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Ley de partidos y electoral en vía de modificación.

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Santo Domingo, RD.-La República Dominicana se avoca a la modificación de su normativa jurídica de partidos y electoral, las cuales sufrieron su primer revés luego de transcurrido 5 meses de la promulga­ción de la Ley 15-19, orgá­nica de régimen electoral, cuando el 30 de julio de 2019 el Tribunal Constitu­cional declaró la primera nulidad de una de sus dis­posiciones, por chocar con la Carta Magna.

El fallo, que en princi­pio fue dado en dispositi­vo, y luego motivado en la sentencia TC-348-19, del 16 de septiembre de 2019, eliminó el numeral 18 del artículo 284 de la ley elec­toral, del 18 de febrero del 2019.

Aconteció un año antes de las elecciones del nivel municipal establecidas en la Constitución para el ter­cer domingo de febrero y a un año y cinco meses de las presidenciales y legisla­tivas, pautada el tercer do­mingo de mayo del 2020 (artículo 209 de la Consti­tución).

El texto legal castigaba con penas de 3 a 10 años de prisión la violación a “las normas constitucio­nales, éticas y legales so­bre el uso de los medios de comunicación impresos, electrónicos y digitales, elaborando, financiando, promoviendo o compar­tiendo campañas falsas o denigrante con piezas pro­pagandísticas y contenidos difamantes o injuriosos contra el honor y la inti­midad de candidatos o del personal de las candidatu­ras internas u oficiales de los partidos, movimientos, o agrupaciones participan­tes en los procesos electo­rales”. Anteriormente, el 5 de abril del 2019, la Corte Constitucional había abo­lido el numeral 6 del ar­tículo 44 de la ley 33-18, de Partidos, Agrupacio­nes y Movimientos Políti­cos, otra norma de recien­te aprobación.

La nulidad fue dictada a solo 8 meses de la pro­mulgación de la legisla­ción, el 13 de agosto de 2018. Recayó también en la disposición que penalizó la difusión de mensajes ne­gativos a través de las redes sociales durante la precam­paña electoral.

Acogiendo una acción de inconstitucionalidad inter­puesta por varios partidos políticos, fueron anulados diversos preceptos de la ley 33-18, mediante la senten­cia TC-441-19, del 10 de oc­tubre del 2019.

Fue anulado el artícu­lo 43 de la Ley de Partidos, que limitó la precampa­ña política al ámbito inter­no, a la participación de los candidatos y voceros en medios de comunicación, reuniones en recintos ce­rrados, visitas casa por ca­sa, uso de camisetas, gorras, banderas, distintivos, adhe­sivos y cintas, y divulgación de mensajes por teléfonos, facsímiles, correo, internet y otros medios digitales, con excepción de la radio y televisión.

Se eliminó el numeral 12 del artículo 25, que prohi­bió a los partidos “concu­rrir aliados en el primer pro­ceso electoral ante el cual se presentan, debiendo en­tonces postular candida­turas propias en ese certa­men, de cualquier nivel que se trate”. Invalidó también los numerales 4 y 7 del ar­tículo 44, y su párrafo ter­cero. En el numeral 4, la ley prohibió “Toda propa­ganda política que se fun­damente, haga referencia o pueda percibirse de ma­nera negativa, irrespetuosa o contraria a los principios, costumbres y valores cultu­rales de la comunidad lo­cal, regional o nacional, en el orden religioso, racial, de preferencia sexual, o de cualquier otra naturaleza que contravenga las buenas costumbres”.

En el 7 impidió “la pro­moción política a través de mensajes publicitarios co­locados y transmitidos por los diferentes medios de co­municación radial y televisi­va”. El párrafo III sancionó las violaciones al artículo 44 con la retención de los fon­dos públicos que entrega el Estado a los partidos.

Otra inconstitucionali­dad fue la del numeral 3 del artículo 49 de la Ley 33-18, que exigió tener un tiempo de militancia o permanen­cia mínimo en un partido que consignen los estatutos para ostentar una candida­tura o precandidatura.

Fue anulada, además, una parte del párrafo III del artículo 45 de la Ley 33-18, que facultaba a los organis­mos de dirección de los par­tidos a decidir la modalidad y método de selección de los candidatos. El TC dispu­so que el organismo com­petente será el que señalen sus estatutos. (TC-214-19).

El TC anuló el párrafo IV del artículo 104 de la Ley 15-19, que impuso el siste­ma de arrastre electoral en el nivel municipal, además del congresual. Ya el arras­tre de diputados a senado­res había sido anulado an­tes de la ley 157-13, que también lo contenía.

En enero del 2020 se eli­minó el artículo 131 de la ley 15-19, que prohibió a entidades políticas munici­pales y provinciales estable­cer alianzas con los partidos políticos, que tienen alcan­ce nacional. Ese artículo también dispuso que si las agrupaciones políticas pac­tan con otra agrupación se considerarán fusionadas en una sola.

