Santo Domingo, RD.-Aun cuando permanece el desfase del poder adquisitivo de los trabajadores dominicanos del sector privado no sectorizado y el precio base de la canasta familiar del quintil uno (menos ingresos) lo cierto es que por primera vez en más de 20 años el Gobierno, a través del Ministerio de Trabajo y su Comité Nacional de Salarios (CNS) y los sectores empresariales y sindicales logran un acuerdo del salario mínimo a favor de la clase trabajadora sin sobresaltos ni protestas y sin las kilométricas reuniones a las que se estaba acostumbrado.Nacionales
Salario mínimo pasa sin traumas
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5 años agoon
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LA REDACCIÓNLa resolución abarca a la microempresa como un nueva categoría
Santo Domingo, RD.-Aun cuando permanece el desfase del poder adquisitivo de los trabajadores dominicanos del sector privado no sectorizado y el precio base de la canasta familiar del quintil uno (menos ingresos) lo cierto es que por primera vez en más de 20 años el Gobierno, a través del Ministerio de Trabajo y su Comité Nacional de Salarios (CNS) y los sectores empresariales y sindicales logran un acuerdo del salario mínimo a favor de la clase trabajadora sin sobresaltos ni protestas y sin las kilométricas reuniones a las que se estaba acostumbrado.El resultado del incremento salarial, que promedia un 24.%, en las cuatro escalas acordadas, es el fruto de las reuniones realizadas por el Gobierno y en encabezadas por el presidente de la República y los representantes patronales y sindicales, que por vez primera también agregan un nuevo grupo empleador.
Antes, el aumento salarial para los salarios mínimos del sector privado no sectorizado se aplicaban en tres rangos que van desde la gran empresa, la mediana empresa y la pequeña empresa. Ahora, con la decisión del CNS, anunciado ayer pasado el mediodía, se agregó a la micro empresa en la escala salarial, que es aquella que emplea de uno a 10 trabajadores.
Aumentos
Los trabajadores de las empresas grandes que ganan RD$17,610 mensual desde este 16 de julio ganarán RD$20,000 por mes y para enero 2022 recibirán RD$1,000 más, para completar los RD$21,000 acordados, equivalentes a un 19% de aumento y de RD$3,390 en términos de efectivo.
Las medianas empresas, de RD$12,107 aumentarán a RD$19,250, para un 59% de incremento, que los trabajadores recibirán en dos etapas.
En este julio cobrarán RD$18,500 y en enero de 2022 cobrarán los RD$750 restantes. Los trabajadores de las pequeñas empresas que cobran RD$10,730 pasarán a cobrar RD$12,900, un 20.2% más, que obtendrán de la siguiente forma: RD$12,400 este mes y RD$500 en enero 2022, y la nueva clasificación de microempresas de RD$10,730 pagarán a sus trabajadores un aumento de 10.9%, que va desde los RD$10,730 actuales a RD$11,900, divididos en RD$11,500 ahora y RD$400 en enero 2022.
En la nueva clasificación empresarial, conformada por cuatro categorías, las grandes empresas que componen el 51.5% de los trabajadores dominicanos quedan constituidas en aquellas con más de 151 empleados; las medianas de 51 a 150 empleados son 14.6%, las pequeñas que son el 20.9% de la planilla laboral formal componen de 11 a 50 y las microempresas de uno a 10 trabajadores, son el 12.9%.
Agro y guardianes
El acuerdo anunciado ayer también contempla aumentos de 25% y de 15% para trabajadores que desarrollan actividades agrícolas y para los vigilantes de seguridad.
Los jornaleros agrícolas que ganan RD$400 recibirán de inmediato un único incremento a RD$500, para un 25% de alza; los vigilantes de seguridad en cambio tendrán un aumento de 15%, dividido en dos etapas.
Actualmente los guardianes cobran RD$15,000 mensuales como salario mínimo y con el aumento cobrarán este mes RD$16,750 y RD$500 en enero 2022, para un total de sueldo de RD$17,250.
Según datos oficiales el promedio de gasto de la canasta básica en el quintil uno que comprende a las familias de menores ingresos es de RD$31,000 al mes. Para la negociación, se tomó en cuenta un promedio de RD$38,000 mensuales en el costo de la canasta familiar, el cual no resulta tan real, pero es un average y sienta al menos un precedente para impulsar los salarios generales que desde años están paralizados y se prevé que de no mejorarse un empleado de servicios estaría igualando su salario al de un profesional que desde hace años no ha recibido la debida consideración, tomando en cuenta que la productividad ha aumentado en la manufactura y también la inflación.
Los sectores pendientes que responden a sectores establecidos en actividades de la construcción, el turismo, las zonas francas, operadores de máquinas pesadas y el sector azucarero tienen un método distinto de negociación.
Se recuerda que estas actividades desarrolladas en el sector privado abarcan varios oficios, como es el caso de la construcción, que incluye a siete oficios independientes que se negocian con tarifas diferidas.
Las discusiones del órgano tripatito (Gobierno, empresarios y sindicatos) generaban un ambiente de agritud y largas jornadas de discusión en un ambiente en el cual los periódicos ocupaban primeras planas.
Nacionales
Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.
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20 horas agoon
marzo 19, 2026Por Elba García
El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.
El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.
Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.
La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.
Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.
Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.
Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.
El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales, morales, económicos y políticos, lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con el ordenamiento actual.
Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.
Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.
Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron su llegada al poder en que en la República Dominicana se consolidaba un partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.
Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.
Nacionales
Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos
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20 horas agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.
La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.
De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.
El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.
Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).
Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.
Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.
Nacionales
Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.
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20 horas agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.
El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.
Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.
La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.
Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.
El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.
