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Sigue a las 9:30 de la mañana apelación de los imputados por el caso Odebrecht

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SANTO DOMINGO. La Segunda Sala o Sala Penal, de la Suprema Corte de Justicia aplazó para las 9:30 de la mañana de este viernes el conocimiento de los recursos de apelación a la prisión preventiva, arresto domiciliario, impedimento de salida del país y pago de una fianza, que dictó el juez de la Instrucción Especial, Francisco Ortega Polanco, a 10 de los 13 imputados por el caso Odebrecht.

El tribunal presidido por Miriam Germán Brito, quien antes de iniciar la audiencia admitió que se apresuró y cometió un error al solicitar al presidente de la Suprema Corte, Mariano Germán Mejía, no tomarla en cuenta para el caso Odebrecht a firmando que su amistad con uno de los imputados no influirá en su decisión, fijó un calendario de audiencias hasta el sábado, de ser necesario.

Los acusados de presuntamente haber sido beneficiarios de los US$92 millones pagados como sobornos por la multinacional para ser favorecida con obras del Estado, solicitaron anular la resolución del magistrado Ortega Polanco ordenando la libertad pura y simple, y en caso contrario, variar la prisión preventiva y el arresto domiciliario por otra de las medidas de coerción establecidas en el Código Procesal Penal.

“Les pido disculpas por una reacción apresurada ante afirmaciones mal intencionadas. Mantengo con el procesado Víctor Díaz Rúa una no negada amistad, pero la amistad no es lo que el código pone como causa de inhibición ni de recusación. Incluso si esa amistad no me condicionó a mí cuando él tuvo un proceso para opinar contrario a lo que fueron los intereses”, expresó Germán Brito.

Los abogados del presidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM) Andrés Bautista, fueron los que primero expusieron los argumentos que sustentan el recurso de apelación a la prisión preventiva que cumple en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo-Hombres.

Entre sus argumentos figuran, primero; la libertad de su cliente por vencimiento del plazo establecido por la ley para fijar la audiencia, lo que fue rechazado por el tribunal, basado en que dicha jurisdicción no tiene oficina de atención permanente y que aunque el recurso fue depositado el 28 de junio, fue el día 29 a las 3:40 de la tarde que la secretaría de la cámara Penal fue apoderada del expediente, y procedieron a fijar audiencia el 30 del mismo mes.

La defensa dijo que el juez Ortega Polanco no hizo una correcta valoración del caso, que la decisión carece de motivación, y que impuso dicha medida respondiendo a presiones sociales, cuando, según explicaron, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que la gravedad del hecho no es motivo suficiente para dictar prisión.

También que el juez cometió prevaricación, al presuntamente endilgar a Bautista haber violentado la ley al aceptar sobornos para seis obras públicas cuando el Ministerio Público sólo hace referencia a tres.

Pidió, además, la nulidad del arresto, debido a que la Procuraduría General de la República vulneró derechos fundamentales de los imputados, al difundir en los medios de comunicación el video de los arrestos.

La defensa del exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa, señaló al tribunal que la decisión del juez fue manipulada y desproporcionada, ya que no hubo igualdad en el trato a los procesados. Y que, además, las delaciones premiadas son una base para iniciar una investigación.

Añadió que el magistrado no hizo una correcta valoración de los hechos, y no motivó la resolución, pese a que el Tribunal Constitucional ha establecido como jurisprudencia que los jueces deben incluir suficiente motivación de las razones, concretas de sus decisiones porque las partes tienen derecho a que se les explique.

Describió, asimismo, que aunque el juez reconoció que no había peligro de fuga y que había arraigo para imponer una medida de coerción menos gravosa, se basó en la gravedad del hecho y el daño social para imponer prisión preventiva.

El exadministrador de la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (Egehid), Máximo De Óleo, basó sus argumentos en “los seis párrafos” en que se habla de él en el expediente, explicando que en el tiempo en que se ejecutó la hidroeléctrica Pinalito, él ya no era funcionario público.

Dijo que el Ministerio Público en su instancia señala que él habría influido en la ejecución del proyecto amparado en las declaraciones del brasileño Héctor De Abreu Q., las cuales presuntamente no fueron incorporadas.

Este viernes continúa el proceso con las exposiciones de los abogados defensores de los imputados Conrado Pitaluga, César Sánchez, Radhamés Segura y Ángel Rondón.

“Mantengo con el procesado Víctor Díaz Rúa una no negada amistad, pero la amistad no es lo que el código pone como causa de inhibición.

