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Exdiputada condenada por lavado de activo solicita suspensión ejecución de sentencia.
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6 meses agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.-La exdiputada del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Rosa Amalia Pilarte, formalizó su pedido a través de sus abogados de la suspensión de la sentencia que la condena a cinco años de prisión, al pago de una multa de 200 salarios mínimos del sector público, la cual dispone su envío a la cárcel de Rafey de Santiago, por el delito de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Mediante un recurso de revisión constitucional, la ex legisladora solicitó la suspensión de la ejecución de la sentencia confirmada por el pleno de la Suprema Corte de Justicia, el pasado 29 de agosto, hasta tanto sea conocido dicho recurso.
El recurso depositado en la secretaría de la Suprema, fue presentado a través de los abogados Eduardo Jorge Prats, Julio Cury, Luis Leonardo Félix Ramos, Roberto Medina Reyes, Amado Gómez Cáceres, Pedro Castellanos Hernández, George Alexander Medina Lora.
Los juristas consideran que el objetivo del recurso de revisión es preservar provisionalmente el sistema institucional, los principios de separación de poderes y de seguridad jurídica y el derecho de garantía fundamental al debido proceso.
Señala que el Tribunal Constitucional (TC), al momento de juzgar sobre la procedencia de una solicitud de suspensión, debe decidir sobre la irreparabilidad del daño que puede sufrir el solicitante de no adoptarse una medida precautoria.
Sostiene que, además, tiene la responsabilidad de apreciar el posible perjuicio que para el interés general o de terceros puede derivarse del otorgamiento de tal medida y que el tribunal realice un juicio ponderativo sobre los intereses en juego.
Indicaron que en el caso de Rosa Amalia Pilarte la preservación de su libertad personal, producto de la suspensión de la ejecución de la sentencia dictada por el pleno de la Suprema, no pondría en riesgo el sistema de justicia ni afectaría de derechos de terceros.
Aducen que precisamente su prisión está indisolublemente ligada a presuntos delitos de contenido económico, que no ponen en riesgo la vida o la salud de terceros, y que no postulan infracciones de calado a la estabilidad, previsibilidad y seguridad que se supone ha de proveer el sistema represivo.
Señalan que el mismo TC ha establecido, además, que “la existencia de la sanción penal de prisión”, cuando se acompaña por la comprobación de “elementos de derecho que pudieran justificar la existencia de violación a derechos fundamentales”, justifica la concesión de medidas excepcionalísimas como la suspensión en la ejecución de una sentencia penal firme, como en el caso de su cliente, con un torcida condena de parte de la Segunda Sala, el Pleno de la Suprema, con la complicidad del Ministerio Público.
Mientras que el Pleno de la Suprema remitió al juez de la ejecución de la pena de La Vega la sentencia en contra Pilarte, luego de ratificar la condena de cinco años de prisión.
En tanto que un ministerial de la Suprema se dirigió a la casa de la ex legisladora a notificar la sentencia, pero trascendió que no había nadie.
De su lado, Pedro Inocencio Amador Espinosa, en su condición de exprocurador adjunto y líder del equipo acusador, expresó que esta decisión es una advertencia para quienes creen que la política puede ser un refugio de impunidad.
Consideró que la justicia dominicana ha demostrado que, tarde o temprano, el que viola la ley debe enfrentar sus consecuencias.
Manifestó que la estrategia del Ministerio Público fue clara, el demostrar que el origen ilícito de los bienes vinculados a Pilarte formaba parte de un esquema de blanqueo de capitales, y que la entonces diputada, en calidad de funcionaria pública, no podía ampararse en su investidura para evadir la justicia.
Dijo que uno de los aspectos más contundentes de la decisión fue la orden de decomiso de más de una docena de inmuebles valorados en cientos de millones de pesos, entre terrenos, locales comerciales, apartamentos y propiedades rurales en La Vega y Jarabacoa.
