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Ley de partidos y electoral en vía de modificación.

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Santo Domingo, RD.-La República Dominicana se avoca a la modificación de su normativa jurídica de partidos y electoral, las cuales sufrieron su primer revés luego de transcurrido 5 meses de la promulga­ción de la Ley 15-19, orgá­nica de régimen electoral, cuando el 30 de julio de 2019 el Tribunal Constitu­cional declaró la primera nulidad de una de sus dis­posiciones, por chocar con la Carta Magna.

El fallo, que en princi­pio fue dado en dispositi­vo, y luego motivado en la sentencia TC-348-19, del 16 de septiembre de 2019, eliminó el numeral 18 del artículo 284 de la ley elec­toral, del 18 de febrero del 2019.

Aconteció un año antes de las elecciones del nivel municipal establecidas en la Constitución para el ter­cer domingo de febrero y a un año y cinco meses de las presidenciales y legisla­tivas, pautada el tercer do­mingo de mayo del 2020 (artículo 209 de la Consti­tución).

El texto legal castigaba con penas de 3 a 10 años de prisión la violación a “las normas constitucio­nales, éticas y legales so­bre el uso de los medios de comunicación impresos, electrónicos y digitales, elaborando, financiando, promoviendo o compar­tiendo campañas falsas o denigrante con piezas pro­pagandísticas y contenidos difamantes o injuriosos contra el honor y la inti­midad de candidatos o del personal de las candidatu­ras internas u oficiales de los partidos, movimientos, o agrupaciones participan­tes en los procesos electo­rales”. Anteriormente, el 5 de abril del 2019, la Corte Constitucional había abo­lido el numeral 6 del ar­tículo 44 de la ley 33-18, de Partidos, Agrupacio­nes y Movimientos Políti­cos, otra norma de recien­te aprobación.

La nulidad fue dictada a solo 8 meses de la pro­mulgación de la legisla­ción, el 13 de agosto de 2018. Recayó también en la disposición que penalizó la difusión de mensajes ne­gativos a través de las redes sociales durante la precam­paña electoral.

Acogiendo una acción de inconstitucionalidad inter­puesta por varios partidos políticos, fueron anulados diversos preceptos de la ley 33-18, mediante la senten­cia TC-441-19, del 10 de oc­tubre del 2019.

Fue anulado el artícu­lo 43 de la Ley de Partidos, que limitó la precampa­ña política al ámbito inter­no, a la participación de los candidatos y voceros en medios de comunicación, reuniones en recintos ce­rrados, visitas casa por ca­sa, uso de camisetas, gorras, banderas, distintivos, adhe­sivos y cintas, y divulgación de mensajes por teléfonos, facsímiles, correo, internet y otros medios digitales, con excepción de la radio y televisión.

Se eliminó el numeral 12 del artículo 25, que prohi­bió a los partidos “concu­rrir aliados en el primer pro­ceso electoral ante el cual se presentan, debiendo en­tonces postular candida­turas propias en ese certa­men, de cualquier nivel que se trate”. Invalidó también los numerales 4 y 7 del ar­tículo 44, y su párrafo ter­cero. En el numeral 4, la ley prohibió “Toda propa­ganda política que se fun­damente, haga referencia o pueda percibirse de ma­nera negativa, irrespetuosa o contraria a los principios, costumbres y valores cultu­rales de la comunidad lo­cal, regional o nacional, en el orden religioso, racial, de preferencia sexual, o de cualquier otra naturaleza que contravenga las buenas costumbres”.

En el 7 impidió “la pro­moción política a través de mensajes publicitarios co­locados y transmitidos por los diferentes medios de co­municación radial y televisi­va”. El párrafo III sancionó las violaciones al artículo 44 con la retención de los fon­dos públicos que entrega el Estado a los partidos.

Otra inconstitucionali­dad fue la del numeral 3 del artículo 49 de la Ley 33-18, que exigió tener un tiempo de militancia o permanen­cia mínimo en un partido que consignen los estatutos para ostentar una candida­tura o precandidatura.

Fue anulada, además, una parte del párrafo III del artículo 45 de la Ley 33-18, que facultaba a los organis­mos de dirección de los par­tidos a decidir la modalidad y método de selección de los candidatos. El TC dispu­so que el organismo com­petente será el que señalen sus estatutos. (TC-214-19).

El TC anuló el párrafo IV del artículo 104 de la Ley 15-19, que impuso el siste­ma de arrastre electoral en el nivel municipal, además del congresual. Ya el arras­tre de diputados a senado­res había sido anulado an­tes de la ley 157-13, que también lo contenía.

