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Modificación de párrafo controversial sobre pensión es saludado por servidores Públicos.

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Santo Domingo, RD.-  El Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (MOPESEP) saludó la decisión tomada el pasado 4 de abril por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), en la que remite a la Comisión Permanente de Pensiones (CPP) la solicitud que hicieran recientemente de la modificación o exclusión del párrafo III del artículo 12 de la resolución 579-02 del 16 de noviembre de 2023, que excluye a decenas de empleados del Estado del derecho de obtener una pensión por el Sistema de Reparto Estatal por hecho de haber retirado parte de sus ahorros de las Administraciones de Fondos de Pensiones (AFP).

La entidad explica que la reciente resolución número 587-05 emitida por el CNSS, solicita a la Comisión Permanente de Pensiones que se haga una revisión y análisis de la decisión tomada para excluir del Sistema de Reparto a los servidores públicos que retiraron una porción o la totalidad de sus ahorros de las AFP, al tiempo que establecen que dicha Comisión deberá presentar su informe al Consejo Nacional de Seguridad Social.

Mediante comunicación de fecha 25 de marzo de 2024, el MOPESEP solicitó al CNSS que se modifique el enunciado del párrafo III, del artículo 12 de la resolución 579-02, que dice: “Serán excluidas de ser evaluadas por la Comisión aquellas personas que estén recibiendo una pensión por retiro programado, renta vitalicia o pensión por cesantía por edad avanzada del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia del Sistema de Capitalización Individual de la Ley No. 87-01 que Crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social.”

El MOPESEP apoya y considera buena y válida la solicitud expresada al CNSS, en el entendido de que en el párrafo señalado “se introduce una disposición contraria a lo que establecen la Constitución y las Leyes 379-81, 87-01 y la 41-08 que amparan el derecho a permanecer en el Sistema de Reparto y que el Consejo Nacional de Seguridad Social reconoció en su resolución número 572-07, del 6 de julio de 2023”.

Explican que en esa resolución se restablece el derecho a una pensión de los servidores públicos amparados por la Ley 379-81 desde las AFP al Sistema de Reparto Estatal, “un derecho conculcado por casi 20 años y que el actual CNSS ha honrado con la emisión de la referida Resolución reconociendo y solucionando el error cometido”.

Los servidores públicos entienden que es un “verdadero abuso” del CNSS que ahora les niegue nuevamente su derecho a pensión por el Sistema de Reparto, porque hayan aceptado alguna de las prestaciones que las AFP les ofrecían insistentemente, mientras el CNSS les negaba su derecho a pensión, lo que reiteran se les negó por casi 20 años.

“Esta disposición es una irresponsabilidad, pues el CNSS quiere traspasar a los servidores públicos la responsabilidad de haber optado por aceptar las prestaciones ofrecidas, tales como la pensión por retiro programado, renta vitalicia o pensión por cesantía por edad avanzada del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia del Sistema de Capitalización Individual de la Ley No. 87-01”.

Los servidores públicos reclaman que el CNSS y el Estado como responsable de garantizar los derechos de la población, tal y como lo dispone la Constitución, “deben aceptar su responsabilidad de los daños ocasionados por esta situación, en vez de querer que los servidores públicos se hagan responsables de una decisión que no tomaron libremente, sino que aceptaron esas migajas para subsistir ante la negación del derecho que el CNSS les hacía”.

Ningún servidor público -prosiguen- hubiera aceptado las migajas ofrecidas por el Sistema de Capitalización Individual, desechando la pensión a que tienen derecho por el Sistema de Reparto Estatal que varía entre un 60 %, 70 % y 80 % del salario promedio de los últimos tres años.

El MOPESEP considera que el CNSS no puede volver a cometer el mismo error que los llevó a conculcar por cerca de 20 años el derecho de los servidores público que tenían hasta 44 años de edad al inicio del actual sistema de pensiones y debe prestar la debida atención para disponer una modificación de lo dispuesto en la resolución 579-02, “que no sea contraria a lo dispuesto en la resolución 572-07, que es la que reconoce el derecho y ordena que la Comisión Interinstitucional Evaluadora de Traspaso elaborara el Manual de Procedimientos de la Comisión Evaluadora de Traspasos, lo cual no fue posible”.

“Es importante que el CNSS entienda que al cerrarle la única fuente de recursos para subsistir que tenían los servidores públicos, que era la pensión del Estado a la que tenían derecho y ante la necesidad de recibir ingresos para cubrir sus gastos y lograr sobrevivir, aunque fuera en la indigencia, los servidores públicos optaron por aceptar alguna de las opciones ofrecidas por las AFP”, agregan.

