Análisis Noticiosos
Sigue pendiente un pacto político para restablecer la credibilidad
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9 años agoon
Por Juan Bolívar Díaz
Tribunal Electoral y 4 jueces de la Suprema Corte debería ser el primer paso del presidente Medina para un pacto político que incluya las reformas electorales y el combate a la corrupción para responder la indignación ciudadana
Con absoluto control del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), el presidente Danilo Medina tiene la oportunidad de dar un paso trascendental para recuperar confianza y convocar a un pacto político que incluya las reformas electorales e institucionales para combatir la corrupción y la impunidad y satisfacer las demandas de la ciudadanía.
Ya ni el gobernante Partido de la Liberación Dominicana (PLD) escapa del desconcierto y la confrontación que marcan una crisis política y aumenta allí la consciencia de la necesidad de enmendar el desorden institucional para intentar restablecer la confianza en las instituciones y evadir el peligro de desestabilización económica y social.
Reconocer la realidad
Lo primero que se impone al liderazgo político nacional, especialmente a los gobernantes, es reconocer que hay una creciente indignación nacional por los niveles de corrupción e impunidad, que repercuten en la inseguridad ciudadana y la pérdida de confianza en las instituciones, manifestada en el Movimiento Verde que ha sacudido muchos años de indiferencia y permisividad.
Más allá de la prepotencia política se debe reconocer que la insatisfacción ya no es sólo privativa de las clases medias, y que los sectores populares se van incorporando a la movilización, que abarca al liderazgo religioso y amplios segmentos empresariales, muchos de ellos expresando preocupación de que la creciente insatisfacción derive en desestabilización económico-social. La potencialidad de la protesta ciudadana ha determinado que sectores conservadores expresen temores de que pueda descarrilarse.
No pueden ignorar los alcances del mensaje emitido el 7 de julio por la Conferencia del Episcopado Dominicano, al término de su 55 asamblea plenaria, donde se expresa satisfacción porque “cada vez más la ciudadanía se empodere y tome parte más activa en la lucha contra la corrupción”. Coincidieron con el movimiento popular en reclamar esfuerzos por institucionalizar la justicia para sancionar la corrupción y proscribir la impunidad.
Ya antes la mayoría de los obispos, incluyendo al metropolitano de Santo Domingo, se había manifestado en la misma dirección en los últimos seis meses cuando el Movimiento Verde ha tomado las calles por todo el país. Lo mismo ha hecho el Consejo Dominicano de la Unidad Evangélica y otros agrupamientos religiosos y empresariales.
El descrédito de la PGR
Si el gobierno alentó esperanzas de que la instancia de imputación presentada contra 14 personas por la Procuraduría General de la República (PGR) aplacaría la indignación, debería reconocer que en la opinión pública ha tenido un nuevo tropiezo, y que por donde quiera se huele el tufo de impunidad que ha rodeado la investigación en el país del escándalo de sobornos, sobrevaluaciones de obras públicas y financiamiento de campañas electorales por la constructora brasileña Odebrecht.
Esta semana, mientras en Perú caía preso un expresidente y en Brasil otro era condenado por corrupción, aquí hubieron de ser excarcelados casi todos los imputados, y los solos razonamientos de la jueza de mayor crédito en el país, Miriam Germán, dejó en el mayor descrédito la investigación de la PGR, desplazando de la atención pública el voto de los otros cuatro integrantes de la Cámara de Apelaciones de la Suprema Corte de Justicia.
En el descrédito quedó también el montaje mediático que acompañó los apresamientos bajo imputaciones que en su mayoría no resisten el análisis de ningún juez, con cuestionamientos a la negligente investigación nacional, dependiendo de generalidades registradas por la justicia brasileña. En la opinión pública independiente existe la convicción de que se ha vuelto al comienzo del escándalo que ya pasó de medio año y en la necesidad de reclamar a Odebrecht que entregue toda la información a que se comprometió en el “acuerdo de impunidad” que firmó con la PGR.
