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Diputada del PRM condenada por lavado.

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Santo Domingo.- La diputada del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Rosa Amala Pilarte, fue condenada este martes por la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia por lavado de activos.

Sin embargo, previo a la lectura del dispositivo de la sentencia, el tribunal resaltó cuáles fueron las acusaciones que sí se pudieron comprobar durante este proceso judicial.

Así lo indicó la magistrada Nancy Salcedo, integrante del referido tribunal, y quien fue delegada en comunicar la decisión.

En su intervención, esta jueza afirmó que el comportamiento financiero de la legisladora y sus allegados coincidía con el modus operandi de organizaciones criminales que se dedican a cometer los tipos de delitos que Pilarte fue acusada.

De igual forma aseguró que, tras examinar el informe de investigación y de análisis financiero de Pilarte, se demostró que la acusada intentó diversificar e integrar los valores productos de actividades ilícitas con la adquisición y ventas de inmuebles.

“Para esta Suprema Corte, los indicios debidamente probados por la Procuraduría General de la República (PGR) permiten arribar a la única conclusión lógica que consta en la acusación y esta es: la acusada adquirió productos bancarios y los utilizó para colocar valores millonarios en el sistema financiero nacional, a sabiendas de su origen ilícito”, subrayó Salcedo.

El tribunal es presidido por Francisco Jerez Mena, e integrado por Salcedo, María Garabito, Fran Soto y Francisco Ortega Polanco y condenó a cinco años de prisión a Pilarte.

Esta sentencia deberá ser cumplida en la cárcel de Rafey-Mujeres.

Además le fue impuesto el pago de una multa de 200 salarios mínimos del sector público.

«A partir de la valoración realizada a las pruebas, esta Segunda Sala ha logrado extraer

una pluralidad de indicios, especialmente relacionados con las relaciones comerciales

del entorno familiar de la acusada, su comportamiento financiero y el origen de los

valores que se movilizaron a través de sus productos bancarios. Sin lugar a duda, estos

indicios no se limitan a la disparidad entre los ingresos de la acusada y los montos

movilizados por ella, ya que esta Sala Penal extrajo de las pruebas que el

comportamiento financiero de la Rosa Amalia Pilarte López —y sus relacionados—

coinciden con el modus operandi de las organizaciones criminales que se dedican a este

tipo de infracciones.

Para esta Suprema Corte, los indicios debidamente probados por la Procuraduría

General de la República permiten arribar a la única conclusión lógica que consta en la

acusación, esta es que la acusada adquirió productos bancarios y los utilizó para

colocar valores millonarios en el sistema financiero nacional, a sabiendas de su origen

ilícito, comúnmente mediante transacciones en efectivo.

Además, se demostró que la acusada intentó diversificar e integrar los valores producto

de actividades ilícitas, con la adquisición y venta de inmuebles, como sostiene el órgano

de persecución.

Como esta Sala Penal ha venido sosteniendo, en el tipo penal de lavado de activos se da

la postura de la autonomía material relativa, donde se requiere que los activos materia

de lavado se vinculen a una actividad previa a través de indicios razonables que

persuadan al órgano jurisdiccional que se ha cometido el lavado de activos, como ha

ocurrido en este caso, donde se ha podido establecer un nexo lógico entre los indicios

que demuestran el origen ilícito de los bienes poseídos con la actividad de lavado; es

decir, que el origen o conexión de los activos materia de lavado se ha vinculado con

actividades criminales previas que integran la tipicidad la infracción».

¿DE QUÉ ERA ACUSADA?

Según el expediente del Ministerio Público, la diputada formaba parte de una estructura criminal dedicada al lavado de activos.

El documento describió que en la investigación se verificó que el modus operandi de la red era colocar sumas cuantiosas de dinero en el sistema financiero y otras ramas de la actividad económica para lograr “diversificar el producto proveniente del narcotráfico, aprovechando y utilizando vínculos familiares y de afinidad para hacer más eficaz dicha actividad ilícita de lavado de activos”.

Asimismo se detalló que se comprobó la existencia de transacciones bancarias realizadas por Pilarte que reflejan montos millonarios, presuntamente producto de las actividades ilícitas del entramado, estableciendo como la mujer es partícipe de la red de lavado junto a su esposo y también acusado Miguel Arturo López Florencio (Miky López).

El órgano persecutor también señaló que Pilarte tenía “pleno conocimiento” de que adquirió varios productos bancarios que se utilizaron para desarrollar un circuito de lavado de activos que tenía como fin “ocultar el verdadero origen de los fondos procedes del tráfico ilícito de drogas”.

La diputada habría colocado en el sistema financiero, según el órgano, más de 4,400 millones de pesos a través de depósitos en efectivo “que no puede justificar” pues por su actividad laboral como odontóloga, la Tesorería de la Seguridad Social y la Dirección General de Impuestos Internos apuntan que la diputada solo había generado por su trabajo formal y lícito por concepto de salarios hasta el año 2021 solo RD$ 13,571,307.

Similarmente fue acusada de utilizar testaferros. De acuerdo con el referido documento, Pilarte utilizó a su hermana Francia Pilarte para ocultar uno de los vehículos de la estructura.

La legisladora también habría servido de testaferro para su esposo y para otros miembros de la red de lavado de activos, adquiriendo varios inmuebles y traspasándolos a otras personas a nombre de la razón social “Inversiones Inmobiliaria Cutuú, SRL”, representada por su cuñado Manuel Antonio Inoa Valdez.

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Reunion bilateral se produce entre Abinader y la mandataria electa de Costa Rica, Laura Fernández

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Santo Domingo, R.D.-El presidente Luis Abinader sostuvo una reunión bilateral en el Museo de Arte Costarricense con la presidenta electa de Costa Rica, Laura Fernández Delgado, en la que abordaron diversos temas de interés común orientados a continuar fortaleciendo los lazos fraternales, comerciales y diplomáticos entre ambas naciones.

