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Si su empresa no acoge el alza de sueldo, quéjese
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9 años agoon
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LA REDACCIÓN
La reacción del Ministerio de Trabajo se produce luego que la Copardom pidiera a sus socios no pagar con el alza aplicada. –
El ministro de Trabajo advirtió que los patronos están obligados legalmente a aplicar desde ayer el aumento del 13% al salario mínimo del sector privado no sectorizado, tal como indica la resolución 05/2017, en la que se aprobó un alza del 20% en dos partidas.
José Ramón Fadul aseguró que la resolución emitida por el Comité Nacional de Salarios (CNS) tiene fuerza de ley y que la misma está vigente. “En eso no hay vuelta floja, porque eso sería violentar la ley y no creo que la Confederación Patronal Dominicana lo haya hecho con esas intenciones”, dijo Fadul, a través de un documento de prensa y a requerimiento de la prensa.
Un día Antes, la Confederación Patronal Dominicana (Copardom) instruyó a sus empresas miembros a no efectuar el 15 de este mes el incremento del salario mínimo de 13%, para aplicarlo a partir del 30, retroactivo al día primero.
Esa posición de los empresarios fue definida por la Confederación Nacional de la Unidad Sindical (CNUS) como un intento más por continuar torciendo el brazo del Gobierno, tal como lo han estado haciendo con el tema en cuestión y dándole larga al tema para no cumplir con los trabajadores. Ayer, el ministro de Trabajo dijo que en caso de que algunos patronos no quieran acogerse a la disposición, los trabajadores (as) pueden hacer su debido reclamo y los inspectores del Ministerio pueden levantar la infracción y condenarlos al pago de tres a seis meses de salario mínimo. “El trabajador puede demitir y demandar por daños y perjuicios a la empresa que haya violentado lo que dispuso el CNS”, explicó el ministro Fadul. Y recordó que quien le da categoría a las empresas, según pequeñas, medianas y micro es el Ministerio de Industria y Comercio y Mipymes. De esa forma, el funcionario dejó claro que no se debe mezclar el reajuste salarial con la reclasificación ni las discusiones del Código de Trabajo. “Se recuerda que la resolución entrará en vigencia con un incremento de 13%, a partir del primero de mayo de 2017, y el restante 7% a partir del 1 de noviembre del año en curso, para así completar el 20%”, dijo Fadul.
Horas antes de que el Ministerio de Trabajo se refiriera al tema, el CNUS, a través de su presidente, Rafael –Pepe- Abreu, había advertido a Fadul que debía hacer un pronunciamiento contundente, aclarándole al empresariado que no es posible llevar ahora el tema de la reclasificación de empresas, como una condicionante y una nueva excusa para no aplicar la tarifa vigente en este momento.
El fraccionamiento para el incremento salarial se dio luego que la Copardom se impusiera y resistiera a la decisión que tomó el CNS. Una decisión con la que no estuvieron nunca de acuerdo. El Comité Nacional de Salarios lo componen tres sectores: el sindical, el patronal y los trabajadores representados por las centrales sindicales. Cuando dos de ellos toman una decisión, entonces se aprueba, tomando en cuenta la mayoría. “No ocurrió así con el tema en cuestión, esta vez. El sector empresarial se ha impuesto”, plantea Abreu, sin andarse con rodeos.
Midiendo fuerza
En las discusiones de hace dos años, el sector patronal y el gubernamental aprobaron un alza para el sector privado no sectorizado del 14% y así entró en vigencia, sin que el sindical se resistiera a aceptarlo, como ha hecho esta vez el empresariado. “Como CNUS habíamos advertido mucho que el incremento no debía nunca fraccionarse, pero se fraccionó, en una torcedura de brazo del empresariado al Gobierno”, dijo Pepe Abreu.
Los patronos procuran jugar con algo imposible
En el abordaje del tema, Pepe Abreu dijo: “Ellos –los empresarios- quieren que la reclasificación que han planteado se produzca antes de que el aumento salarial se aplique. El planteamiento de fondo es aceptar que el aumento sea retroactivo al primero de mayo, pero que se pague el día 30, con el objetivo de dar tiempo a que los sectores se reúnan y hacer entonces la reclasificación. Ese es el plan de ellos, sobre un punto que jurídicamente es imposible”.