Repercusiones en el PLD
El escándalo de Odebrecht ha desestabilizado el PLD, cuyos organismos no han podido emitir un documento formalizando posición sobre la crisis, porque el encono se anida entre sus dirigentes, incluso más allá de la ya vieja confrontación entre sus líderes Danilo Medina y Leonel Fernández por el control de la poderosa maquinaria política. Tras las imputaciones el Comité Político no ha podido sesionar.
La crisis ha sido reconocida públicamente por dirigentes de sectores vinculados al expresidente Fernández, y a los imputados que, como Temístocles Montás y Radhamés Segura han visto afectadas sus aspiraciones a la candidatura presidencial del 2020. Hasta funcionarios gubernamentales reconocen discretamente que la crisis ha impactado seriamente el partido morado.
Fernando Fernández, un miembro del Comité Central que hasta el año pasado fue director de Aduanas y cercano colaborador del presidente Medina, expresó en un twiter y lo reiteró ayer en Uno+Uno, que los intentos continuistas del mandatario “han convertido en desechables hasta a los miembros del Comité Político”, tres de ellos imputados en lo que otros señalan “como chivos expiatorios de un financiamiento político de Odebrecht del que ni el presidente escapó”. Por eso algunos convienen en que si no es posible imputar a todos los responsables, lo menos que puede esperarse es una catarsis colectiva del liderazgo del PLD y de los otros partidos, que se traduzca en un serio compromiso de reformas políticas e institucionales.
La elección de jueces
El CNM ya está a días de escoger los nuevos titulares del Tribunal Superior Electoral (TSE) y 4 de renovación en la Suprema Corte de Justicia, por lo que la circunstancia parece propicia para dar pasos a la concertación política. El presidente Medina, con la gran mayoría de los ocho votos del organismo, tiene la posibilidad de imponer una renovación o ratificar el secuestro político del Tribunal Electoral, ejecutado por su antecesor Leonel Fernández.
Las expectativas son de que, como ocurrió a fines del año pasado con la Junta Central Electoral, Medina acatará las señales coyunturales y desechará la tentación de ratificar los actuales incondicionales, o de escoger otros también signados por la parcialidad y el compromiso partidista, dando paso a algún nivel de consenso.
En las actuales circunstancias no es posible desconocer el clamor nacional que propugna por jueces independientes y probos, del que es portador no sólo el Movimiento Verde, sino también el bloque de partidos opositores, la misma Conferencia del Episcopado, el empresariado y los más diversos sectores sociales, así como los editoriales de los periódicos y los espacios de opinión no comprometidos con el gobierno.
Pero como eso solo no revocará el descontento nacional ni satisfará el clamor ciudadano, el presidente Medina debería marcar esa elección como un comienzo y hacerse protagonista de la necesidad de una ley de partidos y una ley del Régimen Electoral que abaraten el costo de la política, cierren la amplia avenida de la corrupción y el abuso de los poderes estatales, que renueve la democracia interna y garantice elecciones equitativas. Nada perdería él mandatario personalmente y podría ganar espacio para otros respiros y pactos que, como el fiscal, son imprescindibles ya a corto plazo para la estabilidad económico-social.
Avances en concertación
Aunque todavía tímidamente, en la Comisión Bicameral que ha abordado la concertación del proyecto de Ley de Partidos se han producido importantes avances, acordando mecanismos para hacer prevalecer la democracia interna en los partidos, rendir cuentas del financiamiento público y hacer más transparente, con algunas limitaciones, las contribuciones privadas. También se ha logrado consenso en limitar el tiempo de las campañas internas por las candidaturas, restringiéndolas a actividades bajo techo y casa por casa, así como en la creación de un departamento en la Junta Central Electoral para fiscalizar las finanzas de los partidos.
