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Sigue a las 9:30 de la mañana apelación de los imputados por el caso Odebrecht

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SANTO DOMINGO. La Segunda Sala o Sala Penal, de la Suprema Corte de Justicia aplazó para las 9:30 de la mañana de este viernes el conocimiento de los recursos de apelación a la prisión preventiva, arresto domiciliario, impedimento de salida del país y pago de una fianza, que dictó el juez de la Instrucción Especial, Francisco Ortega Polanco, a 10 de los 13 imputados por el caso Odebrecht.

El tribunal presidido por Miriam Germán Brito, quien antes de iniciar la audiencia admitió que se apresuró y cometió un error al solicitar al presidente de la Suprema Corte, Mariano Germán Mejía, no tomarla en cuenta para el caso Odebrecht a firmando que su amistad con uno de los imputados no influirá en su decisión, fijó un calendario de audiencias hasta el sábado, de ser necesario.

Los acusados de presuntamente haber sido beneficiarios de los US$92 millones pagados como sobornos por la multinacional para ser favorecida con obras del Estado, solicitaron anular la resolución del magistrado Ortega Polanco ordenando la libertad pura y simple, y en caso contrario, variar la prisión preventiva y el arresto domiciliario por otra de las medidas de coerción establecidas en el Código Procesal Penal.

“Les pido disculpas por una reacción apresurada ante afirmaciones mal intencionadas. Mantengo con el procesado Víctor Díaz Rúa una no negada amistad, pero la amistad no es lo que el código pone como causa de inhibición ni de recusación. Incluso si esa amistad no me condicionó a mí cuando él tuvo un proceso para opinar contrario a lo que fueron los intereses”, expresó Germán Brito.

Los abogados del presidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM) Andrés Bautista, fueron los que primero expusieron los argumentos que sustentan el recurso de apelación a la prisión preventiva que cumple en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo-Hombres.

Entre sus argumentos figuran, primero; la libertad de su cliente por vencimiento del plazo establecido por la ley para fijar la audiencia, lo que fue rechazado por el tribunal, basado en que dicha jurisdicción no tiene oficina de atención permanente y que aunque el recurso fue depositado el 28 de junio, fue el día 29 a las 3:40 de la tarde que la secretaría de la cámara Penal fue apoderada del expediente, y procedieron a fijar audiencia el 30 del mismo mes.

La defensa dijo que el juez Ortega Polanco no hizo una correcta valoración del caso, que la decisión carece de motivación, y que impuso dicha medida respondiendo a presiones sociales, cuando, según explicaron, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que la gravedad del hecho no es motivo suficiente para dictar prisión.

También que el juez cometió prevaricación, al presuntamente endilgar a Bautista haber violentado la ley al aceptar sobornos para seis obras públicas cuando el Ministerio Público sólo hace referencia a tres.

Pidió, además, la nulidad del arresto, debido a que la Procuraduría General de la República vulneró derechos fundamentales de los imputados, al difundir en los medios de comunicación el video de los arrestos.

La defensa del exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa, señaló al tribunal que la decisión del juez fue manipulada y desproporcionada, ya que no hubo igualdad en el trato a los procesados. Y que, además, las delaciones premiadas son una base para iniciar una investigación.

Añadió que el magistrado no hizo una correcta valoración de los hechos, y no motivó la resolución, pese a que el Tribunal Constitucional ha establecido como jurisprudencia que los jueces deben incluir suficiente motivación de las razones, concretas de sus decisiones porque las partes tienen derecho a que se les explique.

Describió, asimismo, que aunque el juez reconoció que no había peligro de fuga y que había arraigo para imponer una medida de coerción menos gravosa, se basó en la gravedad del hecho y el daño social para imponer prisión preventiva.

El exadministrador de la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (Egehid), Máximo De Óleo, basó sus argumentos en “los seis párrafos” en que se habla de él en el expediente, explicando que en el tiempo en que se ejecutó la hidroeléctrica Pinalito, él ya no era funcionario público.

Dijo que el Ministerio Público en su instancia señala que él habría influido en la ejecución del proyecto amparado en las declaraciones del brasileño Héctor De Abreu Q., las cuales presuntamente no fueron incorporadas.