Mirian Germán Brito

Presidenta tribunal

“El juez sólo otorgó valor a las pruebas del Ministerio Público e hizo una valoración errada de las pruebas que presentó esta defensa”

Manuel A. Rodríguez

Abogado Temo Montás

Pacheco, único legislador apeló

De los tres legisladores a los que se les impuso coerción, el diputado Alfredo Pacheco, fue el único que presentó apelación a la resolución del juez Ortega Polanco. Julio César Valentín y Tommy Galán no apelaron. Entre los argumentos de la defensa de Pacheco, está que el juez hizo una mala interpretación, y que no se le debió imponer la medida de coerción porque el Ministerio Público sólo pidió 18 meses de prisión preventiva y al él gozar de inmunidad parlamentaria, no se le podía imponer esa medida, por lo que el juez no debió imponerle ninguna. Entre las conclusiones presentadas argumentaron que Pacheco no se sustraerá del proceso porque podría ser sometido a juicio político y perder su investidura.

diariolibre.com

 

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Obispos se reunen con Abinader en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

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Santo Domingo. – La Conferencia del Episcopado Dominicano (CED) en el marco de su 64ª Asamblea Plenaria, recibió este viernes la visita del presidente de la República, Luis Abinader, en un encuentro celebrado en la Casa Arquidiocesana María de la Altagracia, donde se abordaron distintos temas de interés nacional.

Durante su intervención, el mandatario destacó la importancia de mantener un diálogo permanente con la Iglesia católica, señalando que estos espacios permiten conocer de primera mano las necesidades de las diócesis y socializar las medidas adoptadas por el Gobierno.

“Siempre es bueno tener el contacto con los obispos, escuchar las necesidades de sus diócesis y también explicarles los grandes temas nacionales”, expresó.

Abinader se reúne con obispos en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

El jefe de Estado agregó que estos encuentros se han convertido en una práctica habitual de su gestión, como parte de la relación de cooperación con la jerarquía eclesiástica.

El presidente fue recibido por la nueva directiva de la CED para el período 2026-2029, encabezada por el obispo de San Francisco de Macorís, Ramón Alfredo de la Cruz Baldera, quien asumió la presidencia de la institución.

Abinader se reúne con obispos en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado

También participaron el arzobispo coadjutor de Santo Domingo, Carlos Tomás Morel Diplán, en calidad de vicepresidente, y el obispo auxiliar de Santo Domingo, José Amable Durán Tineo, como secretario general.

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Garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa”.

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Santo Domingo, R.D.-Una garantia economica impone el Tribunal del Distrito Judicial de San Cristóbal de RD$200,000, impedimento de salida del país y presentación periódica al Ministerio Público contra el imputado Elvis Manuel Santos Alcántara (Onguito Wa), acusado de porte ilegal de armas de fuego, tras acoger de forma parcial la solicitud del Ministerio Público.

La decisión judicial se produce luego de que el procesado fuera arrestado en flagrante delito el pasado 21 de junio, cuando agentes de la Policía Nacional realizaban labores de patrullaje en la carretera Sánchez Vieja, en San Cristóbal.

Durante el operativo, el imputado se desplazaba en un vehículo Honda CR-V, color negro, junto a otra persona, y al ser registrado se le ocupó una pistola Glock, calibre 9 mm, con 17 cápsulas, sin documentación legal.

Imponen garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa” por porte ilegal de arma
Imponen garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa” por porte ilegal de arma

La magistrada Chadalis E. Rosario Melenciano, jueza suplente del Tercer Juzgado de la Instrucción y de la Oficina Judicial de Atención Permanente, ordenó además que el imputado deberá presentarse los días 29 de cada mes durante seis meses ante el Ministerio Público, como parte de las medidas impuestas.

Asimismo, el tribunal dispuso la notificación a la Dirección General de Migración (DGM) para garantizar el impedimento de salida del país, mientras que el Primer Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal fue designado como tribunal de control del caso.

El Ministerio Público, representado por las fiscales Belkis Tejeda e Ingris Maribel Guerrero Polanco, había solicitado prisión preventiva por tres meses; sin embargo, el tribunal optó por medidas no privativas de libertad, al considerar parcialmente la solicitud.

El órgano acusador también obtuvo un plazo de seis meses para presentar el requerimiento conclusivo del proceso.

De acuerdo con el expediente, Santos Alcántara ya había sido condenado previamente mediante la Sentencia Penal núm. 523-2025-SSEN-00015 por violaciones a la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, lo que fue recordado por el Ministerio Público durante la audiencia.