Pero la comisión, con amplia participación partidaria y consultas a la sociedad civil, no podrá alcanzar el objetivo de aprobar la ley en la actual legislatura, a la que restan apenas ocho días laborables. Aún no logran consenso sobre asuntos nodales como los topes de gasto en las campañas internas, el padrón a utilizarse para las elecciones de candidatos y y si serán simultáneas en todos los partidos. Ya acordaron que las organizaría la JCE, lo que podría ser muy difícil por el cómputo al mismo tiempo de los votos de precandidatos de los cuatro partidos mayoritarios, que a razón de hasta 3 por cada uno de los 4 mil 66 cargos electivos, implicaría casi 50 mil. El cómputo de las elecciones del 2016 concluyó cuatro semanas después, con un solo candidato por partido.
El consenso tampoco se ha podido alcanzar sobre la equidad de género en las candidaturas, que se ha demandado elevar siquiera del 33 al 40 por ciento y extenderla a los cargos directivos de los partidos. Y mucho más esfuerzos de consensos demandará la exigente y más compleja Ley del Régimen Electoral que pauta la competencia por el control del Estado.-
Análisis Noticiosos
La jurisdicción contenciosa administrativa, una caricatura del sistema de justicia.
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1 día agoon
febrero 2, 2026Por José Cabral.
En una sociedad como la dominicana, donde los antivalores aparecen en todos los escenarios, fruto de una herencia histórico- cultural fundamentada en el caudillismo, el machismo, el patriarcado, el amiguismo, entre otras distorsiones, es lo que explica que el país haya caído en dictaduras férreas como las de Pedro Santana, Ulises Heureaux (Lilí y la de Rafael Leónidas Trujillo Molina.
Esta vocación dictatorial todavía perdura en muchos dominicanos, ya que, aunque se salió de esos gobiernos violadores de derechos humanos fundamentales, pero aún perdura la tendencia en el país, máxime cuando una persona adquiere cierta autooridad a través de la administración pública, la inclinación por las arbitrariedades que provienen del poder.
Entonces, a partir de esa premisa se puede decir que la jurisdicción contenciosa administrativa juega un papel de primer orden en el sistema de justicia nacional, porque tiene la sagrada misión de juzgar a la administración frente a los abusos que se cometen en contra del administrado.
Los avances en esta rama del derecho que se observan en los textos de las leyes 13-07 y 107-13, las cuales son una continuación de lo que consignan los artículos 164 y 167 de la Constitución de la Republica, no parecen que jueguen su papel en el marco del proceso de constitucionalización del derecho que se produce en el país desde el año 2010.
La jurisdicción contenciosa administrativa parece que se ha quedado estacionaria en lo que disponía la Ley 1494 de que a través de ella la administración se juzgaba a sí misma, mediante la llamada justicia tenida, ya que sus sentencias son una especie de bochorno y evitan que el ciudadano pueda recurrir en contra de la conducta abusiva del funcionario público.
Las sentencias de los jueces de la jurisdicción contenciosa administrativa son la principal frustración y negación del proceso de constitucionalización del derecho, cuyas ponderaciones dejan mucho que desear y son decepcionantes para que el administrado logre sobreponerse a los atropellos de la administración que ya no encajan en el contexto del neo-constitucionalismo.
Naturalmente, hay que decir que el fenómeno no es exclusivo de la jurisdicción contenciosa administrativa, sino de todo el sistema de justicia, en el que se observa que se producen graves violaciones a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, así como de principios como el de celeridad procesal, el plazo razonable que devienen en justicia tardía, que no es otra cosa que denegación de justicia.
Todo este cuadro dice claramente que en el país todavía no se ha superado la denominada constitución de fachada, es decir, que la misma es muy bonita en el papel, pero que la práctica es una negación de ella, lo cual deja muy mal parada a la democracia nacional.
