Santo Domingo, RD.-El proyecto que crea el Sistema Integral para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de Violencia contra las Mujeres, el cual busca proteger a féminas extranjeras ilegales, será retirado por el senador Félix Bautista, autor del mismo.Más Noticias
Legislador retirará propuesta sobre protección a las mujeres ilegales
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4 años agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, RD.-El proyecto que crea el Sistema Integral para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de Violencia contra las Mujeres, el cual busca proteger a féminas extranjeras ilegales, será retirado por el senador Félix Bautista, autor del mismo.La decisión del legislador está motivada en la confusión que ha generado ese tema, que ha recibido el rechazo de diversos sectores.
“Soy un defensor de la Constitución y del respeto a nuestra soberanía. El Estado dominicano, por mandato de la Constitución y la ley tiene derecho a deportar a cualquier extranjero que se encuentre en territorio Nacional en condición irregular, sin importar su nacionalidad”, precisó el senador Bautista.
Expuso que el derecho a acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva corresponde a toda persona, sin distinción de su condición migratoria.
Pero acotó que esa garantía constitucional no debe entenderse como una herramienta para promover una ilegalidad.
Puntualizó que el proyecto de su autoría establece que la Dirección General de Migración no deportará a las mujeres migrantes ilegales que denuncien o requieran de atención frente a actos de violencia en su contra por su condición de género, mientras dure el proceso.
“La Dirección General de Migración no deportará a las mujeres migrantes ilegales que denuncien o requieran de la atención integral frente a actos de violencia en su contra por su condición de género, mientras dura el proceso”, establece el artículo 36 de la propuesta legislativa del senador por San Juan.
El legislador argumentó que eso es en virtud del artículo 69 de la Constitución, sobre la tutela judicial efectiva, que se refiera a que toda persona tiene derecho a obtener la tutela judicial efectiva.
“No se establece en la Constitución una distinción entre legales e ilegales”, enfatizó.
Bautista recordó su propuesta legislativa fue presentada en el 2014 y sostuvo que es diferente a la del Ejecutivo.
La pieza de Bautista fue reintroducida el 19 de enero de 2023.
Proyecto del Ejecutivo
Empero, el Poder Ejecutivo también apoderó al Senado de otro proyecto de ley que contiene similares garantías para las víctimas de violencia de género en situación de ilegalidad y prohíbe su deportación, al igual que de sus parientes.
El proyecto del Poder Ejecutivo contempla, en su artículo 77, las garantías procesales para las víctimas de violencia de género.
Dispone en la letra D del artículo 77, “que las mujeres extranjeras y migrantes y sus familiares a cargo no sean deportadas (os) como consecuencia de la realización de la denuncia, aunque se encuentren en situación migratoria irregular”.
Como se observa, esta propuesta no solo prohíbe la deportación de las víctimas, sino también de familiares.
También contiene responsabilidades para los medios de comunicación, que de acuerdo con el artículo 55, tendrán la obligación de proteger la integridad e intimidad de las víctimas de violencia contra las mujeres, adolescentes y niñas y sus familiares a la hora de divulgar cualquier tipo de información.
Además, asigna a los medios de comunicación la responsabilidad de proteger los datos personales e informaciones privadas de las víctimas de violencia y sus familiares, que pudieran colocarla en situación de riesgo, y prevenir “la violencia simbólica”.
Retiro del proyecto
Recientemente, el Poder Ejecutivo retiró del Congreso Nacional el proyecto sobre trata y tráfico Ilícito de migrantes que había sometido, a fin de lograr el consenso público necesario, luego de que fuera cuestionado.
CLAVES
Parte del proyecto.
En ese proyecto se contempló gestionar la permanencia regular de las víctimas de trata y explotación sexual en el país “debiendo realizar los trámites necesarios para obtener permisos migratorios y de residencia, cuando este último aplique”.
Algo más.
