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Senado de la República corre con los gastos de los empleados de las oficinas senatoriales
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5 años agoon
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LA REDACCIÓN- Algunas oficinas parecen pequeñas empresas
- Tienen hasta 48 empleados
Al margen de los recursos del “barrilito” que perciben para obras sociales, los senadores y sus empleados consumen una nómina de RD$ 27.3 millones al mes, además disponen de oficinas en el Congreso Nacional y en sus provincias, que paga el Estado.
Cada representante ante el Senado de la República percibe un salario base de RD$ 320,000.00, a los que se suman otros beneficios marginales de RD$ 50,000 por gastos de representación; RD$ 25,000 de viáticos, RD$ 25,000 de dietas, y RD$ 3,500 por cada sesión a la que asistan. Como complemento por sus servicios tienen derecho a dos exoneraciones de impuestos para vehículos.
Una mirada a los recursos que se disponen para el pago del senador y sus colabores sacó a relucir que muchos de ellos tienen una cantidad de empleados similar a la de cualquier pequeña empresa.
Es el caso de Bahoruco, cuyas oficinas senatoriales cuentan con 48 empleados, incluido el senador, que consumen un presupuesto de RD$ 1,005,360.00. Los sueldos van desde los RD$ 6,000.00 hasta los RD$ 65,000.00.
Para la senaduría de Azua se tiene una nómina de RD$ 1,011,360.00 en sueldos fijos, distribuidos entre su titular y 17 empleados con sueldos entre los RD$ 16,000.00 y RD$ 70,000.00.
Las oficinas de Barahona disponen de 25 empleados con una nómina de RD$ 815,245.50, a quienes se les pagan sueldos de entre RD$ 5,550.00 y los RD$ 65,000.00.
Para Dajabón se destina RD$1,001,480.00 para los servicios de 24 empleados con sueldos entre los RD$ 11,000.00 y RD$ 65,000.00.
En la senaduría del Distrito Nacional solo hay 5 empleados con el cargo de coordinadores, quienes cobran RD$ 138,272.00 cada uno, los que sumados al sueldo de la senadora de RD$ 320,000.00 totalizan RD$ 1,011,360.00.
Para la provincia Duarte, los empleados son nueve con sueldos entre los RD$ 8,500.00 y RD$ 65,000.00 donde se maneja una nómina de RD$562,270.00.
La instancia para El Seibo dispone de 35 trabajadores con salarios entre los RD$ 10,000.00 y RD$ 65,000.00 que ascienden a RD$ 1,036,000.00.
Para Elías Piña, los empleados son 47, quienes devengan entre los RD$ 5,000.00 y RD$ 65,000.00 para un total de RD$ 966,670.00. En Espaillat, los asalariados son 13, con sueldos que van desde los RD$ 11,000.00 a los RD$ 65,000.00 para un presupuesto de RD$ 689,020.00.
En Hato Mayor se dispone de 23 empleados con sueldos entre RD$ 6,000.00 y RD$ 32,500.00 con gastos en nómina por RD$640,840.00.
Hermanas Mirabal posee 10 empleados que ganan entre los RD$ 10,000.00 y RD$ 80,000.00, los que totalizan RD$ 612,120.00.
Las oficinas de Independencia tienen 6 empleados con salarios desde los RD$ 7, 000.00 y los RD$ 18,000.00 para un gasto de RD$ 393,100.00.
En La Altagracia hay 15 empleados con sueldos entre los RD$ 9,000.00 y RD$ 65,000.00 con una nómina fija de RD$ 808,400.00.
En las oficinas de La Romana son 25 los empleados con sueldos desde los RD$ 7,560.00 a los RD$ 65,000.00 que hacen un total de RD$ 931,670.00
En La Vega, los empleados son 34 con salarios de RD$ 10,622.00 a RD$ 59,746.00 para un gasto de RD$ 1,091,021.00. En María Trinidad Sánchez se tienen 26 personas contratadas con sueldos fijos entre los RD$ 8,500.00 a RD$ 65,000.00 con una nómina de RD$ 964,760.00.
Monseñor Nouel dispone de 27 empleados con sueldos desde los RD$ 10,400.00 a los RD$ 128,400.00, lo que hace un monto de RD$ 1,008,300.00. En Monte Plata son 23 los nombrados con salarios entre los RD$ 10,000.00 y RD$ 80,000.00 para una sumatoria de RD$ 956,360.00.
En Montecristi son 31 los empleados con sueldos desde los RD$ 10,000.00 a RD$ 45,000.00 con universo a pagar de RD$ 691,680.00.
En las oficinas de Pedernales suman 41 los colaboradores con pagas que van desde los RD$ 10,000.00 a los RD$ 65,000.00 con un total a pagar de RD$ 1,148,120.00.
En el Senado y en la provincia Peravia se les paga a 29 empleados RD$ 931,670.00; Puerto Plata tiene 27 trabajadores con una nómina que llega a los RD$ 987,600.00.
Mientras Samaná dispone de 24 empleados que hacen un monto a pagar por RD$ 895,680.00; en el caso de San Cristóbal el personal asciende a 26 con un total en nómina de RD$ 960,240,00.
En las oficinas de San José de Ocoa hay 31 empleados a quienes se les paga un total de RD$ 954,260.00; en San Juan 18 con una nómina de RD$ 876,720.00; Sánchez Ramírez dispone de un personal de 27 personas con un monto a pagar de RD$ 1,011,360.00.
En las dependencias de Santiago, los empleados son seis, sumando el senador y se paga un monto de RD$448,720.00; en Santo Domingo son 10 y la nómina es de RD$ 981,360.00. En Santiago Rodríguez son 33 y un monto a pagar RD$ 1,011,360.00; en Valverde son 20 los empleados y se pagan un total de RD$ 953,340.00.
Los legisladores también reciben beneficios de pensiones del Instituto de Previsión del Congresista Dominicano, se les paga hospedaje en la capital y los celulares.
De acuerdo con la partida correspondiente a septiembre, los senadores con asignaciones del barrilito habrían recibido RD$21.5 millones mensuales, o RD$250 millones anuales.
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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.
Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.
Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.
Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.
La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.
Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.
Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.
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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.
Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».
«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
Derechos de Franasyl
La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.
En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.
La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.
- Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.
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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.
El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.
La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.
La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.
El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.
Ejecución del peritaje
Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.
La CD modificó el artículo 48 de la pieza
Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.