Durante la reunión, ambos líderes intercambiaron muestras de afecto y reafirmaron la cercanía histórica entre la República Dominicana y Costa Rica; además, abordaron la importancia de mantener un diálogo permanente y de continuar trabajando de manera conjunta en iniciativas que contribuyan al desarrollo, la integración regional y el fortalecimiento de las relaciones entre ambos pueblos.

La presidenta electa expresó su interés en continuar consolidando los lazos fraternales entre ambos países, promoviendo mayores oportunidades de intercambio comercial y fortaleciendo la cooperación en áreas estratégicas para el desarrollo de ambas naciones.

De igual forma, reafirmó el compromiso de Costa Rica con la Alianza para el Desarrollo en Democracia (ADD), destacando que su gobierno continuará formando parte activa de este mecanismo regional de cooperación.

De su lado, el presidente Abinader reiteró la disposición del Gobierno dominicano de continuar afianzando las relaciones de amistad, cooperación y entendimiento mutuo con Costa Rica. Asimismo, destacó la importancia de mantener una agenda conjunta orientada al crecimiento económico, la defensa de la democracia y el fortalecimiento de los vínculos regionales entre ambas naciones.

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Incautan 1,295 paquetes de drogas en costas de Pedernales

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Santo Domingo, R.D.-Un cargamento de 1,295 paquetes de presunta cocaina y marihuana fueron confiscados por  agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) durante dos operaciones simultáneas ejecutadas en las costas de Pedernales.

En la intervención fueron arrestados tres dominicanos y un venezolano.

El vocero del organismo antinarcóticos, Carlos Devers, identificó a los detenidos como Walkin Marino Montás Tapia, Luis Alberto Figueroa Ariza, Manolo Resello Amador y Luis Alberto Acosta Santana.

Señaló que los 1,295 paquetes fueron enviados al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), bajo estrictos protocolos de cadena de custodia, para determinar el tipo y peso exacto de la sustancia.

Devers explicó que las operaciones fueron realizadas por efectivos de la Armada de República Dominicana (ARD), la Fuerza Aérea (FARD) y organismos de inteligencia del Estado, con el apoyo de la Fuerza de Tarea Interagencial Sur (JIATFS) y la DEA de los Estados Unidos.

Indicó que la primera lancha era una embarcación de 24 pies con motores de 100 HP. Allí se arrestó a Resello Amador y Acosta Santana, incautando 16 pacas que contenían 314 paquetes de cocaína y 89 de marihuana (403 en total).

Mientras que, en la segunda lancha, fue neutralizada tras una intensa persecución en coordenadas cercanas. En esta se ocuparon 836 paquetes de marihuana y 56 de cocaína (892 en total). Fueron arrestados Montas Tapias y Figueroa Ariza.

El vocero reafirmó que se continuarán fortaleciendo las operaciones de interdicción como parte de la política de seguridad del Gobierno dominicano para garantizar la soberanía y la paz nacional.

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Rechazan traslado de proceso de Donni Santana a otra jurisdicción

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Santo Domingo, R.D.-Por sospecha legitima el Pleno de la Suprema Corte de Justicia desestimó la demanda en declinatoria por causa interpuesta por Donni Mayobanex Santana Cuevas, exembajador del Consejo Nacional de Frontera.

Este hombre, que cumple una condena de 20 años de prisión por la violación sexual de su hijastra menor de edad, buscaba que su proceso judicial fuera transferido fuera de la jurisdicción de San Cristóbal.

Santana Cuevas, quien se encuentra en libertad tras un permiso laboral, presentó el recurso contra la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Cristóbal.

El Pleno de la Suprema Corte, encabezado por su presidente Luis Henry Molina Peña, determinó que la defensa de Santana no logró probar hechos graves o concordantes que permitieran inferir una falta de imparcialidad u objetividad por parte de los magistrados de San Cristóbal.

En su resolución, la Suprema fue enfática al aclarar que “la simple discrepancia con decisiones judiciales desfavorables no constituye un fundamento válido para alegar sospecha de parcialidad”.

Asimismo, la Suprema ratificó como correcta la actuación de la Corte de Apelación al fallar sobre recusaciones previas con sus propios integrantes, siempre que se cumpla con el cuórum legal requerido.

La solicitud de declinatoria, depositada el pasado 9 de diciembre de 2025, argumentaba que existía un «ambiente hostil» debido a la presión mediática y un supuesto comportamiento prejuiciado de los jueces.

Pese a la decisión mayoritaria, el fallo contó con el voto disidente de los magistrados Fran Soto, María Garabito Ramírez, Rafael Vásquez Goico y Yorlin Vásquez Castro.

Los jueces disidentes argumentaron que la figura de la «declinatoria por sospecha legítima» no está contemplada de forma expresa en la normativa procesal penal vigente, lo cual ha provocado decisiones contradictorias dentro del mismo órgano judicial en ocasiones anteriores.

Sostienen que el ejercicio de un poder público debe realizarse acorde a la ley vigente y su jurisdicción; por tanto, el examen de la cuestión planteada por ante esta Alzada lesiona el principio de legalidad, como se ha indicado precedentemente.

En ese orden, alegan que su posición radica en establecer que en todos los casos de solicitud de declinatoria por seguridad pública o sospecha legítima, lo que procede es declarar la inadmisibilidad de la misma, por carecer de base legal, como ocurre en otras materias y se ha expuesto en el cuerpo del presente voto.

Con esta resolución, el expediente de Donni Santana permanecerá en San Cristóbal, donde se decidirá finalmente la validez de los beneficios carcelarios que reclama el condenado.

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