Con esta decisión, el caso sigue bajo investigación judicial mientras el imputado permanece bajo estrictas condiciones de control.

El uso, porte y tenencia ilegal de armas de fuego constituye uno de los delitos más vigilados por las autoridades judiciales y de seguridad en la República Dominicana, debido al impacto que tiene en la criminalidad, la seguridad ciudadana y la violencia urbana.

«En el país, este tipo de infracciones está regulado por la legislación penal vigente y por normativas específicas que establecen los requisitos para la adquisición, registro y porte legal de armas».

  • En los últimos años, el Ministerio Público y la Policía Nacional han intensificado los operativos de prevención y persecución del porte ilegal de armas, especialmente en zonas urbanas y carreteras donde se registran mayores incidencias de delitos flagrantes.
  • Estos operativos suelen incluir patrullajes, requisas selectivas y controles de vehículos, con el objetivo de reducir la circulación de armas no registradas.

El sistema judicial dominicano contempla medidas de coerción que pueden ser privativas o no privativas de libertad, dependiendo de la gravedad del hecho, los antecedentes del imputado y el riesgo procesal.

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Prisión preventiva solicitan para falso odontólogo tras causar graves lesiones en La Vega

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Santo Domingo, R.D.-La imposición de prision preventiva como medida de coercion contra un acusado de ejercer la odontología solicitará el Ministerio Público  en las próximas horas la imposición  contra un hombre acusado de ejercer la odontología sin exequátur en La Vega en un caso de presunto intrusismo profesional que dejó a una paciente con lesiones permanentes en el rostro y daños neurológicos severos.

El imputado, identificado como Franklin José Almánzar Escarramán, de 51 años, habría realizado procedimientos odontológicos de alta complejidad sin la debida autorización legal en el consultorio de su hermano, ubicado en el Centro Médico V Centenario, en la provincia de La Vega.

Su hermano, William Radhamés Almánzar Escarramán, también fue arrestado por su presunta complicidad en los hechos, ambos tras entregarse a las autoridades policiales en cumplimiento de una orden judicial.

Instrumentos odontológicos en un consultorio, vinculados al caso de un falso odontólogo acusado de causar lesiones
Instrumentos dentales en un consultorio, en el contexto de la solicitud de prisión preventiva contra un falso odontólogo.

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público, la víctima acudió el pasado 17 de enero a recibir atención odontológica y fue evaluada en el consultorio de los imputados, donde se le indicó la extracción de cuatro terceros molares mediante un procedimiento quirúrgico.

Según el expediente, durante la intervención, el imputado habría aplicado anestesia y posteriormente realizado maniobras violentas con instrumentos odontológicos, incluyendo golpes en la zona afectada, sin lograr completar la extracción tras varias horas de intento.

La paciente posteriormente presentó dolor intenso, inflamación facial y complicaciones severas, lo que la llevó a buscar atención médica especializada, donde se determinó la existencia de daños permanentes en su salud bucal, incluyendo nervios atrofiados, edema facial, trismo, parestesia mandibular y otras lesiones complejas.

La procuradora de corte de La Vega, Aura Luz García Martínez, explicó que el Ministerio Público procederá a solicitar la medida de coerción garantizando el debido proceso.

“Vamos a presentar la solicitud de medida de coerción ante la autoridad competente, garantizando el debido proceso y los derechos fundamentales de los imputados”, afirmó.

Las autoridades indicaron que el imputado principal ejercía la odontología sin exequátur, según certificación del Ministerio de Salud Pública, lo que constituye una violación a la Ley General de Salud 42-01 y la normativa que regula el ejercicio profesional odontológico.

  • El órgano persecutor también sostiene que la actuación de los hermanos Almánzar Escarramán pudo haber tenido consecuencias aún más graves
  • Incluso la muerte de la paciente, debido a la naturaleza del procedimiento realizado sin habilitación legal.

El caso ha sido calificado provisionalmente como violación a varios artículos del Código Penal dominicano y de la legislación sanitaria vigente, mientras el tribunal evalúa la solicitud de medida de coerción presentada por el Ministerio Público.

El ejercicio de la odontología y otras profesiones de la salud en la República Dominicana está regulado por un marco legal que exige la obtención de un exequátur y la debida habilitación profesional, con el objetivo de garantizar la seguridad de los pacientes y la calidad de los servicios médicos.

Estas disposiciones forman parte de las políticas sanitarias orientadas a prevenir el intrusismo profesional, una práctica que consiste en ejercer una profesión sin la autorización correspondiente.

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