En enero del 2020 se eli­minó el artículo 131 de la ley 15-19, que prohibió a entidades políticas munici­pales y provinciales estable­cer alianzas con los partidos políticos, que tienen alcan­ce nacional. Ese artículo también dispuso que si las agrupaciones políticas pac­tan con otra agrupación se considerarán fusionadas en una sola.

Se espera otros fallos, in­cluyendo de 4 impugna­ciones a la Ley Electoral sobre el transfuguismo, contenidas en el artículo 134 de la Ley 15-19, y el numeral 4, artículo 49, Ley 33-18.

En octubre el TC deci­dió una acción contra el transfuguismo, pero solo se limitó a decla­rar inadmisible una ins­tancia.

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Aplazan juicio contra Jean Alain Rodríguez por ausencia de Jonathan Imbert

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Santo Domingo.- Fue aplazado para el proximo miércoles 10 de junio por el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional la continuación de la audiencia de juicio contra Jean Alain Rodríguez y compartes.

El tribunal tomó la decisión debido a la no asistencia del acusado Jonathan Imbert Rodríguez, por complicaciones de salud.

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Autoridades desmantelan finca con más de 3,000 plantas de marihuana en San José de Ocoa

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Santo Domingo, R.D.-Fue desmantelada por agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) una plantación de más de 3,000 árboles de marihuana y un centro de procesamiento clandestino en una zona rural del distrito municipal de El Pinar en la provincia de San José de Ocoa.

El vocero del organismo antinarcóticos, Carlos Devers, informó que durante el operativo fueron arrestados el dominicano Guillermo Casado y el nacional haitiano Felix Pie. Asimismo, las autoridades detuvieron a otro ciudadano haitiano para fines de investigación, tras ser localizado en las inmediaciones del lugar.

En nota de prensa, sostuvo que la complejidad de la zona, de difícil acceso, obligó a las autoridades a realizar un despliegue extenso que requirió el uso de mulos y caballos para trasladar las evidencias fuera del terreno, tras más de 12 horas de labor.

Igualmente, cinco garrafones conteniendo el vegetal ya procesado, una vivienda que operaba como centro de acopio, secado y empaque.

El hallazgo sorprendió a las autoridades por la sofisticación de los equipos utilizados para la industrialización de la droga. Entre las evidencias incautadas se encuentran paneles solares y reguladores de voltaje, ventiladores, bombas de fumigación y motobombas, secadoras, cortadoras y fundas para empaque al vacío, radios de comunicación, un teléfono celular y una motocicleta.

Las plantas incautadas fueron enviadas bajo cadena de custodia al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) para determinar su peso exacto y composición.

Devers destacó que las autoridades continúan profundizando las pesquisas para identificar y capturar a otros posibles implicados en esta red criminal.

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Embajadora de los Estados Unidos mantiene protagonismo en la vida social y politica dominicana.

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Santo Domingo, R.D.-Leah Campos, embajadora de los Estados Unidos en República Dominicana, hizo una visita  al aspirante a la candidatura presidencial del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Gonzalo Castillo.

La información fue ofrecida por el exministro de Obras Públicas y Comunicaciones a través de su cuenta de X, en donde señaló que ambos compartieron visiones sobre el futuro de la República Dominicana.

“Gracias Leah Campos por su visita. ¡Fue un encuentro poderoso! Compartimos visiones claras sobre el futuro de la República Dominicana y cómo fortalecer la alianza con EE.UU. para lograr resultados concretos en beneficio de nuestra gente. ¡Diálogo que construye!”, reseñó Castillo en la red social.

Previo a la decisión a su favor, el propio Castillo había comunicado que su visado a Estados Unidos había sido restituido, luego de que le fuera retirado cuando fue sometido a la justicia.

“Quiero agradecer al gobierno de los Estados Unidos, al presidente Donald Trump y a la embajadora Leah Campos por la restitución de mi visado de 10 años el día de hoy (el pasado martes 26 de mayo). En el marco de la conmemoración de sus 250 años de independencia, esta decisión reafirma los valores de libertad, debido proceso y respeto a los derechos fundamentales que distinguen a los Estados Unidos de América”, fue lo comunicado por Castillo en esa oportunidad.

Tras la decisión del tribunal producida a su favor, Gonzalo oficializó sus intenciones de contender, una vez más, por la Presidencia de la República.

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