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Ley de partidos y electoral en vía de modificación.

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Santo Domingo, RD.-La República Dominicana se avoca a la modificación de su normativa jurídica de partidos y electoral, las cuales sufrieron su primer revés luego de transcurrido 5 meses de la promulga­ción de la Ley 15-19, orgá­nica de régimen electoral, cuando el 30 de julio de 2019 el Tribunal Constitu­cional declaró la primera nulidad de una de sus dis­posiciones, por chocar con la Carta Magna.

El fallo, que en princi­pio fue dado en dispositi­vo, y luego motivado en la sentencia TC-348-19, del 16 de septiembre de 2019, eliminó el numeral 18 del artículo 284 de la ley elec­toral, del 18 de febrero del 2019.

Aconteció un año antes de las elecciones del nivel municipal establecidas en la Constitución para el ter­cer domingo de febrero y a un año y cinco meses de las presidenciales y legisla­tivas, pautada el tercer do­mingo de mayo del 2020 (artículo 209 de la Consti­tución).

El texto legal castigaba con penas de 3 a 10 años de prisión la violación a “las normas constitucio­nales, éticas y legales so­bre el uso de los medios de comunicación impresos, electrónicos y digitales, elaborando, financiando, promoviendo o compar­tiendo campañas falsas o denigrante con piezas pro­pagandísticas y contenidos difamantes o injuriosos contra el honor y la inti­midad de candidatos o del personal de las candidatu­ras internas u oficiales de los partidos, movimientos, o agrupaciones participan­tes en los procesos electo­rales”. Anteriormente, el 5 de abril del 2019, la Corte Constitucional había abo­lido el numeral 6 del ar­tículo 44 de la ley 33-18, de Partidos, Agrupacio­nes y Movimientos Políti­cos, otra norma de recien­te aprobación.

La nulidad fue dictada a solo 8 meses de la pro­mulgación de la legisla­ción, el 13 de agosto de 2018. Recayó también en la disposición que penalizó la difusión de mensajes ne­gativos a través de las redes sociales durante la precam­paña electoral.

Acogiendo una acción de inconstitucionalidad inter­puesta por varios partidos políticos, fueron anulados diversos preceptos de la ley 33-18, mediante la senten­cia TC-441-19, del 10 de oc­tubre del 2019.

Fue anulado el artícu­lo 43 de la Ley de Partidos, que limitó la precampa­ña política al ámbito inter­no, a la participación de los candidatos y voceros en medios de comunicación, reuniones en recintos ce­rrados, visitas casa por ca­sa, uso de camisetas, gorras, banderas, distintivos, adhe­sivos y cintas, y divulgación de mensajes por teléfonos, facsímiles, correo, internet y otros medios digitales, con excepción de la radio y televisión.

Se eliminó el numeral 12 del artículo 25, que prohi­bió a los partidos “concu­rrir aliados en el primer pro­ceso electoral ante el cual se presentan, debiendo en­tonces postular candida­turas propias en ese certa­men, de cualquier nivel que se trate”. Invalidó también los numerales 4 y 7 del ar­tículo 44, y su párrafo ter­cero. En el numeral 4, la ley prohibió “Toda propa­ganda política que se fun­damente, haga referencia o pueda percibirse de ma­nera negativa, irrespetuosa o contraria a los principios, costumbres y valores cultu­rales de la comunidad lo­cal, regional o nacional, en el orden religioso, racial, de preferencia sexual, o de cualquier otra naturaleza que contravenga las buenas costumbres”.

En el 7 impidió “la pro­moción política a través de mensajes publicitarios co­locados y transmitidos por los diferentes medios de co­municación radial y televisi­va”. El párrafo III sancionó las violaciones al artículo 44 con la retención de los fon­dos públicos que entrega el Estado a los partidos.

Otra inconstitucionali­dad fue la del numeral 3 del artículo 49 de la Ley 33-18, que exigió tener un tiempo de militancia o permanen­cia mínimo en un partido que consignen los estatutos para ostentar una candida­tura o precandidatura.