Se espera otros fallos, in­cluyendo de 4 impugna­ciones a la Ley Electoral sobre el transfuguismo, contenidas en el artículo 134 de la Ley 15-19, y el numeral 4, artículo 49, Ley 33-18.

En octubre el TC deci­dió una acción contra el transfuguismo, pero solo se limitó a decla­rar inadmisible una ins­tancia.

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Desaparición de joven en Santo Domingo está rodeada de grandes misterios.

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Las investigaciones sobre el caso de la joven Jessica Pamela Cruz, quien está desaparecida desde el pasado domingo 8 de marzo tras abordar un vehiculo de la plataforma de transporte InDrive, continúan, según lo informó el vocero de la Policía Nacional, coronel Diego Pesqueira.

Pesqueira explicó que, como parte del proceso investigativo, los familiares de la joven fueron recibidos en el Palacio de la Policía Nacional, por una comisión de alto nivel designada por el director general de la institución, mayor general Andrés Modesto Cruz Cruz, para investigar el hecho.

Asimismo, el vocero policial indicó que se estarán ofreciendo mayores detalles conforme continúen avanzando las investigaciones en torno al caso.

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Vacuna contra el Virus del Papiloma Humano ya está incorporada al esquema nacional

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Santo Domingo, R.D.-El Esquema Nacional de Vacunacion la  Nonavalente contra el Virus del Papiloma Humano (VPH),  ya esta disponible para  niños y niñas de 9 a 14 años como una protección más amplia contra los efectos del mismo y el cáncer cervicouterino.

La vacuna protege contra nueve tipos de VPH (6, 11, 16, 18, 31, 33, 45, 52 y 58) y será aplicada de manera gratuita en las 40 Direcciones Provinciales de Salud y en más de 1,400 centros de vacunación a nivel nacional, de acuerdo con una nota de prensa del Ministerio de Salud.

  • En casos de menores inmunocomprometidos se les podría aplicar dos dosis.

Este miércoles, durante el lanzamiento en el Hospital Infantil Dr. José Manuel Rodríguez Jiménez, antiguo Santo Socorro, el ministro de Salud, Víctor Atallah, destacó que esta actualización del esquema representa un paso decisivo para proteger la salud de la población infantil y garantizar un futuro más saludable.

Atallah destacó que cada nuevo cambio que se realiza en el esquema nacional es un hito en la salud de los dominicanos, lo que posiciona al país como referente en inmunización protección de la salud.

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Reprueba examen teórico el 70 % de motoristas para obtener la licencia

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Santo Domingo, R.D.-Una gran preocupación ha causado el nuevo proceso para obtener licencias de conducir, el cual  ha dejado al descubierto que siete de cada diez motoristas que intentan obtener su licencia categoría 1 no logran aprobar el examen teórico en su primer intento.

La información fue ofrecida por el director del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), Milton Morrison, quien explicó que el alto nivel de reprobación refleja un amplio desconocimiento de las normas básicas de tránsito entre los conductores de motocicletas.

El funcionario indicó que el fenómeno se ha hecho evidente tras la implementación del nuevo sistema de emisión de licencias, iniciado el pasado 2 de marzo, el cual exige cumplir con varios requisitos que antes no se aplicaban con el mismo rigor.

  • Charla obligatoria de educación vial de 45 minutos
  • Examen teórico de normas de tránsito
  • Prueba práctica de manejo
  • Evaluaciones de visión y audición

Morrison explicó que muchos aspirantes fallan principalmente en preguntas relacionadas con señalización, respeto al peatón, uso correcto del casco y reglas básicas de circulación.

«»Una gran parte de los motoristas no logra aprobar el examen en el primer intento»»Milton MorrisonDirector del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant)

El problema se agrava por otro dato revelado por el Intrant: la gran mayoría de motoristas del país no posee licencia categoría 1, el documento obligatorio para conducir motocicletas.

Esta situación explica las largas filas registradas en los primeros días del nuevo sistema en puntos como:

  • Megacentro, que abrió en la semana del lunes 9 de marzo
  • Sambil
  • Multicentro Churchill

El alto flujo de personas se debió también a la confusión inicial sobre el nuevo proceso y a ciudadanos que acudían acompañando a otros solicitantes.

De acuerdo con Morrison, la demanda inicial llegó a cuadruplicar los niveles normales de solicitudes, lo que provocó retrasos y largas esperas.

A esto se sumó un incidente tecnológico: un ataque informático con bots que generó más de 5,000 reservas falsas en el sistema de citas.

El Intrant rastreó cerca de 4,500 de esas solicitudes hasta direcciones ubicadas en el Reino Unido, aunque posteriormente el equipo de ciberseguridad logró restablecer el sistema.

Desde entonces, la institución ha implementado un sistema de citas virtuales para ordenar la atención y reducir la congestión.

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