cinco meses de su mandato, aún cuando tres cuartas partes de la población desaprueba la reforma fiscal puesta en vigor.

También resalta que la gran mayoría de los perredeístas consideran que Miguel Vargas Maldonado es el más responsable de la crisis que afecta al Partido Revolucionario Dominicano, resultando el político con mayor rechazo del universo de los encuestados, seguido por los expresidentes Hipólito Mejía y Leonel Fernández.

Éxito del presidente Medina

Lo más relevante de la encuesta Gallup-HOY publicada esta semana ha sido la alta aprobación de la forma en que Danilo Medina se ha desempeñado como presidente de la República en los cinco primeros meses de su mandato, a pesar de haber implementado una reforma fiscal que tiene el rechazo de las tres cuartas partes de la población. El prorrateo de la aplicación del alza impositiva parece un gran acierto.

La percepción generalizada antes de la encuesta era que el mandatario tenía buena aprobación, como suele ocurrir al comienzo de los períodos de gobierno, pero resulta relevante que alcance el 81.3 por ciento de los encuestados y que el 76.4 por ciento considere que Medina ha dado una idea clara de lo que se propone hacer.

El haber acatado el clamor nacional por el cumplimiento de la ley que instituye el 4 por ciento del producto bruto interno para la educación es de los factores que genera tan alta aprobación, ya que el 87 por ciento valoró como positiva la gestión educativa, seguida por el 71 por ciento a la de salud y el 67 por ciento en el campo económico, aunque “se quema” con apenas 50 por ciento de aprobación frente a la corrupción, con el 46 por ciento en relación al narcotráfico y la seguridad ciudadana y 42 por ciento frente al costo de la vida.

Llama la atención que el 72 por ciento de los encuestados encuentren el gobierno de Medina muy diferente o diferente al de su antecesor Leonel Fernández, pese a provenir del mismo partido y haber mantenido en sus puestos a la mayoría de los altos funcionarios del régimen que concluyó en agosto. Aún así el 60.5 por ciento considera el nuevo gobierno “mejor de lo esperado”.

La imagen personal de cercanía con la gente, la austeridad y frugalidad que ha impreso al gobierno, especialmente en su entorno, la sencillez con que se moviliza y hasta la humildad de que ha hecho gala se señalan como factores positivos del mandatario, lo que se ratifica en el 82 por ciento de los encuestados que expresó opinión favorable de su persona.

Contrastes en lo económico

No es sólo que el 76 por ciento de los encuestados desaprueba el nuevo paquete fiscal, incluyendo hasta 68 por ciento de los que se definieron como peledeístas, sino  también que dos terceras partes, 67 por ciento, considera que la situación económica está empeorando, con un 77 por ciento que cree muy mala y mala la condición de la economía, y 57 por ciento aprecia que las cosas van por mal camino.

Otros indicadores  de insatisfacción económica se encuentran en el 94 por ciento que estima que el  costo de la vida va en aumento y en el 79 por ciento que cree lo mismo sobre el desempleo. También es alta, 80 por ciento, la apreciación de que se incrementa la inseguridad y el narcotráfico, elementos de primer orden en las preocupaciones de la ciudadanía. Para los encuestados los tres mayores problemas que más afectan el país son: el costo de la vida para el 97 por ciento, la inseguridad, con el 90 por ciento, y 82 por ciento el narcotráfico.

Es relevante que con tan altas tasas de insatisfacción en materias claves como la economía y la seguridad ciudadana, el presidente  obtenga tan alta aprobación. Ello implica la responsabilidad de quien gobernó los ocho años anteriores y las manifestaciones contra el expresidente Leonel Fernández  por su responsabilidad en el déficit fiscal de casi 200 mil millones de pesos durante el año pasado.