“Este decomiso no solo tiene un efecto punitivo, sino también ejemplarizante: envía un mensaje claro de que el crimen de cuello blanco no solo acarrea cárcel, sino también la pérdida del patrimonio ilícitamente acumulado”, acotó.
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Jueza escuchó varios testigos del Ministerio Público contra Elizabeth Silverio y aplaza juicio
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7 horas agoon
marzo 9, 2026
SANTO DOMINGO.- La jueza de la Novena Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional, Milagros Ramírez, aplazó este lunes para el próximo 16 de marzo la continuación del nuevo juicio contra Elizabeth Silverio (neurocientífica), directora del Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas Kogland, acusada de ejercer la medicina de manera ilegal en el país.
La decisión fue tomada luego de que el tribunal escuchara a varios testigos presentados por el Ministerio Público, entre ellos madres y padres de las presuntas víctimas del caso. Los testigos relataron las situaciones que vivieron y pidieron justicia por los perjuicios que, según denunciaron, sufrieron sus hijos.
Durante la audiencia también ofreció su testimonio el director de Habilitación del Ministerio de Salud Pública, como parte de las pruebas presentadas por el Ministerio Público.

Aplazan para marzo nuevo juicio contra Elizabeth Silverio por ejercicio ilegal de la medicina
Previo al inicio del proceso, Elizabeth Silverio aseguró que demostrará su inocencia frente a los hechos que se le imputan.
De acuerdo con la acusación del Ministerio Público, Silverio ejercía la medicina sin contar con el exequátur correspondiente, en violación de la ley, lo que presuntamente afectó la salud de decenas de menores con condiciones especiales.
Asimismo, se le atribuye el uso de títulos falsos, con los cuales hacía creer que era psicóloga con especialidad en neurociencia.
Se recuerda que el 10 de octubre de 2025, los jueces de la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional anularon la sentencia que condenaba a Silverio a siete años de prisión, dictada el 21 de octubre de 2024 por las magistradas del Tercer Tribunal Colegiado.
Tras esa decisión, la corte ordenó la celebración de un nuevo juicio.
Centro Kogland fue clausurado
El Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas Kogland, ubicado en el sector Gascue, fue creado en diciembre de 2021. Su directora, Elizabeth Silverio, de 30 años, afirmaba poseer cinco maestrías.
La situación provocó que Silverio fuera intimada a presentar su exequátur ante el Ministerio de Salud Pública y, ante la inexistencia de la documentación correspondiente, se procedió al cese de las operaciones del centro Kogland.
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Aplazan para abril inicio de la audiencia preliminar del exjefe de la DEA en República Dominicana
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7 horas agoon
marzo 9, 2026
Santo Domingo, R.D.-El Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito de Columbia concedió un aplazamiento de la audiencia inicial en el caso por presunta corrupción contra el dominicano Melitón Cordero, acusado de gestionar más de 100 solicitudes de visado abusando del programa para informantes confidenciales mientras se desempeñaba como supervisor de la oficina de la Administración para el Control de Drogas (DEA) en República Dominicana.
La audiencia inicial, prevista para el 6 de marzo, fue pospuesta por un plazo de 30 días para permitir que la defensa se reorganice y el gobierno prepare la evidencia, con la posibilidad de que el caso se resuelva antes de llegar a un juicio formal, según establecen documentos judiciales a los que este medio tuvo acceso.
En ese sentido, la audiencia preliminar quedó programada para el próximo 6 de abril a las 12:30 de la tarde.
La decisión del juez también incluye detener temporalmente el conteo del plazo legal que permite la celebración de un juicio rápido. Esto significa que los días entre el 6 de marzo y el 6 de abril no contarán para el cálculo de ese plazo.
Esto se debe a que, normalmente, el gobierno estadounidense dispone de 30 días desde el arresto para presentar cargos ante un gran jurado.
La decisión de posponer la audiencia preliminar fue tomada por el tribunal el 26 de febrero de 2026, un día después de que la defensa presentara la solicitud.
