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Opinión

Se impone la solidaridad

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Por Juan Bolívar Díaz

JUAN-BOLIVAR-DIAZ-2-300x199111-e1372603134555Desde la primera lectura a la penosa sentencia con que el Tribunal Constitucional decreta un apartheid o gueto que conformarían cientos de miles de dominicanos y dominicanas de diversas ascendencias, especialmente haitiana, consideré que terminará resolviendo a corto plazo la situación que desde hace seis años afecta a miles de personas.

El dictamen viola tantos preceptos de la constitución dominicana, como de los códigos del derecho internacional, que no dejará espacio a la indiferencia. Toda persona con un mínimo de sensibilidad tendrá que reaccionar y muchos militarán en la solidaridad que ha comenzado a manifestarse con las víctimas de esta “limpieza étnica”, que afectaría también a descendientes de chinos, árabes, judíos y de muchas otras nacionalidades, que hace tiempo son parte de la dominicanidad.

Un cable de la agencia española Efe daba cuenta de cómo la sentencia de marras ha dividido a los dominicanos desatando amplias manifestaciones de solidaridad. Ha sido relevante que casi todos los expertos en derecho constitucional, como destacados juristas han coincidido en señalar que el dictamen viola principios constitucionales y universales fundamentales que la hacen insostenible por lo que está destinada a ser revertida tan pronto sea dilucidada por la Corte Interamericana de Derechos humanos (CIDH), a la que está adscrito el Estado Dominicano desde que en 1978 suscribió, con aprobación congresual, la Convención Americana de los Derechos Humanos.

Como esa corte es parte de la Convención, bastaba con una declaración posterior que la reconociera, por parte del Congreso o del Poder Ejecutivo, que fue lo que hizo en 1999 el presidente Leonel Fernández. Si alguien quería redundancia, se puede encontrar en la Ley Orgánica del Tribunal  Constitucional donde se ratifica que sus decisiones quedan subordinadas a la CIDH.

Al disponer una limpieza del registro civil retroactiva al 1929 para excluir de la ciudadanía a todos los hijos de extranjeros que estuvieran indocumentados al momento en que nacieron, dando cuenta la sentencia misma que podrían ser cientos de miles, quedó desafiada la sensibilidad de quienes creen en principios fundamentales, como la irretroactividad de la ley, consagrada en el artículo 110 de nuestra Constitución, la que, por demás, en su artículo 18.2 proclama dominicanos y dominicanas a “quienes gocen de la nacionalidad dominicana antes de la entrada en vigencia de esta Constitución”.

La inmensa mayoría de la opinión pública sensata reconoce que sería ignominioso crear un apartheid de cientos de miles de personas nacidas y con décadas de vida en el país, que no se irán para ninguna parte, ni pueden irse sin pasaporte, en base a los prejuicios y sentimientos de odio que destilan algunos defensores a ultranza de la “pureza de la dominicanidad”, ignorando que este es un país de inmigrantes, donde los colonizadores no dejaron vivo uno solo de los nativos, y que al mismo tiempo somos una nación de emigrantes que ha mandado millón y medio de sus hijos al exterior, en su inmensa mayoría sin previa autorización para permanecer en múltiples países del mundo, en algunos con una saturación que crea tensiones.

Lo bueno del dictamen del Constitucional es que despeja las dudas: Ya no es si los hijos de indocumentados que nacen ahora en el país tienen derecho a la nacionalidad, cosa que niega claramente la Constitución del 2010, sino que se pretende despojar a cientos de miles que ya la tenían.

Hay que saludar la sensibilidad mostrada por el presidente Danilo Medina ante el grito desgarrante de los jóvenes descendientes de haitianos, que son los más afectados, y esperar que no se deje enmendar la plana ni chantajear. El prestigio de la nación está en juego y es preciso enmendar el despojo antes que nos lo imponga la CIDH, cuya sentencia del 2005 a favor de dos niñas de ascendencia haitiana no deja dudas. Mientras más rápido rectifiquemos mejor, porque el escándalo seguirá expandiéndose y quedará como el mayor despojo después del que decretó Hitler contra judíos, gitanos y otras minorías, en vísperas de la mayor matanza de la historia.-

 

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Opinión

Impugnación de la competencia  de la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Díaz

La Corte Penal Internacional se cerciorará de ser  competente  en todas las causas que le sean sometidas. La CPI podrá determinar de oficio la admisibilidad de una causa de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma.