Es apenas el  comienzo

Los méritos alcanzados por el presidente Medina se ratifican en la actuación de la mayoría de sus funcionarios, especialmente de los provenientes de su propio equipo, imbuidos de la mística que él ha impreso al gobierno y que ha obligado a recogerse a los ratificados. Ministros claves como los de la presidencia, Salud y Obras Públicas están respondiendo con presteza a los requerimientos ciudadanos.

Los concursos transparentes y equitativos para la asignación de la construcción de miles de aulas, y para las importaciones de productos agropecuarios, el inicio de la campaña contra el analfabetismo, y hasta la revisión de contratos otorgados en la transición, como unos de obras públicas que han implicado una economía de 90 millones de dólares, y la atención a pequeñas demandas de las comunidades se cuentan entre los factores que marcan el buen inicio del gobierno.

Pero tampoco es extraño que un gobierno tenga buen arranque, de lo que está consciente el propio presidente Medina, pues cuando se le felicitó por ello recientemente, respondió con mucha convicción que “lo importante no es como se comienza, sino como se termina”.

Viendo hacia atrás se recuerda la aureola de “mano de piedra Durán” que se le otorgó en 1978 al campechano don Antonio Guzmán, por los éxitos iniciales. Salvador Jorge Blanco hasta se paraba en los semáforos y en las frituras, pero perdió la brújula a medio término con la poblada por los ajustes económicos de abril de 1984. Hipólito Mejía tuvo una primera mitad exitosa, cercano a la gente común, construyendo miles de pequeñas obras por todo el país, y su partido  barrió en las elecciones congresuales y municipales de medio término, para inmediatamente embarcarse en la reforma constitucional reeleccionista que lo sepultó. Leonel Fernández vivió años cosechando de lo que sembró al volver al poder en el 2004.

Sobre el desguañangue del PRD

La encuesta Gallup-HOY también arroja luz sobre el desguañangue de que es objeto el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), víctima de arrebatos, odios, resentimientos y hasta violencia desenfrenada, por la inoperancia en que han devenido sus organismos, dirección unipersonal y renuencia a acogerse al dictamen democrático.

Las simpatías por el PRD han caído a los niveles más bajos de mucho tiempo, 22.4 por ciento, sólo comparable a lo registrado tras la derrota del intento reeleccionista de Hipólito Mejía en el año 2000, o al 23 por ciento que alcanzó en los comicios de 1990, tras la división protagonizada entre Francisco Peña Gómez y Jacobo Majluta. Se recuperó para 1994 por un liderazgo como el de Peña Gómez, del que ahora carece.

La caída del aprecio por el PRD, que marca la encuesta realizada entre el 18 y el 21 de enero, antes de la violencia del domingo 27 que debe haberlo hundido más, es espectacular en relación a los votos que obtuvo en la elección presidencial de mayo último, cuando Hipólito Mejía consiguió el 47 por ciento, luchando contra una coalición de 14 partidos y contra el gobierno de Leonel Fernández, con todo y caballo de Troya.

Independientemente de los aliados, el PRD fue el partido más votado con 42.13 por ciento, casi cinco puntos más que el PLD, que obtuvo 37.73 por ciento. Lo superó en más de 200 mil votos, en 28 de las 31 provincias. En medio de sus luchas intestinas ha caído casi a la mitad en las preferencias, mientras el PLD marca 14 puntos más, para 51.7 por ciento.

Los resultados de la Gallup-HOY confirman la percepción general de la responsabilidad de Miguel Vargas Maldonado e Hipólito Mejía en la crisis perredeísta, pero sobre todo del primero. Ambos encabezan las opiniones desfavorables, Vargas con 65 y Mejía 63 por ciento, superando a Leonel Fernández que registra 52 por ciento.

Cuando se preguntó quién era más responsable de la crisis del PRD, el 26 por ciento señaló a Vargas y el 20 por ciento a Mejía, pero entre quienes se identificaron como perredeístas el resultado fue devastador para el primero con 54 por ciento, mientras sólo el 9 por ciento señalaba al segundo, y el 34 por ciento a ambos.

