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Ley de partidos y electoral en vía de modificación.

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Santo Domingo, RD.-La República Dominicana se avoca a la modificación de su normativa jurídica de partidos y electoral, las cuales sufrieron su primer revés luego de transcurrido 5 meses de la promulga­ción de la Ley 15-19, orgá­nica de régimen electoral, cuando el 30 de julio de 2019 el Tribunal Constitu­cional declaró la primera nulidad de una de sus dis­posiciones, por chocar con la Carta Magna.

El fallo, que en princi­pio fue dado en dispositi­vo, y luego motivado en la sentencia TC-348-19, del 16 de septiembre de 2019, eliminó el numeral 18 del artículo 284 de la ley elec­toral, del 18 de febrero del 2019.

Aconteció un año antes de las elecciones del nivel municipal establecidas en la Constitución para el ter­cer domingo de febrero y a un año y cinco meses de las presidenciales y legisla­tivas, pautada el tercer do­mingo de mayo del 2020 (artículo 209 de la Consti­tución).

El texto legal castigaba con penas de 3 a 10 años de prisión la violación a “las normas constitucio­nales, éticas y legales so­bre el uso de los medios de comunicación impresos, electrónicos y digitales, elaborando, financiando, promoviendo o compar­tiendo campañas falsas o denigrante con piezas pro­pagandísticas y contenidos difamantes o injuriosos contra el honor y la inti­midad de candidatos o del personal de las candidatu­ras internas u oficiales de los partidos, movimientos, o agrupaciones participan­tes en los procesos electo­rales”. Anteriormente, el 5 de abril del 2019, la Corte Constitucional había abo­lido el numeral 6 del ar­tículo 44 de la ley 33-18, de Partidos, Agrupacio­nes y Movimientos Políti­cos, otra norma de recien­te aprobación.

La nulidad fue dictada a solo 8 meses de la pro­mulgación de la legisla­ción, el 13 de agosto de 2018. Recayó también en la disposición que penalizó la difusión de mensajes ne­gativos a través de las redes sociales durante la precam­paña electoral.

Acogiendo una acción de inconstitucionalidad inter­puesta por varios partidos políticos, fueron anulados diversos preceptos de la ley 33-18, mediante la senten­cia TC-441-19, del 10 de oc­tubre del 2019.

Fue anulado el artícu­lo 43 de la Ley de Partidos, que limitó la precampa­ña política al ámbito inter­no, a la participación de los candidatos y voceros en medios de comunicación, reuniones en recintos ce­rrados, visitas casa por ca­sa, uso de camisetas, gorras, banderas, distintivos, adhe­sivos y cintas, y divulgación de mensajes por teléfonos, facsímiles, correo, internet y otros medios digitales, con excepción de la radio y televisión.

Se eliminó el numeral 12 del artículo 25, que prohi­bió a los partidos “concu­rrir aliados en el primer pro­ceso electoral ante el cual se presentan, debiendo en­tonces postular candida­turas propias en ese certa­men, de cualquier nivel que se trate”. Invalidó también los numerales 4 y 7 del ar­tículo 44, y su párrafo ter­cero. En el numeral 4, la ley prohibió “Toda propa­ganda política que se fun­damente, haga referencia o pueda percibirse de ma­nera negativa, irrespetuosa o contraria a los principios, costumbres y valores cultu­rales de la comunidad lo­cal, regional o nacional, en el orden religioso, racial, de preferencia sexual, o de cualquier otra naturaleza que contravenga las buenas costumbres”.

En el 7 impidió “la pro­moción política a través de mensajes publicitarios co­locados y transmitidos por los diferentes medios de co­municación radial y televisi­va”. El párrafo III sancionó las violaciones al artículo 44 con la retención de los fon­dos públicos que entrega el Estado a los partidos.

Otra inconstitucionali­dad fue la del numeral 3 del artículo 49 de la Ley 33-18, que exigió tener un tiempo de militancia o permanen­cia mínimo en un partido que consignen los estatutos para ostentar una candida­tura o precandidatura.

Fue anulada, además, una parte del párrafo III del artículo 45 de la Ley 33-18, que facultaba a los organis­mos de dirección de los par­tidos a decidir la modalidad y método de selección de los candidatos. El TC dispu­so que el organismo com­petente será el que señalen sus estatutos. (TC-214-19).

El TC anuló el párrafo IV del artículo 104 de la Ley 15-19, que impuso el siste­ma de arrastre electoral en el nivel municipal, además del congresual. Ya el arras­tre de diputados a senado­res había sido anulado an­tes de la ley 157-13, que también lo contenía.