De acuerdo  con el Estatuto de Roma podrán impugnar la admisibilidad de la causa, por uno de los motivos mencionados en el artículo 17, o impugnar la competencia de la Corte Penal Internacional:

  1. a)El acusado o la persona contra la cual se haya dictado una orden de detención o una orden de comparecencia con arreglo al artículo 58;
  2. b)Un Estado que tenga jurisdicción en la causa porque esta investigando o enjuiciando o lo ha hecho antes; o
  3. c)Un Estado  cuya aceptación se requiera de conformidad con el artículo 12.

El Fiscal podrá pedir a la Corte Penal Internacional que se pronuncie sobre una cuestión de competencia o de admisibilidad. En las actuaciones relativas a la competencia o la admisibilidad, podrán presentar asimismo observaciones a la Corte quienes hayan remitido la situación de conformidad con el artículo 13 del Estatuto de Roma y las víctimas

.

La admisibilidad de una causa o la competencia de la CPI sólo podrán ser impugnadas una sola vez por cualquiera de las personas o los Estados a que se hace referencia en el párrafo 2. La impugnación se hará antes del juicio o a su inicio.

En circunstancias excepcionales la Corte Penal Internacional podrá autorizar que la impugnación se haga más de una vez o en una fase ulterior del juicio. Las impugnaciones a la admisibilidad de una causa hechas al inicio del juicio, o posteriormente con la autorización de la Corte, sólo podrán fundarse en el párrafo 1 c) del artículo 17 del Estatuto de Roma.

Antes de la confirmación de los cargos, la impugnación de la admisibilidad de una causa o de la competencia de la CPI será asignada a la Sala de Cuestiones Preliminares. Después de confirmados los cargos, será asignada a la Sala de Primera Instancia. Las decisiones relativas a la competencia  o la admisibilidad podrán ser recurridas ante la Sala de Apelaciones de conformidad con el artículo 82 del Estatuto de Roma.

Hasta antes de que la Corte Penal Internacional se pronuncie, el Fiscal podrá pedirle autorización para:

  1. a)Practicar las indagaciones necesarias de la índole mencionadas en el  párrafo 6 del articulo 18 del Estatuto de Roma;
  2. b)Tomar declaración a un testigo o recibir su testimonio, o completar la recolección y el examen de las pruebas que hubiere iniciado antes de la impugnación; y
  3. c)Impedir, en cooperación con los Estados que corresponda, que eludan la acción de la justicia personas respecto de las cuales el Fiscal haya pedido ya una orden de detención en virtud del artículo 58 del Estatuto de la Corte.

La impugnación no afectará a la validez de ningún acto realizado por el Fiscal, ni de ninguna orden o mandamiento dictado por la CPI, antes de ella.

Si la CPI hubiere declarado inadmisible una causa de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma, el Fiscal podrá pedir que se revise esa decisión cuando se haya cerciorado cabalmente de que han aparecido nuevos hechos que invalidan los motivos por los cuales la causa había sido considerada inadmisible de conformidad con dicho artículo.

Finalmente, el Fiscal, si habida cuenta de las cuestiones a que se refiere el artículo 17 del Estatuto de Roma suspende una investigación, podrá pedir que el Estado de que se trate ponga a su disposición información sobre las actuaciones. A petición de ese Estado, dicha información será confidencial. El Fiscal, si decide posteriormente abrir una investigación, notificará su decisión al Estado cuyas actuaciones  hayan dado origen a la suspensión.

