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Se cumplió el plazo para revelar delaciones de Odebrecht, pero el público no recibirá las informaciones
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9 años agoon
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LA REDACCIÓN«Las informaciones serán transmitidas de manera sigilosa entre la Fiscalía brasileña y sus contrapartes extranjeras; es decir, no se harán públicas automáticamente como muchos esperaban», precisa.
SANTO DOMINGO, República Dominicana.-Aunque terminó el plazo en que los documentos sobre las delaciones premiadas y las confesiones hechas por funcionarios de la empresa Odebrecht en Brasil serían entregados a los fiscales de los países en que la constructora incurrió en corrupción pagando sobornos a cambio de obtener contratos multimillonarios, las informaciones no serán dadas a conocer al público como se había afirmado.
Bruno Brandão, Representante en Brasil de Transparencia Internacional, entidad que en República Dominicana es representada por Participación Ciudadana, indicó que las informaciones no serán dadas al público en general, como se había afirmado, sino que serán entregadas de fiscalía a fiscalía, en secreto, de manera “sigilosa”.
Bruno Brandão, según un documento que envió a Participación Ciudadana, advierte que la realidad que predomina en América Latina es que las fiscalías trabajan con pocos poderes y bajo fuertes presiones de los gobiernos.
Advierte que en contextos como éste, se hace aún más necesaria la transparencia y, a partir de ella, la vigilancia de la sociedad contra la impunidad.
“Finalizado el plazo, otra condición se impone ahora a los países extranjeros: sólo aquellos que garanticen inmunidad a Odebrecht y sus ejecutivos recibirán las informaciones de las autoridades brasileñas”, explica.
“Además, las informaciones serán transmitidas de manera sigilosa entre la Fiscalía brasileña y sus contrapartes extranjeras; es decir, no se harán públicas automáticamente como muchos esperaban”, precisa.
Secreto y transparencia en Lava Jato
Culminó ahora en junio el plazo de seis meses durante el cual el Ministerio Público Federal de Brasil acordó no compartir con las autoridades extranjeras las informaciones reveladas por Odebrecht y sus ejecutivos sobre los crímenes que cometieron en territorio extranjero. Esta cuarentena fue una de las condiciones que la empresa negoció para cerrar su acuerdo de colaboración, con el objetivo de “voluntariamente” buscar otros acuerdos con los demás países.
Finalizado el plazo, otra condición se impone ahora a los países extranjeros: sólo aquellos que garanticen inmunidad a Odebrecht y sus ejecutivos recibirán las informaciones de las autoridades brasileñas. Además, las informaciones serán transmitidas de manera sigilosa entre la Fiscalía brasileña y sus contrapartes extranjeras; es decir, no se harán públicas automáticamente como muchos esperaban.
Recientemente, se filtraron los “Términos de Compromiso de Especialidad y de Limitación de Uso de Pruebas”, un contrato que las autoridades peruanas tuvieron que firmar para recibir las informaciones de sus contrapartes brasileñas.
Lo que todo indica es que estos términos serán el estándar utilizado en la cooperación de Brasil con otras jurisdicciones que investigan los crímenes de Odebrecht, para imponer las condiciones en que se viabilizarán las transferencias de pruebas.
Además de toda la polémica que la exigencia de inmunidad suscitó, otro punto del contrato generó cuestionamientos. En su parte final, el documento también dispone sobre la necesidad de autorización previa y expresa de las autoridades brasileñas para que las autoridades extranjeras que reciban las pruebas las transfieran “a otras instituciones nacionales, organizaciones internacionales o a terceros países”.
Este párrafo fue interpretado como si Brasil también estuviese impidiendo que el país receptor de las pruebas las hiciera públicas, ya que, por deducción lógica, dar publicidad a las informaciones significaría también hacerlas llegar “a otras instituciones nacionales, organizaciones internacionales o a terceros países”, lo que acarrearía entonces la necesidad de autorización previa y expresa de las autoridades brasileñas.
Consultados por Transparencia Internacional, procuradores del Ministerio Público Federal de Brasil afirmaron que no existe este tipo de imposición y que se mantiene la prerrogativa de las autoridades extranjeras de derribar el secreto. Aclararon que lo que tienen que garantizar – por imposición de los acuerdos que firmaron con Odebrecht – es que las pruebas no se utilicen en procedimientos legales movidos por otras instituciones contra la empresa y sus ejecutivos.
Ahora corresponde a los países que están recibiendo la información evaluar cuál es la opción más adecuada, si el secreto o la transparencia. Se argumenta que el secreto de esta información es necesario, en algunos casos, para preservar el buen desarrollo de las investigaciones.
Aunque este argumento tenga fundamentos, la amplia divulgación que se dio en Brasil a las delaciones tuvo un papel importantísimo para que la operación Lava Jato ganara apoyo popular y, con ello, se blindara para resistir los ataques de gran parte de la clase política, que intenta sistemáticamente sabotear el proceso para garantizar su impunidad.