También apunta contra Vargas Maldonado el 73 por ciento del universo y el 85 por ciento de los perredeístas que dijeron que las expulsiones del expresidente Mejía y otros dirigentes profundizan la crisis, y el 58 por ciento que plantea una convención para solucionar la crisis, que es lo que reclama la mayoría de los dirigentes perredeístas. Pero el presidente perredeísta llegó al extremo esta semana de decir a la agencia Efe que aunque el período para el que fue electo concluye en julio, se prolongará hasta el año próximo porque “hemos tenido catorce meses de ingobernabilidad en el partido”.-

Artículo publicado originalmente en el periódico HOY.

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Análisis Noticiosos

El Caribe lleva la delantera en legislación contra el plástico en América Latina.

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Legislar contra el plástico en América Latina: el Caribe lleva la delantera y Centroamérica se queda atrás

Bogotá.-El plástico es uno de los materiales más ubicuos de nuestra sociedad. Está en los celulares, en la ropa y en los empaques en los que llegan los domicilios. Es tanta su ubicuidad que, en forma de microplásticos, también se ha identificado en el hígado, el intestino y el cerebro humano, y en la fosa de las Marianas, a 6.800 metros de profundidad en el océano Pacífico. La relación con el plástico encaja perfectamente en lo que es una “relación tóxica”: contamina ecosistemas terrestres y marinos, afecta la salud humana y, pese a esto, en 2023, según la Organización de las Naciones Unidas, su producción mundial alcanzó los 436 millones de toneladas métricas.

A pesar de la evidencia, no hemos podido terminar esa relación. En 2025, casi cuatro años después de que los países acordasen crear un tratado global contra la contaminación por plástico, las negociaciones entraron en un paréntesis: se suspendieron en agosto y Luis Vayas-Valdivieso, el ecuatoriano que las presidía, renunció. El 7 de febrero de 2026, tras una votación en Ginebra (Suiza), el cargo volvió a quedar en manos de un latinoamericano: en las del chileno Julio Cordano, director de la División de Medio Ambiente de la Cancillería y de quien, se espera, le pueda dar un nuevo aire a las negociaciones. “Tenemos el reto de lograr consensos que sean realistas, pero ambiciosos, algo crucial para el éxito del acuerdo”, señaló en un comunicado Cornado tras ser elegido.

“La lucha contra los plásticos ha sido una con un sello latinoamericano desde el origen”, comenta Alberto Quesada, experto internacional en contaminación marina y gestión de residuos plásticos, y que ha participado como observador de las negociaciones desde su inicio. “Perú, de la mano de Ruanda, fue la que presentó la resolución para el tratado”. De forma más lenta de lo que requiere la emergencia —una que se empezó a anunciar desde los años 60—, los países de América Latina y el Caribe también han creado leyes para regular el plástico, una necesaria carrera en la que las islas del gran Caribe van liderando.

Caribe a la vanguardia, Centroamérica atrás

La avalancha de plásticos no es ajena a América Latina y el Caribe. En los años 80, el consumo promedio anual por habitante era de 7 kilogramos, pero actualmente alcanzó los 35. Aunque es una cifra por debajo del promedio global (50 kilogramos), las proyecciones indican que, si no cambian las tendencias, en dos décadas será de entre 60 y 80 kilogramos. Los cálculos son de la Alianza Global de Alternativas a la Incineración (GAIA) y Break Free From Plastics (BFFP), organizaciones que también hicieron el ejercicio de rastrear si los países de la región tienen alguna ley o marco que los regule.

De 34 países –y para mediados de 2025–, 23 tenían alguna legislación nacional específica, tres contaban con normas departamentales o estatales, y solo siete (el 20%) estaban en blanco. Pero si se tiene en cuenta el reciente decreto federal de Brasil que, entre otras cosas, exige un contenido mínimo de material reciclado en envases de plástico, empezando porque sea del 22% desde 2026 y aumente gradualmente a 2040, el número de países con legislación actual es de 24. Mientras en el Caribe todos los países han aprobado alguna normal nacional, en Centroamérica y México solo lo han hecho el 38% y, en Sudamérica, un 50%.