Este viernes continúa el proceso con las exposiciones de los abogados defensores de los imputados Conrado Pitaluga, César Sánchez, Radhamés Segura y Ángel Rondón.

“Mantengo con el procesado Víctor Díaz Rúa una no negada amistad, pero la amistad no es lo que el código pone como causa de inhibición.

Mirian Germán Brito

Presidenta tribunal

“El juez sólo otorgó valor a las pruebas del Ministerio Público e hizo una valoración errada de las pruebas que presentó esta defensa”

Manuel A. Rodríguez

Abogado Temo Montás

Pacheco, único legislador apeló

De los tres legisladores a los que se les impuso coerción, el diputado Alfredo Pacheco, fue el único que presentó apelación a la resolución del juez Ortega Polanco. Julio César Valentín y Tommy Galán no apelaron. Entre los argumentos de la defensa de Pacheco, está que el juez hizo una mala interpretación, y que no se le debió imponer la medida de coerción porque el Ministerio Público sólo pidió 18 meses de prisión preventiva y al él gozar de inmunidad parlamentaria, no se le podía imponer esa medida, por lo que el juez no debió imponerle ninguna. Entre las conclusiones presentadas argumentaron que Pacheco no se sustraerá del proceso porque podría ser sometido a juicio político y perder su investidura.

diariolibre.com

 

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Piden prisión para profesor imputado por acoso sexual contra una estudiante

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SANTO DOMINGO.- Prisión preventiva solicitó el Ministerio Público a un tribunal como medida de coerción contra un profesor imputado de incurrir en acoso sexual en perjuicio de una estudiante de un centro educativo del Distrito Nacional.

La medida de coerción fue solicitada contra el imputado Inocencio Lebrón Montero, quien se desempeñaba como profesor de matemáticas de la adolescente.

De acuerdo con la investigación, el imputado aprovechó la relación de confianza derivada de su condición de docente para iniciar un acercamiento progresivo hacia la víctima.

El Ministerio Público establece que en ese contexto se produjeron varios encuentros dentro del vehículo del imputado, donde este presuntamente realizó tocamientos indebidos en perjuicio de la adolescente e insistió en sostener relaciones sexuales, a lo que la víctima se negó.

La investigación, también, señala, que el imputado habría reiterado las conductas denunciadas, manteniendo presión emocional sobre la menor de edad.

El imputado fue apresado el pasado 22 de abril, en virtud de una orden de arresto emitida en su contra por la Coordinación de los Juzgados de Instrucción del Distrito Nacional.

Las procuradoras fiscales Adalgisa Tavares y Mariela Ramos, adscritas a la Unidad de Prevención de Violencia de Género y Delitos Sexuales del Distrito Nacional, depositaron la instancia con la solicitud de medida de coerción contra el imputado.

La audiencia fue aplazada por la jueza Lissa Veras, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, para este sábado, 2 de mayo, a solicitud de la defensa, que requirió más tiempo para preparar sus medios de defensa.

El Ministerio Público ha otorgado al caso la calificación jurídica de violación a los artículos 330 y 333, literal D, del Código Penal Dominicano, así como al artículo 396, literal C, de la Ley 136-03, que crea el Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.

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Apelarán condena de 30 años a anciano de 83 años por tentativa de asesinato.

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Santo Domingo, R.D.-Milagros del Carmen Rodriguez, abogada de la Defensoría Pública, anunció que recurrirá la sentencia de 30 años de prisión impuesta a Nicolás Suárez, de 83 años, condenado por tentativa de feminicidio contra su expareja Erminia Núñez Durán, en el distrito municipal de Santiago Oeste (Cienfuegos), quien  argumenta que la edad avanzada y el deteriorado estado de salud del imputado hacen inviable su reclusión en un centro penitenciario.

El Tercer Tribunal Colegiado del distrito judicial de Santiago, integrado por las juezas Ingrid LiberatoDeyanira Méndez y Kimberly Tatis, impuso a Suárez la pena máxima por tentativa de asesinato. Sin embargo, la defensa sostiene que el tribunal no tomó en cuenta las atenuantes presentadas durante el proceso.