Sin embargo, hay que ratificar que lo que se observa en la jurisdicción contenciosa administrativa llena de vergüenza a los que de alguna manera abogan por una mejor administración de justicia, cuyas principales decisiones casi siempre terminan en nulidad mediante los recursos de revisión en esta materia elevados ante el Tribunal Constitucional (TC)
Lo interesante de las debilidades que se observan en todo el sistema de justicia es que en los discursos de los que lo representan, como el presidente de la Suprema Corte de Justicia, el país camina tan bien en esta materia que habría que compararlo con las naciones donde el estado de derecho tiene un real y contundente empoderamiento.
¿Percepción o realidad?
Por José Cabral
En la República Dominicana se estila hablar de que en el país se ha avanzado en lo referente al Estado Social Democrático de Derecho, lo cual sólo existe en la cabeza de los que se la pasan proyectando una percepción que nada tiene que ver con la realidad.
Puede decirse que el proceso de constitucionalización del derecho se produce en el papel, pero no en la realidad, lo que crea una serie de incertidumbres en la sociedad.
La jurisdicción contenciosa administrativa es una que no hay forma de que tenga un desempeño en función de una buena administración de justicia, porque si el funcionario público incurre en graves violaciones de los derechos fundamentales, peor pasa con los jueces de la misma, quienes no hay forma de que demuestren que se manejan en función del impacto de los valores y principios constitucionales en sus decisiones, lo cual es definitivamente una negación de los supuestos avances en esta materia.
Las sentencias de la jurisdicción contenciosa administrativa son una especie de caja de resonancia de los pedidos en sus conclusiones de la Procuraduría General Administrativa, cuyos contrasentidos jurídicos son el pan de cada día en las audiencias de sus diferentes salas, lo que impacta negativamente al ciudadano.
Por el momento quiero reproducir una carta enviada al presidente del Tribunal Superior Administrativa ante una decisión tomada en virtud de la solicitud de una medida cautelar frente a los abusos que comete la empresa Distribuidora del Norte (EDENORTE) en contra de los usuarios.
Sin embargo, la falta de razonabilidad y racionalidad de los jueces del Tribunal Superior Administrativo (TSA), principalmente de su presidente, causa más indignación que los atropellos que comete el órgano del Estado que maneja la referida empresa.
A continuación reproduzco la carta enviada al presidente del TSA a propósito de su sentencia mediante la cual niega una medida cautelar, cuyo razonamiento, aparte de ridículo, revela hasta donde en el país se cuenta con una Constitución de fachada, cuyo respeto a los derechos fundamentales sólo existe en el texto, pero no en la realidad.
Señor
Magistrado Diomedes Y. Villalona G.
Presidente del Tribunal Superior Administrativo
Magistrado Villalona:
La presente es para dejar sentada mi indignación por la reiteración de decisiones que dejan muy mal parada a la jurisdicción contenciosa administrativa en la República Dominicana, cuyo desempeño deja mucho que desear, a pesar de que se enarbola que su base de sustentación es el nuevo constitucionalismo que se rige por valores y principios.
El mejor ejemplo de que la jurisdicción contenciosa administrativa se maneja con un nivel de razonabilidad y de racionalidad que no supera lo que ocurre en los juzgados de paz o tribunales inferiores, donde las decisiones son generalmente muy superficiales y carentes de una aceptable ponderación, es la sentencia emitida y que genera la presente comunicación.
La última joya del presidente del Tribunal Superior Administrativo ante los abusos cometidos por la Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE), la cual ha incurrido en una serie de atropellos que revelan que los derechos de los consumidores y de los administrados están en manos de juzgadores que sólo sirven como caja de resonancia de los funcionarios públicos que actúan al margen de la Ley 13-07 y de la 107-13, así como de la 1494, ya que su misión no parece ser otra que imponer una carga procesal y económica que se agrava cuando finalmente se emite un fallo carente de toda lógica jurídica en detrimento del impetrante y en favor del impetrado..