“Lo de ellos no aplica en la resolución 5-2017”
El representante de los trabajadores, por parte de la CNUS, advirtió que la tarifa 5-2017 no cae dentro de una nueva reclasificación que se pueda hacer de las empresas.
El dirigente sindical aseguró que la reclasificación puede hacerse para tarifas futuras. “Es decir, en un plazo de dos años se discutiría una nueva tarifa. Entonces en ese intervalo se podría discutir el tema de la reclasificación y entonces se aplicaría esa nueva fórmula a partir de esa nueva resolución, no de ésta”, dijo Abreu.
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Son imprescriptibles actos de corrupcion de exministros de Danilo Medina por tratarse de criminalidad organizada, dice MP.
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22 horas agoon
febrero 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-La titular de la Procuraduria Especializada de Persecucion de Corrupcion Administrativa (PEPCA), Mirna Ortiz, sostuvo al responderlle a la defensa del exministro de Hacienda, Donald Guerrero, que la corrupción administrativa, como la que se le imputa al exfuncionario y a otros más de los gobiernos del expresidente Danilo Medina, «son casos de criminalidad organizada«, los cuales la ley establece que son «imprescriptibles».
Durante la continuación de la réplica ante el Cuarto Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, Ortiz sostuvo que la acusación contra Guerrero y los también exministros Gonzalo Peralta y José Ramón Peralta son procesos de criminalidad organizada porque «contienen todas y cada una de las características» de la criminalidad compleja u organizada.
Tiene la particularidad de ser «un grupo de funcionarios públicos que se coalicionan, que se asocian con empresarios, con testaferros, que pagan sobornos, que mueven activos, que falsifican documentos, que crean estrategias para estafar al Estado», aseveró.
Sostuvo que no solamente la Ley 10-05 del Código Procesal Penal, modificada por la 97-25, contempla que el crimen organizado es imprescriptible, también los tratados internacionales, a los cuales está suscrito la República Dominicana y que tienen el mismo imperio de la normativa local.
La procuradora adjunta manifestó también que, en cuanto al plazo razonable, la jurisprudencia y los acuerdos internacionales han concluido que la extinción de la acción penal no puede plantearse con un simple «conteo matemático» en casos de corrupción como los que se conocen actualmente en el país por la complejidad de estos procesos.
Las indagatorias por las que se llevó a los tribunales se hicieron en el 2021 por los hechos que se le cuestionan durante su gestión en el Ministerio de Hacienda, añadió Ortiz.
La titular de al Pepca citó que el Tribunal Constitucional, en su sentencia TC-0770-24 y la Corte Interamericana han establecido que, aunque los plazos están establecidos por ley, «hay condiciones y circunstancias que deben verificarse para establecer la razonabilidad de esos plazos. Dilaciones del proceso propias de la misma dinámica de los procesos», subrayó.
![[object HTMLTextAreaElement]](https://resources.diariolibre.com/images/2026/02/18/maria-del-pilar-zuleta-abogada-de-donald-guerrero-4eff432c.jpg)
La defensa del exministro de Hacienda aseguró que en la réplica que ha hecho el Ministerio Público no ha logrado presentar ni una sola prueba que otorgue posibilidad de que el exfuncionario sea condenado por las acusaciones.
María del Pilar Zuleta, del equipo de abogados de Guerrero, sostuvo que debe preocupar que el órgano acusador manifieste que el plazo para investigar en el proceso penal no tiene un límite, cuando no es así.
«El Código Procesal Penal le fija unos límites para investigar, especialmente cuando el ciudadano está sometido a medidas de coerción«, sostuvo Pilar Zuleta fuera del tribunal a periodistas.
Otro de los puntos que, según dice hay que cuestionar, es sobre que en la acusación no se deben depositar las pruebas, solo enunciarlas.
«Y estas dos afirmaciones del Ministerio Público son preocupantes porque demuestran que no están dispuestos a someterse al debido proceso para hacer sus acusaciones«, dijo la abogada.