Motivos para la prórroga
Los documentos judiciales explican varias razones por las que se concedió el aplazamiento en el caso penal federal contra Cordero. La primera de ellas es la contratación de una nueva abogada por parte del dominicano, quien pasa de ser representado por un defensor público federal a la abogada Mary Carpenito, que aún se encuentra en proceso de incorporarse formalmente al caso.
Otro de los motivos es que el gobierno entregará evidencia previa a la acusación formal, así como la intención de ambas partes de contar con más tiempo para prepararse.
Además, existe la posibilidad de resolver el caso antes de una acusación formal, lo que podría evitar un juicio, según se desprende de los documentos.
El pasado 12 de febrero, la embajadora estadounidense en República Dominicana, Leah Francis Campos, informó el cierre de la oficina de la DEA en el país «hasta nuevo aviso», mediante un comunicado difundido en redes sociales en el que calificó la corrupción como «una violación repugnante y deshonrosa de la confianza pública».
La acusación sostiene que Cordero, de 47 años, habría utilizado su posición en la DEA para tramitar al menos 119 solicitudes de visa bajo un esquema fraudulento, presentando a los solicitantes como supuestas «fuentes confidenciales» de la agencia antidrogas. A cambio, se habrían pagado hasta 10,000 dólares por cada trámite.
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Tribunal ratifica medida de coerción contra ejecutivas del colegio Da Vinci por muerte de Stephora
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8 horas agoon
marzo 9, 2026
Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Colegiado de la Cámara Penal de la Corte de Apelación ratificó la medida de coerción impuesta contra varias ejecutivas del colegio Leonardo Da Vinci, en el proceso judicial por la muerte de la niña Stephora Anne-Mircie Joseph, de 11 años, quien falleció ahogada durante una excursión escolar.
El tribunal confirmó la decisión dictada en primera instancia, que establece como medida de coerción una garantía económica de 500 mil pesos mediante compañía aseguradora, presentación periódica ante las autoridades e impedimento de salida del país contra las cuatro imputadas.
Las imputadas en el caso son Yris del Carmen Reyes Adames, directora administrativa del centro educativo; Gisela Altagracia de las Mercedes González Estrella, coordinadora general y asesora del equipo directivo; Francisca Josefina Tavares Vélez, orientadora, y Vilma Altagracia Vargas Morel, coordinadora del nivel secundario. Acudieron a la audiencia, y gozan de libertad, ya que cumplen medida poco gravosa.
A la salida de la audiencia, el abogado de la familia de la niña, Miguel Valdez Mar Díaz, cuestionó que en el proceso no se haya incluido a otros posibles responsables vinculados al centro educativo y al lugar donde ocurrió la tragedia.
El jurista indicó que durante la audiencia se discutió que las personas señaladas no serían las únicas responsables del descuido que provocó la muerte de la menor.
Valdez Mar Díaz también criticó el accionar del Ministerio Público, al señalar que el proceso ha sido complejo para la familia y que, hasta el momento, la madre de la niña no ha recibido las pertenencias que la menor llevó el día de la excursión, pese a los requerimientos realizados.
Asimismo, informó que el tribunal fijó para el 26 de marzo una audiencia en la que se conocerá el proceso contra representantes del colegio y los propietarios de la Hacienda Los Caballos.
La mujer estuvo acompañada por varios familiares, quienes intentaban consolarla mientras reiteraba su llamado para que las autoridades establezcan responsabilidades en el caso.
De su lado, la abogada de parte de las imputadas, María del Pilar Zuleta, manifestó su satisfacción con la decisión adoptada por el tribunal.
“La corte conoció el caso, tomó su tiempo y decidió ratificar la medida. Entendemos que fue una decisión ajustada a derecho y que no existe ninguna presunción de culpa contra nuestras representadas”, expresó.
Indicó además que el Ministerio Público había solicitado un aumento de la garantía económica impuesta como medida de coerción, solicitud que finalmente no fue acogida por el tribunal.