En la pieza, también se obligaba a que toda persona jurídica o entidad pagará una contribución especial “obligatoria” en base a sus ingresos, para la atención, asistencia y protección a las víctimas.
La presión.
El rechazo colectivo obligó al Poder Ejecutivo a retirar la pieza del Congreso Nacional.
1/7 El Senado de la República está apoderado de dos proyectos de Ley sobre el Sistema Integral Para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las mujeres. Uno de mi autoría y otro presentado por el poder Ejecutivo. pic.twitter.com/DQgZmfbyXz
— Félix Bautista (@felixrbautista) February 18, 2023
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Gobierno reserva compras de programas sociales para MIPYMES de producción nacional
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septiembre 28, 2026Por redacción
Santo Domingo.– El Poder Ejecutivo dispuso que determinadas compras vinculadas a programas sociales del Estado sean realizadas exclusivamente con micro, pequeñas y medianas industrias de producción nacional, como parte de una política dirigida a fortalecer la fabricación local y ampliar la participación de este sector en las contrataciones públicas.
La disposición está contenida en el Decreto núm. 672-26, emitido por el presidente Luis Abinader, y abarca adquisiciones relacionadas con alimentación, vestimenta, materiales escolares, productos de higiene y otros bienes destinados a programas de asistencia y protección social.
La iniciativa establece que las instituciones comprendidas deberán priorizar a las MIPYMES industriales dominicanas siempre que exista capacidad suficiente para responder a las cantidades, especificaciones y estándares de calidad requeridos.
Productos deberán ser de origen nacional
Uno de los puntos centrales de la disposición es que los bienes adquiridos dentro de estos procedimientos deberán ser de producción nacional y encontrarse en territorio dominicano.
Además, el decreto procura que las compras se efectúen directamente a los productores y limita la intermediación, salvo que exista una autorización previa y escrita del fabricante.
Las entidades contratantes deberán incorporar en sus pliegos de condiciones los mecanismos necesarios para comprobar tanto el origen nacional de los productos como la condición del oferente como MIPYME industrial o productor nacional.
La política sigue una línea que ya ha sido utilizada por el Estado para promover la participación de MIPYMES y de la industria nacional en las compras públicas. El Gobierno también ha impulsado recientemente herramientas como Eficompras, integrada al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, para ampliar el acceso de pequeños proveedores al mercado estatal.
Entidades alcanzadas por la medida
Entre las instituciones incluidas en el decreto figuran Supérate, la Dirección de Asistencia Social y Alimentación Comunitaria (DASAC), el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE), la Policía Nacional, el Servicio Nacional de Salud (SNS), el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Educación.
También son mencionados el INAIPI, CONANI, CONAPE, PROMESE-CAL, URBE, MIVHED, INAVI y la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales, entre otras entidades responsables de programas de asistencia pública.
La disposición no implica que todas las adquisiciones realizadas por estas instituciones deban contratarse exclusivamente con MIPYMES. La aplicación queda circunscrita a los programas, bienes y servicios contemplados específicamente en el decreto.
Empresas deberán estar certificadas
Las industrias interesadas en participar deberán cumplir con varios requisitos administrativos.
Entre ellos se encuentra poseer el Registro Industrial de PROINDUSTRIA y la Certificación MIPYMES emitida por el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes.
Cuando se trate de empresas lideradas por mujeres, deberán contar también con la correspondiente Certificación MIPYMES Mujer.
El decreto dispone que PROINDUSTRIA y el MICM faciliten estos procedimientos y brinden orientación a las empresas para agilizar los registros y certificaciones necesarios.
Estado deberá identificar proveedores disponibles
Antes de iniciar los procedimientos de contratación, las instituciones deberán consultar el Registro de Proveedores del Estado (RPE) a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas para identificar las empresas que puedan responder a la demanda.
