Santo Domingo, RD.-La República Dominicana se avoca a la modificación de su normativa jurídica de partidos y electoral, las cuales sufrieron su primer revés luego de transcurrido 5 meses de la promulgación de la Ley 15-19, orgánica de régimen electoral, cuando el 30 de julio de 2019 el Tribunal Constitucional declaró la primera nulidad de una de sus disposiciones, por chocar con la Carta Magna.Más Noticias
Ley de partidos y electoral en vía de modificación.
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, RD.-La República Dominicana se avoca a la modificación de su normativa jurídica de partidos y electoral, las cuales sufrieron su primer revés luego de transcurrido 5 meses de la promulgación de la Ley 15-19, orgánica de régimen electoral, cuando el 30 de julio de 2019 el Tribunal Constitucional declaró la primera nulidad de una de sus disposiciones, por chocar con la Carta Magna.El fallo, que en principio fue dado en dispositivo, y luego motivado en la sentencia TC-348-19, del 16 de septiembre de 2019, eliminó el numeral 18 del artículo 284 de la ley electoral, del 18 de febrero del 2019.
Aconteció un año antes de las elecciones del nivel municipal establecidas en la Constitución para el tercer domingo de febrero y a un año y cinco meses de las presidenciales y legislativas, pautada el tercer domingo de mayo del 2020 (artículo 209 de la Constitución).
El texto legal castigaba con penas de 3 a 10 años de prisión la violación a “las normas constitucionales, éticas y legales sobre el uso de los medios de comunicación impresos, electrónicos y digitales, elaborando, financiando, promoviendo o compartiendo campañas falsas o denigrante con piezas propagandísticas y contenidos difamantes o injuriosos contra el honor y la intimidad de candidatos o del personal de las candidaturas internas u oficiales de los partidos, movimientos, o agrupaciones participantes en los procesos electorales”. Anteriormente, el 5 de abril del 2019, la Corte Constitucional había abolido el numeral 6 del artículo 44 de la ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, otra norma de reciente aprobación.
La nulidad fue dictada a solo 8 meses de la promulgación de la legislación, el 13 de agosto de 2018. Recayó también en la disposición que penalizó la difusión de mensajes negativos a través de las redes sociales durante la precampaña electoral.
Acogiendo una acción de inconstitucionalidad interpuesta por varios partidos políticos, fueron anulados diversos preceptos de la ley 33-18, mediante la sentencia TC-441-19, del 10 de octubre del 2019.
Fue anulado el artículo 43 de la Ley de Partidos, que limitó la precampaña política al ámbito interno, a la participación de los candidatos y voceros en medios de comunicación, reuniones en recintos cerrados, visitas casa por casa, uso de camisetas, gorras, banderas, distintivos, adhesivos y cintas, y divulgación de mensajes por teléfonos, facsímiles, correo, internet y otros medios digitales, con excepción de la radio y televisión.
Se eliminó el numeral 12 del artículo 25, que prohibió a los partidos “concurrir aliados en el primer proceso electoral ante el cual se presentan, debiendo entonces postular candidaturas propias en ese certamen, de cualquier nivel que se trate”. Invalidó también los numerales 4 y 7 del artículo 44, y su párrafo tercero. En el numeral 4, la ley prohibió “Toda propaganda política que se fundamente, haga referencia o pueda percibirse de manera negativa, irrespetuosa o contraria a los principios, costumbres y valores culturales de la comunidad local, regional o nacional, en el orden religioso, racial, de preferencia sexual, o de cualquier otra naturaleza que contravenga las buenas costumbres”.
En el 7 impidió “la promoción política a través de mensajes publicitarios colocados y transmitidos por los diferentes medios de comunicación radial y televisiva”. El párrafo III sancionó las violaciones al artículo 44 con la retención de los fondos públicos que entrega el Estado a los partidos.