Otro aspecto importante que cuenta a favor de la transparencia es la posibilidad del control social a los procesos de investigación. La publicidad de la información ayuda a garantizar que todas las pruebas allegadas estén siendo tratadas con medidas apropiadas por parte de las autoridades responsables, es decir, los hechos narrados estén siendo enteramente investigados para que se alcance, también, a los individuos que componían la cúpula de estos esquemas.
La publicidad también ayuda a comprobar que la información entregada por Odebrecht y sus ejecutivos esté realmente completa o que no haya omisiones.
Odebrecht sólo decidió colaborar con las autoridades brasileñas tras dos años de intensas investigaciones por parte de una fuerza tarea de fiscales que se han mostrado técnicamente capaces e independientes.
Al contrario de lo que ocurrió en Brasil, se sabe que en al menos cinco países Odebrecht ya está negociando o concluyendo acuerdos de colaboración, tras solamente investigaciones incipientes o que ni siquiera se haya iniciado investigaciones por parte de las autoridades locales.
Si una empresa todavía tiene intereses comerciales importantes en países en los que ha obtenido contratos y beneficios extraordinarios a través de corrupción, es razonable considerar que existe un riesgo de que opte por no delatar a las autoridades que tienen poder para engendrar fuertes represalias contra dicha empresa.
Los fiscales brasileños, por más comprometidos que pudieran estar, no tendrían condiciones de conducir investigaciones profundas sobre los crímenes cometidos en cada país, haciendo las preguntas correctas y trazando los caminos adecuados para extraer de estos acusados la información completa. Por lo tanto, dependerá de la actuación de las autoridades de cada país hacer estas preguntas y garantizar el esclarecimiento integral de los hechos, alcanzando todos los crímenes y criminales, hasta su cúpula.
En América Latina, la realidad que predomina es de Fiscalías con pocos poderes y bajo fuertes presiones de los gobiernos. En contextos como éste, se hace aún más necesaria la transparencia y, a partir de ella, la vigilancia de la sociedad contra la impunidad.
Bruno Brandão
Representante en Brasil de Transparencia Internacional
acento.com.do
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Obispos se reunen con Abinader en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado
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23 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo. – La Conferencia del Episcopado Dominicano (CED) en el marco de su 64ª Asamblea Plenaria, recibió este viernes la visita del presidente de la República, Luis Abinader, en un encuentro celebrado en la Casa Arquidiocesana María de la Altagracia, donde se abordaron distintos temas de interés nacional.
Durante su intervención, el mandatario destacó la importancia de mantener un diálogo permanente con la Iglesia católica, señalando que estos espacios permiten conocer de primera mano las necesidades de las diócesis y socializar las medidas adoptadas por el Gobierno.
“Siempre es bueno tener el contacto con los obispos, escuchar las necesidades de sus diócesis y también explicarles los grandes temas nacionales”, expresó.

El jefe de Estado agregó que estos encuentros se han convertido en una práctica habitual de su gestión, como parte de la relación de cooperación con la jerarquía eclesiástica.
El presidente fue recibido por la nueva directiva de la CED para el período 2026-2029, encabezada por el obispo de San Francisco de Macorís, Ramón Alfredo de la Cruz Baldera, quien asumió la presidencia de la institución.

También participaron el arzobispo coadjutor de Santo Domingo, Carlos Tomás Morel Diplán, en calidad de vicepresidente, y el obispo auxiliar de Santo Domingo, José Amable Durán Tineo, como secretario general.
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Garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa”.
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23 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo, R.D.-Una garantia economica impone el Tribunal del Distrito Judicial de San Cristóbal de RD$200,000, impedimento de salida del país y presentación periódica al Ministerio Público contra el imputado Elvis Manuel Santos Alcántara (Onguito Wa), acusado de porte ilegal de armas de fuego, tras acoger de forma parcial la solicitud del Ministerio Público.
La decisión judicial se produce luego de que el procesado fuera arrestado en flagrante delito el pasado 21 de junio, cuando agentes de la Policía Nacional realizaban labores de patrullaje en la carretera Sánchez Vieja, en San Cristóbal.
Durante el operativo, el imputado se desplazaba en un vehículo Honda CR-V, color negro, junto a otra persona, y al ser registrado se le ocupó una pistola Glock, calibre 9 mm, con 17 cápsulas, sin documentación legal.

La magistrada Chadalis E. Rosario Melenciano, jueza suplente del Tercer Juzgado de la Instrucción y de la Oficina Judicial de Atención Permanente, ordenó además que el imputado deberá presentarse los días 29 de cada mes durante seis meses ante el Ministerio Público, como parte de las medidas impuestas.
Asimismo, el tribunal dispuso la notificación a la Dirección General de Migración (DGM) para garantizar el impedimento de salida del país, mientras que el Primer Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal fue designado como tribunal de control del caso.