Legislación contra los plásticos en América Latina y el Caribe

“El panorama aún es algo tímido”, comenta Felipe Rodríguez Torres, investigador de la Universidad de Sao Paulo, asesor de BFFP y autor del último informe. “Pero hay países con avances significativos” y que van más allá de prohibir las bolsas de plásticos en los mercados. Cita, por ejemplo, la responsabilidad extendida del productor que, por lo menos en el papel, tienen Chile, Costa Rica y Colombia. Se trata de una política ambiental que obliga ya sea al fabricante o al importador a gestionar sus productos de plástico durante todo su ciclo de vida, incluyendo lo que pasa después del consumo. “Normalmente se responsabiliza al consumidor por la contaminación, por las externalidades, pero es una estrategia de las empresas para no pagar por esos impactos negativos”, agrega.

En el Caribe, por estar conformado de islas, donde el mar es cercano, el exceso de plásticos evidente, y el cambio climático golpea fuerte (el petróleo es la principal materia prima para la fabricación de la mayoría de plásticos), los países han sabido actuar más pronto. Como recuerda Quesada, en 2007 se convirtieron en uno de los primeros lugares en crear un plan regional sobre basura marina. Pocos años después, en 2012, Haití fue pionero en el subcontinente al prohibir ciertos productos plásticos de un solo uso, aunque, como señala el reporte, “la puesta en práctica de la legislación enfrenta desafíos significativos”. Con diversas leyes, además, Antigua y Barbuda dio la parada para hacer las normas más estrictas. Desde 2018 prohibió los recipientes de poliestireno expandido (conocido como icopor, unicel, telgopor y plumavit), así como los plásticos de un solo uso. Algo que no han logrado muchos.

En América Latina y el Caribe, los productos que más se han prohibido son las bolsas plásticas (88%), las pajillas, popotes o pitillos (63%), el poliestireno expandido (51%) y los contenedores de alimentos (43%).

Prohibición específica de productos plásticos en América Latina y el Caribe

Que la región logre navegar la crisis –más allá de si el tratado internacional sale adelante o no– implica romper tres obstáculos: que no se están implementando las normas y que no han escalado las alternativas al plástico. Pero, también, como comenta Rodríguez, pasa porque los productores y empresas asuman su parte. “Se siguen sumando al mito del reciclaje y no a cambiar lo que producen”, señala. “Y se puede reciclar eternamente, pero porque se consume eternamente”. Para 2015, según datos de un estudio publicado en Science, en el mundo se habían generado aproximadamente 6.300 toneladas métricas de residuos plásticos, pero solo alrededor del 9 % se había reciclado, el 12 % se incineró y el 79 % se acumuló en vertederos y ecosistemas.

Adméas, a través de metodologías que se han realizado para otros artículos científicos, el trabajo de Rodríguez apunta que, en la región, la producción primaria de resinas plásticas se concentra casi en su totalidad en cinco países asociados a la existencia de la industria petrolera: Brasil, México, Argentina, Colombia y Venezuela. Hacerle trazabilidad a la botella de plástico que llega a nuestras manos no es fácil: tiene varias materias primas y no hay transparencia desde los sectores en decir desde dónde vienen los insumos. Esa falta de información pública se suma a la lista de por qué no hemos sido capaces de cortar la relación con los plásticos.

elpais.com

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La jurisdicción contenciosa administrativa, una caricatura del sistema de justicia.

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Por José Cabral.