Otra inconstitucionalidad fue la del numeral 3 del artículo 49 de la Ley 33-18, que exigió tener un tiempo de militancia o permanencia mínimo en un partido que consignen los estatutos para ostentar una candidatura o precandidatura.
Fue anulada, además, una parte del párrafo III del artículo 45 de la Ley 33-18, que facultaba a los organismos de dirección de los partidos a decidir la modalidad y método de selección de los candidatos. El TC dispuso que el organismo competente será el que señalen sus estatutos. (TC-214-19).
El TC anuló el párrafo IV del artículo 104 de la Ley 15-19, que impuso el sistema de arrastre electoral en el nivel municipal, además del congresual. Ya el arrastre de diputados a senadores había sido anulado antes de la ley 157-13, que también lo contenía.
En enero del 2020 se eliminó el artículo 131 de la ley 15-19, que prohibió a entidades políticas municipales y provinciales establecer alianzas con los partidos políticos, que tienen alcance nacional. Ese artículo también dispuso que si las agrupaciones políticas pactan con otra agrupación se considerarán fusionadas en una sola.
Se espera otros fallos, incluyendo de 4 impugnaciones a la Ley Electoral sobre el transfuguismo, contenidas en el artículo 134 de la Ley 15-19, y el numeral 4, artículo 49, Ley 33-18.
En octubre el TC decidió una acción contra el transfuguismo, pero solo se limitó a declarar inadmisible una instancia.
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Incidentes dilatan juicio contra exprocurador Jean Alain Rodríguez.
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1 día agoon
febrero 16, 2026
Santo Domingo, R.D.-Este lunes continuó el proceso penal por presunta corrupción contra el exprocurador general Jean Alain Rodríguez, el cual ha estado caracterizado por extensa cadena de incidentes presentados por la defensa de uno de los acusados, cuyas intervenciones —acompañadas de «lecturas de varias páginas» de teóricos del derecho — provocaron un llamado de atención por parte del tribunal.
Durante la audiencia, la presidenta del Segundo Tribunal Colegiado advirtió que, de mantenerse ese ritmo, el caso «va a ser interminable» y exhortó a los abogados del imputado Alfredo Alexander Solano a ceñirse exclusivamente a la jurisprudencia y a las disposiciones legales vinculadas con la tipificación de los delitos contenidos en la acusación.
Los defensores de Solano, Ybo René Sánchez y Manuel Sierra, formularon, entre las 10:00 de la mañana y la 1:00 de la tarde, cuatro solicitudes a las tres juezas del Segundo Tribunal Colegiado, como parte de un total de 24 incidentes que anunciaron presentarán antes de que se conozca el fondo del proceso, que lleva en la justicia casi cinco años.

Entre los pedimentos planteados por los togados Sánchez y Sierra figuran que el tribunal declare la inconstitucionalidad de tres artículos del Código Procesal Penal, también que se declare incompetente para conocer el expediente y la nulidad de la acusación. Asimismo, solicitaron que las magistradas ordenen al Ministerio Público archivar las imputaciones contra Solano y los demás acusados.
El conocimiento del caso permanece enfocado en la discusión de estos incidentes preliminares, mientras el Ministerio Público procura que se le dé inicio al análisis de la acusación principal y en la que se imputa a los que enfrentan el juicio de fondo defraudar al Estado con más de 6 mil millones de pesos.
Los llamó a resumir
La jueza Claribel Nivar Arias insistió a los dos únicos abogados que expusieron sus solicitudes este lunes a que resuman porque «si seguimos en este ejercicio, como va, va a ser interminable».
Les dijo que si citarán una doctrina o una jurisprudencia solo mencionen «el contexto de la jurisprudencia, o la doctrina aplicable a la casuística» que abordan.
«Es a ese punto que le estamos llamando la atención, sin coartarle el derecho que usted tiene de utilizar esa herramienta«, advirtió Nivar Arias.
«Lo que estamos es reclamando justicia»
Al salir de la audiencia, el abogado Ybo René Sánchez respondió a los periodistas que con los 24 incidentes que reclamarán al Segundo Tribunal Colegiado es que «se haga justicia».