La modernización del RPE forma parte de las reformas recientes del sistema de compras públicas, que han buscado simplificar requisitos para las MIPYMES y reducir obstáculos administrativos para su participación como proveedoras del Estado.
Si no aparecen proveedores con capacidad suficiente, la institución correspondiente deberá realizar una manifestación de interés con el propósito de determinar si existen otras empresas nacionales calificadas para ofrecer el producto o servicio.
Los procesos tendrán que desarrollarse mediante mecanismos competitivos y conforme al régimen establecido por la Ley núm. 47-25 de Contrataciones Públicas y sus normas de aplicación.
MICM y Contrataciones Públicas coordinarán implementación
Otro de los componentes de la medida es la creación de una Mesa de Articulación Interinstitucional integrada por el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes y la Dirección General de Contrataciones Públicas.
Ese organismo tendrá entre sus funciones dar seguimiento a la aplicación del decreto, identificar sectores industriales con potencial para abastecer al Estado y facilitar la coordinación entre las necesidades de las instituciones públicas y la capacidad productiva de las empresas dominicanas.
También deberá promover capacitaciones dirigidas tanto a las MIPYMES como a las unidades responsables de las contrataciones estatales.
PROINDUSTRIA, por su parte, tendrá la responsabilidad de modernizar el Registro Industrial para incorporar información sobre los productos fabricados, capacidad de producción y certificaciones de las empresas.
Buscan conectar compras públicas con producción nacional
La medida coloca las adquisiciones del Estado como un instrumento para incentivar la producción local y generar oportunidades para empresas de menor tamaño.
El Gobierno ya había establecido mediante disposiciones anteriores mecanismos destinados a que determinadas compras vinculadas con programas de alimentación, reducción de la pobreza y protección de sectores vulnerables fueran dirigidas a MIPYMES industriales con capacidad de suplir los productos requeridos.
El nuevo decreto también instruye a la Dirección de Estrategia y Comunicación Gubernamental (DIECOM) y al MICM a desarrollar acciones para promover el consumo de bienes y servicios elaborados por las micro, pequeñas y medianas industrias nacionales.
Las disposiciones del Decreto 672-26 entrarán en vigencia a partir de su publicación.
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Defensa de imputados en SeNaSa 2.0 objeta prisión preventiva y alega arraigo
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7 horas agoon
septiembre 28, 2026
Santo Domingo.– Los abogados de varios de los encartados en el denominado caso SeNaSa 2.0 cuestionaron este lunes la solicitud del Ministerio Público de imponer hasta 18 meses de prisión preventiva contra parte de los investigados, al considerar que existen otras medidas de coerción suficientes para garantizar su comparecencia durante el proceso.
Los representantes legales sostienen que sus defendidos, entre ellos profesionales de la medicina, poseen domicilio conocido, vínculos familiares y laborales en la República Dominicana, elementos que, según la defensa, disminuyen cualquier posibilidad de que intenten abandonar el país o sustraerse de la acción de la justicia.
Los juristas insistieron en que los imputados se encuentran en disposición de asistir a las audiencias y demás actuaciones judiciales que sean requeridas mientras continúe la investigación.
“Son médicos, tienen arraigo y no se van a ir del país”, manifestaron abogados vinculados al proceso al defender la aplicación de medidas menos gravosas que la prisión preventiva.
Tribunal impuso diferentes medidas de coerción
Como parte del proceso relacionado con la denominada Operación Cobra 2.0-A, el tribunal estableció distintas medidas de coerción de acuerdo con la situación particular de cada imputado.
Entre las disposiciones adoptadas figuran prisión preventiva, arresto domiciliario, presentación periódica, impedimento de salida del país y garantías económicas.
Durante la jornada de este lunes, abogados de algunos de los procesados comenzaron además las gestiones correspondientes al retiro de dispositivos de monitoreo impuestos por el tribunal dentro de las medidas adoptadas.
