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Ley de residuos sólidos es modificada en el Senado de la República.
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo. – Tras una declaración de urgencia y en dos lecturas consecutivas el Senado de la República aprobó las modificaciones a la ley número 225-20, Ley General de Gestión Integral y Procesamiento de Residuos Sólidos de la República Dominicana.
El proyecto fue presentado por los senadores Ramón Rogelio Genao Durán de la provincia La Vega; y Ginnette Bournigal de Jiménez de Puerto Plata.
Esta pieza tiene el propósito de fortalecer el marco normativo para la gestión integral y sostenible de los residuos sólidos, modificando los artículos 4, en los numerales 11, 38, y 39; y se agregan los numerales 21-bis, 26-bis y 47-bis. También modifica los artículos 16 y 17 de la presente ley con el fin de mantener la armonía entre el hombre y su ambiente, e impedir, subsanar, corregir o eliminar las situaciones que pongan en riesgo la calidad de los recursos naturales y de la biósfera.
La iniciativa refiere que desde la promulgación de la Ley 225-20, Ley General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, no se han logrado grandes avances en la reducción del impacto ambiental de los residuos sólidos, no obstante, persisten desafíos en la implementación efectiva de la gestión integral de estos.
La normativa establece que el manejo y la gestión integral y disposición final de los residuos es uno de los principales pilares de la Ley No. 225-20, ya que el aumento de la población, junto a los cambios en los patrones de consumo, ha provocado un incremento en la cantidad de residuos que se generan en el país. En virtud de esto, se hace necesario adoptar medidas que garanticen la conservación del ambiente sano y ecológicamente equilibrado para las presentes y futuras generaciones.
El Pleno aprobó en segunda lectura el proyecto de ley que modifica la Ley-358-05, sobre la Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario.
Esta normativa tiene la finalidad de modificar varios artículos para establecer un régimen de defensa de los derechos del consumidor y usuario, garantizando la equidad y la seguridad jurídica en las relaciones entre los proveedores, consumidores de bienes y usuarios de servicios, sean de derecho público o privado, nacionales o extranjeros y la calidad de los productos que consume la población.
La pieza presentada por el senador de la provincia de Santiago Rodríguez, Antonio Marte, indica que el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (PROCONSUMIDOR), como órgano del Estado destinado a garantizar los derechos fundamentales de las personas y su acceso a bienes, servicios y alimentos de calidad, debe poseer las cualidades administrativas que lo doten de las competencias sancionadoras necesarias, propugnando así por la eficacia en la aplicación de la ley y el beneficio colectivo.
En segunda lectura el Pleno aprobó el proyecto que designa con el nombre de Theodore Chasseriau el Bulevar Turístico del Atlántico, comprendido desde el cruce el Catey, en el municipio Sánchez, hasta el cruce el Limón, con la carretera de Samaná, de la provincia Samaná, propuesta del senador Pedro Manuel Catrain.
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Agencia regional contra el narcotráfico crearán RD y Francia.
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3 horas agoon
marzo 5, 2026
Santo Domingo, 5 mar (EFE).- Francia y República Dominicana anunciaron este jueves la instalación de una academia regional, con sede en la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), para la capacitación y el entrenamiento de las fuerzas de seguridad de la región del Caribe.Nacionales
Otras vez sobre el tapete candidaturas independientes
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5 horas agoon
marzo 5, 2026
Santo Domingo.-Tras la aprobacion en primera lectura por parte del Senado del proyecto de ley que busca eliminar los articulos 156 y 157 de la Ley 20-23, organica del régimen electoralo, se han encendido los debates sobre el tema luego de dormir el sueno del olvido.
El jurista Alberto Fiallo Billini rechazó el marco jurídico propuesto por el senador Ramón Rogelio Genao (PRSC-La Vega) y su ratificación en la Cámara Alta, y advirtió que lo más grave es que se trata de “un enfrentamiento directo” con una sentencia del Tribunal Constitucional (TC), cuyas decisiones son vinculantes, “lo que no ha pasado en 16 años”.
El proponente del recurso ante el TC para regular las candidaturas independientes en el sistema electoral dominicano aclaró que, si bien el Congreso acostumbra a ignorar las sentencias exhortativas de la alta corte que le obligan a emitir una ley, ahora, con el proyecto aprobado en primera lectura, “no es tan sencillo” como no escuchar al Tribunal Constitucional, porque –a su juicio- se trata de un enfrentamiento directo con el órgano que interpreta la Carta Magna.
Dijo que el Congreso no puede legislar eliminando un derecho fundamental, como el de participar como candidato independiente.
“Participar como candidato independiente es una expresión del derecho a elegir, pero eso se dijo hace más de 30 años. En Latinoamérica tenemos de 18 países hispanoamericanos, tenemos 10 que tienen candidatos independientes: México tiene candidatos independientes desde hace más de 100 años, pero aquí lo importante es que el problema es que no se le puede obligar a una persona que para participar en política, para ser candidato, tenga que inscribirse en un partido político”, sostuvo.
Según el abogado, el derecho a participar como candidato independiente está avalado en la Constitución y tiene cerca de 100 años.
En la sentencia 0788 de 2024, el Tribunal Constitucional determinó que los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 impedían de forma excesiva o condicionada la postulación de candidatos independientes, al exigir que éstos dependieran de partidos u organizaciones políticas existentes.