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Tres querellas han sido presentadas en contra de Médico por abuso sexual.
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22 horas agoon
febrero 18, 2026
San Francisco de Macorís.-Un médico general, identificado como Wilber Polanco Sanz, quien trabaja en una policlínica en el municipio de Las Guáranas, provincia Duarte, fue acusado de violar a una joven haitiana, de 20 años de edad, mientras acudió a ese centro a hacerse una sonografía.
La joven indicó que después de que el doctor le introdujo el transductor endovaginal y le informó que no estaba embarazada, le dijo que tenía “una enfermedad, no sé cómo se llama, unos cositos y él me dijo que no es peligroso», que me pondría unos medicamentos y se me iban a quitar. «Después él dijo que me volteara encima de la cama”, y supuestamente abusó de ella diciéndole que “era un procedimiento normal”.
Tras la acción, dijo que el galeno la amenazó con llamar a Migración si informaba lo ocurrido.
De acuerdo a la fiscal de la Unidad de Atención Integral a la Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales, Sandra Sierra Difó, el galeno tiene tres denuncias por haber violado a otras mujeres, por lo que, al intercambiar información con el cuerpo del orden, fue detenido.
Al ser cuestionado sobre las acusaciones, Polanco Sanz negó los hechos y dijo que la joven que supuestamente es evangélica no sabía que para el estudio había que introducirle un aparato por su vagina.
“Ella parece que es evangélica y sintió vergüenza y se tapó la cara”. “Le introduzco el transductor, le hago el estudio y le entrego su estudio; la secretaria se lo entra en un sobre y la paciente sale muy normal”, dijo.
“Ahora díganme ustedes, ¿una persona a la que uno haya intentado abusar de ella, como ella dice, que yo me desnudé, que la violé, que le introduje los dedos, va a salir caminando normal? Yo tengo todo grabado; ella puede decir que hasta la cabeza le introduje, pero es su palabra contra la mía; yo tengo cámaras, que dicen cómo salió ella de allá”, sostuvo Polanco.
De acuerdo a la fiscal, se están realizando todas las investigaciones necesarias para sustentar el caso. El profesional de la salud será sometido a la justicia en las próximas horas.
Nacionales
Ponen plazo a defensa de Jean Alain para que presente su estrategia organizada
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22 horas agoon
febrero 18, 2026
SANTO DOMINGO.-Mirna Ortiz, procuradora de corte, sostuvo este miércoles que la defensa del acusado Jean Alain Rodríguez Sánchez se muestra desordenada y continúa presentando argumentos débiles frente a las pruebas aportadas por el Ministerio Público en el proceso judicial que se lleva en su contra por corrupción administrativa.
“Tenemos tres días escuchando incidentes planteados de forma desorganizada, que no permiten al tribunal concretar ciertamente cuáles son las pretensiones de las partes y el tribunal dio un plazo hasta el miércoles a las 2:00 de la tarde para que organicen su estrategia y se presenten de forma organizada en el tribunal”, dijo la titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).
Mirna Ortiz, quien representó al Ministerio Público en la audiencia junto a los fiscales Emmanuel Ramírez y Aurelio Valdez, ofreció detalles del proceso en respuesta a preguntas de periodistas que cubren el juicio que se ventila en el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva.
En la jornada de este miércoles la defensa del acusado Alfredo Solano Augusto continuó presentando incidentes.
Conforme al expediente, Rodríguez Sánchez malversó más de RD$6,000 millones mediante procesos fraudulentos entre 2016 y 2020, años en que se desempeñó como procurador General de la República.
También, Alejandro Martín Rosa Llanes, Ramón Lucrecio Burgos, Isis Tapia, Félix Antonio Rosario Labrada, Francis Ramírez Moreno, Rolando Rafael Sebelén Torres, César Nicolás Rizik Pimentel y José Luis Liriano Adames.
Jean Alain Rodríguez Sánchez y los demás procesados enfrentan cargos por corrupción, incluyendo soborno, desfalco, estafa contra el Estado y lavado de activos.