En este sentido, he querido dejar sentado mi rechazo al comportamiento y el daño que genera esta jurisdicción contenciosa administrativa en detrimento de un buen derecho, de una buena administración de justicia, que deteriora la imagen del sistema de justicia en la República Dominicana, dado que en el fallo se establece qué tan grande es su falta de razonabilidad al negar una medida cautelar en virtud de un corte del servicio de electricidad que lleva varios meses bajo el argumento de que no se aportaron pruebas de que el recurrente no tiene el referido servicio, pese a que la propia ley ofrece la respuesta al respecto.
Cómo se puede entender semejante decisión, ya que es un contrasentido que el recurrente diga que se le cortó arbitrariamente el servicio de energía eléctrica y que mediante la medida cautelar solicite la reconexión del mismo, pero que, en un choque con cualquier razonamiento lógico, máxime cuando la parte recurrida no ha invocado lo contrario de lo alegado por el cliente, el tribunal niegue el pedido sustentándose en que no se aportaron las pruebas al respecto, sobre todo cuando el órgano se niega a entregar documentos que comprometan su irresponsabilidad e ilegalidad.
La realidad es que ese desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa es una vergüenza ante el proclamado empoderamiento del neoconstitucionalismo, que se basa en la aplicación de valores y principios que van de las manos con los derechos humanos fundamentales.
La decisión tomada en torno a la medida cautelar es una especie de anuncio anticipado de que el recurso que tiene que ver con el fondo también será fallado en contra, en razón de que, como digo más arriba, la decisión tomada deja muy claro que las acciones de cualquier administrado es un esfuerzo perdido por los criterios con que se maneja la jurisdicción contenciosa administrativa en el país, convirtiéndose en una vergüenza para el derecho comparado, interamericano e internacional.
El mejor consejo para cualquier administrado abusado por la administración es desistir de buscar justicia en la jurisdicción contenciosa administrativa por representar una vergüenza para el sistema de justicia nacional, ya que como lo dije más arriba sus decisiones están determinadas por los contrasentidos jurídicos que invoca generalmente la Procuraduría General Administrativa, cuyos procesos para lo único que sirven es para aumentar la carga procesal y costos económicos en desfavor del ciudadano a través de notificaciones arbitrarias y abusivas.
Este desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa, la cual todavía está estacionaria en la llamada justicia retenida, mediante la cual la administración se juzga a sí misma y cuyos jueces eran designados por el Poder Ejecutivo, igual que el que preside la Procuraduría General Administrativa, llena de vergüenza a cualquier buen dominicano, dado que se supone que el Tribunal Superior Administrativa está bajo el control y la tutela de la Suprema Corte de Justicia en virtud del mandato de la Ley 13-07.
Evidentemente que la decisión de negar la medida cautelar tiene el propósito de condenar al fracaso la demanda principal en razón de que impone que el recurrente tenga que negociar con EDENORTE para restablecer el servicio y de ese modo disponer la inadmisibilidad de la misma por existir un acuerdo que deja sin sentido el pedido principal de la parte recurrente que, entre otras cosas, busca una indemnización por los daños morales y materiales causados.