Precisa que ese requisito limita el derecho de los ciudadanos a elegir y ser elegidos sin necesidad de vínculo partidario.
Frente Cívico y Social: el Congreso debe sujetarse a la Constitución y al TC
Sobre el tema se pronunció también el presidente del Frente Cívico y Social (FCS), Isaías Ramos, quien explicó que la aprobación de la pieza en el Senado no es tan simple como parece, ya que se trata del alcance que esta pudiera tener sobre los derechos políticos en la democracia.
Elías Wessin, presidente de la comisión especial de la Cámara de Diputados que estuvo a cargo de los proyectos de ley de candidaturas independientes, dijo que se sorprendió con la iniciativa del Senado, ya que la Cámara Baja estuvo apoderada de la misma propuesta, sometida por el diputado Rogelio Alfonso Genao (hijo del senador).
Detalló que la comisión especial de diputados rindió un informe no favorable, consensuado con la mayoría de los miembros de la comitiva, diciendo que había que buscarle una ruta adecuada a las candidaturas independientes mediante una modificación a la Constitución.
“Lo que hemos dicho es que, necesariamente, hay que introducir una modificación constitucional para que esas candidaturas sean factibles, porque sencillamente la Constitución dice claramente que cualquier candidatura debe expresarse bajo el esquema o la plataforma de los partidos políticos. Esa es la opinión y se mantiene igualita”, señaló.
El senador Ramón Rogelio Genao defendió su propuesta legislativa, la cual está pendiente de una segunda discusión en la Cámara Alta para pasar a la Cámara de Diputados. Dijo que con la sentencia 0788/24, el Tribunal Constitucional legisla y suplanta un poder que está definido por la Ley Suprema, que es el Congreso Nacional.
Señaló que, al eliminar los artículos 156, 157 y 158 de la Ley del Régimen Electoral, sale del país la discusión de las candidaturas independientes.
Recordó, además, que la Constitución establece las candidaturas sólo a través de partidos, agrupaciones y movimientos políticos.
También se pronunció el vocero de los diputados del Partido de la Liberación de Dominicana (PLD), Gustavo Sánchez, al indicar que la solución más viable es que los candidatos independientes cumplan con los mismos requisitos que se les exigen a los partidos políticos.
Ricardo de los Santos: el Pleno puede hacer los reparos que considere
El presidente del Senado, Ricardo de los Santos (PRM-Sánchez Ramírez), explicó que la iniciativa de ley apenas ha sido aprobada en primera discusión, pero que en la segunda el Pleno tiene la facultad de hacerle todos los reparos que considere.
La Cámara Alta aprobó ayer en primera lectura el proyecto legislativo que deroga los artículos 156, 157 y 158 de la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral.
Para poder ser efectiva, la pieza deberá ser acogida por el Senado en segunda discusión y en dos lecturas por la Cámara de Diputados. De ahí, la iniciativa iría al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.
En las candidaturas independientes, las personas se postulan a un cargo de elección popular sin pertenecer a un partido, movimiento o agrupación política, y sin que los mismos sirvan de plataforma para su propuesta electoral.
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Abogado de implicado en caso Coral solicita absolución total y devolución de bienes
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5 horas agoon
marzo 5, 2026
Santo Domingo, R.D.-El abogado de Raymer Pastor de los Santos, implicado en el caso Coral, solicitó ante el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional una sentencia de absolución total en favor de su defendido. El argumento principal es que el Ministerio Público no logró sustentar las acusaciones de lavado de activos y testaferrato.
Wendy Lora, representante legal del imputado, planteó a los jueces que el análisis de las pruebas de la defensa, sumado a las debilidades de la acusación, robustecen la postura de inocencia de Pastor de los Santos.
Conforme a la acusación del Ministerio Público, Raymer Pastor de los Santos es señalado como presunto testaferro del general Julio Camilo de los Santos Viola, subdirector del Cuerpo de Seguridad Presidencial (CUSEP).
Sin embargo, Lora sostuvo que no existen pruebas que vinculen al imputado con fondos ilícitos ni con la estructura de corrupción que pretende establecer la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).
«Las calificaciones legales no subsisten ni conviven con la de testaferrato. No se ha probado ningún tipo de asociación de malhechores que vincule a nuestro representado con actividad delictiva alguna», afirmó la abogada ante las magistradas.
Asimismo, la defensa solicitó el cese de las restricciones financieras y patrimoniales que pesan sobre el imputado, incluyendo, levantamiento de la prohibición de traspaso de propiedades ante la DGII y el Registro Inmobiliario, el reintegro de los fondos generados por el alquiler de tres solares en el proyecto Cabirma del Este, los cuales, según la defensa, han sido retenidos de forma irregular, así como levantamiento inmediato del congelamiento de todos los productos bancarios de Pastor de los Santos.
La defensa pidió al tribunal rechazar la querella y constitución en actoría civil presentada por el Estado dominicano.
Wendy Lora argumentó que dicha querella no fue presentada conforme a la norma y que carece de pruebas que vinculen las acciones de su cliente con un perjuicio real al patrimonio público. Además, señaló que «los daños morales no pueden ser reconocidos a las personas jurídicas o al Estado», solicitando así que se desestime cualquier pretensión indemnizatoria.