Rommelsantosdiaz@gmailcom

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Opinión

Ante un inveterado simulador

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Por Nelson Encarnación

Son muchos los dominicanos que no se reponen del shock que les provocaron las diversas manipulaciones y mentiras vertidas por el expresidente Danilo Medina durante su comparecencia de la semana pasada en un importante medio radial de nuestro país.

Cuando se anunció días antes que el líder del Partido de la Liberación Dominicana aparecería en un medio público, hubo la apreciación generalizada de que aprovecharía el alcance de este para al menos desvestir su alma y bajar al terreno de la humildad para pedir algún tipo de perdón—aun fuese en voz baja—por las muchas culpas que necesitan urgentemente su expiación.

Sin embargo, es evidente que Danilo está convencido de que todas sus actuaciones en el Gobierno estuvieron ajustadas a la decencia más absoluta, cuando la realidad apunta precisamente en otra dirección.

Para él, los expedientes que involucran a familiares y entorno político más estrecho, son simples majaderías urdidas para molestarle, o una manifestación de la llamada judicialización de la política o politización de la justicia, mediante la cual han sido quitados del camino potenciales competidores de la corriente predominante.

Con ese convencimiento resulta improbable que el expresidente se humanice y entienda que admitir los errores hace grandes a las personas, y que, por el contrario, encerrarse en una convicción pueril las reduce.

Hay más de una evidencia que Danilo fue advertido por cercanos acerca del comportamiento depredador de algunos de sus íntimos, pero obvió tomar las medidas aconsejables, para dejar campo abierto a la continuación de los desmanes, muchos de los cuales se han reflejado en los casos que actualmente se ventilan en justicia, y que él los atribuye a “persecución política”.

En el campo de la lucha propiamente política, Medina trata de convencernos de que su laborantismo encaminado a propiciar el escenario para una segunda reelección en 2020 es un espejismo o un invento de sus adversarios.

Eso de que no tenía votos para modificar la Constitución es un ardid y una expresión fehaciente de su condición de simulador, pues todos vivimos aquel trance que mantuvo en vilo a la nación hasta que la administración Trump—en una intromisión inaceptable, eso sí—le apeó del carro reeleccionista que pudo haberse descarrilado hacia una situación de manejo muy complejo.

Danilo podrá decir lo que quiera, pero la historia no se puede borrar.

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Opinión

Sobre Miriam, Berenice y Camacho

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Por Narciso Isa Conde

Una PGR manipulada por la EMBAJADA-EU, Leonel y Abinader y un Poder Judicial maleado y muy influido por el PLD, están descalificados para ponerle fin a la impunidad.

La que debe ser emplazada NO ES MIRIAM, es Yeni Berenice, acompañada de Camacho, el del PEPCA y ahora ascendido, ambos con fuertes vínculos con la Embajada, FBI, DEA…Leonel, Abinader…Ahora la PGR cae bajo control absoluto de esa tríada, vía los ascensos de Berenice y Camacho.

Miriam German ha sido víctima de su entorno, de un acorralamiento programado en medio de una gran soledad y de su propio institucionalismo (excesivo respeto a la separación de funciones dentro de la PGR). Además, la amenaza del cártel del Cibao y del tal J, fue manipulada para amarrarla más. Hicieron un gran bulto desde la DNCD y dejaron todo igual: el cartel sigue impune. Abinader, Cabrera-DNCD y la DEA dirigieron esa operación.

Berenice y el PEPCA han bloqueado muchos expedientes, incluso los presentados por nosotros. El caso de ANTENA LATINA es emblemático y yo lo entregué personalmente, y muchas veces demandé respuesta y nada. A esos encargados de investigar y perseguir los delitos, se le entregaron numerosas denuncias del Archivo Abierto de Marcha Verde y no hicieron nada: siguen abundando las vacas sagradas oligárquicas y transnacionales denunciadas; y estas abundan junto a la impunidad del leonelismo, de políticos ladrones y generales asesinos.

Una PGR manipulada por la EMBAJADA-EU, Leonel y Abinader y un Poder Judicial maleado y muy influido por el PLD, están descalificados para ponerle fin a la impunidad.

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