En enero del 2020 se eli­minó el artículo 131 de la ley 15-19, que prohibió a entidades políticas munici­pales y provinciales estable­cer alianzas con los partidos políticos, que tienen alcan­ce nacional. Ese artículo también dispuso que si las agrupaciones políticas pac­tan con otra agrupación se considerarán fusionadas en una sola.

Se espera otros fallos, in­cluyendo de 4 impugna­ciones a la Ley Electoral sobre el transfuguismo, contenidas en el artículo 134 de la Ley 15-19, y el numeral 4, artículo 49, Ley 33-18.

En octubre el TC deci­dió una acción contra el transfuguismo, pero solo se limitó a decla­rar inadmisible una ins­tancia.

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114 paquetes de drogas son incautados en las costas de Baní.

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Durante una operacion de las autoridades dominicanas fueron incautados este miércoles 114 paquetes de presunta cocaína en las costas del municipio de Baní, provincia Peravia.

Según una nota de prensa de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), el operativo se inició tras una alerta sobre una embarcación que se dirigía hacia territorio dominicano con un posible cargamento de sustancias ilícitas. Ante esto, se activaron los equipos aéreos, marítimos y terrestres para interceptar la lancha.

Tras varias horas de seguimiento, los ocupantes de la embarcación, al detectar la presencia de las autoridades, aceleraron la marcha y lanzaron varias pacas de presuntos narcoticos al mar Caribe antes de huir rumbo al sur, logrando evadir la persecución.

Posteriormente, se realizó un operativo de búsqueda en aguas del Caribe, a varias millas náuticas al sur de Baní, donde lograron recuperar cuatro pacas que contenían los 114 paquetes, de presunta cocaína, envueltos en cinta adhesiva y marcados con distintos logotipos.

Buscan a los tripulantes

La DNCD informó que helicópteros, lanchas y unidades de reacción terrestre permanecen desplegadas en la zona mientras continúan las labores para localizar otros posibles ilícitos y dar con los tripulantes de la lancha.

  • En la operación participaron agentes de la DNCD, miembros de la Armada de la República Dominicana (ARD) y la Fuerza Aérea (FARD), bajo la coordinación del Ministerio Público.

Los paquetes ocupados fueron enviados, bajo cadena de custodia, al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), que determinará el tipo y peso exacto del alijo.

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Presidente del Senado descarta reforma constitucional para reelección

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Santo Domingo, R.D.-Ricardo de los Santos, presidente del Senado de la República, reiteró este miércoles su firme posición respecto a los límites impuestos a la reelección presidencial consecutiva, afirmando que no respaldará ninguna iniciativa que pretenda modificar lo establecido en la reforma constitucional de 2024.

«Yo no me voy a desdecir. Yo presidí una reforma constitucional como presidente de la Asamblea, y ahí se determinó claramente que el objetivo principal era poner los verdaderos candados para que ningún presidente pueda participar más de lo permitido y nunca jamás», expresó.

De los Santos negó que exista alguna orientación partidaria que favorezca cambiar la Constitución, como sugieren algunos sectores.

«No hay ninguna línea partidaria de eso, lo que se está diciendo, eso se lo están inventando», afirmó.

Reafirmación del compromiso con la reforma constitucional de 2024

Recordó que la línea oficial del liderazgo político fue precisamente cumplir con la palabra empeñada y colocar «los verdaderos candados» que impiden que cualquier presidente pueda intentar perpetuarse en el poder.

  • La reforma constitucional de 2024 limitó la reelección presidencial consecutiva y, según De los Santos, su contenido no está sujeto a revisión.

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Jóvenes buscados por atentado contra alcalde de Navarrete se entregan a la P.N.

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Santiago de los Caballeros, 3 de diciembre de 2025.– Esta tarde la Policía Nacional informó que se presentaron ante el despacho del director regional, general Juan Bautista Jiménez Reinoso, los señores Juan Compré (Guanchi), Osvaldo Brito y Bernardo Fernández, dirigentes de la Coalición de Organizaciones Sociales y Populares del Cibao, junto al periodista Orlando Reyes, para entregarse a los jóvenes Ramón Emilio Gonzales Cabrera, Adelin José Núñez Guzmán y Juan Martín Hernández Rosario.

Los citados jóvenes eran requeridos por la institución para ser investigados por el Ministerio Público en relación con su presunta vinculación al atentado contra la vivienda del alcalde del municipio de Navarrete, Genrry Peralta, la cual fue tiroteada.

La entrega de los jóvenes se realizó como resultado de varios allanamientos ejecutados bajo las órdenes judiciales núms. AJ0079232 y AJ0079234-2025, llevados a cabo por la Policía Nacional junto al Ministerio Público en busca de los responsables del hecho.

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