- «Es que no es que el incidente retarde el proceso, lo que tenemos que ver es que nosotros estamos reclamando justicia, y cuando usted reclama justicia hoy por Alfredo (Solano), mañana por cualquiera de nosotros, no se puede hablar de que se está torpedeando la justicia», sostuvo el togado.
Camacho, «son cuestiones improcedentes»
El director de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho, calificó de «improcedentes» las peticiones de las defensas en el caso de corrupción que se le sigue a Jean Alain Rodríguez y a otras 14 personas físicas.
Dijo que, con la estrategia, los abogados reiteran «su intención de consumir tiempo«, y que lo único que «van a lograr es alargar su agonía porque tarde o temprano tendrán que enfrentarse a las pruebas» sometidas contra ellos.
- «Estamos escuchando a la defensa repetir una y otra vez los mismos incidentes, lo mismo que plantearon en la etapa intermedia, lo están repitiendo en el tribunal, a pesar de que el código prohíbe repetir los incidentes«, subrayó Camacho.
Explicó que cada una de las solicitudes son contrarias al derecho, como son «pretender que el tribunal declare inconstitucional artículos que fueron derogados por la reforma al Código Procesal Penal, o que este tribunal resuelva un tema de competencia que ya resolvió el Tribunal Constitucional y que también resolvió el Código Procesal Penal».
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Ministra del Interior anuncia que categorizarán las patinetas eléctricas en el país
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1 día agoon
febrero 16, 2026
Santo Domingo, R.D.-faride Rafael, ministra de Interior y Policía, informó este lunes que las patinetas eléctricas serán categorizadas ‘dentro de un marco regulatorio claro y diferenciado’.
- La información fue suministrada, a través de una nota de prensa, al concluir la reunión de seguimiento al Plan de Seguridad Ciudadana que encabezó el presidente Luis Abinader.
‘Quedó claramente establecido que deben ser categorizadas, ya que existen diferentes tipos de patinetas y motocicletas eléctricas, con distintas modalidades y velocidades, lo que requiere una regulación diferenciada‘, indicó Raful de acuerdo a la nota.
En este sentido, la funcionaria explicó que el medio de transporte será evaluado para determinar cuáles requerirán placa, la edad mínima permitida para su uso, los requisitos de circulación y estándares de seguridad obligatorios para usuarios y equipos.
La ministra anunció que el próximo miércoles se realizará una reunión con la comisión técnica creada para evaluar la resolución del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), para regular y fiscalizar su uso con el objetivo de reducir riesgos y salvar vidas.
Conforme a la nota, Faride Raful precisó que el pasado miércoles sostuvieron un encuentro con el Intrant, su director, Milton Morrison, técnicos de la institución y la Asociación de Movilidad Eléctrica para definir políticas públicas de prevención, y avanzar hacia la emisión de una resolución definitiva.
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Apresan dos hombres supuestamente vinculados en muerte de joven en el municipio de Guerra.
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1 día agoon
febrero 16, 2026
Santo Domingo;- Dos hombres fueron detenidos por la Policía Nacional u sepersigue a un tercero por su presunta participación en la muerte de la joven Reynalda Carrasco Antoine, de 22 años, cuyo cuerpo fue hallado dentro de una cisterna en el sector El Capacito, municipio San Antonio de Guerra.
Asimismo, las autoridades persiguen activamente a un hombre identificado solo con el alias “Patrón” y/o “Capital”, señalado como presunto autor principal del crimen.
Posteriormente, los miembros policiales procedieron con el el proceso de entrevistas y recolección de evidencias con el fin de identificar a los presuntos responsables.
El caso se encuentra bajo investigación para esclarecer las circunstancias del hecho y determinar responsabilidades.
Los detenidos serán puestos a disposición del Ministerio Público, mientras continúan los operativos para capturar al prófugo.
