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Ley de partidos y electoral en vía de modificación.

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Santo Domingo, RD.-La República Dominicana se avoca a la modificación de su normativa jurídica de partidos y electoral, las cuales sufrieron su primer revés luego de transcurrido 5 meses de la promulga­ción de la Ley 15-19, orgá­nica de régimen electoral, cuando el 30 de julio de 2019 el Tribunal Constitu­cional declaró la primera nulidad de una de sus dis­posiciones, por chocar con la Carta Magna.

El fallo, que en princi­pio fue dado en dispositi­vo, y luego motivado en la sentencia TC-348-19, del 16 de septiembre de 2019, eliminó el numeral 18 del artículo 284 de la ley elec­toral, del 18 de febrero del 2019.

Aconteció un año antes de las elecciones del nivel municipal establecidas en la Constitución para el ter­cer domingo de febrero y a un año y cinco meses de las presidenciales y legisla­tivas, pautada el tercer do­mingo de mayo del 2020 (artículo 209 de la Consti­tución).

El texto legal castigaba con penas de 3 a 10 años de prisión la violación a “las normas constitucio­nales, éticas y legales so­bre el uso de los medios de comunicación impresos, electrónicos y digitales, elaborando, financiando, promoviendo o compar­tiendo campañas falsas o denigrante con piezas pro­pagandísticas y contenidos difamantes o injuriosos contra el honor y la inti­midad de candidatos o del personal de las candidatu­ras internas u oficiales de los partidos, movimientos, o agrupaciones participan­tes en los procesos electo­rales”. Anteriormente, el 5 de abril del 2019, la Corte Constitucional había abo­lido el numeral 6 del ar­tículo 44 de la ley 33-18, de Partidos, Agrupacio­nes y Movimientos Políti­cos, otra norma de recien­te aprobación.

La nulidad fue dictada a solo 8 meses de la pro­mulgación de la legisla­ción, el 13 de agosto de 2018. Recayó también en la disposición que penalizó la difusión de mensajes ne­gativos a través de las redes sociales durante la precam­paña electoral.

Acogiendo una acción de inconstitucionalidad inter­puesta por varios partidos políticos, fueron anulados diversos preceptos de la ley 33-18, mediante la senten­cia TC-441-19, del 10 de oc­tubre del 2019.

Fue anulado el artícu­lo 43 de la Ley de Partidos, que limitó la precampa­ña política al ámbito inter­no, a la participación de los candidatos y voceros en medios de comunicación, reuniones en recintos ce­rrados, visitas casa por ca­sa, uso de camisetas, gorras, banderas, distintivos, adhe­sivos y cintas, y divulgación de mensajes por teléfonos, facsímiles, correo, internet y otros medios digitales, con excepción de la radio y televisión.

Se eliminó el numeral 12 del artículo 25, que prohi­bió a los partidos “concu­rrir aliados en el primer pro­ceso electoral ante el cual se presentan, debiendo en­tonces postular candida­turas propias en ese certa­men, de cualquier nivel que se trate”. Invalidó también los numerales 4 y 7 del ar­tículo 44, y su párrafo ter­cero. En el numeral 4, la ley prohibió “Toda propa­ganda política que se fun­damente, haga referencia o pueda percibirse de ma­nera negativa, irrespetuosa o contraria a los principios, costumbres y valores cultu­rales de la comunidad lo­cal, regional o nacional, en el orden religioso, racial, de preferencia sexual, o de cualquier otra naturaleza que contravenga las buenas costumbres”.

En el 7 impidió “la pro­moción política a través de mensajes publicitarios co­locados y transmitidos por los diferentes medios de co­municación radial y televisi­va”. El párrafo III sancionó las violaciones al artículo 44 con la retención de los fon­dos públicos que entrega el Estado a los partidos.

Otra inconstitucionali­dad fue la del numeral 3 del artículo 49 de la Ley 33-18, que exigió tener un tiempo de militancia o permanen­cia mínimo en un partido que consignen los estatutos para ostentar una candida­tura o precandidatura.

Fue anulada, además, una parte del párrafo III del artículo 45 de la Ley 33-18, que facultaba a los organis­mos de dirección de los par­tidos a decidir la modalidad y método de selección de los candidatos. El TC dispu­so que el organismo com­petente será el que señalen sus estatutos. (TC-214-19).