No está de más recordar que el artículo 22 de la Ley 107-13 sobre Derechos de las Personas ante la Administración y el derecho a la defensa establece que la administración debe probar sus alegatos. El procedimiento sancionador obliga a la administración a sustentar la validez de sus actos y pruebas, además que existe la carga de la prueba que en los procedimientos sancionadores la administración pública tiene la obligación de probar los hechos que fundamentan sus decisiones contra un ciudadano en función del principio de legalidad, ya que el funcionario público está limitado por las normas de procedimiento y la Constitución, no pudiendo actuar sin sustento probatorio, ya que la presunción de validez no es absoluta. Otro principio violado por la jurisdicción contenciosa administrativa es el de celeridad, consignado en el artículo 19 de la Ley 107-13, en cuya virtud las actuaciones administrativas se realizarán optimizando el uso del tiempo, resolviendo los procedimientos en plazo razonable que, en todo caso, no podrá superar los dos meses a contar desde la presentación de la solicitud en el órgano correspondiente, salvo que la legislación sectorial indique un plazo mayor. En especial, las autoridades impulsarán oficiosamente los procedimientos e incentivarán el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a los efectos de que los procedimientos se tramiten con diligencia y sin dilaciones injustificadas, de manera escrita o a través de técnicas y medios electrónicos. La medida cautelar solicitada por el impetrante fue fallada en contra de lo que dispone al articulo 7 de la Ley 13-07, Orgánica del Tribunal Superior Administrativo, la cual se conoció el 16 de diciembre y fue fallada el 22 de enero, pese a que se habla de cinco días después de la celebrada la audiencia en la que las partes plantean sus conclusiones, principalmente cuando hay una afectación mayor, porque el recurrente no tiene servicio de energía eléctrica y que en consecuencia todas las labores comerciales y empresariales están paralizadas y la reactivación está determinada por el fallo de la misma.
Este es un ejemplo de que en el país existe una Constitución de fachada que niega los supuestos avances y fortalecimiento del Estado Social Democrático de Derecho, lo cual es una explicación de que República Dominicana es una sociedad que vive más de la percepción que de la realidad.
Sin otro particular,
José Antonio Cabral Salcedo.
Análisis Noticiosos
Santo Domingo está entre los destinos para viajar en 2026, según la BBC de Londres
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2 semanas agoon
enero 18, 2026
Santo Domingo figura entre los destinos recomendados para viajar en el año 2026, de acuerdo con una selección especial de BBC Travel, que destaca destinos mundiales con capacidad para de ofrecer experiencias mientras promueven el turismo sostenible y la preservación del patrimonio cultural.
La capital dominicana aparece en una lista que incluye 11 destinos internacionales, cinco de ellos ubicados en América Latina, elegidos a partir de recomendaciones de periodistas de la BBC, expertos en viajes y autoridades globales en turismo responsable.
El criterio central fue identificar lugares que reciben al visitante con entusiasmo y donde el impacto del turismo sea positivo y duradero.
Según la BBC, 2026 será un año clave para Santo Domingo, ya que la ciudad albergará los Juegos Centroamericanos y del Caribe, del 24 de julio al 8 de agosto, en el marco del centenario de la competencia. Este evento reunirá a atletas de 37 países y ha impulsado una serie de mejoras urbanas y deportivas en la capital.
Asimismo, el Centro Olímpico Juan Pablo Duarte fue modernizado, incorporando infraestructura inclusiva como senderos de pavimentación táctil para personas con discapacidad visual.
La BBC subraya que Santo Domingo ofrece mucho más que historia. La ciudad es el epicentro del merengue y la bachata, ritmos que marcan el pulso de celebraciones como el Carnaval de febrero y el Festival del Merengue.
En 2026, además, regresan grandes citas musicales como el Isle of Light, en marzo, y el Presidente Festival, que vuelve tras una pausa de una década como uno de los eventos musicales más emblemáticos de América Latina.
Puerta al ecoturismo del Caribe
BBC Travel también resalta la conexión de Santo Domingo con Samaná, conocida por sus calas, selvas tropicales y aguas turquesas. El hotel Ocama, por ejemplo, ofrece traslados en helicóptero desde la capital hacia esta región, facilitando el acceso a uno de los destinos naturales más atractivos del país.
Otros destinos citados por la BBC, según el orden alfabético
- Abu Dhabi, Emiratos Árabes Unidos
- Costa de Oregón, Estados Unidos
- Costa Rica
- Guimarães, Portugal
- Islas Hébridas, Escocia
- Ishikawa, Japón
- Loreto, Baja California Sur, México
- Montenegro
- Uruguay
- Valle de Colchagua, Chile