En una sociedad como la dominicana, donde los antivalores aparecen en todos los escenarios, fruto de una herencia histórico- cultural fundamentada en el caudillismo, el machismo, el patriarcado, el amiguismo, entre otras distorsiones, es lo que explica que el país haya caído en dictaduras férreas como las de Pedro Santana, Ulises Heureaux (Lilí y la de Rafael Leónidas Trujillo Molina.

Esta vocación dictatorial todavía perdura en muchos dominicanos, ya que, aunque se salió de esos gobiernos violadores de derechos humanos fundamentales, pero aún perdura la tendencia en el país, máxime cuando una persona adquiere cierta autooridad a través de la administración pública, la inclinación por las arbitrariedades que provienen del poder.

Entonces, a partir de esa premisa se puede decir que la jurisdicción contenciosa administrativa juega un papel de primer orden en el sistema de justicia nacional, porque tiene la sagrada misión de juzgar a la administración frente a los abusos que se cometen en contra del administrado.

Los avances en esta rama del derecho que se observan en los textos de las leyes 13-07 y 107-13, las cuales son una continuación de lo que consignan los artículos 164 y 167 de la Constitución de la Republica, no parecen que jueguen su papel en el marco del proceso de constitucionalización del derecho que se produce en el país desde el año 2010.

La jurisdicción contenciosa administrativa parece que se ha quedado estacionaria en lo que disponía la Ley 1494 de que a través de ella la administración se juzgaba a sí misma, mediante la llamada justicia tenida, ya que sus sentencias son una especie de bochorno y evitan que el ciudadano pueda recurrir en contra de la conducta abusiva del funcionario público.

Las sentencias de los jueces de la jurisdicción contenciosa administrativa son la principal frustración y negación del proceso de constitucionalización del derecho, cuyas ponderaciones dejan mucho que desear y son decepcionantes para que el administrado logre sobreponerse a los atropellos de la administración que ya no encajan en el contexto del neo-constitucionalismo.

Naturalmente, hay que decir que el fenómeno no es exclusivo de la jurisdicción contenciosa administrativa, sino de todo el sistema de justicia, en el que se observa que se producen graves violaciones a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, así como de principios como el de celeridad procesal, el plazo razonable que devienen en justicia tardía, que no es otra cosa que denegación de justicia.

Todo este cuadro dice claramente que en el país todavía no se ha superado la denominada constitución de fachada, es decir, que la misma es muy bonita en el papel, pero que la práctica es una negación de ella, lo cual deja muy mal parada a la democracia nacional.

Sin embargo, hay que ratificar que lo que se observa en la jurisdicción contenciosa administrativa llena de vergüenza a los que de alguna manera abogan por una mejor administración de justicia, cuyas principales decisiones casi siempre terminan en nulidad mediante los recursos de revisión en esta materia elevados ante el Tribunal Constitucional (TC)

Lo interesante de las debilidades que se observan en todo el sistema de justicia es que en los discursos de los que lo representan, como el presidente de la Suprema Corte de Justicia, el país camina tan bien en esta materia que habría que compararlo con las naciones donde el estado de derecho tiene un real y contundente empoderamiento.

¿Percepción o realidad?

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Análisis Noticiosos

Una Constitución de fachada.

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Por José Cabral

En la República Dominicana se estila hablar de que en el país se ha avanzado en lo referente al Estado Social Democrático de Derecho, lo cual sólo existe en la cabeza de los que se la pasan proyectando una percepción que nada tiene que ver con la realidad.

Puede decirse que el proceso de constitucionalización del derecho se produce en el papel, pero no en la realidad, lo que crea una serie de incertidumbres en la sociedad.

La jurisdicción contenciosa administrativa es una que no hay forma de que tenga un desempeño en función de una buena administración de justicia, porque si el funcionario público incurre en graves violaciones de los derechos fundamentales, peor pasa con los jueces de la misma, quienes no hay forma de que demuestren que se manejan en función del impacto de los valores y principios constitucionales en sus decisiones, lo cual es definitivamente una negación de los supuestos avances en esta materia.