Fue anulada, además, una parte del párrafo III del artículo 45 de la Ley 33-18, que facultaba a los organis­mos de dirección de los par­tidos a decidir la modalidad y método de selección de los candidatos. El TC dispu­so que el organismo com­petente será el que señalen sus estatutos. (TC-214-19).

El TC anuló el párrafo IV del artículo 104 de la Ley 15-19, que impuso el siste­ma de arrastre electoral en el nivel municipal, además del congresual. Ya el arras­tre de diputados a senado­res había sido anulado an­tes de la ley 157-13, que también lo contenía.

En enero del 2020 se eli­minó el artículo 131 de la ley 15-19, que prohibió a entidades políticas munici­pales y provinciales estable­cer alianzas con los partidos políticos, que tienen alcan­ce nacional. Ese artículo también dispuso que si las agrupaciones políticas pac­tan con otra agrupación se considerarán fusionadas en una sola.

Se espera otros fallos, in­cluyendo de 4 impugna­ciones a la Ley Electoral sobre el transfuguismo, contenidas en el artículo 134 de la Ley 15-19, y el numeral 4, artículo 49, Ley 33-18.

En octubre el TC deci­dió una acción contra el transfuguismo, pero solo se limitó a decla­rar inadmisible una ins­tancia.

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Incidentes dilatan juicio contra exprocurador Jean Alain Rodríguez.

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Santo Domingo, R.D.-Este lunes continuó el proceso penal por presunta corrupción contra el exprocurador general Jean Alain Rodríguez, el cual ha estado caracterizado por extensa cadena de incidentes presentados por la defensa de uno de los acusados, cuyas intervenciones —acompañadas de  «lecturas de varias páginas» de teóricos del derecho — provocaron un llamado de atención por parte del tribunal.

Durante la audiencia, la presidenta del Segundo Tribunal Colegiado advirtió que, de mantenerse ese ritmo, el caso «va a ser interminable» y exhortó a los abogados del imputado Alfredo Alexander Solano a ceñirse exclusivamente a la jurisprudencia y a las disposiciones legales vinculadas con la tipificación de los delitos contenidos en la acusación.

Los defensores de Solano, Ybo René Sánchez y Manuel Sierra, formularon, entre las 10:00 de la mañana y la 1:00 de la tarde, cuatro solicitudes a las tres juezas del Segundo Tribunal Colegiado, como parte de un total de 24 incidentes que anunciaron presentarán antes de que se conozca el fondo del proceso, que lleva en la justicia casi cinco años.

Infografía
El exprocurador general, Jean Alain Rodríguez. (DIARIO LIBRE/ARCHIVO)

Entre los pedimentos planteados por los togados Sánchez y Sierra figuran que el tribunal  declare la inconstitucionalidad de tres artículos del Código Procesal Penal, también que se declare incompetente para conocer el expediente y la nulidad de la acusación. Asimismo, solicitaron que las magistradas ordenen al Ministerio Público archivar las imputaciones contra Solano y los demás acusados.

El conocimiento del caso permanece enfocado en la discusión de estos incidentes preliminares, mientras el Ministerio Público procura que se le dé inicio al análisis de la acusación principal y en la que se imputa a los que enfrentan el juicio de fondo defraudar al Estado con más de 6 mil millones de pesos.

Los llamó a resumir

La jueza Claribel Nivar Arias insistió a los dos únicos abogados que expusieron sus solicitudes este lunes a que resuman porque «si seguimos en este ejercicio, como va, va a ser interminable».

Les dijo que si citarán una doctrina o una jurisprudencia solo mencionen «el contexto de la jurisprudencia, o la doctrina aplicable a la casuística» que abordan.

«Es a ese punto que le estamos llamando la atención, sin coartarle el derecho que usted tiene de utilizar esa herramienta«, advirtió Nivar Arias.

«Lo que estamos es reclamando justicia»

Al salir de la audiencia, el abogado Ybo René Sánchez respondió a los periodistas que con los 24 incidentes que reclamarán al Segundo Tribunal Colegiado es que «se haga justicia».

  •  «Es que no es que el incidente retarde el proceso, lo que tenemos que ver es que nosotros estamos reclamando justicia, y cuando usted reclama justicia hoy por Alfredo (Solano), mañana por cualquiera de nosotros, no se puede hablar de que se está torpedeando la justicia», sostuvo el togado.