El TC anuló el párrafo IV del artículo 104 de la Ley 15-19, que impuso el siste­ma de arrastre electoral en el nivel municipal, además del congresual. Ya el arras­tre de diputados a senado­res había sido anulado an­tes de la ley 157-13, que también lo contenía.

En enero del 2020 se eli­minó el artículo 131 de la ley 15-19, que prohibió a entidades políticas munici­pales y provinciales estable­cer alianzas con los partidos políticos, que tienen alcan­ce nacional. Ese artículo también dispuso que si las agrupaciones políticas pac­tan con otra agrupación se considerarán fusionadas en una sola.

Se espera otros fallos, in­cluyendo de 4 impugna­ciones a la Ley Electoral sobre el transfuguismo, contenidas en el artículo 134 de la Ley 15-19, y el numeral 4, artículo 49, Ley 33-18.

En octubre el TC deci­dió una acción contra el transfuguismo, pero solo se limitó a decla­rar inadmisible una ins­tancia.

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15 años agente mató al niño Donelly en carnaval de Santiago

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Santiago, RD.- Fue condenado a quince años de cárcel por los jueces que integran el Primer Tribunal Colegiado de este distrito judicial esta ciudad al agente policial, adscrito a Acción Rápida, Alejandro Castro Cruz, por la muerte del niño Donelly Joel Martínez Tejada.

El menor, de 11 años de edad, falleció por el impacto de bala disparado con el arma de Castro Cruz, hecho ocurrido la tarde del 12 de febrero del 2023 en la esquina que forman la calle Mella con avenida Las Carreras, mientras se desarrollaba las festividades del carnaval de Santiago.

El Ministerio Público tipificó el hecho como homicidio voluntario, pero los jueces lo calificaron de involuntario.

Indignación por condena

Los familiares de Donelly mostraron su indignación ya que esperaban la pena máxima.

El agente mató al menor tras impactarlo de un balazo en el brazo izquierdo y el tórax, cuando, en un uso desmedido de la fuerza, accionó su arma de fuego.

Los cargos penales contra el imputado, el agente Alejandro Castro Cruz, son violación a los artículos 295, 304 y 309  del Código Penal Dominicano por homicidio voluntario contra Donelly Joel Martínez, así como también por transgresión a los artículos 186, 2, 295 y 309 por abuso de autoridad contra particulares, por los golpes y heridas que infirió al padre del adolescente, Anthony Ysauri Martínez. 

Del amplio legajo de pruebas que ha recolectado, la Fiscalía presentó las documentales, periciales y el audiovisual, último en el que recoge en detalles los acontecimientos que tuvieron lugar.

Además de las pruebas que fueron incorporadas en esta primera  audiencia, el órgano de justicia presentará otros materiales y testimoniales que constituyen toda la fuerza  probatoria necesaria para lograr la imposición de una condena que podría ser de hasta 20 años de prisión.

La investigación del hecho estuvo a cargo del fiscal titular Osvaldo Bonilla y del Departamento de Asuntos Internos de la Fiscalía, que dirige el procurador de la Corte, Gerardo Ponce.

El Ministerio Público ha planteó que se trató de un hecho grave en el que el  imputado, tras irrumpir en el lugar, donde la familia de la víctima celebraba el carnaval, abusó de la autoridad que le confiere la ley, violando todos los protocolos de uso de la fuerza.

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Apresan a seis hombres acusados de robar casi RD$3 millones a mensajero en Santiago

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Santiago.-Fueron capturados seis hombres presuntamente responsables del asalto a un mensajero, quien fue despojado de dos millones 861 mil 600 pesos en las afueras de una entidad bancaria de la ciudad de Santiago, cuyo captura fue realizada por  agentes de la Dirección Central de Investigación (DICRIM), en coordinación con miembros del Ministerio Público.

Los detenidos son Johan Javier Santana Pichardo, de 30 años; Wellington Saúl de la Rosa, de 24; Darío Alexander Arias Jiménez, de 41; Josías Miguel Tavárez Arias, de 31; Miguel Ángel Fadul Abreu, de 35; y Jan Carlos Tavárez Tavárez, alias “El Cojo”, de 37.