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23% de recursos de inconstitucionalidad ha sido acogido por el TC desde 2020

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Santo Domingo, R.D.-Unos 34 recursos directos de inconstitucionalidad presentados ante el Tribunal Constitucional (TC) han sido acogidos por el  órgano facultado para garantizar el apego de las disposiciones y leyes a la carta magna y a la protección de los derechos fundamentales, el cual está obligado a poner por encima el derecho internacional y continental  sobre el derecho interno en materia de derechos humanos.

Según la página web de consulta de este organismo extrapoder, desde enero de 2020 al 26 de diciembre de 2024, se han conocido aproximadamente 148 recursos de acción directa de inconstitucionalidad, que es un procedimiento que busca declarar contraria a la Constitución alguna disposición normativa.

En estos cuatro años, 34 acciones han sido acogidas por la alta corte, lo que significa que en el 22.9 % de los casos, el TC ha tenido que declarar no conforme con la Constitución uno o varios artículos de una ley.

El año en el que se fallaron más acciones directas de inconstitucionalidad fue el 2021, con 38 sentencias. Asimismo, el año con menos decisiones en esta categoría fue el 2024.

El presidente del TC, Napoleón Estévez Lavandier, informó que, hasta el 6 de noviembre del 2024, esa alta corte falló 976 expedientes.

Del total de casos resueltos, 242 fueron dictados en materia de amparo, lo que quiere decir que cerca del 25 % de las sentencias emitidas por esta institución fue relativo a derechos fundamentales.

El magistrado aseguró que los togados del Tribunal Constitucional han asumido la responsabilidad de ser los más altos garantes de los derechos y libertades de la ciudadanía.

La ley de la DNI

Uno de los casos más recientes en los que se ha declarado la inconstitucional una ley data del 6 de diciembre, cuando el TC anuló la Ley 1-24, que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI). En la Sentencia TC/0767/24, acogió la acción incoada por partidos de oposición alega que afectaba un derecho fundamental de forma indirecta o incidental.

De acuerdo con el último resumen del Tribunal Constitucional, desde el 2012 al 30 de septiembre de 2024 se han recibido 10,201 casos y los jueces han logrado la aprobación y publicación en el portal web institucional de 7,823 recursos fallados.

Desde su puesta en funcionamiento, han sido fusionados unos 242 expedientes y la «revisión constitucional de sentencia de amparo» ha sido el proceso más destacado.

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Ratifican a directores de Elecciones, Informática, Cédula, Registro Civil y otros

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SANTO DOMINGO. Los directores de Elecciones, de Informática, del Voto dominicano en el Exterior, de Registro del Estado Civil, de la Cédula de Identidad Personal y Electoral y de Registro Electoral fueron  ratificados por  el Pleno de la Junta Central Electoral (JCE)

La medida esta contenida en la  resolución 58-2024, se confirmó la permanencia de los siguientes directores en sus respectivos cargos: Mario Núñez, director nacional de Elecciones, Johnny Rivera Báez, director de Informática, Well Theodomiro Sepúlveda Polanco, director del Voto Dominicano en el Exterior, Rhina Díaz Tejada, directora nacional del Registro del Estado Civil, Vesalio Rodríguez de León, director de la Cédula de Identidad y Electoral, Luis Mariano Matos, director nacional del Registro Electoral.

La el órgano explicó que la ratificación fue acogida sin objeciones por los principales partidos políticos del país, entre ellos el Partido Revolucionario Moderno (PRM), el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y Fuerza del Pueblo.

Además, otros partidos como la Alianza por la Democracia, el Movimiento Democrático Alternativo (MODA), la Unión Demócrata Cristiana y Dominicanos por el Cambio también respaldaron la decisión.

Este proceso de ratificación sigue la línea de la reciente reelección de cuatro de los cinco titulares de la JCE por parte del Senado en noviembre pasado, incluidos su presidente, Román Jáquez, y los miembros Dolores Fernández Sánchez, Samir Chami Isa y Rafael Armando Vallejo Santelises, mientras que Hirayda Fernández Guzmán fue seleccionada por primera vez.

Con esta resolución, la JCE refuerza su estructura operativa y garantiza la estabilidad y transparencia en la administración de los procesos electorales y el registro civil del país.

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Otro autobús es detenido en Azua con 70 ciudadanos haitianos indocumentados.

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Azua.-Un autobús con 70 haitianos indocumentados fue detenido por el Ejército en Azua cuando eran trasladados durante la madrugada de este viernes.

El autobús marca Hyundai, color blanco era conducido por un hombre identificado como Edward Aquino.

Mientras que en otro hecho, efectivos del Ejército detuvieron un carro Nissan Note, negro, conducido por el ciudadano Yoan Figuereo Encarnación, acompañado por José David Gómez, donde se trasladaban otros siete indocumentados, en el puesto de chequeo 15 de Azua.

Los conductores y el acompañante, serán entregados al Ministerio Público, mientras que los extranjeros a la Dirección General de Migración (DGM) para los fines correspondientes.

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