Investigación por presuntas irregularidades
El expediente tiene su origen en una investigación desarrollada por el Ministerio Público en torno a supuestas irregularidades relacionadas con autorizaciones y servicios de salud atribuidos a personas vinculadas al Seguro Nacional de Salud (SeNaSa).
Las autoridades investigan la posible existencia de un esquema mediante el cual se habrían realizado operaciones irregulares en perjuicio de la aseguradora estatal.
Los abogados de los imputados han reiterado que sus clientes permanecerán disponibles para responder a las imputaciones y participar en las distintas etapas del proceso.
La defensa sostiene que el arraigo laboral, familiar y domiciliario de los acusados debe ser ponderado por los tribunales al momento de determinar la necesidad y proporcionalidad de las medidas de coerción.
El proceso continúa bajo investigación mientras las partes preparan sus respectivos argumentos frente a las decisiones adoptadas por la jurisdicción competente.
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INTRANT ajustará licencias de mayores de 75 años tras fallo del Tribunal Constitucional
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7 horas agoon
septiembre 28, 2026La institución modificará sus sistemas de emisión y renovación luego de que el TC declarara inconstitucional la reducción automática de la vigencia de la licencia por razón de edad
Por Carlos Baret
SANTO DOMINGO.– El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) anunció que adecuará sus procedimientos para cumplir con la sentencia TC/0904/26 del Tribunal Constitucional, que declaró inconstitucional la disposición que establecía una vigencia de solo dos años para las licencias de conducir de las personas mayores de 75 años. Tribunal Constitucional
La decisión constitucional se produjo a raíz de una acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por Fanny Josefina Melo Abreu y Héctor Manuel Melo Abreu contra el artículo 21 del Decreto núm. 6-19, que contiene el Reglamento de Licencias de Conducir. La sentencia fue publicada por el Tribunal Constitucional el 14 de septiembre de 2026. Tribunal Constitucional
El director ejecutivo del INTRANT, Juan Manuel Méndez García, informó este lunes que la institución acatará la decisión y realizará los ajustes correspondientes en sus procedimientos. La medida elimina el trato diferenciado que reducía la duración de las licencias únicamente por haber alcanzado determinada edad. Diario Libre
INTRANT inicia adecuación de sus sistemas
Como parte del cumplimiento de la sentencia, Méndez García dispuso que las áreas jurídicas, técnicas y de atención al usuario trabajen en las modificaciones necesarias para que los sistemas utilizados en la emisión y renovación de licencias sean adaptados al nuevo escenario jurídico. El Atlantico
La institución procura que las personas adultas mayores puedan realizar estos trámites en condiciones de igualdad y sin una reducción automática del período de vigencia fundamentada exclusivamente en la edad.
La decisión, sin embargo, no elimina los requisitos relacionados con las condiciones necesarias para conducir. La normativa dominicana contempla evaluaciones y requisitos vinculados con las aptitudes y condiciones psicofísicas de los conductores, por lo que el fallo debe distinguirse de las restricciones que puedan justificarse a partir de condiciones individuales acreditadas y no simplemente de la edad de una persona. Intrant
Igualdad y no discriminación en el centro del caso
El alcance del fallo trasciende el procedimiento administrativo de renovación de una licencia. La controversia coloca en primer plano el principio constitucional de igualdad y no discriminación, al cuestionar que la edad, considerada de manera aislada, pueda servir para imponer una carga administrativa diferenciada.
La sentencia TC/0904/26 constituye así una referencia relevante en la discusión sobre los derechos de los adultos mayores y los límites constitucionales de las regulaciones administrativas. Tribunal Constitucional
El INTRANT continuará aplicando la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y las normas relativas a la aptitud para conducir, pero deberá hacerlo conforme al criterio constitucional establecido en la decisión.
La adecuación anunciada representa, además, una consecuencia directa del carácter vinculante de las decisiones del Tribunal Constitucional para los poderes públicos y órganos del Estado.