Estas detenciones fueron el resultado de una intensa labor de inteligencia por parte de los investigadores policiales.

Según la denuncia, el mensajero fue interceptado el 16 de septiembre por individuos armados que lo encañonaron y lo despojaron de dos bolsas negras con la suma mencionada, mientras se encontraba a las afueras de un banco. Los delincuentes huyeron en un vehículo KIA, modelo K5 blanco, realizando disparos contra la seguridad del lugar.

Los investigadores lograron identificar a Johan Santana como el cabecilla de la banda conocida como “Los Rayos McQueen Gris”. Se descubrió que Wellington Saúl fue quien, tras el asalto, cambió la placa falsa del vehículo. Por su parte, Arias Jiménez, quien era supervisor de seguridad del banco, fue señalado como quien ubicó al mensajero. Josías Tavárez rentó y condujo el vehículo, mientras que Miguel Fadul fue identificado como quien encañonó al mensajero. “El Cojo” fue uno de los que se bajó del auto para intimidar a la víctima, y se le ocupó RD$300,000.Recuperaciones

En la residencia de Wellington Saúl, ubicada en Bella Vista, Santiago, se recuperaron RD$350,000, mientras que, en la casa de Johan Santana, en el sector Los Platanitos, El Ejido, se ocuparon RD$440,000.

Ambas recuperaciones se realizaron mediante órdenes de allanamiento ejecutadas por los agentes y el Ministerio Público.

Entrega voluntaria y ocupaciones

Estarlin Rodríguez se entregó esta mañana para ser investigado en relación con el asalto al mensajero.

Asimismo, durante las operaciones, se incautaron una escopeta, dos pistolas sin documentos, tres cargadores, uno con capacidad para 30 balas, tres pasamontañas, un carro Sonata gris utilizado en el asalto, varios abrigos y otros objetos.

Historial delictivo

El informe policial indica que esta banda está vinculada a múltiples robos y asaltos a mano armada en diferentes sectores de Santiago, como el atraco al Minimarket del sector Gurabo, el pasado 27 de agosto, que se viralizó en redes sociales.

También se les atribuyen varios asaltos en establecimientos comerciales y a transeúntes en sectores como Mary López, Villa Verde, Villa Olga, Las Antillas, y en municipios como Puñal y Moca, además de la provincia de La Vega.

La Policía Nacional y el Ministerio Público continúan las investigaciones, mientras los detenidos y las evidencias serán remitidos a la justicia para los fines legales correspondientes.

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No habrá desvinculaciones inmediatas o masivas por fusión de entidades públicas

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Santo Domingo, R.D.-Los empleados  de las instituciones  oficiales fueron  llamados por el  Ministerio de Administración Pública (MAP) llamó a continuar con normalidad en el desarrollo de sus labores habituales, y mantener la calidad y el buen desempeño en los servicios que brindan a la ciudadanía.

A través de un comunicado firmado por el ministro Sigmund Freund, el MAP resalta que no habrá desvinculaciones inmediatas o masivas, ya que cada una de las instituciones que forman parte de este plan de mejora de la administración pública iniciarán un proceso riguroso de evaluación interna para determinar los próximos pasos en materia de procesos, recursos humanos y otros.

«Las propuestas de fusión o eliminación no serán oficializadas hasta tanto sean emitidas las disposiciones legales correspondientes, por lo que las decisiones que se tomen en ese sentido serán debidamente comunicadas, de manera clara y oportuna a todas las partes involucradas, asegurando que cualquier cambio sea llevado a cabo con total transparencia y respeto», reseña el documento enviado a los medios de comunicación.

«Pueden tener la tranquilidad de que cada etapa del proceso será realizada de manera cuidadosa, planificada y organizada, y que, desde nuestro ministerio estaremos ofreciendo informaciones oportunas y claras en todas las etapas», expresó el documento.

Ahorro

El gobierno dominicano presentó el pasado lunes su propuesta de reestructuración y racionalización de la administración pública mediante la fusión y eliminación de varios ministerios y entidades en busca de ahorrar 25 mil millones de pesos.

Durante LA Semanal con la Prensa, el presidente Luis Abinader dijo que con esta propuesta se busca eliminar duplicidades en las instituciones públicas con el fin de lograr una administración más eficiente, coherente y alineada con las prioridades del gobierno.

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