Camacho, «son cuestiones improcedentes»

El director de Persecución del Ministerio PúblicoWilson Camacho, calificó de «improcedentes» las peticiones de las defensas en el caso de corrupción que se le sigue a Jean Alain Rodríguez y a otras 14 personas físicas.

Dijo que, con la estrategia, los abogados reiteran «su intención de consumir tiempo«, y que lo único que «van a lograr es  alargar su agonía porque tarde o temprano tendrán que enfrentarse a las pruebas» sometidas contra ellos.

  • «Estamos escuchando a la defensa repetir una y otra vez los mismos incidentes, lo mismo que plantearon en la etapa intermedia, lo están repitiendo en el tribunal, a pesar de que el código prohíbe repetir los incidentes«, subrayó Camacho.

Explicó que cada una de las solicitudes son contrarias al derecho, como son «pretender que el tribunal declare inconstitucional artículos que fueron derogados por la reforma al Código Procesal Penal, o que este tribunal resuelva un tema de competencia que ya resolvió el Tribunal Constitucional y que también resolvió el Código Procesal Penal».

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Ministra del Interior anuncia que categorizarán las patinetas eléctricas en el país

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Santo Domingo, R.D.-faride Rafael, ministra de Interior y Policía, informó este lunes que las patinetas eléctricas serán categorizadas ‘dentro de un marco regulatorio claro y diferenciado’.

  • La información fue suministrada, a través de una nota de prensa, al concluir la reunión de seguimiento al Plan de Seguridad Ciudadana que encabezó el presidente Luis Abinader.

‘Quedó claramente establecido que deben ser categorizadas, ya que existen diferentes tipos de patinetas y motocicletas eléctricas, con distintas modalidades y velocidades, lo que requiere una regulación diferenciada‘, indicó Raful de acuerdo a la nota.

En este sentido, la funcionaria explicó que el medio de transporte será evaluado para determinar cuáles requerirán placa, la edad mínima permitida para su uso, los requisitos de circulación y estándares de seguridad obligatorios para usuarios y equipos.

La ministra anunció que el próximo miércoles se realizará una reunión con la comisión técnica creada para evaluar la resolución del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), para regular y fiscalizar su uso con el objetivo de reducir riesgos y salvar vidas.

Conforme a la nota, Faride Raful precisó que el pasado miércoles sostuvieron un encuentro con el Intrant, su director,  Milton Morrison, técnicos de la institución y la Asociación de Movilidad Eléctrica para definir políticas públicas de prevención, y avanzar hacia la emisión de una resolución definitiva.

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Apresan dos hombres supuestamente vinculados en muerte de joven en el municipio de Guerra.

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Santo Domingo;- Dos hombres fueron detenidos por la Policía Nacional u sepersigue a un tercero por su presunta participación en la muerte de la joven Reynalda Carrasco Antoine, de 22 años, cuyo cuerpo fue hallado dentro de una cisterna en el sector El Capacito, municipio San Antonio de Guerra.

Por el hecho fueron arrestados Jason Stward Javier Cabral (a) “Copiloto”, de 24 años, y Pablo Antonio Calcaño Silverio (a) “Maiky”, de 43, quienes se encuentran bajo custodia en la División de Delitos Contra la Persona (Homicidios), tras ser capturados en flagrante delito.

Asimismo, las autoridades persiguen activamente a un hombre identificado solo con el alias “Patrón” y/o “Capital”, señalado como presunto autor principal del crimen.

Posteriormente, los miembros policiales procedieron con el el proceso de entrevistas y recolección de evidencias con el fin de identificar a los presuntos responsables.

En la escena fueron colectadas como evidencias una varilla de 28 pulgadas, cinta adhesiva de color blanco, varias muestras de sustancia pardo-rojiza y varios paños (wipers) con manchas, elementos que forman parte del proceso investigativo.

El caso se encuentra bajo investigación para esclarecer las circunstancias del hecho y determinar responsabilidades.

Los detenidos serán puestos a disposición del Ministerio Público, mientras continúan los operativos para capturar al prófugo.

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