Las sentencias de la jurisdicción contenciosa administrativa son una especie de caja de resonancia de los pedidos en sus conclusiones de la  Procuraduría General Administrativa, cuyos contrasentidos jurídicos son el pan de cada día en las audiencias de sus diferentes salas, lo que impacta negativamente al ciudadano.

Por el momento quiero reproducir una carta enviada al presidente del Tribunal Superior Administrativa ante una decisión tomada en virtud de la solicitud de una medida cautelar frente a los abusos que comete la empresa Distribuidora del Norte (EDENORTE) en contra de los usuarios.

Sin embargo, la falta de razonabilidad y racionalidad de los jueces del Tribunal Superior Administrativo (TSA), principalmente de su presidente, causa más indignación que los atropellos que comete el órgano del Estado que maneja la referida empresa.

A continuación reproduzco la carta enviada al presidente del TSA a propósito de su sentencia mediante la cual niega una medida cautelar, cuyo razonamiento, aparte de ridículo, revela hasta donde en el país se cuenta con una Constitución de fachada, cuyo respeto a los derechos fundamentales sólo existe en el texto, pero no en la realidad.

Señor

Magistrado Diomedes Y. Villalona G.

Presidente del Tribunal Superior Administrativo

Magistrado Villalona:

La presente es para dejar sentada mi indignación por la reiteración de decisiones que dejan muy mal parada a la jurisdicción contenciosa administrativa en la República Dominicana, cuyo desempeño deja mucho que desear, a pesar de que se enarbola que su base de sustentación es el nuevo constitucionalismo que se rige por valores y principios.

El mejor ejemplo de que la jurisdicción contenciosa administrativa se maneja con un nivel de razonabilidad y de racionalidad que no supera lo que ocurre en los juzgados de paz o tribunales inferiores, donde las decisiones son generalmente muy superficiales y carentes de una aceptable ponderación, es la sentencia emitida y que genera la presente comunicación.

La última joya del presidente del Tribunal Superior Administrativo ante los abusos cometidos por la Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE), la cual ha incurrido en una serie de atropellos que revelan que los derechos de los consumidores y de los administrados están en manos de juzgadores que sólo sirven como caja de resonancia de los funcionarios públicos que actúan al margen de la Ley 13-07 y de la 107-13, así como de la 1494, ya que su misión no parece ser otra que imponer una carga procesal y económica que se agrava cuando  finalmente se emite un fallo carente de toda lógica jurídica en detrimento del impetrante y en favor del impetrado..

En este sentido, he querido dejar sentado mi rechazo al comportamiento y el daño que genera esta jurisdicción contenciosa administrativa en detrimento de un buen derecho, de una buena administración de justicia, que deteriora la  imagen del sistema de justicia en la República Dominicana, dado que en el fallo se establece qué tan grande es su falta de razonabilidad al negar una medida cautelar en virtud de un corte del servicio de electricidad que lleva varios meses bajo el argumento de que no se aportaron pruebas de que el recurrente no tiene el referido servicio, pese a que  la propia ley ofrece la respuesta al respecto.

Cómo se puede entender semejante decisión, ya que es un contrasentido que el recurrente diga que se le cortó arbitrariamente el servicio de energía eléctrica y que mediante la medida cautelar solicite la reconexión del mismo, pero que, en un choque con cualquier razonamiento lógico, máxime cuando la parte recurrida no ha invocado lo contrario de lo alegado por el cliente, el tribunal niegue el pedido sustentándose en que no se aportaron las pruebas al respecto, sobre todo cuando el órgano se niega a entregar documentos que comprometan su irresponsabilidad e ilegalidad.

La realidad es que ese desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa es una vergüenza ante el proclamado empoderamiento del neoconstitucionalismo, que se basa en la aplicación de valores y principios que van de las manos con los derechos humanos fundamentales.