La abogada Milagros Del Carmen Rodríguez señaló que Suárez padece diabetes avanzada que le ha provocado la pérdida de la visión, condición que motivó que durante todo el proceso judicial permaneciera en prisión domiciliaria.

«Hemos solicitado varios permisos para ir al médico porque no ve; tiene una situación de diabetes que le ha quitado la vista», declaró la defensora pública.

Los hechos que originaron el proceso ocurrieron el 17 de julio de 2024 en un barrio del distrito municipal de Santiago Oeste (Cienfuegos), cuando Nicolás Suárez agredió a su expareja, Erminia Núñez Durán, en un hecho calificado por la justicia como tentativa de asesinato.

A pesar de que el tribunal no acogió los argumentos atenuantes presentados por la defensa, la abogada insiste en que una condena de 30 años resulta desproporcionada e inaplicable dadas las condiciones del imputado.

La Defensoría Pública solicita que, en caso de mantenerse la calificación de tentativa de asesinato, la pena sea sustituida por una condena suspendida que no exceda los tres años.

La defensora invocó el principio de humanización de las penas, establecido en el ordenamiento jurídico dominicano, como fundamento central del recurso de apelación.

«No es posible que en este caso no se tome en cuenta el principio de humanización», afirmó Rodríguez.

El principio de humanización de las penas reconoce que la ejecución de una condena no debe atentar contra la dignidad del condenado ni agravar su situación más allá de lo que la propia pena implica. En casos de personas de edad avanzada con enfermedades graves, los tribunales de alzada dominicanos han considerado este principio como criterio válido para modificar sanciones.

La apelación será presentada ante la Corte de Apelación del departamento judicial de Santiago.

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Con arma blanca niños intentan agredir alumnos en las afueras de escuela primaria de Verón.

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Santo Domingo, R.D.-Una gran preocupacion reina en la cumunidad educativa por un video grabado que muestra a varios niños, con edades aparentes de 8 a 12 años, portando un arma blanca en las afueras del centro educativo Pedro Livio Cedeño, ubicado en Verón, provincia La Altagracia, en aparente actitud de tratar de herir a algunos estudiantes.

En las imágenes se observa cómo varios menores se aproximan inicialmente a una niña, estudiante del centro, en actitud agresiva con un cuchillo mohoso en la mano.

Posteriormente, uno de los niños, vestido con bermuda y polocher azul, portando el  cuchillo dobla una esquina del centro educativo. Acto seguido, otro menor con un polocher rojo toma el arma blanca y regresa hacia la acera frente al plantel, donde persigue a otro estudiante, quien sale corriendo.

Indicó que el video comenzó a circular ampliamente en redes sociales durante la mañana de este miércoles en Verón, Bávaro y Punta Cana, y que el caso ocurrió la tarde de ayer martes.

Santana señaló que, tras tener conocimiento del hecho, se estableció contacto con la directora del centro, Lucy Cueto, quien informó que los estudiantes involucrados ya fueron identificados. Asimismo, los padres fueron convocados para sostener una reunión y determinar las circunstancias que originaron el incidente.

«Es en el día de hoy cuando se estará investigando el por qué de esta situación», explicó Santana, al tiempo que destacó que, aunque en la zona se han detectado casos de pandillas y bandas en otros centros, principalmente en liceos, este tipo de casos no se había registrado anteriormente en esa escuela, que corresponde al nivel primario.

Sobre las posibles consecuencias, advirtió que se trata de un hecho grave que podría tener implicaciones legales. «Si el menor tiene más de doce años, podría enfrentar hasta dos años de prisión por tratarse de un acto de vandalismo. Si es menor, la responsabilidad recae en los padres», indicó.

En el ámbito educativo, Santana consideró que el hecho constituye una falta «gravísima», lo que podría conllevar sanciones severas, incluyendo la expulsión inmediata del estudiante involucrado.

La ADP aseguró que dará seguimiento al caso para verificar las medidas que adopte el centro educativo y garantizar la seguridad de la comunidad escolar.

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