El Ministerio Público, representado por las fiscales Belkis Tejeda e Ingris Maribel Guerrero Polanco, había solicitado prisión preventiva por tres meses; sin embargo, el tribunal optó por medidas no privativas de libertad, al considerar parcialmente la solicitud.
El órgano acusador también obtuvo un plazo de seis meses para presentar el requerimiento conclusivo del proceso.
De acuerdo con el expediente, Santos Alcántara ya había sido condenado previamente mediante la Sentencia Penal núm. 523-2025-SSEN-00015 por violaciones a la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, lo que fue recordado por el Ministerio Público durante la audiencia.
Con esta decisión, el caso sigue bajo investigación judicial mientras el imputado permanece bajo estrictas condiciones de control.
El uso, porte y tenencia ilegal de armas de fuego constituye uno de los delitos más vigilados por las autoridades judiciales y de seguridad en la República Dominicana, debido al impacto que tiene en la criminalidad, la seguridad ciudadana y la violencia urbana.
«En el país, este tipo de infracciones está regulado por la legislación penal vigente y por normativas específicas que establecen los requisitos para la adquisición, registro y porte legal de armas».
- En los últimos años, el Ministerio Público y la Policía Nacional han intensificado los operativos de prevención y persecución del porte ilegal de armas, especialmente en zonas urbanas y carreteras donde se registran mayores incidencias de delitos flagrantes.
- Estos operativos suelen incluir patrullajes, requisas selectivas y controles de vehículos, con el objetivo de reducir la circulación de armas no registradas.
El sistema judicial dominicano contempla medidas de coerción que pueden ser privativas o no privativas de libertad, dependiendo de la gravedad del hecho, los antecedentes del imputado y el riesgo procesal.
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Prisión preventiva solicitan para falso odontólogo tras causar graves lesiones en La Vega
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23 horas agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo, R.D.-La imposición de prision preventiva como medida de coercion contra un acusado de ejercer la odontología solicitará el Ministerio Público en las próximas horas la imposición contra un hombre acusado de ejercer la odontología sin exequátur en La Vega en un caso de presunto intrusismo profesional que dejó a una paciente con lesiones permanentes en el rostro y daños neurológicos severos.
El imputado, identificado como Franklin José Almánzar Escarramán, de 51 años, habría realizado procedimientos odontológicos de alta complejidad sin la debida autorización legal en el consultorio de su hermano, ubicado en el Centro Médico V Centenario, en la provincia de La Vega.
Su hermano, William Radhamés Almánzar Escarramán, también fue arrestado por su presunta complicidad en los hechos, ambos tras entregarse a las autoridades policiales en cumplimiento de una orden judicial.

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público, la víctima acudió el pasado 17 de enero a recibir atención odontológica y fue evaluada en el consultorio de los imputados, donde se le indicó la extracción de cuatro terceros molares mediante un procedimiento quirúrgico.
Según el expediente, durante la intervención, el imputado habría aplicado anestesia y posteriormente realizado maniobras violentas con instrumentos odontológicos, incluyendo golpes en la zona afectada, sin lograr completar la extracción tras varias horas de intento.
La paciente posteriormente presentó dolor intenso, inflamación facial y complicaciones severas, lo que la llevó a buscar atención médica especializada, donde se determinó la existencia de daños permanentes en su salud bucal, incluyendo nervios atrofiados, edema facial, trismo, parestesia mandibular y otras lesiones complejas.
La procuradora de corte de La Vega, Aura Luz García Martínez, explicó que el Ministerio Público procederá a solicitar la medida de coerción garantizando el debido proceso.
“Vamos a presentar la solicitud de medida de coerción ante la autoridad competente, garantizando el debido proceso y los derechos fundamentales de los imputados”, afirmó.
Las autoridades indicaron que el imputado principal ejercía la odontología sin exequátur, según certificación del Ministerio de Salud Pública, lo que constituye una violación a la Ley General de Salud 42-01 y la normativa que regula el ejercicio profesional odontológico.
- El órgano persecutor también sostiene que la actuación de los hermanos Almánzar Escarramán pudo haber tenido consecuencias aún más graves
- Incluso la muerte de la paciente, debido a la naturaleza del procedimiento realizado sin habilitación legal.
El caso ha sido calificado provisionalmente como violación a varios artículos del Código Penal dominicano y de la legislación sanitaria vigente, mientras el tribunal evalúa la solicitud de medida de coerción presentada por el Ministerio Público.
El ejercicio de la odontología y otras profesiones de la salud en la República Dominicana está regulado por un marco legal que exige la obtención de un exequátur y la debida habilitación profesional, con el objetivo de garantizar la seguridad de los pacientes y la calidad de los servicios médicos.
Estas disposiciones forman parte de las políticas sanitarias orientadas a prevenir el intrusismo profesional, una práctica que consiste en ejercer una profesión sin la autorización correspondiente.