La decisión tomada en torno a la medida cautelar es una especie de anuncio anticipado de que el recurso que tiene que ver con el fondo también será fallado en contra, en razón de que, como digo más arriba, la decisión tomada deja muy claro que las acciones de cualquier administrado es un esfuerzo perdido por los criterios con que se maneja la jurisdicción contenciosa administrativa en el país, convirtiéndose en una vergüenza para el derecho comparado, interamericano e internacional.

El mejor consejo para cualquier administrado abusado por la administración es desistir de buscar justicia en la jurisdicción contenciosa administrativa por representar una vergüenza para el sistema de justicia nacional, ya que como lo dije más arriba sus decisiones están determinadas por los contrasentidos jurídicos que invoca generalmente la Procuraduría General Administrativa, cuyos procesos para lo único que sirven es para aumentar la carga procesal y costos económicos en desfavor del  ciudadano a través de notificaciones arbitrarias y abusivas.

Este desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa, la cual todavía está estacionaria en la llamada justicia retenida, mediante la cual la administración se juzga a sí misma y cuyos jueces eran designados por el Poder Ejecutivo, igual que el que preside la Procuraduría General Administrativa, llena de vergüenza a cualquier buen dominicano, dado que  se supone que el Tribunal Superior Administrativa está bajo el control y la tutela de la Suprema Corte de Justicia en virtud del mandato de la Ley 13-07.

Evidentemente que la decisión de negar la medida cautelar tiene el propósito de condenar al fracaso la demanda principal en razón de que impone que el recurrente tenga que negociar con EDENORTE para restablecer el servicio y de ese modo disponer la inadmisibilidad de la misma por existir un acuerdo que deja sin sentido el pedido principal de la parte recurrente que, entre otras cosas, busca una indemnización por los daños morales y materiales causados.

No está de más recordar que el artículo 22 de la Ley 107-13 sobre Derechos de las Personas ante la Administración y el derecho a la defensa establece que la administración debe probar sus alegatos. El procedimiento sancionador obliga a la administración a sustentar la validez de sus actos y pruebas, además que existe la carga de la prueba que en los procedimientos sancionadores la administración pública tiene la obligación de probar los hechos que fundamentan sus decisiones contra un ciudadano en función del principio de legalidad, ya que el funcionario público está limitado por las normas de procedimiento y la Constitución, no pudiendo actuar sin sustento probatorio, ya que la presunción de validez no es absoluta.  Otro principio violado por la jurisdicción contenciosa administrativa es el de celeridad, consignado en el artículo 19 de la Ley 107-13, en cuya virtud las actuaciones administrativas se realizarán optimizando el uso del tiempo, resolviendo los procedimientos en plazo razonable que, en todo caso, no podrá superar los dos meses a contar desde la presentación de la solicitud en el órgano correspondiente, salvo que la legislación sectorial indique un plazo mayor. En especial, las autoridades impulsarán oficiosamente los procedimientos e incentivarán el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a los efectos de que los procedimientos se tramiten con diligencia y sin dilaciones injustificadas, de manera escrita o a través de técnicas y medios electrónicos.  La medida cautelar solicitada por el impetrante  fue fallada en contra de lo que dispone al articulo 7 de la Ley 13-07, Orgánica del Tribunal Superior Administrativo, la cual se conoció el 16 de diciembre y fue fallada el 22 de enero, pese a que se habla de cinco días después  de la celebrada la audiencia en la que las partes plantean sus conclusiones, principalmente cuando hay una afectación mayor, porque el recurrente no tiene servicio de energía eléctrica y que en consecuencia todas las labores comerciales y empresariales están paralizadas y la reactivación está determinada por el fallo de la misma.

Este es un ejemplo de que en el país existe una Constitución de fachada que niega los supuestos avances y fortalecimiento del Estado Social Democrático de Derecho, lo cual es una explicación de que República Dominicana es una sociedad que vive más de la percepción que de la realidad.

Sin otro particular,

José Antonio Cabral Salcedo.

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